Bajo la ley de Colorado, homicidio involuntario es una forma de homicidio menos grave que el asesinato. Cometes homicidio involuntario cuando:
- Causas la muerte de otra persona imprudentemente; o
- Intencionalmente causas o ayudas a otra persona a cometer suicidio.
Bajo la sección 18-3-104 CRS, el castigo por homicidio involuntario puede ser de
- 2 a 6 años de prisión (seguidos por 3 años de libertad condicional obligatoria) y
- una multa de hasta $500,000, dependiendo de las circunstancias.
Afortunadamente, hay varias defensas a los cargos de homicidio involuntario en Colorado. Estas incluyen demostrar que:
- La muerte fue accidental,
- Estabas actuando en defensa propia legal,
- Estabas sufriendo de locura,
- Fuiste víctima de identificación errónea, o
- Los oficiales de policía violaron tus derechos.
Para ayudarte a entender mejor la ley, nuestros abogados de defensa criminal de Colorado discutirán lo siguiente:
- 1. ¿Cómo define la ley de Colorado el homicidio involuntario?
- 2. ¿Cuáles son las penas por homicidio involuntario en Colorado?
- 3. ¿Cuáles son las mejores estrategias de defensa?
1. ¿Cómo define la ley de Colorado el homicidio involuntario?
La sección 18-3-104 (1) de los Estatutos Revisados de Colorado (C.R.S.) establece:
Una persona comete el delito de homicidio involuntario si:
- (a) causa la muerte de otra persona imprudentemente; o
- (b) intencionalmente causa o ayuda a otra persona a cometer suicidio.
El significado legal de “imprudente”
Causas una muerte imprudentemente cuando actúas de manera que implica un riesgo sustancial e injustificable de muerte y, aunque eres consciente del riesgo, decides involucrarte en la acción.1
Para ser culpable de homicidio imprudente, no es necesario que tengas la intención específica de causar la muerte de alguien. En cambio, requiere que participes conscientemente en una conducta que crea un riesgo sustancial e injustificable de causar la muerte.2
La diferencia entre el asesinato en segundo grado, el homicidio culposo, el homicidio por negligencia criminal y el homicidio vehicular
En Colorado, el asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103), el homicidio culposo y el homicidio por negligencia criminal (CRS 18-3-105) se distinguen por:
- Tu intención, y
- Tu nivel de conciencia del riesgo de muerte.
En el asesinato en segundo grado, el homicidio es intencional pero no premeditado, y sabes que la muerte es prácticamente segura como resultado de tu conducta.
Para el homicidio culposo, eres consciente de que hay un riesgo sustancial e injustificable de muerte, pero aún así decides participar en la conducta arriesgada. (A diferencia de muchos estados, Colorado no tiene delitos separados de “homicidio voluntario” y “homicidio involuntario”. Lo que muchos estados definen como homicidio voluntario es asesinato en segundo grado en Colorado).
Si, por otro lado, a través de una desviación grave del estándar de cuidado razonable, simplemente no percibes un riesgo sustancial e injustificable de muerte y alguien muere como resultado, has cometido homicidio por negligencia criminal.
- Ejemplo: Albert y Barry son vecinos. Albert está cansado de las fiestas ruidosas de Barry y decide enfrentarlo. Pero tiene miedo de Barry, así que lleva su pistola por si acaso Barry lo persigue y necesita asustarlo.
- Pero Albert olvida que la pistola está cargada y no se da cuenta de que el seguro está desactivado. Así que cuando Barry golpea a Albert, Albert saca la pistola y esta se dispara. Barry muere. Albert no puede invocar la legítima defensa ya que él inició la confrontación. Como resultado, Albert podría ser culpable de homicidio por negligencia criminal si el jurado decide que agitar una pistola cargada con el seguro desactivado es una desviación grave del estándar de cuidado razonable.
- Pero… digamos que Albert sabía que la pistola estaba cargada y el seguro estaba desactivado. Era consciente del riesgo de que la pistola se disparara, pero decidió conscientemente ignorarlo. Esto probablemente aumentaría el cargo criminal a homicidio culposo.
- Y si durante la discusión, Albert decidió que la pelea era una buena excusa para matar a Barry, y le disparó intencionalmente, es asesinato en segundo grado.
Finalmente, el homicidio vehicular (CRS 18-3-106) es causar la muerte a través de la conducción imprudente de un vehículo motorizado o conducir bajo la influencia de alcohol o drogas (DUI). La conducción en estado de ebriedad es un delito de responsabilidad estricta, lo que significa que el estado no tiene que probar la intención criminal.
Bajo la ley de Colorado, se presume que un acusado está conduciendo bajo la influencia (DUI) si tiene una concentración de alcohol en la sangre (BAC) de 0.08% o más. Se presume que una persona no está bajo la influencia si el BAC está por debajo de 0.05%. Por lo general, no es una defensa que el acusado estuviera bajo la influencia de medicamentos recetados porque una persona razonable debería haber sabido que podrían causar deterioro al conducir.
El homicidio por “calor de pasión” ahora es asesinato en segundo grado
Colorado solía clasificar los homicidios por “calor de pasión” como una forma de homicidio involuntario. El típico homicidio repentino por “calor de pasión” es aquel que ocurre cuando llegas a casa del trabajo temprano y encuentras a tu cónyuge en la cama con otra persona. Es un homicidio que no está premeditado, sino que surge cuando eres provocado de manera sustancial por algo que despertaría pasión en una persona razonable.
Colorado ahora reconoce el homicidio por “calor de pasión” como una forma de asesinato en segundo grado. Sin embargo, mientras que la mayoría de los asesinatos en segundo grado son un delito grave de clase 2, el asesinato por “calor de pasión” se castiga como un delito grave de clase 3 menos grave.
Ayudar a un suicidio
Colorado también considera homicidio involuntario cuando:
- Intencionalmente haces que otra persona se suicide, o
- Ayudas a un suicidio proporcionando los medios para alentar o ayudar a otra persona a suicidarse.
“Ayudar” al suicidio significa proporcionar los medios para cometer suicidio. Si realizas activamente un acto que resulta en la muerte, se considera asesinato.3
Excepción para cuidadores médicos
No ayudas a un suicidio al retener el cuidado o proporcionar medicamentos de acuerdo con:
- Una directiva médica avanzada,
- Un poder duradero de atención médica,
- Un testamento en vida, o
- Una directiva de resucitación cardiopulmonar (RCP).4
Tampoco eres culpable de homicidio involuntario si eres un cuidador médico con autoridad para recetar o administrar medicamentos que receta o administra medicamentos para cuidados paliativos a un paciente terminal con el consentimiento del paciente terminal o su agente.5 Sin embargo, esta excepción no permite a un cuidador médico ayudar en el suicidio de un paciente.
Para fines del estatuto de homicidio involuntario de Colorado:
- (I) “Agente” significa una persona designada para representar los intereses del paciente terminal por un poder médico, poder notarial, procurador de atención médica o cualquier otro procedimiento estatutario o regular utilizado para la designación de dicha persona.
- (II) “Cuidador médico” significa un médico, enfermero registrado, enfermero practicante, asistente de médico o asistente de anestesiólogo con licencia en este estado.
- (III) “Cuidados paliativos” significa atención médica y tratamiento proporcionado por un cuidador médico con licencia a un paciente con una enfermedad crónica o terminal avanzada cuya condición puede no ser receptiva al tratamiento curativo y que, por lo tanto, recibe tratamiento que alivia el dolor y el sufrimiento y apoya la mejor calidad posible de su vida.
2. ¿Cuáles son las penas por homicidio involuntario en Colorado?
Según el estatuto 18-3-104 C.R.S. de Colorado, el homicidio involuntario es un delito grave de clase 4 y puede ser castigado con:
- 2-6 años de prisión, y
- Una multa de $2,000 a $500,000.
El homicidio involuntario se castiga de la misma manera que:
- homicidio vehicular causado por conducción imprudente, y
- homicidio por negligencia criminal si la víctima está discapacitada.
El homicidio involuntario es un nivel menos grave que el asesinato en segundo grado por pasión violenta o el homicidio vehicular por DUI, que son delitos graves de clase 3 que conllevan de 4 a 12 años de prisión y de $3,000 a $750,000 en multas.
Y el homicidio involuntario es un escalón más grave que el homicidio por negligencia criminal de una víctima no discapacitada. Este es típicamente un delito grave de clase 5 que conlleva de 1 a 3 años de prisión y de $1,000 a $100,000 en multas.
3. ¿Cuáles son las mejores estrategias de defensa?
Cinco posibles defensas incluyen:
- Homicidios accidentales
- Defensa propia
- Locura
- Identificación errónea
- Mala conducta policial
3.1. Homicidio accidental
Si el homicidio fue accidental y no fue el resultado de ignorar un riesgo sustancial e injustificable de muerte, no eres culpable de homicidio involuntario.
Los asesinatos accidentales incluyen (pero no se limitan a) accidentes de caza, accidentes automovilísticos por conductores sobrios y muertes debido a condiciones peligrosas desconocidas en el hogar que no resultan de desviaciones de un estándar razonable de cuidado.
3.2. Defensa propia / defensa de otros
En Colorado, puedes usar legalmente la fuerza física letal para defenderte a ti mismo o a otra persona si:
- Razonablemente crees que un grado menor de fuerza es insuficiente Y
- Razonablemente crees que:
- Tú o otra persona están en peligro inminente de lesiones corporales graves o muerte; o
- Alguien más está a punto de usar fuerza física durante la comisión de un robo; o
- Alguien más está cometiendo o parece estar a punto de cometer, robo o agresión sexual;6; o
- Alguien ha entrado ilegalmente a tu hogar y ha cometido – o tiene la intención de cometer – un delito en la vivienda y razonablemente crees que esa persona podría usar fuerza física contra ti u otro ocupante.7
La fuerza no está legalmente justificada, sin embargo, si:
- Provocaste el uso de fuerza física por parte de otra persona porque tenías la intención de matar a la persona o causarle lesiones corporales; o
- Fuiste el agresor original, a menos que:
- Te retiraste del encuentro,
- Comunicaste efectivamente a la otra persona tu intención de retirarte, y
- La otra persona, sin embargo, continuó o amenazó con usar fuerza física ilegal.8
3.3. Capacidad disminuida / locura
Según la ley de Colorado, se te considera loco cuando, como resultado de una enfermedad o defecto mental:
- Eres incapaz de distinguir entre lo correcto y lo incorrecto en relación con el delito del que se te acusa o
- Que te impidió formar un estado mental culpable que es un elemento esencial del delito del que se te acusa.
Sin embargo, no puedes usar la defensa de locura si tu capacidad disminuida resultó únicamente de la intoxicación voluntaria.
Es muy difícil cumplir con el estándar legal de locura, que no es lo mismo que el estándar médico de enfermedad mental. Simplemente sufrir de una enfermedad mental grave como esquizofrenia o trastorno bipolar no es suficiente. Solo se te considera loco como una cuestión de ley si, en el momento del asesinato, cumpliste con una de las condiciones específicas establecidas anteriormente.
Por lo tanto, una defensa exitosa de capacidad disminuida requiere una gran cantidad de trabajo y también el testimonio de expertos médicos para explicar que no tenías conciencia de tus acciones en el momento de un asesinato, o que no podías entender las consecuencias.
Si estás alegando que no eres culpable por razón de demencia, es importante contratar a un abogado de defensa criminal de Colorado que tenga experiencia con problemas de salud mental y no tenga miedo de la ciencia.
3.4. Identificación errónea
Los casos de homicidio culposo a menudo se basan en testimonios de testigos presenciales. Sin embargo, incluso testigos honestos y bien intencionados pueden cometer errores debido a múltiples factores, incluyendo:
- Preguntas engañosas, ya sea intencionales o no, por parte de la policía y los fiscales,
- El estrés emocional de presenciar un crimen,
- La tendencia a enfocarse en el arma en lugar de en la persona que la empuña,
- Prejuicios inconscientes,
- Condiciones físicas deficientes (como poca iluminación, obstrucciones, paredes o ruido) que dificultan ver u oír lo que sucedió, y
- El cambio natural de los recuerdos con el paso del tiempo y la repetición.9
Como resultado de estos y otros factores, muchos investigadores consideran que el testimonio de testigos presenciales es inherentemente poco confiable.10 Sin embargo, muchas personas no saben esto y el testimonio de un testigo que parece confiado y creíble puede crear problemas reales para los acusados.
Nuestros experimentados abogados de defensa criminal de Colorado tienen algunas técnicas comprobadas para contrarrestar el testimonio desfavorable de testigos presenciales. Estas incluyen (sin limitación):
- Contratar a un experto en “identificación de testigos presenciales” para explicar al jurado cómo y por qué la memoria puede ser poco confiable;
- Entrevistas y contrainterrogatorios vigorosos de los testigos;
- Cuestionar los procedimientos que la policía utiliza para realizar alineaciones y presentaciones de fotos; y
- El uso de investigadores privados experimentados para localizar testigos adicionales y descubrir inconsistencias en el caso del fiscal del distrito.
3.5. Mala conducta policial
La policía y los fiscales están sujetos a estrictas reglas y procedimientos en la investigación y enjuiciamiento de delitos.
Si la policía o el fiscal cometen un error, podemos solicitar la exclusión de las pruebas obtenidas como resultado. Algunas formas en que la policía puede violar sus derechos incluyen (pero no se limitan a):
- Plantar pruebas,
- Perjurio,
- No mantener la cadena de custodia de las pruebas,
- Obtener una orden de registro defectuosa,
- Contaminación de las pruebas en la escena del crimen,
- Conducta inadecuada en las alineaciones policiales,
- No leer u observar sus derechos de Miranda, o
- Una búsqueda y confiscación ilegal en violación de sus derechos bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Calle Tejon
Denver, CO 80211
(303) 222-0330
¿Arrestado en Nevada? Consulte nuestros artículos sobre las leyes de homicidio voluntario de Nevada y las leyes de homicidio involuntario de Nevada.
Referencias legales:
- Moore v. People, 925 P.2d 264 (Colo.1996); People v. Garcia, App.1999, 1 P.3d 214, modificado en la negación de la reconsideración, concesión de certiorari, confirmado 28 P.3d 340, negación de la reconsideración; People v. Medina, App.2001, 51 P.3d 1006, negación de la reconsideración, concesión de certiorari, confirmado 71 P.3d 973.
- Palmer v. People, 1998, 964 P.2d 524.
- People v. Gordon, App.2001, 32 P.3d 575, certiorari denegado, confirmación de la negación del alivio post-convicción 2008 WL 1821714, habeas corpus denegado en parte 2009 WL 1575324, habeas corpus denegado en parte 2010 WL 1790410.
- 18-3-104 (3) C.R.S.
- 18-3-104 (4) C.R.S.
- 18-1-704 (2) C.R.S.
- 18-1-705 C.R.S.
- 18-1-704 (3) C.R.S.
- Barbara Tversky y George Fisher, El problema con el testimonio de testigos oculares, Revista de Estudios Legales de Stanford; D. Kim Rossmo, Fallas en la investigación criminal, El Jefe de Policía, octubre de 2009.
- Ver, por ejemplo, Gary Wells et al, Procedimientos de identificación de testigos oculares: Recomendaciones para alineaciones y fotomontajes, Ley y Comportamiento Humano, Vol. 22, No. 6, 1998.