Daños por dolor y sufrimiento se refieren a los daños compensatorios que puede recibir en demandas por lesiones personales en California por el dolor físico y la angustia mental que sufre debido a una lesión en un accidente automovilístico, una caída, negligencia médica, un producto defectuoso u otro accidente.
El siguiente gráfico de burbujas muestra los diferentes tipos de lesiones que entran en la categoría de dolor y sufrimiento:
Nuestros abogados de lesiones personales en California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es el dolor y el sufrimiento?
- 2. Cálculo de daños
- 3. Angustia emocional
- 4. Método del multiplicador
- 5. Consecuencias fiscales
- 6. Límites de daños
- 7. Estatuto de limitaciones
- Lectura adicional
1. ¿Qué es el dolor y el sufrimiento?
Después de un accidente en California, puede demandar a las partes responsables para que lo compensen por los siguientes tipos de dolor y sufrimiento:
- Ira – Rabia persistente que no estaba presente antes de su incidente.
- Ansiedad – Preocupación, nerviosismo o malestar general.
- Preocupación – Miedo razonable o incertidumbre de que algo malo pueda ocurrir y limite su capacidad para llevar una vida normal.
- Daño a la reputación – Se le ve de manera desfavorable en su comunidad o por su familia, colegas y amigos.
- Depresión – Cómo se siente, actúa o piensa se ha visto seriamente afectado, y puede tener cambios significativos en su personalidad.
- Desfiguración – Cualquier daño permanente o cambios en su cuerpo, como cicatrices físicas o deformidades.
- Dolor emocional – Angustia, desesperación o ira como resultado de un accidente.
- Vergüenza – La sensación de vergüenza o desgracia.
- Miedo – Miedo repentino y grave o terror que afecta sustancialmente su vida.
- Dolor – Si un accidente o altercado resulta en la muerte, pérdida o desaparición de algo o alguien que aprecia, puede recuperar daños por dolor.
- Humillación – Una sensación de ser deshonrado o hecho un tonto.
- Indignidad – Daño a tu autoestima causado por desgracia, vulgaridad, maltrato, palabras abusivas o falta de respeto deliberada.
- Inconveniente – Cualquier dificultad, molestia o inconveniente causado por un accidente o evento puede ser citado como un tipo de dolor y sufrimiento.
- Pérdida de compañía – Cuando se te priva de los beneficios de estar casado o ser padre, como poder ser cariñoso y atento.
- Pérdida de disfrute de la vida – Daños que alteran significativamente tu vida o capacidad para participar en actividades o pasatiempos que antes disfrutabas.
- Pérdida de calidad de vida – Una disminución en tu capacidad para disfrutar o participar en la vida como lo hacías antes de un accidente (como actividades placenteras como pasatiempos y sexo) debido a la pérdida de un miembro u órgano (o su uso), parálisis o traumatismo craneal grave.
- Sufrimiento mental – También conocido como angustia mental, este tipo de dolor y sufrimiento abarca una gama de angustia emocional, incluyendo sentimientos de angustia, miedo, ansiedad, dolor, depresión o trauma psicológico/mental.
- Mortificación – Ego gravemente herido o vergüenza.
- Nerviosismo – Extrema incomodidad sin causa natural.
- Calvario – Calvarios como un accidente resultan en sentir dolor, horror y trauma.
- Dolor físico – Daño corporal que causa malestar leve a severo, como dolor o malestar en la espalda, pierna, cuello o cabeza.
- Discapacidad física – Cualquier lesión que limite tu movimiento, coordinación o capacidad para realizar actividades diarias puede ser citada como discapacidad física.
- Disfunción sexual – Cuando se te priva del nivel de actividad sexual que era normal para ti antes de un accidente.
- Shock – Daño psicológico derivado de un accidente o evento, como presenciar un accidente o sufrir lesiones en uno.
- Terror – Miedo extremo a ser herido, discapacitado o asesinado.
2. Cálculo de daños
California no tiene un estándar fijo para determinar el valor monetario de una indemnización por dolor y sufrimiento.1 Algunos factores que el jurado puede considerar son:
- La gravedad de las acciones negligentes, imprudentes o intencionales demostradas por los demandados
- El grado de daño temporal y/o permanente que sufriste
- La angustia física y emocional general experimentada por la mayoría de las personas con lesiones similares a las tuyas
- La influencia que estas lesiones tienen en tu vida diaria (como no poder usar el baño por tu cuenta o levantar a tus hijos)
- Tu vida profesional
- Tu bienestar y la duración prevista de la recuperación de tu lesión
- La atención médica que recibiste y los tratamientos continuos necesarios
- El resultado final y la recuperación esperada
Comprobación de dolor y sufrimiento
Aunque los daños por dolor y sufrimiento te compensan por pérdidas subjetivas, a menudo se prueban con pruebas objetivas. Algunos ejemplos incluyen:
Vea nuestro artículo sobre ejemplos de acuerdos por dolor y sufrimiento.
3. Angustia Emocional
En California, la angustia emocional está incluida en los daños por dolor y sufrimiento. “Angustia emocional” se refiere al deterioro mental que sufre después de una lesión personal o accidente.
Ejemplos de angustia emocional pueden incluir:
- miedo,
- ansiedad,
- llanto,
- falta de sueño,
- depresión y
- humillación.
Comprobación de la Angustia Emocional
Todavía puede recibir una cantidad de dinero por dolor y sufrimiento si sufre angustia emocional sin ninguna lesión física correspondiente.2
En estos casos, sin embargo, a menudo es una buena idea que reciba algún tipo de asesoramiento de salud mental.
Testimonio de un consejero es apropiado en casos en los que ha experimentado síntomas subjetivos significativos como:
- insomnio,
- ansiedad,
- trastorno de estrés postraumático (TEPT), o
- síntomas similares que no son fáciles de establecer con pruebas objetivas.
4. Método de Multiplicador
California no tiene un estándar fijo para decidir el valor de los daños por dolor y sufrimiento.3 Sin embargo, los abogados comúnmente intentan hacerlo utilizando el “método de multiplicador”.
Bajo este método, se suman todos los daños económicos involucrados en un caso. Luego, se multiplica esa cifra por un número determinado (generalmente entre 1 y 5, siendo 3 el más comúnmente utilizado).
¿Qué Multiplicador?
El multiplicador específico utilizado en un caso dependerá de la gravedad de su lesión. Por lo tanto, se utilizará un multiplicador bajo (como 1 o 2) en casos con lesiones leves, y se utilizará un multiplicador más alto (como 4 o 5) en casos con lesiones graves.
Puede utilizar un multiplicador más alto en casos que involucren:
- cuidado médico de por vida,
- tipos graves de dolor,
- pérdida de salarios debido a una discapacidad,
- lesiones graves que involucren huesos rotos, y
- disminución de la calidad de vida.
Método de Per Diem
Otro método para calcular el dolor y el sufrimiento es el método de per diem. Aquí, los abogados intentan calcular una cantidad específica de dólares por cada día que experimente dolor y sufrimiento debido a un accidente.
Esta tasa diaria se calcula a menudo utilizando sus ganancias diarias antes del accidente.
Por ejemplo, si ganaba $300 por día antes de una lesión y experimentó dolor y sufrimiento durante 14 días, puede exigir $4,200 (o 14 x $300) en daños por dolor y sufrimiento.
Software Colossus
Existe un programa de software llamado Colossus en el que las compañías de seguros confían para calcular los daños por dolor y sufrimiento. En nuestra experiencia, las aseguradoras engañan a Colossus para que devuelva valores más bajos de dolor y sufrimiento de los que el caso de una víctima particular requiere. Por lo tanto, siempre luchamos por daños más altos de lo que sugiere Colossus.
5. Consecuencias fiscales
La regla general es que el dinero que reciba por un caso de lesiones personales no es imponible siempre y cuando sufra:
- lesiones físicas, o
- enfermedad física.
Esto significa que si sufre angustia emocional (sin lesiones físicas), su indemnización por daños podría ser gravada.
6. Límites de daños
La ley de California no impone un límite de daños en la mayoría de las reclamaciones por lesiones personales que involucran dolor y sufrimiento y otros daños económicos. Aunque algunas excepciones sí se aplican.
Mala práctica médica
En los casos de mala práctica médica, hay un límite en los daños no económicos. A partir del 1 de enero de 2024, el límite es:
- $390,000 en casos no mortales (cada año nuevo, el límite aumenta en $40,000 hasta llegar a $750,000);
- $550,000 en casos de muerte por negligencia (cada año nuevo, el límite aumenta en $50,000 hasta llegar a $1,000,000).4
Tenga en cuenta que el límite no se aplica en casos en los que un proveedor de atención médica lo lesionó o abusó imprudente o intencionalmente.
Accidentes automovilísticos
El Código Civil de California 3333.4 también restringe la recuperación de daños no económicos en acciones por negligencia derivadas de la operación o uso de un vehículo de motor de la siguiente manera:
- los conductores condenados por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) no pueden recuperar daños no económicos,5
- los propietarios de vehículos sin seguro no pueden recuperar ni ser indemnizados por daños no económicos, excepto los causados por conductores ebrios,6
- los conductores sin seguro no pueden recuperar ni ser indemnizados por daños no económicos en ninguna circunstancia.7
Delitos graves
El Código Civil 3333.3 le prohíbe recuperar cualquier daño si resultó herido mientras cometía o huía después de cometer un delito grave en California.8
Muerte por negligencia/Supervivencia
A partir del 1 de enero de 2022, puede recuperar daños por el dolor y sufrimiento del difunto si presenta una demanda por muerte por negligencia y/o acciones de supervivencia en California.9
Compensación laboral
Los trabajadores lesionados que reciben compensación laboral no reciben indemnización por dolor y sufrimiento. En su lugar, el asegurador paga por tratamientos médicos, discapacidad y formación vocacional.
7. Estatuto de Limitaciones
Según la ley de California, generalmente tiene dos años después de su accidente para presentar una demanda por lesiones personales. Sin embargo, el plazo es de solo seis meses si está demandando al gobierno.
Hay algunas situaciones en las que el estatuto de limitaciones se detiene (“toll”), como en el caso de descubrimiento tardío de su lesión. Sin embargo, una vez que el estatuto de limitaciones pasa, el tribunal desestimará su demanda por estar obsoleta.10
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Daños por dolor y sufrimiento en casos de lesiones personales: un estudio empírico – Revista de Estudios Empíricos.
- Dolor y sufrimiento, daños no económicos y objetivos del derecho de daños – Revista de Derecho de la Universidad de S.M.U..
- Ponerle precio a los daños por dolor y sufrimiento: una crítica a los enfoques actuales y una propuesta preliminar de cambio – Revista de Derecho de la Universidad de Northwestern.
- Premios por dolor y sufrimiento: no deberían ser (solo) sobre dolor y sufrimiento – Revista de Estudios Legales.
- Haciendo lo intangible tangible: recolectando daños por dolor y sufrimiento – Revista de Derecho de Nueva Jersey.
Referencias legales:
- Hay una distinción en la ley de lesiones personales entre daños económicos y no económicos. El primer tipo de daños incluye pérdidas objetivas como facturas médicas, daños a la propiedad y salarios perdidos. El último incluye pérdidas más subjetivas como dolor y sufrimiento, pérdida de consorcio y pérdida de disfrute de la vida.
- Sin embargo, tenga en cuenta que los daños no económicos son más probables en una reclamación por lesiones personales cuando hay una lesión física y: (1) la lesión resulta en desfiguración permanente o pérdida de función a largo plazo; (2) los gastos médicos son altos; (3) las lesiones son verificables por radiografías, pruebas de laboratorio u otros criterios objetivos; o (4) la recuperación fue difícil y/o tomó mucho tiempo.
- Vea, por ejemplo, las Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 3905A. Vea también Johnson v. Monsanto, Co. (. , 2020)
- Código Civil de California 3333.2. Proyecto de Ley de la Asamblea 35 (2022).
- Código Civil de California 3333.4.
- Código de Vehículos de California 16056 establece los requisitos mínimos de seguro para propietarios y conductores de vehículos en California.
- Vea Quackenbush v. Superior Court (Congress of California Seniors) (1997) 60 Cal.App.4th 454, modificado en la negación de la reconsideración, revisión denegada, certiorari denegado 119 S.Ct. 73.
- Código Civil de California 3333.3.
- Proyecto de Ley del Senado de California No. 447 (2021). Vea Sullivan v. Delta Air Lines, Inc. (1997) .
- Código de Procedimiento Civil de California §335.1. CCP § 341.