Código Penal § 261.5 PC establece que es violación estatutaria tener relaciones sexuales con alguien que no sea su cónyuge y que tenga menos de 18 años (edad de consentimiento en California). No importa si el menor participa o inicia voluntariamente porque legalmente no puede dar su consentimiento para tener relaciones sexuales.1
- You had sexual intercourse with another person,
- The sexual intercourse occurred while you were not married to that person, and
- The other person was under 18 years old at the time of the sexual intercourse.
2. Penalties
The penalties for statutory rape in California depend on the age difference between you and the minor. If you are no more than 3 years older than the minor, it is considered a misdemeanor and carries a maximum penalty of 1 year in jail and/or a $1,000 fine. However, if you are more than 3 years older than the minor, it can be charged as either a misdemeanor or a felony, with a maximum penalty of 16 months, 2 years, or 3 years in jail and a $10,000 fine. If you are at least 21 years old and the minor is under 16, it is considered a misdemeanor with a maximum penalty of 1 year in jail and/or a $1,000 fine, or a felony with a maximum penalty of 2, 3, or 4 years in jail and a $10,000 fine.
3. Common Defenses
The most common defenses to statutory rape charges in California are that you honestly believed the minor was at least 18 years old or that no intercourse occurred. It is important to note that even if the minor consented to the sexual intercourse, it is still considered statutory rape if the minor is under 18 years old.
4. Sex Offender Registration
If you are convicted of statutory rape in California, you will be required to register as a sex offender for at least 10 years. This can have serious consequences on your personal and professional life.
5. Related Offenses
There are several related offenses to statutory rape in California, including lewd acts with a minor (Penal Code 288), oral copulation with a minor (Penal Code 288a), and unlawful sexual intercourse (Penal Code 261.5).
6. Exceptions to Statutory Rape Law
There are a few exceptions to California’s statutory rape law, including if the minor is married to you or if you are both minors and within 3 years of age difference.
7. Victim Lawsuits
In addition to criminal charges, the victim of statutory rape may also file a civil lawsuit against you for damages. This can include emotional distress, medical expenses, and other damages.
Additional reading
If you have been charged with statutory rape in California, it is important to seek the help of an experienced criminal defense lawyer. For more information on statutory rape laws and defenses, please see our article on California Penal Code 261.5 PC – Statutory Rape.
- que tu tuviste relaciones sexuales con otra persona (cualquier tipo de penetración sexual, independientemente de lo leve que sea, constituye relaciones sexuales incluso si no hay eyaculación)5,
- que tú y la presunta víctima no estaban casados entre sí en ese momento,6 y
- que la presunta víctima tenía menos de 18 años en el momento del delito.
No hay requisito para que el fiscal demuestre que se usó fuerza para llevar a cabo las relaciones sexuales o que la presunta víctima no consintió en las relaciones sexuales.7 Esto es diferente del violación ordinaria bajo la ley de California, en la que la falta de consentimiento de la víctima a las relaciones sexuales es el elemento clave del delito.8
Por lo tanto, muchos de los casos de PC 261.5 que vemos surgen de una relación amorosa y cariñosa entre un adolescente maduro. Simplemente es la edad de las partes lo que es relevante para determinar si se presentan cargos.9
Cómo se determina la edad
Según la ley de California, una persona se considera un año mayor a las 12:01 am (un minuto después de la medianoche) en su cumpleaños.10
Ejemplo: Cory tiene 19 años. Su novia Brianna tiene 17 años. Cory conoce a personas que han cumplido condena en la cárcel por violar el PC 261.5 y está muy preocupado por esta amenaza. Así que él y Brianna planean esperar hasta que ella cumpla 18 años antes de tener relaciones sexuales.
El cumpleaños de Brianna es el 2 de febrero. En la noche del 1 de febrero, ella y Cory se quedan despiertos hasta tarde. Justo después de la medianoche—después de que la fecha ha cambiado al 2 de febrero—tienen relaciones sexuales por primera vez. Cory no cometió el delito porque Brianna ahora se considera que tiene 18 años.
Los menores pueden ser acusados en casos de violación estatutaria
¡Si tanto tú como tu pareja tienen menos de 18 años cuando tienen relaciones sexuales, ambos pueden ser acusados de violación estatutaria!11 Esto puede parecer un poco loco ya que en un caso como este tú también eres técnicamente una “víctima.”12
En nuestra experiencia, muchos fiscales en California no hacen de esto una prioridad para procesar a adolescentes por tener relaciones sexuales con otros adolescentes. Aunque eso no significa que no pueda suceder.13
Un caso en el que también eres menor de edad probablemente será juzgado en el sistema de tribunales juveniles de California.
¿Cuánto tiempo tienen los fiscales para presentar cargos por violación estatutaria?
En California, el estatuto de limitaciones penal para violaciones del PC 261.5 es:
- Un año para un cargo menor y
- Tres años para un cargo mayor.
2. Sanciones
Como delito mixto, la violación estatutaria puede ser un delito menor o mayor, dependiendo de estas circunstancias:14
- Si tienes no más de 3 años de diferencia con la presunta víctima, violar el PC 261.5 es siempre un delito menor.15
- Si tienes más de 3 años de diferencia con la presunta víctima, violar el PC 261.5 puede ser acusado como delito menor o mayor.16
- Si tienes 21 años o más – y la presunta víctima tiene menos de 16 años en el momento de la relación sexual – violar el PC 261.5 puede ser acusado como delito menor o mayor.17
Si se aplica el #2 o #3 en la lista anterior, el Fiscal de Distrito decide si presentar cargos menores o mayores teniendo en cuenta tu historial criminal y los hechos del caso.
Sanciones por delito menor
Si se te acusa de violación estatutaria menor en cualquiera de las circunstancias anteriores, las posibles sanciones incluyen:
- Libertad condicional informal (también conocida como libertad condicional menor o resumida),
- Una sentencia máxima de 1 año en la cárcel del condado, y/o
- Hasta $1,000 en multas.18
Sanciones por delito mayor
Las sanciones por violación estatutaria mayor incluyen:
- Libertad condicional (ya sea informal o formal de delito mayor) con hasta 1 año en la cárcel del condado, O
- 16 meses, 2 años o 3 años de custodia19 A MENOS QUE tuvieras 21 años o más y la “víctima” tuviera menos de 16 años, en cuyo caso la posible sentencia es de 2 años, 3 años o 4 años, y
- Hasta $10,000 en multas.20
En algunos casos, el juez te permite cumplir una “sentencia dividida” donde parte de tu tiempo se cumple a través de arresto domiciliario o libertad condicional. Si recibes libertad condicional, el juez generalmente impondrá una sentencia suspendida donde no irás a la cárcel si cumples con los términos de tu libertad condicional.
Ten en cuenta que la violación estatutaria no es un delito de “strike” bajo la Ley de Tres Strikes de California. Aunque es un delito grave, una condena por PC 261.5 te quitaría los derechos de posesión de armas de por vida.
Finalmente, la violación estatutaria puede ser un delito que involucra una conducta inmoral dependiendo de la edad del menor; por lo tanto, los no ciudadanos corren el riesgo de deportación.21
Multas civiles por violación estatutaria
Además de la sanción mencionada anteriormente, también puedes enfrentar multas civiles (multas no penales) si tienes 18 años o más:22 Las multas máximas son:
- $2,000 si el menor es menos de dos años menor que tú,
- $5,000 si el menor es al menos dos años menor que tú,
- $10,000 si el menor es al menos tres años menor que tú, y
- $25,000 si el menor tenía menos de 16 años y tú tenías más de 21.23
3. Defensas Comunes
Aquí en el Grupo de Abogados de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas enfrentando cargos por PC 261.5 y otros delitos sexuales relacionados. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas son muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
Tenías una creencia honesta y razonable de que la presunta víctima tenía 18 años o más.
Si realmente creías que la presunta víctima tenía al menos la edad mínima de consentimiento (18 años) en el momento en que tuviste relaciones sexuales, no puedes ser condenado por violar esta sección.24
Esta defensa de “error de edad“ es una versión más específica de la defensa legal general de error de hecho. Encontramos esta defensa útil en situaciones donde los menores mienten sobre su edad en línea.
Las pruebas en las que normalmente confiamos para apoyar esta defensa son:
- declaraciones hechas por la presunta víctima de que tenían más de 18 años,
- su vestimenta y apariencia general, y
- dónde conociste a la presunta víctima (en una fiesta o lugar para adultos, por ejemplo).
Ejemplo: Todd conoce a Jessica en un bar que requiere que los clientes presenten una identificación que demuestre que tienen 21 años o más antes de entrar. Mientras él y Jessica están hablando, él la ve pedir una bebida en el bar, presentando una licencia de conducir que dice que tiene 21 años. Todd y Jessica finalmente van a casa de Todd y tienen relaciones sexuales.
Resulta que Jessica en realidad tiene 16 años y estaba usando una identificación falsa para entrar al bar y comprar bebidas. Pero como Todd honesta y razonablemente creía que la edad en su licencia de conducir falsa era precisa, no es responsable de cometer violación estatutaria.
No hubo relaciones sexuales
A menos que el fiscal pueda probar más allá de una duda razonable que hubo alguna penetración de una vagina por un pene, entonces no hubo violación estatutaria.
Si los fiscales no pueden probar la violación estatutaria, pueden intentar presentar otros cargos sexuales dependiendo del caso, como:
- Código Penal 647.6 PC – molestar o acosar a un menor
- Código Penal 243.4 PC – agresión sexual
- Código Penal 287 PC – copulación oral con un menor
- Código Penal 289 PC – penetración sexual forzada con un objeto extraño
- Código Penal 286 PC – sodomía
- Código Penal 264.1 PC – violación en grupo
Eres víctima de acusaciones falsas.
Al igual que cualquier otro delito sexual en California, la violación estatutaria es un delito que es propenso a falsas acusaciones. Estos cargos a menudo son iniciados por ira, celos, venganza, o a veces incluso por los padres del menor que no están contentos contigo.
Como el conocido abogado de defensa criminal de Santa Ana, John Murray25, explica:
“Si te arrestan por cometer el PC 261.5, mantente en silencio. No intentes explicar tu versión a la policía o tratar de salir de la situación hablando. Déjame encargarme de eso; para eso estoy aquí. Una condena puede tener consecuencias significativas, por eso llevaré a cabo una investigación exhaustiva para ayudar a demostrar tu versión de los hechos y tu inocencia.”
Para desacreditar la credibilidad de tu acusador, revisamos sus comunicaciones grabadas (mensajes de texto, mensajes de voz, etc.) en busca de declaraciones inconsistentes anteriores y motivaciones para mentir. Una vez que presentamos esta prueba al fiscal, es posible que se den cuenta de que tus cargos son infundados y los retiren.
A diferencia de la violación, el consentimiento NO es una defensa.
Una defensa común contra los cargos de violación (PC 261) es que la presunta víctima dio su consentimiento para el acto sexual.26 Con la violación estatutaria, el consentimiento no es una defensa porque los menores no tienen la capacidad legal para dar su consentimiento.27
4. Registro de delincuentes sexuales
No. Una condena por violación estatutaria no requiere que te registres como delincuente sexual en California. La única excepción es si el juez determina que la violación estatutaria fue causada por una compulsión sexual incontrolable (lo cual es muy raro).28
En algunos casos, el juez puede ordenar que te registres como delincuente sexual como condición de libertad condicional – pero puedes dejar de hacerlo una vez que termine la libertad condicional (generalmente de 3 a 5 años).
5. Delitos relacionados
Actos lascivos o libidinosos con un menor (Código Penal 288 PC)
Actos lascivos con un menor (Código Penal 288 PC) es tocar a un menor menor de 15 años (o menor de 16 en algunas circunstancias) en cualquier parte de su cuerpo con fines de gratificación sexual.29
A diferencia del PC 261.5, la mayoría de los actos lascivos con un menor (también conocido como abuso sexual infantil) son delitos graves, con una pena de hasta 8 años en la prisión estatal de California.30 Además, los actos lascivos con un menor requieren el registro de delincuentes sexuales.31
Violación (Código Penal 261 PC)
Violación (Código Penal 261 PC) es tener relaciones sexuales con otra persona sin su consentimiento, logrado mediante amenazas, fuerza o fraude.32 Esto contrasta con la violación estatutaria, donde la cuestión de si la presunta víctima dio su consentimiento es irrelevante.
La violación siempre es un delito grave, castigado con hasta 8 años en la prisión estatal.33 También es un “strike” bajo la ley de tres strikes de California.34 En la mayoría de los casos, también requiere el registro de por vida como delincuente sexual de tres niveles.35
6. Excepciones a la Ley de Violación Estatutaria
La única vez que puedes tener relaciones sexuales legalmente con un menor es si tú y el menor estaban casados en el momento de las relaciones sexuales. A diferencia de otros estados, la ley de California no reconoce una “exención de Romeo y Julieta” que permite a los adolescentes cercanos en edad tener relaciones sexuales legalmente.36
7. Demandas de Víctimas
Las personas que creen que han sufrido daños como resultado de la violación estatutaria tienen el derecho de presentar una demanda por agresión sexual en California. NO es necesario haber sido condenado en un juicio penal para ser demandado.
La carga de la prueba en un caso civil es simplemente una preponderancia de la evidencia. Si nueve de los 12 miembros del jurado creen que es más probable que no que hayas hecho algo mal, puedes ser ordenado a pagar daños – incluso si
- fuiste encontrado “no culpable” en un juicio con jurado penal o
- no se presentaron cargos.
Daños que pueden ser recuperados de ti incluyen daños compensatorios como:
- Facturas médicas,
- Consejería psicológica,
- Salarios perdidos,
- Capacidad de ganancias perdidas, y
- Dolor y sufrimiento.
Para más información, por favor vea nuestro artículo sobre Demandas de Víctimas de Crimen en California.
Lectura adicional
Para más información, vea nuestros artículos relacionados:
- ¿Puede un joven de 18 años salir con una joven de 16 años?
- ¿Puede un joven de 21 años salir con una joven de 17 años?
- ¿Es ilegal que dos menores tengan relaciones sexuales?
- ¿Es ilegal salir con un menor?
- ¿Cuál es la diferencia entre violación y violación estatutaria?
Si estás sufriendo de compulsiones o trastornos sexuales, puedes encontrar recursos en la Asociación para el Tratamiento de Abusadores Sexuales (ATSA).
Referencias legales:
- Código Penal de California 261.5 PC – Relaciones sexuales ilegales con una persona menor de 18 años; edad del perpetrador; sanciones civiles.
(a) Las relaciones sexuales ilegales son un acto de relaciones sexuales realizado con una persona que no es el cónyuge del perpetrador, si la persona es menor de edad. Para los fines de esta sección, un “menor” es una persona menor de 18 años y un “adulto” es una persona que tiene al menos 18 años de edad.
(b) Cualquier persona que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor que no sea más de tres años mayor o tres años menor que el perpetrador, es culpable de un delito menor.
(c) Cualquier persona que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor que sea más de tres años menor que el perpetrador es culpable de un delito menor o un delito grave, y será castigado con prisión en una cárcel del condado no superior a un año, o con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170.
(d) Cualquier persona de 21 años o más que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor de 16 años es culpable de un delito menor o un delito grave, y será castigado con prisión en una cárcel del condado no superior a un año, o con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 por dos, tres o cuatro años.
(e) (1) No obstante cualquier otra disposición de esta sección, un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales con un menor en violación de esta sección puede ser responsable de sanciones civiles en las siguientes cantidades:
(A) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor que sea menos de dos años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda los dos mil dólares ($2,000).
(B) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor que sea al menos dos años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda los cinco mil dólares ($5,000).
(C) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor que sea al menos tres años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda los diez mil dólares ($10,000).
(D) Un adulto mayor de 21 años que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor de 16 años es responsable de una sanción civil que no exceda los veinticinco mil dólares ($25,000).
(2) El fiscal de distrito puede iniciar acciones para recuperar sanciones civiles de acuerdo con esta subdivisión. De las cantidades recolectadas para cada caso, una cantidad igual a los costos de perseguir la acción será depositada con el tesorero del condado en el que se dictó el fallo, y el resto será depositado en el Fondo de Prevención del Embarazo en Menores, que se crea por la presente en el Tesoro del Estado. Las cantidades depositadas en el Fondo de Prevención del Embarazo en Menores solo pueden ser utilizadas con el propósito de prevenir el embarazo en menores, previa aprobación por parte de la Legislatura.
- (3) Además de cualquier castigo impuesto bajo esta sección, el juez puede imponer una multa que no exceda los setenta dólares ($70) contra cualquier persona que viole esta sección, con los ingresos de esta multa utilizados de acuerdo con la Sección 1463.23. Sin embargo, el tribunal tomará en consideración la capacidad del acusado para pagar, y ningún acusado será negado la libertad condicional debido a su incapacidad para pagar la multa permitida bajo esta subdivisión.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 1072 – Delito menor de relaciones sexuales ilegales: Menor dentro de los tres años de edad del acusado. (“Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que: 1 El acusado tuvo relaciones sexuales con otra persona; 2 El acusado y la otra persona no estaban casados entre sí en el momento de las relaciones sexuales; Y 3 En el momento de las relaciones sexuales, la otra persona tenía menos de 18 años…”). Ver también
- Ver lo mismo, Delito menor de violación estatutaria. (“Relaciones sexuales significa cualquier penetración, sin importar cuán leve, de la vagina o los genitales por el pene. [No se requiere eyaculación.]”)
- People v. Sheffield (1908) 9 Cal.App. 130, 132 (anulado por otros motivos). (“No es necesario alegar que la mujer nunca se había casado con nadie antes de la comisión del acto. Es suficiente afirmar y probar que ella tenía menos de la edad legal para dar su consentimiento y no era en ese momento la esposa de la persona que tenía relaciones sexuales con ella. El delito está completo bajo la ley, incluso si la mujer era en ese momento la esposa de otra persona.”)
- CALCRIM 1072 — Delito menor de violación estatutaria. (“[No es una defensa que la otra persona haya consentido a las relaciones sexuales.]”)
- Ver Código Penal de California 261 PC – Definición de violación. People v. Kemp (1934) 139 Cal.App. 48.
- CALCRIM 1072 — Estupro Misdemeanor. (“Para probar que el acusado es culpable de este delito, el Fiscal debe probar que: . . . 3 En el momento del acto sexual, la otra persona era menor de 18 años pero no más de tres años (menor/mayor) que el acusado.”)Ver también CALCRIM 1070 – Relaciones sexuales ilegales: Acusado de 21 años o más. (“Para probar que el acusado es culpable de este delito, el Fiscal debe probar que: . . . 3 El acusado tenía al menos 21 años en el momento del acto sexual; Y 4 La otra persona era menor de 16 años en el momento del acto sexual.”)Ver también CALCRIM 1071 – Relaciones sexuales ilegales: Menor más de tres años menor. (“Para probar que el acusado es culpable de este delito, el Fiscal debe probar que: . . .3 En el momento del acto sexual, la otra persona era menor de 18 años y más de tres años menor que el acusado.”)
- CALCRIM 1072 — Estupro Misdemeanor. “[Bajo la ley, una persona cumple un año más tan pronto como comienza el primer minuto de su cumpleaños.]
- In re T.A.J. (1998) 62 Cal.App.4th 1350, 1352-53. (“La sección 261.5 del Código Penal, subdivisión (b), establece como delito menor tener relaciones sexuales con un menor que no sea más de tres años mayor o menor que el perpetrador. ¿Esta ley infringe el derecho constitucional a la privacidad de los menores para tener relaciones sexuales consensuadas? ¿Es inconstitucional la ley en el caso de un acusado que era menor en el momento del presunto delito, y por lo tanto, una persona dentro de la clase de personas protegidas por la ley? Al confirmar la decisión del tribunal de determinar al acusado como un menor bajo la tutela del tribunal, respondemos ambas preguntas en negativo.”)
- Ver lo mismo.
- Ver Amy Benfer, Besar y contar, Legal Affairs, Sept-Oct 2002.
- Código Penal de California 261.5 PC — Ley de estupro en California. (“(b) Cualquier persona que tenga relaciones sexuales ilegales con un menor que no sea más de tres años mayor o menor que el perpetrador, es culpable de un delito menor. (c) Cualquier persona que tenga relaciones sexuales ilegales con un menor que sea más de tres años menor que el perpetrador es culpable de un delito menor o un delito grave, y será castigado con prisión en una cárcel del condado por un máximo de un año, o con prisión según la subdivisión (h) de la Sección 1170. (d) Cualquier persona de 21 años o más que tenga relaciones sexuales ilegales con un menor de 16 años es culpable de un delito menor o un delito grave, y será castigado con prisión en una cárcel del condado por un máximo de un año, o con prisión según la subdivisión (h) de la Sección 1170 por dos, tres o cuatro años.”). Ver también AB 1371 (2023) (sobre servicio comunitario).
- Ver lo mismo, ley de estupro en California, subsección (b).
- Ver lo mismo, ley de estupro en California, subsección (c).
- Ver lo mismo, ley de violación estatutaria de California, subsección (d).
- Código Penal de California 672 – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión. (“En caso de condena por cualquier delito castigado con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al delincuente que no exceda de mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos graves, además de la prisión prescrita.”) Por eso, una persona condenada por la ley de violación estatutaria del Código Penal de California 261.5 como delito menor enfrenta una multa máxima de $1,000.
- Código Penal de California 261.5 – Ley de violación estatutaria de California, subsección (c). Vea también Código Penal de California 1170(h) – Sentencia determinada. (“(h)(1) Excepto como se dispone en el párrafo (3), un delito grave castigado de acuerdo con esta subdivisión, donde el término no está especificado en el delito subyacente, será castigado con una pena de prisión en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años.”)
- Ver lo mismo, ley de violación estatutaria de California, subsección (d). Código Penal de California 672 – Delitos para los cuales no se prescribe una multa; multa autorizada además de la prisión. (“En caso de condena por cualquier delito castigado con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al delincuente que no exceda de mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos graves, además de la prisión prescrita.”) Por eso, una persona condenada por la ley de violación estatutaria del Código Penal de California 261.5 como delito grave enfrenta una multa máxima de $10,000.
- Caso de Pedro Josue Jimenez-Cedillo 27 I&N Dec. 782 (BIA 2020).
- Código Penal de California 261.5 – Ley de violación estatutaria de California. (“(e)(1) No obstante cualquier otra disposición de esta sección, un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales con un menor en violación de esta sección puede ser responsable de sanciones civiles en las siguientes cantidades: (A) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor de dos años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda de dos mil dólares ($2,000). (B) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor al menos dos años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda de cinco mil dólares ($5,000). (C) Un adulto que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor al menos tres años menor que el adulto es responsable de una sanción civil que no exceda de diez mil dólares ($10,000). (D) Un adulto mayor de 21 años que participe en un acto de relaciones sexuales ilegales con un menor de 16 años es responsable de una sanción civil que no exceda de veinticinco mil dólares ($25,000).”)
- Ver lo mismo, ley de violación estatutaria de California, subsección (e).
- CALCRIM 1072 – Estupro Misdemeanor. (“[El acusado no es culpable de este delito si (él/ella) razonable y realmente creía que la otra persona tenía 18 años o más. La Fiscalía debe probar más allá de una duda razonable que el acusado no creía razonable y realmente que la otra persona tenía al menos 18 años. Si la Fiscalía no ha cumplido con esta carga, debe encontrar al acusado no culpable de este delito.]”). Ver In re Harris (1993) 5 Cal.4th 813. People v. Hernandez (1964) 61 Cal.2d 529. People v. Winters (1966) 242 Cal.App.2d 711. People v. Zeihm (1974) 40 Cal.App.3d 1085. People v. Freeman (1988) 46 Cal.3d 419.
- El abogado de defensa criminal de Santa Ana, John Murray, representa a clientes en procesos penales en todas las ubicaciones de los tribunales del condado de Los Ángeles y del condado de Orange.
- CALCRIM 1000 – Violación . . . por Fuerza, Miedo o Amenazas. (“Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que: . . . 3 La mujer no dio su consentimiento para la relación sexual; . . . .”)
- CALCRIM 1072 – Estupro Misdemeanor. (“[No es una defensa que la otra persona haya consentido en la relación sexual.]”)
- Código Penal de California 290 – Ley de Registro de Delincuentes Sexuales. (“(c) Las siguientes personas estarán obligadas a registrarse: Cualquier persona que, desde el 1 de julio de 1944, haya sido o sea condenada en cualquier tribunal de este estado o en cualquier tribunal federal o militar por una violación de la Sección 187 cometida en la perpetración, o en un intento de perpetrar, violación o cualquier acto punible según la Sección 286, 288, 287 o 289, Sección 207 o 209 cometida con la intención de violar la Sección 261, 286, 288, 287 o 289, Sección 220, excepto asalto para cometer mutilación, Sección 243.4, párrafo (1), (2), (3), (4) o (6) de la subdivisión (a) de la Sección 261 [estatuto de violación de California]…”) Código Penal 261.5 PC, la ley de violación estatutaria de California, no está en esta lista. Código Penal 290.006 de California.
- Código Penal de California 288 PC – Actos lascivos o libidinosos; penas; daño psicológico a la víctima [puede ser acusado en lugar de o junto con la violación estatutaria de California].
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 290 – Ley de Registro de Delincuentes Sexuales.
- Ver Código Penal 261 PC – Definición de violación. Comparar con Código Penal 261.5 PC, la ley de violación estatutaria de California, que no requiere la falta de consentimiento como elemento.
- Código Penal de California 264 – Violación, castigo. Ver también Código Penal 12022.7 PC – Lesiones corporales graves.
- Código Penal de California 667.5 PC. (“(c) A los efectos de esta sección, “delito violento” significará cualquiera de los siguientes… (3) Violación según se define en el párrafo (2) o (6) de la subdivisión (a) de la Sección 261 o el párrafo (1) o (4) de la subdivisión (a) de la Sección 262.”)
- Código Penal de California 290 – Ley de Registro de Delincuentes Sexuales. La violación estatutaria de California no es uno de los delitos que requieren registro, pero la violación del Código Penal 261 PC sí lo es. Ver también People v. Nicholson (1979) 98 Cal.App.3d 617. People v. Bobb (1989) 207 Cal.App.3d 88. In re T.A.J. (1998) 62 Cal.App.4th 1350. In re Meagan R. (1996) 42 Cal.App.4th 17.
- Ver notas 14-20.