El Código Penal § 261 PC es la estatuta de California que define el violación como el uso de fuerza, amenazas o fraude para tener relaciones sexuales no consentidas con otra persona. Una condena es una felonía generalmente castigada con tres a ocho años de prisión y registro como delincuente sexual.1
Cinco cosas clave que debes saber sobre las leyes de violación de California son:
- Las víctimas pueden ser incapaces de dar consentimiento legal para el sexo si tienen un trastorno mental, están intoxicadas o están inconscientes.
- Las defensas comunes a los cargos de PC 261 son que la víctima consintió, que fuiste acusado falsamente o que no hubo relaciones sexuales.
- Una condena por agresión sexual le quitará sus derechos de armas de fuego por el resto de su vida a menos que reciba un indulto del gobernador.
- Las condenas por violación solo se pueden borrar de su registro si no fue sentenciado a la prisión estatal de California y completó la libertad condicional por delito.
- La sentencia penal por agresión sexual bajo PC 264 es más severa si la víctima es menor de edad:
Edad de la víctima de violación |
Penas de delito en California |
18 años o más |
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14 a 17 años |
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Menor de 14 años |
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Ejemplos de violación
- aterrar a una mujer para tener sexo amenazando a sus padres.
- tener sexo con un hombre que está mentalmente discapacitado, incluso si parece estar de acuerdo con ello.
- amenazar con matar a un hombre a menos que tenga sexo.
- tener sexo con alguien después de drogarlo sin su conocimiento.
Tenga en cuenta que si nos contacta inmediatamente después de su arresto, podemos comunicarnos con el fiscal del distrito de inmediato a través de una “intervención prefiling” y tratar de demostrarles que las acusaciones en su contra son infundadas. Si tenemos éxito, podríamos evitar que el fiscal del distrito presente cargos en su contra. Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California el delito de violación?
- 2. ¿Cuáles son las defensas legales?
- 3. ¿Es el Código Penal 261 un delito grave?
- 4. ¿Seré deportado?
- 5. ¿Se puede borrar una condena por violación?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
- 7. ¿Puede una víctima demandar por agresión sexual?
- 8. Delitos relacionados con el Código Penal 261
- Recursos adicionales

La definición de violación según el Código Penal 261 es la relación sexual sin consentimiento con otra persona.
1. ¿Cómo define la ley de California el delito de violación?
El Código Penal de California 261 PC define la violación (“agresión sexual”) como tener relaciones sexuales con alguien que no lo consiente. “Relación sexual” significa cualquier penetración, por mínima que sea, de la vagina o los genitales por el pene; la eyaculación no es necesaria.2
Violación forzada o violenta – como sujetar físicamente a alguien o lastimarlo si resiste – es solo uno de los muchos escenarios que violan el Código Penal 261. También es violación si logras la relación sexual:
- afirmando que te vengarás de la persona o de alguien más si no cede, como lastimándolo físicamente (Código Penal 261 (a) (6));
- fingiendo ser alguien distinto a quién eres, y la persona razonablemente cree tu mentira (Código Penal 261 (a) (5)); o
- amenazando con arrestar, encarcelar o deportar a la persona, y la persona razonablemente cree que eres un funcionario público que puede llevar a cabo esta amenaza (Código Penal 261 (a) (7)).
En resumen, es tan ilegal como cometer una agresión sexual a través de coacción, amenaza, miedo, fraude o engaño como lo es a través de la fuerza física directa. Los tribunales toman las cadenas mentales tan en serio como las materiales.3
1.1. ¿Qué es el consentimiento?
Un elemento clave de la violación según el Código Penal de California 261 es que la presunta víctima no da su consentimiento para tener relaciones sexuales. Para consentir, una persona debe actuar:
- libremente,
- voluntariamente, y
- conociendo la naturaleza del acto.
Ciertas personas no son capaces de consentir legalmente el sexo, no importa lo que digan o hagan. Estas personas incluyen:
- personas severamente intoxicadas,
- personas con trastornos mentales graves, y
- personas que están inconscientes o dormidas.4
Los jueces miran las circunstancias de cada caso para determinar si existió el consentimiento. No es necesario que tu pareja resista físicamente o se defienda para comunicar una falta de consentimiento hacia ti.
1.1.1. ¿Qué pasa si cambias de opinión durante el sexo?
Si tu pareja decide durante la relación sexual que quiere detenerse a pesar de haber consentido inicialmente, necesitaría comunicar que está cambiando de opinión con palabras o acciones.
Siempre y cuando una persona razonable en tu situación entienda que el consentimiento se ha retirado, entonces estarías legalmente obligado a detener la relación sexual inmediatamente para evitar cometer violación.5

Las falsas acusaciones de violación son una defensa para los cargos de agresión sexual.
2. ¿Cuáles son las defensas legales?
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos sexuales, incluyendo violación. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han sido muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados de California.
2.1. La presunta víctima te dio su consentimiento conocedor
No eres culpable de violación en California si el presunto “víctima” consintió tener relaciones sexuales. Además, no eres culpable si realmente y razonablemente creías que la otra persona consentía la relación sexual.6
Ejemplo: Paco e Isabella regresan a la casa de Paco después de una cita y comienzan a besarse. Esto pronto lleva a la relación sexual. Durante el sexo, Isabella comienza a pensar que tal vez no sea una buena idea y desea salir. Sin embargo, no dice nada a Paco, quien continúa con la relación sexual. Aquí, Paco probablemente no es culpable de agresión sexual. Los hechos muestran que podría haber tenido una creencia razonable de que Isabella consintió el sexo.
A veces los acusadores se lastiman a sí mismos en un esfuerzo por respaldar sus acusaciones de violación a la policía. Si esto sucede, podemos llamar a testigos expertos para que estudien sus registros médicos y testifiquen cómo sus lesiones solo podrían haber sido autoinfligidas.
2.2. No ocurrió relación sexual
Las cargas de PC 261 solo se aplican si tú y el presunto víctima tuvieron relaciones sexuales. Por lo tanto, es una defensa para nosotros argumentar que:
- mientras que puedes haber cometido ciertos actos con el acusador como “besarse”,
- los actos no llegaron al nivel de “relación sexual“.
A menos que hubiera un video o testimonios de los hechos, estos casos se reducen a una situación de “él dijo/ella dijo“. Si podemos mostrar al fiscal que no tienen suficientes pruebas para probar la culpa más allá de una duda razonable en el juicio, pueden estar dispuestos a reducir o desestimar la acusación.
2.3. Te acusaron falsamente
Las acusaciones falsas suceden todo el tiempo en los casos de delitos sexuales de California. Los acusadores generalmente mienten por:
- celos,
- venganza,
- ira,
- arrepentimiento, y/o
- un malentendido.
A menudo nos basamos en los propios mensajes de texto y mensajes de voz de los acusadores para mostrar sus motivaciones para meterte en problemas. También podemos someterlos a una cruzada agresiva en el estrado para desacreditar su credibilidad.
3. ¿Es 261 PC un delito grave?
Sí, el violación es un delito grave en California. Las penas típicamente incluyen 3, 6 o 8 años de prisión así como el registro como delincuente sexual por toda la vida.
Sin embargo, las penas son más severas si la víctima es menor de 18 años. Además, el tribunal impondrá una pena adicional de 3 o 5 años de prisión si la víctima de violación sufrió una gran lesión corporal.7
Una condena por agresión sexual también cuenta como un golpe bajo el sistema de tres golpes de California. Esto significa que si te condenan por otro delito grave más tarde, la pena se duplicará automáticamente. Luego, si obtiene un tercer delito grave después de eso, obtiene hasta la prisión de por vida.
3.1. Penas cuando la víctima es un menor de edad
Si la víctima de una agresión sexual tiene menos de 13 años, la pena de prisión es de 13 años.
Si la víctima de una agresión sexual tiene entre 14 y 17 años, la pena de prisión es de 11 años.8
No importa si realmente pensaste que la víctima era mayor o si mintieron sobre su edad.
3.2. Libertad condicional por condenas por agresión sexual
Los tribunales de California no pueden otorgarle libertad condicional en lugar de prisión en casos de violación si:
- utilizó fuerza o violencia; o
- la víctima sufrió una gran lesión corporal.9
4. ¿Seré deportado?
Sí. Dado que el violación es un delito que involucra turpitud moral (CIMT), los extranjeros condenados por él enfrentarán deportación una vez que finalice la sentencia de prisión. Mientras tanto, los extranjeros con condenas por violación son considerados inadmisibles y no pueden ingresar a los Estados Unidos.10
5. ¿Se puede borrar una condena por violación?
Las condenas por agresión sexual son borrables en California si:
- se le otorga y completa la libertad condicional por delito grave; y
- no se le impone una sentencia de prisión estatal (que es diferente de la cárcel del condado).
Si cumple cualquier sentencia de prisión por violación, su condena no se puede borrar.
6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
Sí. Dado que el violación es un delito grave en California, obtener una condena le privará del derecho de poseer, comprar o poseer armas de por vida. Aunque puede recuperar sus derechos de portar armas a través de una indulto del gobernador.

La ley de lesiones personales permite demandas por víctimas de agresión sexual en California.
7. ¿Puede una víctima demandar por agresión sexual?
Sí. Las víctimas de agresión sexual en California pueden presentar demandas por lesiones personales contra sus presuntos violadores por daños como:
- facturas médicas, incluyendo consejería psicológica,
- salarios perdidos y capacidad de ganancia perdida,
- ansiedad, insomnio, dolor y sufrimiento, y
- daños punitivos.
Tenga en cuenta que los presuntos violadores pueden ser responsables en una demanda civil incluso si nunca fueron acusados o condenados en un tribunal penal.
8. Delitos relacionados con el 261 PC
Delitos californianos relacionados con la violación que involucran actos sexuales y abuso sexual son:
- agresión con intención de cometer un delito (PC 220) – agredir a alguien con la intención adicional de cometer un delito sexual grave
- agresión sexual de personas con discapacidad mental (PC 261(a)(1)) – relaciones sexuales con una víctima incapaz de consentir debido a una discapacidad intelectual
- agresión sexual de una persona incapaz de consentir (PC 261(a)(3)) – relaciones sexuales con una víctima incapaz de consentir porque está inconsciente, intoxicada o de otra manera incapaz de saber lo que está haciendo
- agresión sexual por fraude o engaño (PC 261(a)(5)) – engañar a una víctima para tener relaciones sexuales
- violación estatutaria (PC 261.5) – relaciones sexuales consensuales con una persona menor de 18 años
- agresión sexual (PC 243.4) – tocar los órganos íntimos de otra persona para satisfacción sexual, excitación o abuso
- violación conyugal (PC 262) (abrogado bajo AB 1171) – la violación entre cónyuges ahora se procesa bajo PC 261
- sodomía (PC 286) – contacto sexual entre el pene de una persona y el ano de otra cuando se hace con un menor o sin consentimiento
- copulación oral por fuerza o temor (PC 287) – contacto no consentido entre la boca de alguien y los genitales o el ano de otra persona
- copulación oral con un menor (PC 288a) – hacer contacto entre la boca de una persona con el pene, la vagina o el ano de otra persona, y una de las personas es menor de 18 años
- penetración forzada con un objeto extraño (PC 289) – introducir un objeto en la vagina o el ano de otra persona por la fuerza o la violencia y sin consentimiento
- amenazas criminales (PC 422) – hacer amenazas de muerte o lesiones graves que tienen como objetivo (y lo logran) poner a las víctimas en un temor razonable y sostenido por su seguridad o la seguridad de sus familias
- acoso (PC 646.9) – seguir, acosar y amenazar a alguien hasta el punto de que teman por su seguridad
- trespaso agravado (PC 601) – amenazar con lesionar a alguien y luego entrar en su hogar o lugar de trabajo sin permiso
Recursos adicionales
Para obtener información adicional sobre las leyes de asalto sexual de California y ayuda para las víctimas, consulte lo siguiente:
- Recursos sobre violencia sexual – Lista del Fiscal General de California de agencias gubernamentales y otras organizaciones que proporcionan información y apoyo.
- Coalición de California contra el Asalto Sexual (CALCASA) – Grupo líder de defensa estatal que apoya a las víctimas y la prevención. Recurso clave para la educación.
- Programa de compensación a las víctimas de California – Proporciona asistencia financiera a las víctimas de delitos violentos, incluido el asalto sexual. Programa estatal.
- RAINN – Línea nacional de asalto sexual que ofrece apoyo gratuito y confidencial a los sobrevivientes las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centro de recursos para las víctimas de delitos – Proporciona información, asistencia y referencias para las víctimas de todo tipo de delitos en California.
Referencias Legales
- Código Penal de California 261 PC – Violación; “Coacción”; “Amenaza”:
(a) La violación es un acto de relaciones sexuales realizado bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Si una persona que no es cónyuge de la persona que comete el acto es incapaz, debido a un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo, de otorgar consentimiento legal, y esto es conocido o razonablemente debería ser conocido por la persona que comete el acto. No obstante la existencia de una tutela de acuerdo con las disposiciones de la Ley Lanterman-Petris-Short (Parte 1 (comenzando con el artículo 5000) del Código de Bienestar e Instituciones), el fiscal deberá probar, como elemento del delito, que un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo hizo que la presunta víctima fuera incapaz de otorgar consentimiento. Este párrafo no impide que se procese a un cónyuge que comete el acto bajo cualquier otro párrafo de esta subdivisión o cualquier otra ley.
(2) Si se realiza en contra de la voluntad de una persona mediante el uso de fuerza, violencia, coacción, amenaza o temor a un daño corporal inmediato e ilegal en la persona o en otra.
(3) Si una persona es impedida de resistirse por una sustancia intoxicante o anestésica o una sustancia controlada, y esta condición era conocida o razonablemente debería haber sido conocida por el acusado.
(4) Si una persona en ese momento está inconsciente de la naturaleza del acto, y esto es conocido por el acusado. Como se usa en este párrafo, “inconsciente de la naturaleza del acto” significa incapaz de resistirse porque la víctima cumple con cualquiera de las siguientes condiciones: (A) Estaba inconsciente o dormido. (B) No estaba consciente, sabiendo, percibiendo o consciente de que el acto ocurrió. (C) No estaba consciente, sabiendo, percibiendo o consciente de las características esenciales del acto debido al fraude en hecho del perpetrador. (D) No estaba consciente, sabiendo, percibiendo o consciente de las características esenciales del acto debido a la representación fraudulenta del perpetrador de que la penetración sexual servía para un propósito profesional cuando no servía para ningún propósito profesional.
(5) Si una persona se somete bajo la creencia de que la persona que comete el acto es alguien conocido por la víctima que no sea el acusado, y esta creencia es inducida por el artificio, la simulación o el ocultamiento practicados por el acusado, con la intención de inducir la creencia.
(6) Si el acto se realiza en contra de la voluntad de la víctima amenazando con represalias en el futuro contra la víctima o cualquier otra persona, y hay una posibilidad razonable de que el perpetrador ejecute la amenaza. Como se usa en este párrafo, “amenazar con represalias” significa una amenaza de secuestro o encarcelamiento falso, o de infligir dolor extremo, lesión corporal grave o muerte.
(7) Si el acto se realiza en contra de la voluntad de la víctima amenazando con usar la autoridad de un funcionario público para encarcelar, arrestar o deportar a la víctima o a otra persona, y la víctima tiene una creencia razonable de que el perpetrador es un funcionario público. Como se usa en este párrafo, “funcionario público” significa una persona empleada por una agencia gubernamental que tiene la autoridad, como parte de esa posición, de encarcelar, arrestar o deportar a otra persona. El perpetrador realmente no tiene que ser un funcionario público.
(b) Para los propósitos de esta sección, se aplican las siguientes definiciones: (1) “Coacción” significa una amenaza directa o implícita de fuerza, violencia, peligro o retribución suficiente para coaccionar a una persona razonable de susceptibilidades ordinarias para realizar un acto que de otro modo no se habría realizado, o aceptar un acto al que de otro modo no se habría sometido. Las circunstancias totales, incluida la edad de la víctima y la relación de la víctima con el acusado, son factores a considerar al evaluar la existencia de coacción. (2) “Amenaza” significa cualquier amenaza, declaración o acto que muestre la intención de infligir una lesión a otra persona. Ver también: People v. Young (1987) 190 Cal.App.3d 248; People v. Cicero (1984) 157 Cal.App.3d 465; People v. Griffın (2004) 33 Cal.4th 1015; People v. Iniguez (1994) 7 Cal.4th 847; People v. Mayberry (1975) 15 Cal.3d 143; People v. Williams (1992) 4 Cal.4th 354; People v. Kelly (1992) 1 Cal.4th 495; People v. Carpenter (1997) 15 Cal.4th 312; People v. Ramirez (1990) 50 Cal.3d 1158.
CALCRIM No. 1000. Ver también People v. Karsai (1982) 131 Cal.App.3d 224.- Igual. Gente v. Dearborne (2019) 34 Cal.App.5th 250. Gente v. Morales (2013) 212 Cal.App.4th 583.
- Gente v. Dancy (2002) 102 Cal.App.4th 21; y, Gente v. Manning (2014) 226 Cal.App.4th 1133.
- Gente v. Ireland (2010) 188 Cal.App.4th 328. Ver también Gente v. Barnes (1986) 42 Cal.3d 284. Ver también En re John Z. (2003) 29 Cal.4th 756.
- Gente v. Castillo (1987) 193 Cal.App.3d 119; Gente v. Cardenas (1994) 21 Cal.App.4th 927; Gente v. Barnes (1986) 42 Cal.3d 284; Gente v. Dominguez (2006) 39 Cal.4th 1141; Gente v. May (1989) 213 Cal.App.3d 118.
- Código Penal de California 261 PC. Código Penal de California 12022.7 PC. Código Penal de California 264 PC. Código Penal de California 290 PC.
- Código Penal de California 261 PC. Véase también: Gente v. Harrison (1989) 48 Cal.3d 321; Gente v. Matute (2002) 103 Cal.App.4th 1437; Gente v. Jones (1990) 51 Cal.3d 294.
- Código Penal de California 1203 PC. Véase también Reglas de Corte de California 4.414. Véase, por ejemplo, Gente v. Ramirez (Tribunal de Apelaciones de California, Cuarto Distrito de Apelaciones, División Uno, 2006) 143 Cal. App. 4th 1512.
- Véase, por ejemplo, EE. UU. v. Yanez-Saucedo (9th Cir. 200) 295 F.3d 991.