Bajo la ley de Colorado CRS § 18-12-108, se considera un delito grave de clase 5 que un delincuente condenado posea, use o porte un arma de fuego u otra arma prohibida. Este delito se conoce comúnmente como posesión de un arma por un delincuente anterior, o POWPO.
Un delito grave de clase 5, la posesión de un arma por un delincuente anterior conlleva:
- Hasta 3 años de prisión, y/o
- Una multa de hasta $100,000.
Específicamente, la ley se aplica si la persona ha sido condenada por:
- un delito grave enumerado en CRS 24-4.1-302(1),
- un acto juvenil que constituiría uno de los delitos graves enumerados en CRS 24-4.1-302(1) si fuera cometido por un adulto (pero solo durante 10 años a partir de la fecha de la adjudicación juvenil), o
- delitos menores relacionados con la violencia doméstica.
Para ayudarlo a comprender mejor la ley, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discutirán:
- 1. ¿Cuáles son los elementos de un cargo de POWPO?
- 2. ¿Cuáles son las penas de CRS 18-12-108?
- 3. ¿Cómo puede una persona defenderse contra estos cargos?
- 4. ¿Es un delito deportable POWPO?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Cuáles son los elementos de un cargo POWPO?
La ley POWPO de Colorado bajo CRS 18-12-108 prohíbe a las personas poseer armas de fuego y otras armas después de ser condenadas por cualquiera de los siguientes delitos graves:
- Asesinato en primer grado (CRS 18-3-102);
- Asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103);
- Homicidio culposo (CRS 18-3-104);
- Homicidio culposo por negligencia criminal (CRS 18-3-105);
- Homicidio vehicular (CRS 18-3-106);
- Agresión en primer grado (CRS 18-3-202);
- Agresión en segundo grado (CRS 18-3-203);
- Agresión vehicular (CRS 18-3-205);
- Amenaza (CRS 18-3-206);
- Secuestro en primer grado (CRS 18-3-301);
- Secuestro en segundo grado (CRS 18-3-302);
- Agresión sexual (CRS 18-3-402);
- Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404);
- Agresión sexual a un menor (CRS 18-3-405);
- Agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3);
- Agresión sexual a un cliente por parte de un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5);
- Invasión de la privacidad para la gratificación sexual (CRS 18-3-405.6);
- Robo (CRS 18-4-301);
- Robo agravado (CRS 18-4-302);
- Robo agravado de sustancias controladas (CRS 18-4-303);
- Incesto (CRS 18-6-301);
- Incesto agravado (CRS 18-6-302);
- Abuso infantil (CRS 18-6-401);
- Explotación sexual de menores (CRS 18-6-403);
- Delitos contra adultos o menores en riesgo (CRS 18-6.5-103);
- Cualquier delito identificado por la policía antes de presentar cargos como violencia doméstica, según la definición del CRS 18-6-800.3 (1);
- Un acto identificado por un fiscal de distrito en un cargo penal formal como violencia doméstica, según la definición del CRS 18-6-800.3 (1);
- Cualquier delito, cuya base fáctica ha sido encontrada por el tribunal en el registro para incluir un acto de violencia doméstica, según la definición del CRS 18-6-800.3 (1), de conformidad con el CRS 18-6-801 (1);
- Acoso (CRS 18-3-602);
- Un delito motivado por prejuicios (CRS 18-9-121);
- Falta de detenerse en la escena de un accidente (CRS 42-4-1601), donde el accidente resulta en la muerte o lesión grave de otra persona;
- Represalia contra un testigo o víctima (CRS 18-8-706);
- Intimidación de un testigo o víctima (CRS 18-8-704);
- Intimidación agravada de un testigo o víctima (CRS 18-8-705);
- Manipulación de un testigo o víctima (CRS 18-8-707);
- Exposición indecente (CRS 18-7-302);
- Tráfico de personas (CRS 18-3-504);
- Tráfico sexual (CRS 18-3-504);
- Robo en primer grado (CRS 18-4-202);
- Robo en segundo grado de una vivienda (CRS 18-4-203 (2)(a));
- Represalias contra un juez o funcionario electo (CRS 18-8-615);
- Represalias contra un fiscal (CRS 18-8-616);
- Represalias contra un jurado (CRS 18-8-706.5);
- Prostitución infantil (CRS 18-7-401);
- Solicitud de prostitución infantil (CRS 18-7-402);
- Procuración de un niño para la explotación sexual (CRS 18-6-404);
- Proxenetismo de un niño (CRS 18-7-405);
- Inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5);
- Patronizar a un niño prostituido (CRS 18-7-406);
- Un delito sujeto a sentencia según CRS 18-1.3-1004;
- Asesinato en primer grado de un oficial de paz, bombero o proveedor de servicios médicos de emergencia (CRS 18-3-107);
- Extorsión criminal (CRS 18-3-207);
- Encarcelamiento falso (CRS 18-3-303);
- Seducción de un niño (CRS 18-3-305);
- Atraer a un niño por internet (CRS 18-3-306);
- Explotación sexual de un niño por internet (CRS 18-3-405.4);
- Conducta sexual por internet de un oficial de policía (CRS 18-3-405.7);
- Terminación ilegal de un embarazo en primer grado (CRS 18-3.5-103);
- Terminación ilegal de un embarazo en segundo grado (CRS 18-3.5-104);
- Incendio en primer grado (CRS 18-4-102);
- Incendio en segundo grado (CRS 18-4-103);
- Incendio en tercer grado (CRS 18-4-104);
- Incendio en cuarto grado (CRS 18-4-105);
- Abuso infantil habitual (CRS 18-6-401.2);
- Contribuir a la delincuencia de un menor (CRS 18-6-701);
- Proxenetismo (CRS 18-7-203);
- Pimping (CRS 18-7-206);
- Proxenetismo (CRS 18-7-403);
- Obtención de un menor (CRS 18-7-403.5);
- Mantener un lugar de prostitución infantil (CRS 18-7-404);
- Falsificación de un oficial de paz (CRS 18-8-112);
- Desarmar a un oficial de paz (CRS 18-8-116);
- Ayudar a escapar de una institución para el cuidado y tratamiento de personas con trastornos de comportamiento o salud mental (CRS 18-8-201.1);
- Asalto durante la fuga (CRS 18-8-206);
- Mantener rehenes (CRS 18-8-207);
- Fuga (CRS 18-8-208);
- Intento de fuga (CRS 18-8-208.1);
- Participación en un motín en instalaciones de detención (CRS 18-8-211);
- Intimidación de un jurado (CRS 18-8-608);
- Incitar a un motín (CRS 18-9-102);
- Armar a un alborotador (CRS 18-9-103);
- Participar en un motín (CRS 18-9-104);
- Eludir en vehículo (CRS 18-9-116.5);
- Armas de fuego, explosivos o dispositivos incendiarios en instalaciones de transporte público (CRS 18-9-118);
- Fracaso o negativa a abandonar las instalaciones o propiedad a petición de un oficial de paz (CRS 18-9-119);
- Actividades de entrenamiento terrorista (CRS 18-9-120);
- Crueldad agravada hacia los animales (CRS 18-9-202);
- Traición (CRS 18-11-101);
- Insurrección (CRS 18-11-102);
- Abogar por el derrocamiento del gobierno (CRS 18-11-201);
- Incitar a la destrucción de la vida o propiedad (CRS 18-11-202);
- Pertenencia a asociaciones anarquistas y sediciosas (CRS 18-11-203);
- Poseer un arma peligrosa o ilegal (CRS 18-12-102);
- Portar un arma ilegal (CRS 18-12-105.5);
- Usar una pistola eléctrica (CRS 18-12-106.5);
- Descarga ilegal de un arma de fuego (CRS 18-12-107.5);
- POWPO (CRS 18-12-108) si se comete a partir del 1 de marzo de 2022;
- Poseer una pistola siendo menor de edad (CRS 18-12-108.5);
- Proporcionar o permitir ilegalmente a un menor poseer un arma de fuego (CRS 18-12-108.7);
- Posesión, uso o remoción de explosivos o dispositivos incendiarios (CRS 18-12-109);
- Compra ilegal de un arma de fuego (CRS 18-12-111);
- Poseer un cargador de gran capacidad durante la comisión de un delito violento (CRS 18-12-302(1)(c));
- Duelo (CRS 18-13-104) si se comete en o antes del 1 de octubre de 2023;
- Provocar intencionalmente un incendio forestal (CRS 18-13-109.5);
- Administración ilegal de ketamina (CRS 18-13-123);
- Crimen organizado (CRS 18-17-104);
- Un delincuente especial (CRS 18-18-407(1)(d)(II)); y/o
- Cualquier intento de delito (CRS 18-2-101), cualquier conspiración (CRS 18-2-201), cualquier instigación a un delito (CRS 18-2-301) y cualquier cómplice de un delito (CRS 18-8-105), que involucre cualquiera de los delitos mencionados anteriormente.
La ley POWPO de Colorado también se aplica a personas condenadas como menores de edad por cualquiera de los delitos anteriores si la adjudicación ocurrió dentro de los últimos 10 años.
Finalmente, la ley POWPO de Colorado prohíbe a las personas poseer armas de fuego y otras armas después de una condena por delito menor relacionada con la violencia doméstica, como el asalto en tercer grado (CRS 18-3-204) o el acoso (CRS 18-9-111).
A los efectos del CRS 18-12-108, usted fue “previamente condenado” incluso si se declaró “culpable” o “no contestó” y recibió una sentencia diferida. No se requiere una sentencia de condena real y sentencia.1
“Arma de fuego” significa cualquier pistola, automática, revólver, pistola, rifle, escopeta u otro instrumento o dispositivo capaz o destinado a ser capaz de disparar, cartuchos u otras cargas explosivas.2
1.1. El significado de “conocimiento”
Una persona actúa “con conocimiento” con respecto a una conducta o a una circunstancia descrita por un estatuto que define un delito cuando es consciente de que su conducta es de tal naturaleza o que tal circunstancia existe. Una persona actúa “con conocimiento” con respecto a un resultado de su conducta, cuando es consciente de que su conducta es prácticamente segura de causar el resultado.3
El requisito de “conocimiento” en un caso de posesión de un arma por un delincuente anterior (POWPO) se aplica al elemento de posesión del delito, y no al elemento de condena anterior por delito grave.4 La posesión del arma por sí sola no es suficiente. El fiscal debe demostrar que usted sabía que tenía el arma y entendía que lo que poseía era un arma.5
Ejemplo: Nancy está en un mercado de pulgas cuando encuentra un bastón antiguo que cree que a su novio, Omar, le gustaría. Lo compra y se lo da. Sin que ninguno de los dos lo sepa, el bastón es en realidad un arma. Omar cumplió una condena de 5 años por un robo (durante el cual resultó herido). Si lo atrapan con el bastón arma y puede demostrar que no sabía lo que era, tiene una defensa contra los cargos de POWPO.
1.2. El significado de “posesión”
Usted “posee” un arma cuando tiene control físico real o constructivo de ella, ya sea por sí mismo o compartido con otra persona.6
Tiene “posesión real” cuando tiene control físico directo sobre el arma. Tiene “posesión constructiva” de un arma cuando, aunque no tiene custodia física del arma, todavía tiene el poder y la intención de ejercer control sobre ella.7
1.3. ¿Qué armas cuentan según la ley POWPO de Colorado?
Cualquier tipo de arma lo pondrá en violación del CRS 18-12-108 si tiene una condena anterior por delito grave. La pistola ni siquiera necesita ser capaz de disparar una bala. Simplemente poseer un arma con un mecanismo de disparo roto es suficiente para ponerlo en violación de la ley POWPO de Colorado.8
La estatua POWPO también se aplica a armas que no son de fuego, como navajas automáticas, cuchillos balísticos y otras armas peligrosas o armas mortales.
2. ¿Cuáles son las penas del CRS 18-12-108?
La posesión de un arma por un delincuente anterior es un delito grave de clase 5 en Colorado. Las consecuencias de POWPO incluyen:
- 1 a 3 años en la prisión estatal de Colorado, y/o
- $1,000 a $100,000 en multas
La libertad condicional no está disponible si la persona usó – o amenazó con usar – el arma en la comisión de otro delito.
3. ¿Cómo puede una persona defenderse contra estos cargos?
La mejor defensa contra los cargos de POWPO en Colorado depende de los hechos de su caso. Sin embargo, las defensas que comúnmente vemos incluyen (pero no se limitan a):
- El arma pertenecía completamente a otra persona.
- No tenía derecho de control físico sobre el arma.
- No sabía que tenía el arma.
- Sabía que tenía el objeto, pero no sabía que era un arma.
- Poseía el arma en casa únicamente con el propósito constitucionalmente protegido de defender su hogar, persona o propiedad.10
- Poseía un cuchillo que podría ser utilizado como un arma mortal, pero su único propósito era legítimo (por ejemplo, preparación de alimentos).
- El arma fue descubierta durante una búsqueda y confiscación ilegal en violación de sus derechos de la Cuarta Enmienda.
- Su condena previa fue obtenida en violación de sus derechos constitucionales.11
4. ¿Es un delito deportable POWPO?
Sí. Cualquier condena relacionada con armas de fuego es deportable.12 Por lo tanto, los no ciudadanos que enfrentan un cargo de POWPO deben contratar a un abogado experimentado de inmediato. Tal vez el abogado pueda reducir o desestimar el cargo, permitiendo que el acusado permanezca en suelo estadounidense.
5. Delitos relacionados
5.1. Compra ilegal de armas de fuego
Las personas enfrentan cargos por compra ilegal de un arma de fuego (CRS 18-12-111) si compran conscientemente un arma de fuego a pesar de no ser elegibles para poseer una. (Ejemplos de personas que no pueden poseer armas son delincuentes condenados, fugitivos y adictos a las drogas). Es un delito grave de clase 4, y las penas incluyen de 2 a 6 años de prisión (con 3 años de libertad condicional obligatoria) y/o una multa de $2,000 a $500,000.
5.2. Portar oculto sin permiso
Las personas que portan armas de fuego ocultas sin una tarjeta CCW válida y vigente enfrentan cargos por portar oculto sin permiso (CRS 18-12-105). Una primera condena es un delito menor de clase 1, con hasta 364 días de cárcel y/o una multa de hasta $1,000. Una condena posterior dentro de cinco años es un delito grave de clase 5, con 1 a 3 años de prisión (con 2 años de libertad condicional obligatoria) y/o una multa de $1,000 a $100,000.
5.3. Descarga ilegal de un arma de fuego
Descarga ilegal de un arma de fuego (CRS 18-12-107.5) es cuando alguien dispara consciente o imprudentemente un arma de fuego en cualquier vivienda, edificio, estructura ocupada o vehículo ocupado. Un delito grave de clase 5, conlleva de 1 a 3 años de prisión (con 2 años de libertad condicional obligatoria) y/o una multa de $1,000 a $100,000.
Referencias legales:
- People v. Allaire, App.1992, 843 P.2d 38, certiorari denegado. Véase también People v. Wright, 2021 COA 106. HB 23-1293.
- CRS 18-1-901(3)(h).
- CRS 18-1-501 (6).
- Véase CRS 18-12-108.
- People v. Tenorio, 1979, 590 P.2d 952, 197 Colo. 137.
- People v. Rivera, App.1988, 765 P.2d 624, certiorari concedido, revocado 792 P.2d 786; People v. Martinez, 1989, 780 P.2d 560.
- Henderson v. U.S., 2015, 135 S.Ct. 1780, 191 L.Ed.2d 874, en devolución 795 F.3d 1254.
- People v. O’Neal, App.2009, 228 P.3d 211, rechazo de reconsideración, certiorari denegado 2010 WL 1436208.
- CRS 18-1-901 (3)(e). Antes del 1 de marzo de 2022, las sanciones de POWPO eran diferentes. En la mayoría de los casos, la posesión por primera vez de un arma por parte de un delincuente condenado era un delito grave de clase 6 de Colorado. Las consecuencias de poseer un arma si eres un delincuente condenado incluyen 1-1 ½ años de prisión (con libertad condicional obligatoria de 1 año) y/o una multa de $1,000-$100,000. Sin embargo, el delito se elevó a un delito grave de clase 5 de Colorado si el arma con la que te atrapan es un arma peligrosa según CRS 18-12-102(1), o tu condena anterior ocurrió dentro de los 10 años posteriores a la fecha de la condena (si no estabas encarcelado) o la fecha en que fuiste liberado de la supervisión del tribunal y fue por: robo, incendio provocado o cualquier delito grave que involucre el uso de la fuerza o el uso de un arma mortal. A los efectos de la ley POWPO de Colorado, el término “arma peligrosa” significa: silenciador de armas de fuego, ametralladora, escopeta corta (cañón menor de 18″ y longitud total menor de 26″), rifle corto (cañón menor de 16″ y longitud total menor de 26″), o cuchillo balístico. “Arma mortal” significa: un arma de fuego, ya sea cargada o descargada; o un cuchillo, porra o cualquier otra arma, dispositivo, instrumento, material o sustancia, ya sea animado o inanimado, que, en la forma en que se usa o se pretende usar, es capaz de producir la muerte o lesiones corporales graves. Y finalmente, una segunda o posterior condena por cualquier acto que sería un delito grave de clase 5 según lo establecido anteriormente se convirtió en un delito grave de clase 4 de Colorado. En tal caso, el castigo por posesión de un arma por un delincuente anterior incluía 2-6 años de prisión (con libertad condicional obligatoria de 3 años) y/o una multa de $2,000-$500,000. SB21-271.
- Ver CRS 18-12-108.
- People v. Quintana, 1985, 707 P.2d 355; People v. Kimble, App.1984, 692 P.2d 1142, certiorari granted 697 P.2d 716, appeal dismissed 701 P.2d 17.
- 8 USC § 1227(a)(2)(C), INA § 237(a)(2)(C).