Código Penal § 286 PC define sodomía como cualquier contacto entre el pene de una persona y el ano de otra. La sodomía es legal en California a menos que una de las partes sea menor de 18 años, esté encarcelada, no pueda dar su consentimiento o sea obligada a realizar el acto sexual.1
Dependiendo de los hechos específicos de un caso, los fiscales pueden acusar la sodomía como un delito menor que conlleva hasta un año de cárcel o como un delito grave que conlleva más de una década en prisión.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de California explican las leyes de sodomía. Haga clic en un tema para ir a esa sección.
1. Definición
El Código Penal 286 PC convierte en un delito la práctica de la sodomía en ciertas situaciones. Estas situaciones incluyen cuando el sexo anal se realiza:
- con un menor de edad,
- mediante el uso de la fuerza, la violencia o el miedo,
- en una persona que no puede dar su consentimiento debido a la intoxicación, un trastorno mental, una discapacidad física o inconsciencia, y
- con un compañero de celda o preso en la cárcel o prisión.1
Algunas definiciones son útiles aquí:
- “Sodomía” es cualquier penetración, por mínima que sea, del ano de una persona por el pene de otra persona. No se requiere eyaculación.2
- Un acto se realiza mediante “fuerza” si una persona utiliza suficiente fuerza física para vencer la voluntad de la otra persona.3
- Un acto se realiza mediante “miedo” si la otra persona está realmente y razonablemente asustada.4
- Para dar un consentimiento legal, una persona debe actuar libre y voluntariamente y conocer la naturaleza del acto.5
La sodomía no incluye la cópula anal entre adultos consentidos. Además, en la decisión de 2003 Ley de Texas v. Lawrence, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que la criminalización sistemática de la sodomía es inconstitucional.6
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos sexuales como la sodomía. En nuestra experiencia, las siguientes seis defensas han demostrado ser muy efectivas con jueces, jurados y fiscales.
Usted razonablemente creía que la “víctima” era un adulto
Utilizamos esta defensa cuando se le acusa de participar en sodomía con un menor. La evidencia útil incluye videos o fotos del menor que parecen y actúan como adultos.
Siempre y cuando una persona razonable tuviera la “buena fe” de que el menor tenía 18 años o más, el cargo debería ser desestimado.7
Usted fue falsamente acusado
No es raro que las personas acusen falsamente a otros de delitos sexuales por enojo, venganza, arrepentimiento o celos. Cuando nuestros clientes son falsamente acusados, investigamos al acusador en busca de evidencia que demuestre su motivación para mentir.
En muchos casos, podemos utilizar los propios mensajes de texto, correos electrónicos y mensajes de voz del acusador para cuestionar su credibilidad y demostrar que usted no hizo nada malo. Entonces, no solo el fiscal debería retirar su caso, sino que el acusador podría ser procesado por presentar un informe policial falso.
La presunta víctima dio su consentimiento
Para que usted sea condenado por sodomía con otro adulto, el fiscal tendría que demostrar más allá de una duda razonable que la presunta víctima no dio su consentimiento. Esto puede ser muy difícil ya que la mayoría de estos casos carecen de cualquier evidencia en una dirección u otra.
Normalmente nos basamos en los propios mensajes de texto y mensajes de voz del acusador justo después de la presunta sodomía. Si no indican que sucedió nada ilegal, el fiscal puede verse obligado a retirar el caso por falta de pruebas.
Tenga en cuenta que no es una defensa que haya utilizado un condón.
Usted fue identificado erróneamente
Tal vez alguien fue sodomizado ilegalmente, pero ellos creen erróneamente que usted lo hizo. Vemos esta circunstancia mucho cuando la víctima estaba intoxicada por drogas o alcohol, y su memoria es confusa acerca de lo que sucedió.
En estos casos de “error de hecho”, la verdad es su mejor defensa. Recopilaríamos todas las pruebas circunstanciales disponibles, como videos de vigilancia, registros de GPS y testimonios de testigos presenciales para demostrar al fiscal que acusaron a la persona equivocada.
La policía cometió una mala conducta
No es raro que la policía viole por error o intencionalmente sus protecciones constitucionales al trabajar en un caso. Las formas comunes de mala conducta policial que vemos una y otra vez son:
Si podemos demostrar al juez que la policía violó la ley en su caso, el juez puede estar de acuerdo en ignorar (“suprimir“) todas las pruebas obtenidas ilegalmente por la policía. En ese momento, el fiscal puede no tener otra opción que abandonar su caso por falta de pruebas.
Usted estaba loco
En algunos casos, podemos argumentar que usted no es culpable por razón de locura. Se considera que usted está legalmente loco si:
- No entendió la naturaleza de su acto criminal, o
- No entendió que lo que estaba haciendo era moralmente incorrecto.
En estos casos, confiamos en gran medida en sus registros médicos y en el testimonio de expertos para demostrar cuál era su estado mental en el momento del incidente.
You acted with another person: 5, 7, or 9 years
3. Penas
Una condena por sodomía en California desencadena el requisito de registrarse como delincuente sexual en California. Los jueces no pueden otorgar libertad condicional y la sentencia de cárcel o prisión depende de las circunstancias del caso:
Circunstancias del caso de sodomía | Condena de cárcel/prisión en California |
Con un menor de 18 años (PC 286(b)(1)) | Misdemeanor: 1 año o Felony: 16 meses, 2 años, 3 años |
Entre un adulto de 21 años o más con un menor de 16 años (PC 286(b)(2)) | Felony: 16 meses, 2 años, 3 años |
Contra la voluntad de la víctima mediante el uso de fuerza, violencia, coacción, amenaza o miedo a una lesión corporal inmediata e ilegal en la víctima o en otra persona (PC 286(c)(2)) | Felony: La víctima tiene 18 años o más: 3, 6, o 8 años La víctima tiene entre 14 y 17 años: 7, 9, o 11 años La víctima tiene menos de 14 años: 9, 11, o 13 años |
Contra la voluntad de la víctima amenazando con tomar represalias en el futuro contra la víctima o cualquier otra persona, y existe una posibilidad razonable de que lleves a cabo la amenaza. (PC 286(c)(3) & (d)(1)) (“Tomar represalias significa secuestrar o encarcelar falsamente, o infligir un dolor extremo, lesiones corporales graves o la muerte.) | Felony: Actuaste solo: 3, 6, o 8 años Actuaste con otra persona: 5, 7, o 9 años |
Usted actuó con al menos otra persona: 5, 7 o 9 años
Delito grave:
La víctima tiene 18 años o más: 5, 7 o 9 años
La víctima tiene entre 14 y 17 años: 7, 9 o 11 años
La víctima tiene menos de 14 años: 10, 12 o 14 años
o
Usted y la víctima son pacientes en un hospital mental, y la víctima es incapaz de dar su consentimiento debido a un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo, y usted lo sabe. (PC 286(h))
o
Delito grave: 16 meses, 2 años, 3 años
- un menor de 14 años y más de 10 años menor que usted (PC 286(c)(1));
- inconsciente de la naturaleza del acto, y usted lo sabe (PC 286(f));
- incapaz de dar su consentimiento debido a un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo, y usted lo sabe (PC 286(g));
- intoxicado, y usted lo sabe (PC 286(i));
- cediendo bajo la creencia de que usted es otra persona debido a su artificio, engaño o ocultamiento intencional (PC 286(j)); o
- cediendo debido a su amenaza de encarcelar, arrestar o deportar a la víctima o a otra persona, y la víctima tiene una creencia razonable de que usted es un funcionario público. (PC 286(k))
Además de la encarcelación, una condena por sodomía también puede resultar en multas y restitución a la víctima. También puede ser disciplinado por cualquier asociación profesional a la que pertenezca.
Si usted es un no ciudadano, puede ser deportado después de cumplir su condena porque la sodomía es un delito que involucra una turpitud moral.8
Las condenas por delitos graves también le quitan sus derechos de armas de por vida. Además, como un delito grave violento y delito grave, la sodomía también cuenta como un delito de “tres strikes”.
4. Demandas civiles
Las personas que creen haber sido víctimas de delitos sexuales tienen el derecho de presentar una demanda por daños por agresión sexual en California. Los daños compensatorios que estas partes pueden recuperar incluyen:
- facturas médicas,
- asesoramiento psicológico,
- estrés, ansiedad y dolor y sufrimiento,
- salarios perdidos.
En casos especialmente reprobables de abuso sexual, las víctimas también pueden recuperar daños punitivos como castigo adicional para el agresor.
Tenga en cuenta que las víctimas incluso pueden presentar una demanda si nunca se presentaron cargos penales o si se les encuentra “no culpables” en el juicio.
Tenga en cuenta que las víctimas pueden intentar obtener una orden de restricción en su contra en cualquier momento.
5. Delitos relacionados
- Agresión (PC 242)
- Actos lascivos con un menor (PC 288)
- Cópula oral con un menor (PC 287)
- Violación (PC 261)
- Agresión sexual (PC 243.4)
- Violación estatutaria (PC 261.5)
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- El momento importa: cambios en los determinantes causales de la despenalización de las leyes de sodomía, 1961-1998 – Problemas sociales.
- La analogía de la mezcla de razas: la ley de sodomía como discriminación sexual – Revista de Derecho de Yale.
- Más allá del principio de aplicación: leyes de sodomía, normas sociales y panópticos sociales – Revista de Derecho de California.
- Éxito de la política de movimientos sociales: despenalización de las leyes estatales de sodomía, 1969-1998 – Movilización: una revista internacional trimestral.
- Creando criminales: las lesiones infligidas por las leyes de sodomía “no aplicadas” – Revista de Derechos Civiles y Libertades Civiles de Harvard.
Referencias legales:
- Código Penal de California 286 PC. Véase también, CALCRIM No. 1030 a 1037; People v. Barton (2020) 56 Cal.App.5th 496; y, People v. Hale (2012) 204 Cal.App.4th 961.
- CALCRIM No. 1030. Véase también People v. Singh (1923) 62 Cal.App.450.
- CALCRIM No. 1030. Véase también People v. Guido (2005) 125Cal.App.4th 566; y, People v. Griffín (2004) 33 Cal.4th 1015.
- CALCRIM No. 1030. Véase también People v. Iniguez (1994) 7 Cal.4th 847; y, People v. Reyes (1984) 153 Cal.App.3d 803.
- CALCRIM No. 1030. Véase también Código Penal de California 261.6 y 261.7 PC.
- Lawrence v. Texas (2003) 539 U.S. 558.
- People v. Hughes (2002) 27 Cal.4th 287.
- See People v. Rowland (1992) 4 Cal.4th 238.