Estatuto Revisado de Colorado § 18-3-104 C.R.S. establece que es un delito grave de clase 4 cometer homicidio involuntario. Una forma menos grave de homicidio que el asesinato, el homicidio involuntario es matar a alguien por conducta imprudente.
El castigo por homicidio involuntario es de dos a seis años de prisión (seguido de tres años de libertad condicional obligatoria) y multas de $2,000 a $500,000.

Para ayudarle a entender mejor la ley, nuestros abogados de defensa criminal en Colorado discutirán los siguientes temas sobre homicidio involuntario:
- 1. Elementos del C.R.S. 18-3-104
- 2. Defensas
- 3. Otros delitos de homicidio
- Preguntas frecuentes
- Lectura adicional
1. Elementos del C.R.S. 18-3-104
Para que sea condenado por homicidio involuntario bajo los Estatutos Revisados de Colorado 18-3-104(1), los fiscales deben probar más allá de toda duda razonable que usted:
- causó imprudentemente la muerte de otra persona o
- causó intencionalmente o ayudó a otra persona a suicidarse.
Para ser culpable de homicidio involuntario imprudente, no es necesario que usted específicamente tenga la intención de causar la muerte de alguien.1 Más bien, requiere que usted conscientemente participe en una conducta que crea un riesgo sustancial e injustificable de causar la muerte.2 Un ejemplo puede ser girar un arma que sabe que está cargada, y que accidentalmente se dispara y mata a alguien.
Para ser culpable de homicidio involuntario por ayudar a un suicidio, debe haber alentado, asistido o proporcionado los medios para que la persona se suicide. Si usted realizó activamente el acto que resultó en la muerte, entonces enfrentaría cargos de asesinato.3 Sin embargo, hay una excepción para los cuidadores médicos que retienen cuidados o proporcionan medicación de acuerdo con:
- Una directiva médica anticipada,
- Un poder notarial médico duradero,
- Un testamento en vida,
- Una directiva de resucitación cardiopulmonar (RCP).4
Tampoco es culpable de homicidio involuntario si es un cuidador médico con autoridad prescriptiva – o autoridad para administrar medicación – que prescribe o administra medicación para cuidados paliativos a un paciente terminal con el consentimiento del paciente terminal o su representante.5 Sin embargo, esta excepción no permite que un cuidador médico ayude en el suicidio de un paciente.
Homicidio involuntario vs. asesinato en segundo grado
Con el asesinato en segundo grado, la muerte no es premeditada, pero usted sabe que la muerte es prácticamente segura como resultado de su conducta. El ejemplo clásico es jugar a la ruleta rusa: incluso si no tenía la intención de matar a una persona en particular, fue prácticamente inevitable debido a sus acciones deliberadas.
El asesinato en segundo grado también comprende los homicidios por “pasión”, como cuando llega temprano a casa del trabajo y encuentra a su cónyuge en la cama con otra persona. En resumen, mató porque fue sustancialmente provocado por algo que despertaría pasión en una persona razonable.
Con el homicidio involuntario, su conducta es más imprudente que intencional, por lo que es un delito menos grave. Note que, a diferencia de muchos estados, Colorado no tiene delitos separados de “homicidio involuntario voluntario” e “homicidio involuntario involuntario”. Lo que muchos estados definen como homicidio involuntario voluntario es asesinato en segundo grado en Colorado.
Homicidio involuntario vs. homicidio por negligencia criminal
El homicidio por negligencia criminal ocurre cuando, por una desviación grave del estándar de cuidado razonable, simplemente no percibe un riesgo sustancial e injustificable de muerte, y alguien muere como resultado. Su conducta no es imprudente como en el homicidio involuntario, sino simplemente muy descuidada. Por lo tanto, el homicidio involuntario es un delito más grave que el homicidio por negligencia criminal.
Por ejemplo, tiene un arma que olvida que está cargada, y la gira. Si se dispara accidentalmente, probablemente enfrentaría cargos de homicidio por negligencia criminal por actuar negligentemente. Sin embargo, si sabía que el arma estaba cargada y eligió girarla de todos modos, entonces probablemente enfrentaría cargos de homicidio involuntario por su conducta imprudente.
C.R.S. 18-3-104 convierte el homicidio involuntario en un delito grave de clase 4.
2. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado a innumerables personas acusadas de delitos de homicidio como el homicidio involuntario. En nuestra experiencia, las siguientes cinco defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados para lograr que los cargos bajo el C.R.S. 18-3-104 sean reducidos o desestimados.
1) La muerte fue un accidente
Si la muerte fue accidental y no resultado de ignorar un riesgo sustancial e injustificable de muerte, no es culpable de homicidio involuntario. Las muertes accidentales incluyen (pero no se limitan a):
- accidentes de caza,
- accidentes automovilísticos por conductores sobrios, y
- muertes debido a condiciones peligrosas desconocidas en el hogar que no resultan de desviaciones de un estándar razonable de cuidado.
La evidencia típica en la que confiamos en estos casos incluye videos de vigilancia y testimonios de testigos presenciales.
2) Actuó en defensa propia / defensa de otros
En Colorado, puede usar legalmente fuerza física letal para defenderse a sí mismo o a otra persona si:
- Usted cree razonablemente que un grado menor de fuerza es insuficiente, y
- Usted cree razonablemente que:
- Usted u otra persona está en peligro inminente de lesión corporal grave o muerte; o
- Alguien más está a punto de usar fuerza física durante la comisión de un robo con allanamiento; o
- Alguien más está cometiendo o parece estar a punto de cometer, robo o agresión sexual;6; o
- Alguien ha entrado ilegalmente en su hogar y ha cometido – o tiene la intención de cometer – un delito en su hogar, y usted cree razonablemente que dicha persona podría usar fuerza física contra usted u otro ocupante. 7
Si podemos demostrar que una persona razonable en su posición habría actuado de manera similar, los cargos penales no deberían sostenerse.8
3) Sufrió de capacidad disminuida / locura
Bajo la ley de Colorado, se considera loco cuando, como resultado de una enfermedad o defecto mental:
- Es incapaz de distinguir el bien del mal respecto al delito del que se le acusa, o
- No puede formar un estado mental culpable que es un elemento esencial del delito imputado.
Sufrir simplemente de una enfermedad mental grave como esquizofrenia o trastorno bipolar no es suficiente. Tampoco puede usar la defensa de locura si su capacidad disminuida resultó únicamente de intoxicación voluntaria.
Por lo tanto, una defensa exitosa de capacidad disminuida requiere mucho trabajo y el testimonio de expertos médicos para explicar que usted no tenía conciencia de sus acciones en el momento de la muerte o no podía entender las consecuencias.
4) Es víctima de una identificación errónea
Los casos de homicidio involuntario frecuentemente dependen del testimonio de testigos presenciales, pero incluso los testigos honestos y bien intencionados pueden cometer errores debido a múltiples factores.9 Por lo tanto, muchos investigadores consideran que el testimonio de testigos presenciales es inherentemente poco confiable.10
Nuestros experimentados abogados defensores criminales en Colorado tienen técnicas probadas para contrarrestar testimonios desfavorables de testigos presenciales. Estas incluyen (sin limitación):
- Contratar a un experto en identificación de testigos para explicar al jurado cómo y por qué la memoria puede ser poco confiable;
- Realizar entrevistas rigurosas y contrainterrogatorios de testigos;
- Cuestionar los procedimientos que la policía usa para realizar alineamientos y exhibiciones fotográficas; y
- Usar investigadores privados experimentados para localizar testigos adicionales y descubrir inconsistencias en el caso del fiscal.
5) Hubo mala conducta policial
La policía y los fiscales están sujetos a reglas y procedimientos estrictos al investigar y procesar delitos. Si la policía o el fiscal cometen errores, podemos solicitar excluir la evidencia obtenida como resultado.
Las formas en que la policía puede violar sus derechos incluyen (pero no se limitan a):
- Plantar evidencia o no mantener la cadena de custodia de la evidencia,
- Cometer perjurio,
- Obtener una orden de registro defectuosa,
- Contaminar la evidencia en la escena del crimen,
- Realizar alineamientos policiales de manera incorrecta,
- No leer u observar sus derechos Miranda, o
- Realizar una búsqueda e incautación ilegal en violación de sus derechos bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución de EE.UU..
El homicidio involuntario es menos grave que el asesinato pero más grave que el homicidio por negligencia criminal
3. Otros delitos de homicidio
La siguiente tabla compara los elementos y las penas para los principales delitos de homicidio en Colorado.
| Delito | Sección del Código | Elementos | Penas en Colorado |
| Asesinato en primer grado | C.R.S. 18-3-102 | Asesinato intencional de otra persona con deliberación y premeditación. También puede incluir asesinato en comisión de delito grave, matar a un oficial de paz o causar la muerte por indiferencia extrema. | Delito grave de clase 1: cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. |
| Asesinato en segundo grado | C.R.S. 18-3-103 | Causar conscientemente la muerte de otra persona sin la premeditación requerida para el asesinato en primer grado. | Delito grave de clase 2: 16 a 48 años de prisión y/o $5,000 a $1,000,000.
Si se comete en el calor de la pasión, es un delito grave de clase 3: 4 a 12 años de prisión. |
| Homicidio involuntario | C.R.S. 18-3-104 | Causar imprudentemente la muerte de otra persona, o causar intencionalmente o ayudar a otra persona a suicidarse. | Delito grave de clase 4: 2 a 6 años de prisión y/o $2,000 a $500,000. |
| Homicidio por negligencia criminal |
C.R.S. 18-3-105 | No percibir, por una desviación grave del estándar de cuidado razonable, un riesgo sustancial e injustificable de que la muerte resultará de su conducta. | Delito grave de clase 5: 1 a 3 años de prisión y/o $1,000 a $100,000. |
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la definición legal de “imprudente” en un caso de homicidio involuntario en Colorado?
Bajo la ley de Colorado, actúa “imprudentemente” cuando conscientemente ignora un riesgo sustancial e injustificable de que su conducta causará la muerte de alguien. Este es el requisito central para el homicidio involuntario. A diferencia del asesinato (donde tiene la intención de matar) o la negligencia (donde debería haber sabido mejor), la imprudencia significa que estaba consciente del peligro pero eligió ignorarlo de todos modos.
¿Es homicidio involuntario ayudar a alguien a suicidarse en Colorado?
Sí. Esto aplica incluso a “pactos de suicidio” o casos de suicidio asistido que no cumplen con los estrictos requisitos de la Ley de Opciones al Final de la Vida de Colorado. Sin embargo, el estatuto tiene una excepción para cuidadores médicos que proporcionan cuidados paliativos legítimos a pacientes terminales.
¿Puedo ser acusado de homicidio involuntario por un accidente automovilístico?
En Colorado, los accidentes automovilísticos fatales generalmente se procesan como homicidio vehicular (C.R.S. 18-3-106). Al igual que el homicidio involuntario, el homicidio vehicular es un delito grave de clase 4.
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- (Wo)Manslaughter: Voluntary Manslaughter, Gender, and the Model Penal Code – Emory Law Journal.
- Are There Circumstances Other than Provocation which May Reduce Murder to Voluntary Manslaughter – Kentucky Law Journal.
- What Future for Voluntary Manslaughter? – The Journal of Criminal Law.
- Manslaughter and the Adequacy of Provocation: The Reasonableness of the Reasonable Man – University of Pennsylvania Law Review.
- The psychology and law of voluntary manslaughter: what can psychology research teach us about the “heat of passion” defense? – Behavior Decision Making.
- Some Provoking Aspects of Voluntary Manslaughter Law – Common Law World Review.
Referencias legales:
- C.R.S. 18-3-104 – Homicidio involuntario.
(1) Una persona comete el delito de homicidio involuntario si:
(a) Dicha persona causa imprudentemente la muerte de otra persona; o
(b) Dicha persona causa intencionalmente o ayuda a otra persona a suicidarse.
(c) (Eliminado por enmienda, L. 96, p. 1844, § 13, vigente desde el 1 de julio de 1996.)
(2) El homicidio involuntario es un delito grave de clase 4.
(3) Esta sección no se aplicará a una persona, incluyendo un representante autorizado como se describe en la sección 15-18.5-103, C.R.S., que cumple con cualquier directiva médica anticipada de acuerdo con las disposiciones del título 15, C.R.S., incluyendo un poder notarial médico duradero, un testamento en vida o una directiva de resucitación cardiopulmonar (RCP).
(4)
(a) Esta sección no se aplicará a un cuidador médico con autoridad prescriptiva o autoridad para administrar medicación que prescribe o administra medicación para cuidados paliativos a un paciente terminal con el consentimiento del paciente terminal o su agente.
(b) Para los propósitos de este inciso (4):
(I) “Agente” significa una persona designada para representar los intereses del paciente terminal mediante un poder notarial médico, poder notarial, apoderado de atención médica o cualquier otro procedimiento estatutario o regular similar utilizado para la designación de dicha persona.
(II) “Cuidador médico” significa un médico, enfermero registrado, enfermero practicante, asistente médico o asistente de anestesiólogo autorizado por este estado.
(III) “Cuidados paliativos” significa atención médica y tratamiento proporcionados por un cuidador médico autorizado a un paciente con una enfermedad crónica avanzada o terminal cuya condición puede no responder a tratamiento curativo y que, por lo tanto, recibe tratamiento que alivia el dolor y el sufrimiento y apoya la mejor calidad posible de su vida.
(c) El párrafo (a) de este inciso (4) no debe interpretarse como permiso para que un cuidador médico ayude en el suicidio del paciente. - Palmer v. People (Colo. 1998) 964 P.2d 524.
- People v. Gordon (Colo. App. 2001) 32 P.3d 575.
- C.R.S. 18-3-104(3).
- Para los propósitos del estatuto de homicidio involuntario de Colorado: (I) “Agente” significa una persona designada para representar los intereses del paciente terminal mediante un poder notarial médico, poder notarial, apoderado de atención médica o cualquier otro procedimiento estatutario o regular similar utilizado para la designación de dicha persona. (II) “Cuidador médico” significa un médico, enfermero registrado, enfermero practicante, asistente médico o asistente de anestesiólogo autorizado por este estado. (III) “Cuidados paliativos” significa atención médica y tratamiento proporcionados por un cuidador médico autorizado a un paciente con una enfermedad crónica avanzada o terminal cuya condición puede no responder a tratamiento curativo y que, por lo tanto, recibe tratamiento que alivia el dolor y el sufrimiento y apoya la mejor calidad posible de su vida. C.R.S. 18-3-104(4).
- C.R.S. 18-1-704(2).
- C.R.S. 18-1-705.
- La fuerza no está legalmente justificada, sin embargo, si usted provocó el uso de fuerza física por parte de otra persona porque tenía la intención de matar a la persona o causar lesiones corporales O fue el agresor original, a menos que se haya retirado del encuentro, haya comunicado efectivamente a la otra persona su intención de retirarse, y la otra persona haya continuado o amenazado con usar fuerza física ilegal. C.R.S. 18-1-704(3).
- Algunos factores incluyen: Preguntas engañosas intencional o involuntariamente de la policía y fiscales; El estrés emocional de presenciar un crimen; La tendencia a enfocarse en un arma en lugar de en la persona que la empuña; Sesgos inconscientes; Condiciones físicas pobres (como poca iluminación, obstrucciones, paredes o ruido) que dificultan ver o escuchar lo que ocurrió; y El cambio natural de los recuerdos con el paso del tiempo y la repetición. Barbara Tversky y George Fisher, The Problem with Eyewitness Testimony, Stanford Journal of Legal Studies; D. Kim Rossmo, Failures in Criminal Investigation, The Police Chief, octubre de 2009.
- Véase, por ejemplo, Gary Wells et al, Eyewitness Identification Procedures: Recommendations for Lineups and Photospreads, Law and Human Behavior, Vol. 22, No. 6, 1998.