Una condena por DUI de segundo delito en California conlleva estas sanciones por delito menor:
- Un mínimo obligatorio de 96 horas a un máximo de 1 año en la cárcel,
- Una multa de $390 a $1,000, más recargos (que pueden elevar el total a casi $2,000),
- 3 a 5 años de libertad condicional resumida, incluyendo el requisito de evitar otros comportamientos delictivos,
- Un curso de DUI para delincuentes de segundo grado (SB38) que dura 18 o 30 meses, y
- Un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en su vehículo por 1 año.
Además, los tribunales pueden exigir que:
- Asista a reuniones de Alcohólicos Anónimos (AA) o Narcóticos Anónimos (NA),
- Asista al Panel de Impacto en las Víctimas de Madres Contra el Conducción en Estado de Ebriedad (MADD), y/o
- Pague restitución a cualquier víctima de accidente.
Los términos de la sentencia pueden variar según el condado en el que se encuentre su caso. También puede ser posible realizar servicio comunitario si no puede pagar las multas.
La ley de California impone penas más duras para cada condena previa por DUI. Esta tabla compara las penas de un primer DUI, segundo DUI y tercer DUI en un período de 10 años.
PENAS DE CALIFORNIA | 1er DUI en 10 años | 2do DUI en 10 años | 3er DUI en 10 años |
Cárcel | Hasta 6 meses | 96 horas a 1 año | 120 días a 1 año |
Libertad condicional informal | 3 a 5 años | 3 a 5 años | 3 a 5 años |
Multas | $390 a $1,000 | $390 a $1,000 | $390 a $1,000 |
Suspensión de licencia | 6 o 10 meses | 2 años | 3 años |
Dispositivo de interbloqueo de encendido | 6 meses | 1 año | 2 años |
Escuela de DUI | 3 o 9 meses | 18 o 30 meses | 30 meses |
En este artículo, nuestros abogados de DUI de California abordan lo siguiente:
- 1. ¿Perderé mi licencia?
- 2. ¿Qué factores aumentan el castigo?
- 3. ¿Tendré un registro criminal permanente?
- 4. ¿Se puede reducir un DUI-2do?
- 5. ¿Cómo puedo luchar contra los cargos?
- Recursos adicionales
1. ¿Perderé mi licencia?
Si es arrestado por un segundo DUI en California, hay una forma de seguir conduciendo. Esto es permitiendo la instalación de un dispositivo de interbloqueo de encendido (IID) en su(s) vehículo(s) durante un año.
Si no obtiene un IID, su licencia permanecerá suspendida durante dos años. La única forma de evitar un período de suspensión es ganar ambos:
- Su caso penal, que se procesa bajo Código de Vehículos 23152 (a) y (b), y
- Su audiencia del DMV, que es un juicio administrativo completamente separado de su caso penal.
Si pierde su audiencia del DMV – o no solicita una dentro de los 10 días posteriores a su arresto por DUI – el Departamento de Vehículos Motorizados suspenderá sus privilegios de conducir incluso si su cargo criminal de DUI es desestimado.
Lo contrario también es cierto. Incluso si gana su audiencia del DMV, su licencia seguirá suspendida si es declarado culpable de conducir bajo la influencia en el tribunal penal.1
Por eso es tan importante tener un abogado experimentado en defensa de DUI que luche por usted tanto en el tribunal penal como en la audiencia del DMV.
2. ¿Qué factores pueden aumentar el castigo?
Los factores agravantes que pueden aumentar su sentencia de cárcel o prisión en California por un segundo DUI incluyen:
- Tener un nivel de alcohol en sangre (BAC) de 0.15% o más (menos en algunos condados),2
- Negarse a someterse a una prueba química,3
- Causar un accidente,4
- Ser menor de 21 años en el momento de su delito de conducir bajo los efectos del alcohol,5
- Conducir a velocidades excesivas, y/o6
- Tener niños menores de 14 años en el auto (también conocido como Código Penal 273a peligro para menores).7
3. ¿Tendré antecedentes penales permanentes?
Puede eliminar una segunda condena por conducir bajo los efectos del alcohol de su registro criminal de California siempre y cuando:
- haya sido puesto en libertad condicional y
- haya sido dado de alta de la libertad condicional después de completar todas sus sanciones por DUI.
Para solicitar una eliminación, debe presentar una petición ante el tribunal. Si el juez lo concede, puede retirar su declaración de culpabilidad o de no disputa y presentar una declaración de “No culpable”. En este punto, su caso debería ser desestimado y su registro eliminado.
4. ¿Se puede reducir un DUI-2do?
Dependiendo de la fuerza de su caso, los fiscales de California pueden estar dispuestos a negociar un acuerdo para reducir su cargo de DUI-2do a:
- conducción temeraria con alcohol,
- conducción temeraria sin alcohol, o
- exhibición de velocidad (“speed ex”) – acelerar de manera insegura para llamar la atención de otros.
Al igual que la conducción en estado de ebriedad, estos delitos de tránsito también son delitos menores. Sin embargo, tienen:
- penas más laxas,
- no hay revocación obligatoria de la licencia de conducir, y
- un estigma menor, lo que aumenta sus posibilidades profesionales y de vivienda.
Los fiscales rara vez ofrecen estos acuerdos de culpabilidad a menos que podamos convencerlos de que hay “duda razonable” en su caso. A menudo encontramos “duda razonable” al realizar nuestra propia investigación, que puede revelar casos de mala conducta policial.
5. ¿Cómo puedo luchar contra los cargos?
Se requiere mucho para crear una defensa efectiva contra la conducción en estado de ebriedad. Algunas de estas cosas pueden necesitarse hacer en cuestión de horas después de su arresto. Las estrategias de nuestros abogados defensores penales incluyen lo siguiente:
Recopilación y análisis de pruebas
Esto incluye citar a testigos que puedan apoyar su caso. También incluye obtener videos de la cámara del tablero de la policía de su detención y cualquier grabación de audio que lo acompañe.
Por ejemplo, digamos que un oficial afirma que lo detuvo porque no tenía una placa delantera. Luego demostramos que el oficial nunca tuvo una visión del frente de su vehículo antes de la detención. Esto puede dañar la credibilidad del oficial y hacer que su caso sea desestimado.
Investigación y redacción legal
Después de recopilar y analizar todas las pruebas, las utilizamos como base para preparar mociones escritas en apoyo de su caso.
Por ejemplo, si cree que los oficiales lo apuntaron injustamente o lo trataron de manera inapropiada. Entonces presentaríamos una “Moción Pitchess” para permitirnos desenterrar información en el expediente personal del oficial. Esto puede darnos más municiones para luchar contra su caso.
Negociación de acuerdos de culpabilidad
La gran mayoría de nuestros casos se resuelven porque realizamos nuestra propia investigación y presentamos mociones antes del juicio. Todo nuestro trabajo al principio a menudo persuade a los fiscales de que su caso no es lo suficientemente fuerte como para llevarlo a juicio.
Las discusiones de acuerdo de culpabilidad agresivas y estratégicas de nuestros abogados defensores penales pueden ayudarlo a obtener una condena por conducción temeraria con o sin alcohol en lugar de una por conducción en estado de ebriedad.
Recursos adicionales
Para obtener más información, nuestros abogados de DUI sugieren que consulte lo siguiente:
- Administración de Servicios de Abuso de Sustancias y Salud Mental (SAMHSA) – Línea directa las 24 horas para personas que sufren de adicción o problemas de salud mental.
- Resumen de conducir en estado de ebriedad – Página de NHTSA sobre estadísticas y prevención de conducir en estado de ebriedad.
- Conducir bajo la influencia: Obtenga los hechos – Hoja informativa de los CDC sobre conducir bajo la influencia.
- Conducir bajo la influencia – Página del DMV de California sobre la suspensión de la licencia de conducir y otras leyes de DUI.
- Centros de Adicción Americanos – Proveedor de tratamiento para la adicción.
Referencias Legales
- Código de Vehículos de California 23540.
- Código de Vehículos de California 23578.
- Igual. Vea también Código de Vehículos de California 23577. Además, el Código de Vehículos 13353 permite que el DMV suspenda su licencia de conducir por varios años cuando se trata de una segunda ofensa por DUI en California.
- Muchos condados impondrán una sentencia adicional de cárcel del condado si causó un accidente en su segunda vez de DUI en California, aunque el accidente no resultó en lesiones.
- Si tiene menos de 21 años en el momento de su segunda condena por DUI en California, también será declarado culpable de la Sección 23136 del Código de Vehículos (una infracción civil bajo la política de tolerancia cero de California) y de una infracción bajo la Sección 23140 del Código de Vehículos (conducir con un BAC de 0.05% a 0.07%).
- Código de Vehículos de California 23582.
- Código de Vehículos de California 23572 – Sentencia por DUI. Condena por violación del Código de Vehículos 23152; menor en el vehículo; castigo agravado. Vea también Código Penal de California 273a.