Estatuto Revisado de Colorado § 18-3-106 CRS prohíbe el homicidio vehicular, que es causar un accidente fatal mientras se conduce un vehículo motorizado de manera imprudente o bajo la influencia de alcohol o drogas.
Homicidio vehicular por conducción imprudente es un delito grave de clase 4 en Colorado, que conlleva:
- 2 a 6 años de prisión, y/o
- $2,000 a $500,000.
Homicidio vehicular por DUI es un delito grave de clase 3 en Colorado, que conlleva:
- 4 a 12 años de prisión, y/o
- $3,000 a $750,000.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver abordarán los siguientes temas clave sobre el homicidio vehicular en Colorado:
- 1. Elementos del CRS 18-3-106
- 2. Penalizaciones
- 3. Defensas
- 4. Delitos relacionados
- Preguntas frecuentes
- Recursos adicionales
1. Elementos del CRS 18-3-106
Para que seas condenado por homicidio vehicular en Colorado, el fiscal debe probar más allá de toda duda razonable que:
- Condujiste de manera imprudente O condujiste bajo la influencia de alcohol y/o drogas, y
- Tu conducción fue la causa próxima de la muerte de otra persona.
¿Qué es la conducción imprudente?
Bajo la ley de Colorado, actúas de manera imprudente en violación del 18-3-106, C.R.S. cuando:
- desprecias conscientemente un riesgo sustancial e injustificable,
- de que ocurrirá un resultado o que existe una circunstancia.1
En otras palabras, conduces de manera imprudente cuando desprecias conscientemente el riesgo que crea tu conducción.
Si simplemente no percibes un riesgo que deberías haber percibido, no eres culpable de homicidio vehicular, aunque podrías ser culpable del delito grave un poco menos serio de homicidio por negligencia criminal bajo 18-3-105, C.R.S.2
El significado de “causa próxima”
Eres la causa próxima de la muerte de alguien si la muerte es una consecuencia natural y probable de tu conducta indebida.3
Ejemplo: Mientras conduces de manera imprudente, atropellas a un peatón a alta velocidad y la lesionas gravemente. En camino al hospital, ella muere por sus heridas. Aunque no murió de inmediato, tu conducción fue la causa próxima de su muerte.
Sin embargo, si la muerte resulta de un evento interveniente y no directamente de lo que hiciste, no eres legalmente responsable siempre que:
- El evento interveniente fue completamente independiente del accidente,
- El evento interveniente fue imprevisible,
- No participaste en el evento interveniente, y
- Si no fuera por el evento interveniente, la persona no habría muerto.
Ejemplo: Mientras conduces de manera imprudente, atropellas a un peatón y le rompes una pierna. Se espera que se recupere completamente. Pero mientras está en el hospital con un yeso, contrae una infección por Staphylococcus aureus resistente a meticilina (MRSA) de la que eventualmente muere. Dado que no habría muerto sin la infección, esta fue un evento interveniente independiente. Sin embargo, dependiendo de la gravedad de las lesiones, aún podrías ser acusado de asalto vehicular bajo 18-3-205, C.R.S. o conducción imprudente bajo 42-4-1401, C.R.S.4
El significado de “bajo la influencia”
En Colorado, conduces bajo la influencia cuando:
- como resultado del alcohol y/o drogas,
- eres sustancialmente incapaz, mental y/o físicamente,
- de ejercer un juicio claro, control físico suficiente o el debido cuidado en la operación segura de un vehículo.5
A menudo, esto se basará en evidencia de:
- tus declaraciones y/o patrón de conducción,
- testimonios de testigos del accidente y las horas previas, y
- si hay alcohol, drogas y/o parafernalia de drogas en tu auto.
Sin embargo, es una inferencia permisible – incluso sin otra evidencia – que condujiste bajo la influencia si:
- Tu concentración de alcohol en sangre (BAC) fue .08% o más (DUI per se),6 o
- Tu sangre contenía cinco nanogramos o más por mililitro de delta 9-tetrahidrocannabinol (THC).7 THC es el principal ingrediente psicoactivo de la marihuana.
¿Qué pasa si mis drogas eran legales?
No es una defensa contra cargos de homicidio vehicular (ni de ningún delito de conducción) que las drogas que tomaste fueran recetadas o de venta libre.
Si una droga que tomaste o una sustancia que inhalaste afectó negativamente tu conducción, puedes ser responsable, sin importar cuán inocua parezca la sustancia. Esto incluye la marihuana, incluso cuando está prescrita para una condición médica legítima.
¿Tengo que hacerme una prueba de DUI?
Cuando conduces en Colorado, das tu “consentimiento expreso” para una prueba química para medir tu BAC si eres arrestado bajo sospecha de DUI. Usualmente se te ofrecerá la opción de una
Sin embargo, si el oficial sospecha razonablemente que las drogas causaron o contribuyeron al accidente, se te puede exigir hacer una prueba de sangre, orina o saliva en lugar de o además de la prueba de aliento.
Si te niegas a hacer una prueba química, tu licencia será suspendida automáticamente por un año. Más importante aún, tu negativa también será admisible como evidencia de culpabilidad si tu caso llega a juicio.
¿Pueden extraerme sangre en contra de mi voluntad?
Debes saber que si te niegas a hacer una prueba química de DUI tras un arresto por homicidio vehicular en Colorado, pueden extraerte sangre en contra de tu voluntad. A menos que el oficial no tuviera causa probable para arrestarte, esos resultados serán admisibles en tu contra en cualquier proceso posterior.8
El homicidio vehicular puede ser causado por conducción imprudente o DUI.
2. Penalizaciones
Homicidio vehicular imprudente
Si matas a alguien conduciendo de manera imprudente en Colorado, es un delito grave de clase 4. Las consecuencias pueden incluir:
- 2 a 6 años en prisión en Colorado, más libertad condicional obligatoria por 3 años, y/o
- una multa de $2,000 a $500,000.9
Homicidio vehicular por conducir bajo la influencia
Si matas a alguien conduciendo bajo la influencia de alcohol y/o drogas en Colorado, es un delito grave de clase 3. Las consecuencias del homicidio vehicular por DUI en Colorado pueden incluir:
- 4 a 12 años en prisión en Colorado, más libertad condicional obligatoria por 5 años, y/o
- una multa de $3,000 a $750,000.10
Si te conceden libertad condicional, el juez puede ordenar 90 días de monitoreo continuo de alcohol.
Consulta nuestro artículo relacionado, ¿Tiene Colorado una ley de DUI como delito grave?
3. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado a innumerables personas enfrentando cargos por homicidio, incluyendo homicidio vehicular. En nuestra experiencia, las siguientes cuatro defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
1) No fuiste el conductor
Puede parecer obvio, pero si no condujiste, no cometiste homicidio vehicular. Normalmente usamos esta defensa de “no conducir” cuando
- la policía te encuentra en la escena del accidente pero
- no estás al volante.
La carga de probar que fuiste el conductor recae en la fiscalía. Esto no siempre es tan fácil como parece, especialmente cuando no hay testigos del accidente.
2) No condujiste de manera imprudente
Para que seas condenado por homicidio vehicular por conducción imprudente, el fiscal debe probar que despreciaste conscientemente un riesgo sustancial e injustificable al conducir. Este es un estándar en gran parte subjetivo, y mentes razonables podrían discrepar sobre qué califica como imprudente.
Debido a que la evidencia en estos casos suele ser circunstancial, argumentaríamos ante el fiscal que existe una duda razonable sobre tu culpabilidad y que el caso debería ser desestimado.
3) No estabas bajo la influencia de alcohol y/o drogas
Si los fiscales intentan argumentar que estabas intoxicado por alcohol, recurriríamos a una o más de nuestras defensas estándar de DUI:
- No comenzaste a beber hasta después del accidente;
- Tuviste un episodio médico (como un coma diabético) que la policía confundió con intoxicación;
- Tienes una condición médica (como ERGE) que causó lecturas falsas altas en el alcoholímetro;
- Tu nivel de BAC era legal (por debajo de .08%); y/o
- Hubo problemas con tu prueba de aliento o prueba de sangre, y las lecturas fueron inexactas.
Incluso podríamos lograr que tu sangre sea analizada de forma independiente, cuyos resultados podrían indicar que hubo contaminación en el laboratorio policial.
Mientras exista una duda razonable de que estabas demasiado ebrio para conducir en el momento del accidente, los cargos penales no pueden sostenerse.
4) La policía violó tus derechos
Encontramos que la policía a veces recorta procedimientos en su afán de responsabilizar a alguien por un accidente mortal. Las formas en que pueden violar tus derechos incluyen:
- confesiones forzadas,
- evidencia plantada y
- registros ilegales.
En cada caso, realizamos una investigación exhaustiva de la conducta policial. Si la policía pudo haber obtenido evidencia por medios ilegales, pediríamos al juez que desestime esa evidencia, lo que podría dejar al fiscal con un caso demasiado débil para continuar con la acusación.
4. Delitos relacionados
- Asesinato en primer grado (CRS 18-3-102)
- Asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103)
- Homicidio involuntario (CRS 18-3-104)
- Homicidio por negligencia criminal (CRS 18-3-105)
- Asalto vehicular (CRS 18-3-205)
- Evasión vehicular (CRS 18-9-116.5)
Una condena bajo CRS 18-3-106 siempre es un delito grave.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre las penalizaciones por homicidio vehicular por conducción imprudente y por DUI?
El homicidio vehicular por conducción imprudente es un delito grave de clase 4 que conlleva de dos a seis años de prisión y multas de $2,000 a $500,000. El homicidio vehicular por DUI es un delito grave más serio de clase 3 que conlleva de cuatro a 12 años de prisión y multas de $3,000 a $750,000. Ambos incluyen períodos obligatorios de libertad condicional.
¿Puedo ser acusado de homicidio vehicular si estaba tomando medicamentos recetados?
Sí. No es defensa que tus drogas fueran recetadas o de venta libre. Si cualquier sustancia que tomaste afectó negativamente tu capacidad para conducir y causó un accidente fatal, puedes ser acusado de homicidio vehicular independientemente de si la sustancia fue obtenida legalmente.
¿Qué significa “causa próxima” en casos de homicidio vehicular?
Causa próxima significa que tu conducción fue la causa natural y probable de la muerte de alguien. Incluso si la persona no muere inmediatamente en la escena, aún puedes ser acusado si tu conducción imprudente o bajo influencia condujo directamente a su muerte, a menos que un evento independiente e imprevisible haya intervenido.
¿Qué pasa si me niego a hacer una prueba de sangre o aliento después de un accidente fatal?
Tu licencia será suspendida automáticamente por un año, y tu negativa puede usarse como evidencia en tu contra en la corte. Además, en casos de homicidio vehicular, la policía puede extraer tu sangre en contra de tu voluntad si tienen causa probable para tu arresto.
Recursos adicionales
Para estadísticas sobre muertes vehiculares, consulta lo siguiente:
- Datos de accidentes fatales – Compilados por el Departamento de Transporte de Colorado.
- Muertes y tasas por accidentes automovilísticos – Compilados por el Consejo Nacional de Seguridad.
- Datos de fatalidades por estado – Proporcionados por el Instituto de Seguros para la Seguridad en las Carreteras.
- Estimaciones de NHTSA para 2022 muestran que las fatalidades en carretera se mantienen estables tras dos años de aumentos dramáticos – Compiladas por la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en las Carreteras.
- Informe estatal de seguridad vial (2021) – Colorado – Proporcionado por la Administración Federal de Carreteras.
Referencias legales:
- 18–1–501 (8), C.R.S. Definiciones.
Las siguientes definiciones son aplicables para determinar los requisitos de culpabilidad para los delitos definidos en este código:
(1) “Acto” significa un movimiento corporal, e incluye palabras y posesión de propiedad.
(2) “Conducta” significa un acto u omisión y su estado mental acompañante o, cuando sea relevante, una serie de actos u omisiones.
(3) “Negligencia criminal”. Una persona actúa con negligencia criminal cuando, mediante una desviación grave del estándar de cuidado que una persona razonable ejercería, no percibe un riesgo sustancial e injustificable de que ocurrirá un resultado o que existe una circunstancia.
(4) “Estado mental culpable” significa intencionalmente, o con intención, o conscientemente, o voluntariamente, o imprudentemente, o con negligencia criminal, según se definen estos términos en esta sección.
(5) “Intencionalmente” o “con intención”. Todos los delitos definidos en este código en los que el requisito de culpabilidad mental se expresa como “intencionalmente” o “con intención” se declaran delitos de intención específica. Una persona actúa “intencionalmente” o “con intención” cuando su objetivo consciente es causar el resultado específico prohibido por el estatuto que define el delito. No importa para el tema de la intención específica si el resultado realmente ocurrió o no.
(6) “Conscientemente” o “voluntariamente”. Todos los delitos definidos en este código en los que el requisito de culpabilidad mental se expresa como “conscientemente” o “voluntariamente” se declaran delitos de intención general. Una persona actúa “conscientemente” o “voluntariamente” respecto a la conducta o a una circunstancia descrita por un estatuto que define un delito cuando es consciente de que su conducta es de tal naturaleza o que tal circunstancia existe. Una persona actúa “conscientemente” o “voluntariamente”, respecto a un resultado de su conducta, cuando es consciente de que su conducta es prácticamente segura de causar el resultado.
(7) “Omisión” significa la falta de realizar un acto respecto al cual la ley impone un deber de cumplimiento.
(8) “Imprudentemente”. Una persona actúa imprudentemente cuando desprecia conscientemente un riesgo sustancial e injustificable de que ocurrirá un resultado o que existe una circunstancia.
(9) “Acto voluntario” significa un acto realizado conscientemente como resultado de esfuerzo o determinación, e incluye la posesión de propiedad si el actor estaba consciente de su posesión física o control de la misma por un período suficiente para haber podido terminarla.Ver también, People v. Scarlett (1998) 985 P.2d 36, denegada la reconsideración, denegado el certiorari. Ver también, People v. Kuhn (Colo.App. 2025) No. 86CA1140. - Ver People v. Bettis (Colo.App. 1979) 602 P.2d 877 (bombero voluntario que respondía a una llamada de emergencia declarado culpable de homicidio por negligencia criminal después de que su auto atropelló y mató a un ciclista).
- Ver Hamrick v. People (Colo. 1981) 624 P.2d 1320.
- Ver People v. Calvaresi (Colo.App. 1975) 34 P.2d 316.
- 18-3-106 (1)(a)(IV), C.R.S.
- 18-3-106 (2)(c), C.R.S.
- 18-3-106 (2)(d), C.R.S.
- 42-4-1301(6)(e), C.R.S.
- 18-1.3-401, C.R.S., secciones (1)(a)(III)(A) y (1)(a)(V)(A). Ver también Azi Paybarah, Millones firman petición para reducir sentencia de 110 años para camionero en accidente mortal, NY Times (19 de diciembre de 2021).
- Igual.