1. ¿Cuándo pueden los policías detenerme y registrarme legalmente?
La Cuarta Enmienda se aplica a las búsquedas realizadas por agencias de aplicación de la ley tanto federales (como el FBI y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos, o “ICE”) como estatales y locales. Esta protección contra búsquedas y confiscaciones irrazonables significa que la policía y otros agentes de la ley no pueden registrarte a ti o a tu propiedad a menos que:
– Hayan obtenido una orden de registro válida de un juez, O
– Tú consientas a la búsqueda, O
– La situación se ajuste a una de las excepciones a la exigencia de una orden de registro.
Si te acusan de un delito basado en pruebas encontradas en una búsqueda ilegal, tu abogado puede presentar una moción para suprimir las pruebas. Si el juez concede la moción, en la mayoría de los casos, cualquier prueba obtenida ilegalmente será “excluida del juicio”. Esto puede llevar a que los cargos en tu contra sean reducidos, o incluso desestimados por completo. Para ayudarte a comprender mejor las leyes de Colorado contra las búsquedas ilegales, nuestros abogados de defensa criminal en Colorado discuten, a continuación, qué búsquedas están prohibidas por la constitución y qué puedes hacer si eres víctima de una búsqueda ilegal. También consulta nuestro artículo sobre escuchas telefónicas y espionaje en Colorado.
1. ¿Cuándo pueden los policías detenerme y registrarme legalmente?
2. ¿Cuándo es válida una orden de registro?
Para ser válida bajo las constituciones de EE. UU. y del estado, una orden de registro en Colorado debe:
- Estar basada en una causa probable;
- Estar respaldada por un juramento o afirmación por escrito;
- Describir el lugar a ser registrado, o la persona o cosa a ser incautada, de manera precisa como sea posible; y
- Ser ejecutada legalmente por un juez de Colorado o federal.
3. ¿Cuáles son las excepciones al requisito de orden judicial?
En general, la policía no necesita una orden de registro cuando:
- Usted da su consentimiento voluntariamente para la búsqueda;
- La policía está realizando una “búsqueda de protección” de Colorado en el área incidente a un arresto legal para buscar peligros, como una persona escondida cerca;
- La búsqueda es incidente a un arresto legal y la policía está buscando armas que podrían ser utilizadas en su contra o evidencia criminal que de otra manera podría ser destruida;
- La policía está llevando a cabo una “detención y registro” (también conocida como “detención de Terry”2) – es decir, una revisión de la ropa exterior de un sospechoso criminal para buscar armas mientras el sospechoso está siendo detenido temporalmente;
- La búsqueda se lleva a cabo en una frontera internacional (una “búsqueda de inspección”);
- La búsqueda es de un vehículo y la policía tiene “causa probable” para creer que contiene evidencia de un delito – la llamada “excepción de automóvil” al requisito de orden judicial;
- La policía ve un artículo obviamente incriminatorio que está a la vista en el curso de una búsqueda legal; o
- Es una situación de emergencia y una búsqueda es necesaria para prevenir daños físicos o daños graves a la propiedad, o para localizar a un sospechoso en fuga.
4. ¿Qué puedo hacer si soy víctima de una búsqueda y confiscación ilegal?
Si usted es víctima de una búsqueda o confiscación ilegal por parte de la policía, entonces usted y su abogado de defensa criminal de Colorado pueden pedir al tribunal que excluya la evidencia obtenida como resultado de la búsqueda ilegal. Esto se conoce como la “regla de exclusión”.
La regla de exclusión se aplica
- no solo a pruebas obtenidas ilegalmente, sino también
- todas las pruebas que la policía encuentre basadas en la prueba originalmente incautada ilegalmente, la llamada “fruta del árbol envenenado”.
La exclusión de pruebas generalmente se realiza en una audiencia separada antes de un juicio penal, a través de una moción de Colorado para suprimir pruebas.
Obtenga más información sobre mala conducta policial en Colorado.
5. ¿Pueden los policías desarmarme durante una búsqueda si tengo un permiso de CCW?
Incluso si tiene un permiso de Colorado para portar un arma oculta, la policía puede desarmarlo temporalmente durante una parada legal SI tienen una sospecha articulable de actividad criminal.
A menos que el oficial lo arreste, sin embargo, su arma debe ser devuelta al final de la parada.
Referencias legales:
- Cuarto Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y Artículo II, Sección 7, de la Constitución de Colorado (“Las personas estarán seguras en sus personas, papeles, hogares y efectos, de búsquedas y confiscaciones irrazonables; y no se emitirá una orden para buscar ningún lugar o confiscar a ninguna persona o cosa sin describir el lugar a ser buscado, o la persona o cosa a ser confiscada, lo más cerca posible, ni sin causa probable, respaldada por juramento o afirmación reducida a escrito.”)
- Nombrado por el caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968).
- 18-12-214 (1)(b) C.R.S. Vea también People in Interest of C.C.-S, (October 21, 2021) 2021 COA 127. Vea también People in Interest of J.G., (Court of Appeals, 2022) COA 64 (“Bajo circunstancias normales, una búsqueda de un estudiante en la escuela está “justificada en su inicio” cuando un funcionario escolar tiene una sospecha razonable de que una búsqueda revelará pruebas de que el estudiante ha violado o está violando la ley o las reglas de la escuela…Concluimos que la sospecha razonable es un medio suficiente, pero no necesario, para justificar una búsqueda en su inicio. Una búsqueda puede estar justificada en su inicio sin sospecha razonable cuando el registro muestra que el estudiante tenía una expectativa de privacidad sustancialmente disminuida en su persona o propiedad.”).