El Estatuto Revisado de Colorado § 18-3-206 define amenazante como el uso de amenazas o acciones para poner a otra persona en temor de una lesión corporal grave inminente o muerte. En resumen, debías haber intentado asustar a alguien.
El lenguaje de la Sección 18-3-206 es el siguiente:
(1) Una persona comete el delito de amenazante si, por cualquier amenaza o acción física, él o ella coloca o intenta colocar a otra persona en temor de una lesión corporal grave inminente. Amenazante es un delito menor de clase 1, pero es un delito grave de clase 5 si se comete mediante el uso de un arma de fuego, un cuchillo o un garrote o un arma de fuego simulada, un cuchillo o un garrote.
Sanciones:
Si no hay un arma mortal involucrada, amenazante es un delito menor de clase 1 que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $1,000.
De lo contrario, amenazante es un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años en prisión, y/o
- $1,000 a $100,000.
Amenazante se acusa con frecuencia junto con asalto y/o violencia doméstica.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de Denver Colorado discuten los siguientes temas sobre las leyes de amenazante. También escuche nuestro podcast informativo:
- 1. Elementos
- 2. Sanciones
- 3. Defensas
- 4. Ley federal
- 5. Asalto vs. Amenazante
- 6. Delitos relacionados
- Recursos adicionales
1. Elementos
La Sección 18-3-206 del Estatuto Revisado de Colorado (C.R.S.) establece:
(1) Una persona comete el delito de amenazante si, por cualquier amenaza o acción física, él o ella coloca o intenta colocar a otra persona en temor de una lesión corporal grave inminente. Amenazante es generalmente un delito menor de clase 1. Pero puede ser acusado como un delito grave de clase 5 si se comete:
(a) Mediante el uso de un arma mortal o cualquier artículo utilizado o diseñado de manera que haga que una persona razonablemente crea que es un arma mortal; o
(b) Por la persona que representa verbalmente o de otra manera que está armada con un arma mortal.
Vea nuestros artículos relacionados sobre asalto de violencia doméstica en Colorado y violación de órdenes de restricción.
Lesión corporal grave inminente
Según CRS 18-1-901(3)(p), “lesión corporal grave inminente” significa lesión corporal que, ya sea en el momento de la lesión real o en un momento posterior, implica
- riesgo sustancial de muerte,
- un riesgo sustancial de desfiguración permanente grave,
- un riesgo sustancial de pérdida o deterioro prolongado de la función de cualquier parte u órgano del cuerpo,
- o fracturas, fracturas o
- quemaduras de segundo o tercer grado.
Uso de un arma mortal
Para fines de la ley de amenazante de Colorado, usted usa un arma mortal cuando:
- Usa o muestra un arma (incluso si la víctima no la ve),1 o
- Usa o muestra cualquier artículo que una persona razonable creería que es un arma mortal.
Ejemplos de armas mortales incluyen (pero no se limitan a):
- Armas de fuego,
- Cuchillos,
- Bates de béisbol,
- Herramientas de metal (como martillos),
- Motosierras,
- Soplete,
- Sus puños (dependiendo de las circunstancias), y
- Cualquier objeto oculto que represente ser un arma mortal.
Colocar a alguien en temor “con conocimiento”
El delito de amenazante requiere que usted coloque o intente colocar conscientemente a otra persona en temor de lesión corporal grave inminente.
No importa si realmente tuvo la intención de causar temor. Simplemente ser consciente de que la otra persona sería colocada en temor de lesión corporal grave inminente es suficiente para cumplir con el requisito.2
El fiscal ni siquiera necesita demostrar que la víctima estaba realmente asustada. Todo lo que es necesario es que usted fuera consciente de que su conducta era prácticamente segura de causar temor.3
Por el contrario, sin embargo, el hecho de que la víctima tuviera miedo no prueba que usted fuera consciente de que sus acciones pondrían a esa persona en peligro. La reacción del presuntoa víctima es simplemente un elemento para que el jurado considere al decidir si tenía la intención necesaria de poner a la víctima en peligro.4
2. Penas
Amenaza criminal menor
Hacer una amenaza criminal es un delito menor de amenaza criminal en Colorado si no hay un arma mortal involucrada.
Las consecuencias de la amenaza criminal menor de Colorado pueden incluir:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Una multa de hasta $1,000.
Amenaza criminal grave
Cuando se muestra o se usa un arma mortal o un artículo que una persona razonablemente creería que es un arma mortal, la amenaza se convierte en un delito grave de clase 5, incluso si la otra persona no lo vio.
Una condena por un cargo grave de amenaza criminal de Colorado conlleva:
- 1 – 3 años de prisión, y/o
- Una multa de $1,000-$100,000.5

Violar CRS 18-3-206 puede ser un delito grave o un delito menor en Colorado.
3. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos violentos como la amenaza. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con jueces, jurados y fiscales.
Tus declaraciones no fueron amenazas.
Siempre y cuando no tuvieras ninguna intención de asustar a nadie – y razonablemente no te diste cuenta de que lo que dijiste asustaría a nadie – entonces no eres responsable de cómo la gente tomó tus palabras.
Esta es una defensa poderosa porque las palabras pueden ser muy subjetivas. Por lo general, podemos demostrar que lo que se dijo tenía una intención benigna y, por lo tanto, no puede justificar cargos criminales.
No tenías un arma mortal.
Dependiendo de los hechos de tu caso, esta defensa podría reducir un cargo grave a un delito menor o desestimarlo por completo. La evidencia en la que nos basamos para demostrar que no tenías un arma mortal incluye imágenes de vigilancia en video y testimonios de testigos presenciales.
Actuaste en defensa propia.
Amenazar a alguien puede ser perfectamente justificable en defensa propia según la ley de Colorado si fue una respuesta proporcional a las amenazas o violencia del agresor.6
Ejemplo: Un hombre sin hogar amenaza con golpear a Max si no le da su billetera. Max luego levanta los puños al hombre sin hogar y le dice que lo golpeará si no se va ahora mismo. Aquí, Max estaba actuando en defensa propia razonable para evitar que el hombre sin hogar lo lastimara.
Al igual que con la última defensa, nos basaríamos en imágenes de vigilancia en video y testimonios de testigos presenciales como evidencia de que actuaste como cualquier persona razonable lo haría en la misma situación.
4. Ley federal
Es contra la ley federal de los Estados Unidos transmitir una comunicación amenazante en comercio interestatal o extranjero. Según 18 U.S.C.A. 875, esto incluye amenazas hechas en cualquier medio, incluyendo internet.
Ejemplos de hacer una amenaza criminal en el comercio extranjero o interestatal incluyen:
- Enviar por correo una amenaza a alguien en otro estado,
- Enviar por correo electrónico una amenaza a alguien en otro estado,
- Publicar una amenaza en las redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, etc.), o
- Amenazar a alguien en otro estado por teléfono.
Las penas bajo 18 U.S.C.A. 875 pueden incluir tanto multas pesadas como:
- Hasta 20 años de prisión federal si la amenaza incluye un rescate o una demanda de recompensa,
- Hasta 20 años de prisión federal si la comunicación incluye un secuestro amenazado con un intento de extorsión,
- Hasta 5 años de prisión federal por amenazar con secuestrar o herir a alguien,
- Hasta 2 años de prisión federal por el intento de extorsionar a alguien amenazando con dañar la propiedad o la reputación de alguien.7
5. Asalto vs. Amenaza
En Colorado, amenazar es poner a alguien en peligro de un daño corporal inminente. Asalto es en realidad infligir ese daño corporal al hacer contacto físico.
El asalto se divide en tres grados en Colorado dependiendo de la gravedad del caso:
- Asalto en primer grado (CRS 18-3-202): Causar deliberadamente lesiones graves con un arma mortal.
- Asalto en segundo grado (CRS 18-3-203): Causar deliberadamente lesiones graves sin un arma mortal.
- Asalto en tercer grado (CRS 18-3-204): Causar lesiones por negligencia con un arma mortal.
Las penas van desde 6 meses hasta 32 años tras las rejas.8
Vea nuestro artículo relacionado, ¿Cuál es la diferencia entre asalto y amenaza en Colorado?
6. Delitos relacionados
Acoso
Acoso (CRS 18-9-111) es molestar, incomodar o alarmar intencionalmente a una persona a través de contacto repetido, gestos obscenos, golpes, burlas o seguimiento en público. Una condena es un delito menor o un delito menor dependiendo del caso.
Encarcelamiento falso
Encarcelamiento falso (CRS 18-3-303) es detener ilegalmente a una persona sin su consentimiento. Un ejemplo es encerrar a una persona en una habitación. El encarcelamiento falso puede ser un delito menor o un delito grave dependiendo de la gravedad del caso.
Acoso
Acoso (CRS 18-3-602) es molestar a una persona de manera que involucre una amenaza creíble y comportamiento repetido, y la persona tenga un temor razonable o sufra angustia emocional como resultado. El acoso siempre se procesa como un delito grave.
Recursos adicionales
Si usted es víctima de un delito, puede ser elegible para recibir ayuda. Consulte lo siguiente para obtener más información:
- Compensación para víctimas de delitos – División de Justicia Criminal de Colorado.
- Asistencia a víctimas – Fiscal General de Colorado.
- Fondo de emergencia para víctimas de delitos – Organización de Asistencia a Víctimas de Colorado (COVA).
- Víctimas de delitos de Colorado – Oficina de Víctimas de Delitos.
- Encuentre ayuda e información para víctimas de delitos – Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

Amenazar en Colorado es poner a otra persona en aprensión de daño corporal inminente.
Referencias legales:
- People v. Lopez, (2015) 2015 COA 45, 399 P.3d 129, rechazo de reconsideración, denegación de certiorari.
- People v. Saltray (1998) 969 P.2d 729, rechazo de reconsideración, denegación de certiorari.
- People v. Tribunal de Distrito del Decimoséptimo Distrito Judicial de Colorado (1996) 926 P.2d 567.
- People v. Gagnon (1985) 703 P.2d 661; Margerum v. People, (2019) 2019 CO 100, 454 P.3d 236.
- CRS 18-3-206. Antes del 1 de marzo de 2022, la amenaza sin arma era un delito menor de clase 3 en Colorado. Las penas incluían hasta 6 meses de cárcel y/o una multa de $50 a $750. SB21-271.
- People v. Koper, (2019) 2018 COA 137.
- 18 USC 875.
- People v. Procasky, (2019) 2019 COA 181, 467 P.3d 1252.