California tiene dos leyes principales dirigidas a la conducción bajo la influencia de menores de edad:
- Código de Vehículos 23136 de California, ley de “tolerancia cero” (BAC de .01% o más), y
- Código de Vehículos 23140 de California, conducción de menores con un BAC de .05% o más.
Ambas de estas leyes de DUI se aplican a conductores juveniles de California que tienen menos de 21 años. Ambas pueden resultar en una suspensión de un año de la licencia del conductor menor de edad.
Y ambas pueden aplicarse incluso si la conducción del conductor no está realmente afectada por el alcohol. Un conductor menor de edad viola estas leyes simplemente conduciendo con la concentración de alcohol en la sangre (“BAC”) aplicable.
Rehusarse a tomar una prueba de aliento para medir el BAC no ayudará. Rehusarse a tomar una prueba química de DUI en California resultará en la suspensión de la licencia del conductor por al menos un año.1
¿Puede un conductor menor de edad violar las leyes de DUI “adultas” de California?
Un conductor menor de edad también puede ser acusado de una violación de las leyes de DUI “estándar” (adultas) de California si se aplican. Estas leyes incluyen:
- Código de Vehículos 23152(a), conducción bajo la influencia de alcohol y/o drogas,
- Código de Vehículos 23152(b), conducción con un BAC de .08% o más,
- Código de Vehículos 23152(f), DUI de drogas (“DUID”), y/o
- Código de Vehículos 23153, DUI que causa lesiones.
A diferencia de VC 23126 y 23140, la violación de las leyes anteriores puede resultar en penas penales además de la suspensión de la licencia de conducir.
La siguiente tabla resume las principales leyes de California que se acusan contra los conductores menores de 21 años que conducen bajo la influencia de alcohol y/o drogas:
Delito y sección del código de CA | BAC mínimo | Sanciones (1ra ofensa) |
“Tolerancia cero” — VC 23136 | .01% | Suspensión de la licencia de conducir por 1 año |
DUI de menores — VC 23140 | .05% | Suspensión de la licencia de conducir por 1 año; multa de $100; programa de educación sobre el alcohol |
DUI “per se” estándar (“adulto”) —
VC 23152(a) |
.08% | Suspensión de la licencia de conducir; libertad condicional por delito menor de 3-5 años; multa de $390-$1,000; programa de educación sobre el alcohol; hasta 6 meses de cárcel del condado |
DUI estándar (“adulto”) — VC 23152(b) | .08% | Suspensión de la licencia de conducir; libertad condicional por delito menor de 3-5 años; multa de $390-$1,000; programa de educación sobre el alcohol; hasta 6 meses de cárcel del condado |
DUI de drogas (“DUID”) — VC 23152(f) | N/A | Suspensión de la licencia de conducir; libertad condicional por delito menor de 3-5 años; multa de $390-$1,000; programa de educación sobre el alcohol; hasta 6 meses de cárcel del condado |
DUI que causa lesiones — VC 23153 | .08% | Suspensión de la licencia de conducir; libertad condicional por delito mayor de 3-5 años; multa de $390-$5,000; programa de educación sobre el alcohol; hasta 1 año de cárcel del condado o 16 meses, 2 o 3 años de prisión estatal |

Underage drivers with a BAC of .05% or higher face a one-year license suspension.
2. Vehicle Code 23140 – underage driver with a BAC of .05% or higher
Vehicle Code 23140 VC makes it a crime for a driver under 21 to drive with a BAC of .05% or higher.9
VC 23140 is a misdemeanor.10 The penalties for violating Vehicle Code 23140 are the same as those for violating Vehicle Code 23136 VC.11
2.1. Penalty for driving with a BAC of .05% or higher
The penalties for violating Vehicle Code 23140 are the same as those for violating Vehicle Code 23136 VC.12
This means that the underage driver’s license will be suspended for one year for a first offense.13
The driver’s license can be revoked for two or three years if the defendant has a history of violating California’s drunk driving laws.14
3. Vehicle Code 23152 VC – actual impairment or BAC of .08% or higher
Vehicle Code 23152 VC is California’s standard DUI law. It makes it a crime for a driver to operate a motor vehicle:
- While impaired by alcohol,15 drugs, or a combination of the two, or
- With a BAC of .08% or higher.16
3.1. Penalties for standard (“adult”) DUI
The penalties for violating Vehicle Code 23152 VC depend on the defendant’s criminal history and the circumstances of the case. They may include:
- First offense DUI: 3-5 years of informal probation; up to 6 months in county jail; $390-$1,000 in fines; DUI school; and a 6-month driver’s license suspension.17
- Second offense DUI: 3-5 years of informal probation; 96 hours to 1 year in county jail; $390-$1,000 in fines; DUI school; and a 2-year driver’s license suspension.18
- Third offense DUI: 3-5 years of informal probation; 120 days to 1 year in county jail; $390-$1,000 in fines; DUI school; and a 3-year driver’s license suspension.19
- Fourth offense DUI: 3-5 years of informal probation; 180 days to 1 year in county jail; $390-$1,000 in fines; DUI school; and a 4-year driver’s license suspension.20
- Felony DUI: 3-5 years of formal probation; 16 months, 2 years, or 3 years in state prison; $390-$1,000 in fines; DUI school; and a 4-year driver’s license suspension.21
4. What happens if an underage driver refuses to take a breath test?
Under California’s implied consent law, drivers who are lawfully arrested for DUI must submit to a chemical test to determine their BAC.22
This is true even for underage drivers.23
If an underage driver refuses to take a breath test, the DMV will suspend their license for one year.24
This is in addition to any suspension or revocation that may result from a DUI conviction.25
5. Can a driver challenge the suspension of his/her license?
Yes. Underage drivers can request a hearing to challenge the suspension of their license.26
The request must be made within 10 days of the arrest.27
If the driver does not request a hearing, the suspension will automatically go into effect after 30 days.28
6. Can an underage driver get a “restricted” license?
Yes. Underage drivers whose licenses are suspended for violating California’s underage drinking and driving laws may be eligible for a restricted license.29
A restricted license allows the driver to drive to and from work, school, and DUI school.30
To get a restricted license, the driver must:
- Be at least 16 years old,
- Have completed at least 30 days of the suspension,
- Enroll in DUI school, and
- File an SR-22 form with the DMV.31
7. Legal defenses to California’s underage drinking and driving laws
There are several legal defenses that an underage driver can raise to fight charges under California’s underage drinking and driving laws. These include:
- The driver was not actually driving,
- The driver was not under 21,
- The driver was not impaired,
- The driver’s BAC was below the legal limit, and
- The driver was stopped without probable cause.
8. Related offenses to underage drinking and driving
There are several other offenses related to underage drinking and driving in California. These include:
8.1. Vehicle Code 23224 – underage possession of alcohol in a vehicle
Vehicle Code 23224 VC makes it a crime for a person under 21 to possess alcohol in a vehicle.32
VC 23224 is a misdemeanor.33
The penalties for violating Vehicle Code 23224 VC include:
- Up to 6 months in county jail,
- A fine of up to $1,000, and
- A one-year suspension of the driver’s license.34
8.2. Vehicle Code 23222(b)—driving in possession of marijuana
Vehicle Code 23222(b) VC makes it a crime for a person to drive while in possession of marijuana.35
VC 23222(b) is a misdemeanor.36
The penalties for violating Vehicle Code 23222(b) VC include:
- A fine of up to $100, and
- Impoundment of the vehicle for up to 30 days.37
8.3. Vehicle Code 23221 – driving while drinking or smoking/ingesting marijuana
Vehicle Code 23221 VC makes it a crime for a person to drive while drinking an alcoholic beverage or smoking or ingesting marijuana.38
VC 23221 is a misdemeanor.39
The penalties for violating Vehicle Code 23221 VC include:
- A fine of up to $250, and
- Impoundment of the vehicle for up to 30 days.40
Additional resources
If you or your child has been charged with underage drinking and driving, we invite you to contact us for a free consultation.
Call us at 888-327-4652 to discuss your case with a caring and knowledgeable California DUI defense attorney.
We have local offices in Los Angeles, the San Fernando Valley, Pasadena, Long Beach, Orange County, Ventura, San Bernardino, Rancho Cucamonga, Riverside, San Diego, Sacramento, Oakland, San Francisco, San Jose and throughout California.
You may also find helpful information in our related articles on Underage DUI, Zero Tolerance DUI, DUI Penalties, DUI School, DUI Defense,
Los conductores menores de edad sospechosos de beber y conducir en California deben someterse a una prueba preliminar de detección de alcohol (PAS) para determinar el contenido de alcohol en sangre (“BAC”).
2. Código de Vehículos 23140 – conductor menor de edad con un BAC de .05% o más
Código de Vehículos de California 23140 hace ilegal que cualquier menor de 21 años conduzca con un BAC de .05% o más. Esto a veces se conoce como “DUI menor de edad”.9
Después de un arresto por DUI menor de edad, el BAC generalmente se confirmará mediante una prueba química de DUI posterior al arresto. Esto será ya sea:
- Una prueba de aliento de DUI (generalmente en una máquina de escritorio en la estación de policía), o
- Una prueba de sangre de DUI.10
Visite estas páginas vinculadas para obtener más información sobre estas pruebas químicas de DUI de California.
2.1. La pena por conducir con un BAC de .05% o más
La violación de VC 23140 (BAC menor de edad) es una infracción – un delito criminal de bajo nivel similar a una multa de estacionamiento.11
Como resultado, violar la ley de DUI menor de edad de California no resultará en tiempo de cárcel. En cambio, las sanciones bajo VC 23140 incluyen:
- Una suspensión de un año de la licencia de conducir (para una primera ofensa),12
- Una multa de $100 (para una primera ofensa),13 y
- Si el conductor tiene al menos 18 años, un programa obligatorio de educación sobre alcohol de tres meses o más.14
3. Código de Vehículos 23152 VC – deterioro real o BAC de .08% o más
Un conductor menor de edad puede ser acusado de un DUI “estándar” (adulto) si:
- La capacidad de conducción del conductor está realmente deteriorada debido al alcohol y / o drogas (Código de Vehículos 23152 (a))15, o
- El conductor tenía un BAC de .08% o más (DUI “per se” – Código de Vehículos 23152 (b)).16
3.1. Sanciones por DUI estándar (“adulto”)
La violación de VC 23152 es un delito menor.17 Si nadie resulta herido, las sanciones para los infractores por primera vez pueden incluir:
- Una suspensión de un año de la licencia de conducir,
- Tres a cinco años de libertad condicional informal (“resumen”),
- Multas de $390 a $1,000,
- Un programa de educación sobre alcohol y / o drogas de 3 meses o 9 meses, y
- (En casos raros) hasta seis meses en la cárcel del condado.18
Otras acusaciones de DUI para adultos que un conductor menor de edad podría enfrentar incluyen:
- VC 23152 (f) – DUI de drogas (DUID);
- VC 23153 – DUI que causa lesiones;
- Código Penal 191.5 PC – Homicidio vehicular mientras está intoxicado; e incluso
- Código Penal 187 – Asesinato DUI (también conocido como “Asesinato Watson”).

Los conductores menores de edad pueden enfrentar sanciones penales graves si lesionan o matan a alguien mientras conducen bajo los efectos del alcohol o las drogas en California.
4. ¿Qué sucede si un conductor menor de edad se niega a realizar una prueba de aliento?
La negativa a someterse o no completar una prueba PAS o una prueba de DUI posterior al arresto resultará en una suspensión de la licencia de conducir de al menos un año.19
El departamento también puede revocar la licencia de conducir por dos años o más si el conductor tiene una o más condenas anteriores por:
- Una negativa a la prueba química, o
- Un DUI o un “mojado imprudente” bajo el Código de Vehículos 23103.5.20
5. ¿Puede un conductor impugnar la suspensión de su licencia?
Los conductores tienen el derecho de impugnar una suspensión de su licencia (incluida una negativa a la prueba química). Para hacerlo, deben solicitar una audiencia de suspensión de licencia del Departamento de Vehículos Motorizados de California.21
Una audiencia de este tipo no es automática. El conductor debe solicitarla dentro de los 10 días posteriores a ser citado por VC 23136 o por negarse a realizar una prueba química.22
La audiencia generalmente se llevará a cabo por teléfono a menos que el conductor solicite que sea en persona.
Un abogado puede representar al conductor en la audiencia y generalmente puede manejarla completamente en nombre del conductor.
¿Qué sucede después de la audiencia?
Si el conductor gana en la audiencia del DMV, la suspensión o revocación de la licencia será cancelada.
Incluso si el conductor pierde la audiencia, no todo está necesariamente perdido. El conductor puede entonces:
- Solicitar una licencia restringida de “uso crítico” (a menos que la suspensión se deba a una negativa a realizar una prueba química),23 o
- Apelar la decisión del oficial de audiencia (presentando una solicitud por escrito y un pago de $120 dentro de los 15 días posteriores a la fecha efectiva del aviso de la decisión del oficial de audiencia).24
Al final de una suspensión de licencia, un conductor puede recuperar su licencia pagando una tarifa de reemisión de $125 al DMV, presentando un comprobante de responsabilidad financiera SR-22, y manteniendo un comprobante de responsabilidad financiera durante tres años.
6. ¿Puede un conductor menor de edad obtener una licencia “restringida”?
Un conductor menor de edad que pierde en una audiencia del DMV puede obtener una licencia de “uso crítico / dificultades”. Esta es una licencia especial similar a un “permiso de aprendizaje”.27
Permite al conductor menor de edad conducir hacia y desde el trabajo o la escuela si no hay otro medio de transporte disponible.28
Esta licencia no está disponible si la razón de la suspensión fue una negativa a realizar una prueba química.29

Los conductores menores de edad pueden enfrentar sanciones penales si lesionan o matan a alguien mientras conducen bajo los efectos del alcohol o las drogas en California.
7. Defensas legales a las leyes de consumo y conducción de menores de edad en California
Existen numerosas defensas que los conductores pueden plantear para luchar contra los cargos de DUI de menores de edad en California.
Algunas de las defensas de DUI más comunes incluyen tomar la posición de que:
- El acusado no condujo realmente (la defensa de “no conducción”);
- No había causa probable para una parada de tráfico o arresto por DUI;
- El oficial no informó al conductor completamente y claramente de sus derechos.
- El equipo de prueba de DUI no funcionaba correctamente;
- El oficial y / o la persona que realiza la prueba química de DUI no siguieron los procedimientos adecuados de prueba química de DUI de California;
- Los resultados de la prueba de DUI estaban dentro del margen de error para un resultado de BAC aceptable;
- El conductor tenía “aumento de alcohol en la sangre” en el momento de la prueba de DUI (lo que significa que su BAC era en realidad más bajo en el momento de conducir);
- Había alcohol en la boca del conductor de otra fuente (como enjuague bucal);
- El conductor tenía una condición médica como GERD o reflujo ácido;
- El conductor estaba en una dieta alta en proteínas / baja en carbohidratos que puede haber “engañado” la prueba química.
Para obtener más información, consulte los artículos vinculados anteriormente o visite nuestra página sobre las “10 mejores defensas legales para luchar contra un cargo de DUI en California”.
8. Delitos relacionados con el consumo y conducción de menores de edad
Ciertas violaciones adicionales del Código de Vehículos a menudo se acusan junto con el consumo y conducción de menores de edad. Algunos de los más comunes incluyen:
8.1. Código de Vehículos 23224 – posesión de alcohol por menores de edad en un vehículo
A menudo se acusa a los conductores menores de edad de Código de Vehículos 23224, posesión de alcohol en un vehículo por una persona menor de 21 años.
VC 23224 prohíbe a las personas menores de 21 años llevar alcohol dentro de un vehículo a menos que:
- El recipiente esté lleno, sellado y sin abrir, Y
- El menor esté:
- Acompañado por un padre u otro adulto especificado, O
- Deshaciéndose del alcohol de acuerdo con las instrucciones de un padre o adulto especificado, O
- Llevando el alcohol como parte del trabajo del menor para alguien con una licencia legítima de licor.30
La violación de VC 23224 VC es un delito menor. Las sanciones pueden incluir:
- Incautación del vehículo del conductor por hasta 30 días,
- Una multa de hasta $1,000, y
- Una suspensión de un año de la licencia de conducir del conductor.31
8.2 Código de Vehículos 23222(b) – conducir en posesión de marihuana
Los menores que conducen con marihuana en el auto pueden ser acusados de Código de Vehículos 23222(b), conducir en posesión de marihuana.
VC 23222(b) es la ley de California sobre “contenedores abiertos” para marihuana. Hace ilegal conducir mientras se posee cualquier marihuana que sea:
- No en un recipiente, o
- En un recipiente que ha sido abierto o tiene un sello roto.32
La violación de la ley de contenedores abiertos de California para marihuana es una infracción. Puede ser castigado con una multa de hasta cien dólares ($100).33
8.3 Código de Vehículos 23221 – conducir mientras se bebe o se fuma/ingiere marihuana
VC 23221 es la ley de California contra beber o fumar marihuana mientras se conduce. La violación de esta ley es una infracción.34
Alguien viola VC 23221 cuando, mientras es pasajero en un vehículo motorizado en movimiento, ellos:
- Beber alcohol, o
- Usar/consumir marihuana.35
Una primera ofensa de beber o usar marihuana en un vehículo puede ser castigada con una multa de hasta $100.36
Recursos adicionales
Si eres un joven que lucha con el alcoholismo, consulta lo siguiente para obtener ayuda:
- Guía de tratamiento y abuso de alcohol para adolescentes – Información y recursos proporcionados por American Addiction Centers.
- Alcohólicos Anónimos – Programa de 12 pasos para superar el alcoholismo.
- Consumo de alcohol en menores de edad – Hoja informativa de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- Obtenga los hechos sobre el consumo de alcohol en menores de edad – Estadísticas proporcionadas por el Instituto Nacional sobre Abuso de Alcohol y Alcoholismo.
- Línea de ayuda nacional de SAMHSA – Servicio de referencia e información de tratamiento las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Referencias legales:
- Código de Vehículos 13353.1 (a): “Si una persona se niega a someterse a una prueba preliminar de detección de alcohol a petición de un oficial, o no la completa, de conformidad con la Sección 13388 o 13389, al recibir la declaración jurada del oficial, presentada de conformidad con la Sección 13380, de que el oficial tenía causa razonable para creer que la persona había estado conduciendo un vehículo de motor en violación de la Sección 23136 o 23154, y que la persona se había negado a someterse a la prueba, o no la había completado, después de ser solicitada por el oficial, el departamento deberá hacer una de las siguientes acciones: (1) Suspender el privilegio de la persona para operar un vehículo de motor por un período de un año…”
- Código de Vehículos 23136 VC: “(a) No obstante las Secciones 23152 y 23153, es ilegal para una persona menor de 21 años que tenga una concentración de alcohol en la sangre de 0.01 por ciento o más, medida por una prueba preliminar de detección de alcohol u otra prueba química, conducir un vehículo. Sin embargo, esta sección no impedirá la persecución en virtud de la Sección 23152 o 23153 o cualquier otra disposición de la ley. (b) Se considerará que una persona ha violado el inciso (a) si, en el momento de la conducción, era menor de 21 años y el juez de los hechos determina que la persona había consumido una bebida alcohólica y conducía un vehículo con una concentración de alcohol en la sangre de 0.01 por ciento o más, medida por una prueba preliminar de detección de alcohol u otra prueba química. (c) (1) Cualquier persona menor de 21 años que conduzca un vehículo de motor se considerará que ha dado su consentimiento para una prueba preliminar de detección de alcohol u otra prueba química con el fin de determinar la presencia de alcohol en la persona, si es detenida legalmente por una presunta violación del inciso (a). (2) La prueba se realizará incidentalmente a una detención legal y se administrará por orden de un oficial de policía que tenga causa razonable para creer que la persona estaba conduciendo un vehículo de motor en violación del inciso (a). (3) Se le informará a la persona que su negativa a someterse a la prueba, o su negativa a completarla, como se solicita, resultará en la suspensión o revocación del privilegio de la persona para operar un vehículo de motor por un período de uno a tres años, según lo dispuesto en la Sección 13353.1.”
- Bobus v. Departamento de Vehículos Motorizados (2004) 125 Cal.App.4th 680, 23 Cal.Rptr.3d 168, según se modifique, revisión denegada.
- Código de Vehículos 23136(a), nota al pie 2.
- Código de Vehículos 23136(c)(3), nota al pie 2. Véase también Código de Vehículos 13353.1 VC, nota al pie 1.
- VC 13353.1(a), nota al pie 1.
- Igual.
- Código de Vehículos 23136(a), nota al pie 2.
- Código de Vehículos 23140 VC: “(a) Es ilegal para una persona menor de 21 años que tenga un 0.05 por ciento o más, en peso, de alcohol en su sangre, conducir un vehículo. (b) Se puede determinar que una persona ha violado el inciso (a) si, en el momento de la conducción, era menor de 21 años y estaba bajo la influencia de, o afectado por, una bebida alcohólica, independientemente de si se realizó una prueba química para determinar la concentración de alcohol en la sangre de esa persona y si el juez de los hechos determina que la persona había consumido una bebida alcohólica y conducía un vehículo con una concentración de 0.05 por ciento o más, en peso, de alcohol en su sangre. (c) No obstante cualquier disposición en contrario, al determinar que una persona ha violado esta sección, el secretario del tribunal preparará dentro de los 10 días posteriores a la determinación y enviará inmediatamente al departamento un resumen certificado del registro del tribunal en el que se hizo la determinación. Ese resumen será un registro público y estará disponible para su inspección pública de la misma manera que otros registros informados en la Sección 1803.
- Código de Vehículos 23612(a) (1) (A): “Se considera que una persona que conduce un vehículo de motor ha dado su consentimiento para la prueba química de su sangre o aliento con el fin de determinar el contenido alcohólico de su sangre, si es detenida legalmente por una presunta infracción cometida en violación de la Sección 23140, 23152 o 23153.” Véase también Código de Vehículos 23612(a) (2) (A): “Si la persona es detenida legalmente por conducir bajo la influencia de una bebida alcohólica, la persona tiene la opción de elegir si la prueba será de su sangre o aliento y el oficial le informará a la persona que tiene esa opción. Si la persona detenida no es capaz, o declara que no es capaz, de completar la prueba elegida, la persona deberá someterse a la prueba restante. Si no están disponibles las pruebas de sangre o aliento, entonces se aplica el párrafo (2) de la subdivisión (d).”
- Código de Vehículos 42001: “(a) Excepto según lo dispuesto en este código, una persona condenada por una infracción por una violación de este código o de una ordenanza local adoptada de conformidad con este código será castigada de la siguiente manera: (1) Con una multa que no exceda los cien dólares ($100). (2) Por una segunda infracción que ocurra dentro de un año de una infracción anterior que resultó en una condena, una multa que no exceda los doscientos dólares ($200). (3) Por una tercera o posterior infracción que ocurra dentro de un año de dos o más infracciones anteriores que resultaron en condenas, una multa que no exceda los doscientos cincuenta dólares ($250).”
- Código de Vehículos 13352.6(a): “El departamento suspenderá inmediatamente el privilegio de conducir de una persona que tenga 18 años o más y sea declarada culpable de una violación de la Sección 23140, al recibir un resumen debidamente certificado del registro de un tribunal que muestre esa condena. El privilegio no se restablecerá hasta que la persona proporcione al departamento pruebas de responsabilidad financiera y hasta que se reciba en la sede del departamento una prueba satisfactoria de la finalización exitosa de un programa de conducción bajo la influencia del alcohol con licencia según la Sección 11836 del Código de Salud y Seguridad. Esa asistencia será la siguiente: (1) Si, dentro de los 10 años de la violación actual de la Sección 23140, la persona no ha sido condenada por una violación separada de la Sección 23140, 23152 o 23153, o de la Sección 23103, con una declaración de culpabilidad según la Sección 23103.5, o de la Sección 655 del Código de Puertos y Navegación, o de la Sección 191.5, o la subdivisión (a) de la Sección 192.5 del Código Penal, la persona deberá completar, como mínimo, el componente educativo de ese programa con licencia de conducción bajo la influencia del alcohol. (2) Si la persona no cumple con los requisitos del párrafo (1), la persona deberá completar, como mínimo, el programa descrito en el párrafo (1) de la subdivisión (c) de la Sección 11837 del Código de Salud y Seguridad. (b
- Código de Vehículos 42001 (a)(1), nota al pie 11.
- Código de Vehículos 13352.6, nota al pie 12.
- Código de Vehículos 23152(a): “Es ilegal que una persona que esté bajo la influencia de cualquier bebida alcohólica conduzca un vehículo”.
- Código de Vehículos 23152 (b): “Es ilegal que una persona que tenga un 0,08 por ciento o más, en peso, de alcohol en su sangre conduzca un vehículo…”
- Código de Vehículos 23536(a): “Si una persona es declarada culpable de una primera violación de la Sección 23152, esa persona será castigada con prisión en la cárcel del condado por no menos de 96 horas, al menos 48 horas de las cuales serán continuas, ni más de seis meses, y con una multa de no menos de trescientos noventa dólares ($390), ni más de mil dólares ($1,000)”. Véase también Código Penal 17(a): “Un delito grave es un crimen que es castigado con la muerte, con prisión en la prisión estatal, o no obstante cualquier otra disposición de la ley, con prisión en la cárcel del condado bajo las disposiciones de la subdivisión (h) de Sección 1170. Todo otro delito u ofensa pública es un delito menor, excepto aquellos delitos que están clasificados como infracciones”.
- Véase las secciones 23536 – 23548 del Código de Vehículos para las penas por DUI de delitos menores en California.
- Código de Vehículos 13353.1(a), nota al pie 1.
- Igual.
- Véase el Código de Vehículos 14100 y las secciones siguientes.
- Código de Vehículos 14100(a).
- Código de Vehículos 13353.8 VC.
- Código de Vehículos 14105.5 [periodo de 15 días]; Código de Vehículos 14907 [tarifa].
- Código de Vehículos 14905.
- Código de Vehículos 16430 VC.
- Véase el Código de Vehículos 12513 VC.
- Igual. Véase también el Código de Vehículos 13353.8 VC.
- Código de Vehículos 13353.8 VC.
- Código de Vehículos 23224 VC.
- Igual, subsecciones (c) – (e).
- Código de Vehículos 23222(a): “Ninguna persona tendrá en su posesión en su persona, mientras conduce un vehículo de motor en una carretera o en tierras, según se describe en la subdivisión (b) de la Sección 23220, ninguna botella, lata u otro recipiente que contenga cualquier bebida alcohólica que haya sido abierta, o cuyo sello haya sido roto, o cuyo contenido haya sido parcialmente retirado”.
- Código de Vehículos 23222(b) (1): “Excepto según lo autorizado por la ley, toda persona que tenga en su posesión en su persona, mientras conduce un vehículo de motor en una carretera o en tierras, según se describe en la subdivisión (b) de la Sección 23220, cualquier recipiente que contenga cualquier cannabis o productos de cannabis, según se define en la Sección 11018.1 del Código de Salud y Seguridad, que haya sido abierto o tenga un sello roto, o flores de cannabis sueltas que no estén en un recipiente, es culpable de una infracción castigable con una multa de no más de cien dólares ($100)”.
- Código de Vehículos 23221(a): “Un conductor no debe beber ninguna bebida alcohólica o fumar o ingerir marihuana o cualquier producto de marihuana mientras conduce un vehículo de motor en una carretera”.
- Código de Vehículos 23221(b): “Un pasajero no debe beber ninguna bebida alcohólica o fumar o ingerir marihuana o cualquier producto de marihuana mientras viaja en un vehículo de motor en una carretera”.
- Código de Vehículos 23221 (c): “Una violación de esta sección será castigada como una infracción”. Véase también Código de Vehículos 42001(a), nota al pie 11.