Los reclusos que son elegibles para libertad condicional de trabajo en San Diego pueden solicitar pasar el resto de su condena en una instalación de libertad condicional de trabajo. La libertad condicional de trabajo permite a los reclusos trabajar, o buscar trabajo, antes de que termine su condena. Sin embargo, los reclusos deben regresar a la instalación tan pronto como termine su día de trabajo.
¿Qué es el programa de libertad condicional de trabajo de San Diego?
El programa de libertad condicional de trabajo de San Diego permite a ciertos reclusos pasar parte de su condena en una instalación especial que les permite trabajar a tiempo completo. Cada condado puede imponer sus propias reglas y limitaciones en sus programas de libertad condicional, por lo que el del condado de San Diego puede ser diferente de los programas en otras áreas de California.
Para ser elegible para el programa de San Diego, los reclusos deben:
- estar en libertad condicional formal y
- haber pasado al menos 30 días en custodia.
Ciertos delitos penales hacen que los reclusos no sean elegibles para la libertad condicional de trabajo.
Los reclusos elegibles pueden solicitar el programa. Sus solicitudes son evaluadas por la división de Supervisión de Libertad Condicional de Trabajo del Departamento de Libertad Condicional. Si el recluso está en custodia por un delito grave, se requiere que un abogado de defensa criminal complete el formulario de evaluación en nombre del recluso.
El Departamento de Libertad Condicional del Condado de San Diego puede aprobar o denegar las solicitudes para el programa. El Departamento tiene la última palabra en quién puede participar.
Si es aprobado, el recluso será asignado a:
- el Programa de Libertad Condicional de Trabajo, si el recluso ya tiene un trabajo, o
- el Centro de Reingreso Residencial, si el recluso tiene que buscar un trabajo primero.
Ambos programas se encuentran en la misma ubicación:
551 South 35th Street,
San Diego, CA 92113.
El área se llama Instalación de Libertad Condicional de Trabajo y Reingreso Residencial. Es administrado por una empresa privada llamada CoreCivic, que tiene un contrato con el Condado de San Diego.
Una vez en el programa, el recluso debe cumplir con todas las reglas y requisitos. La regla más importante es que el recluso debe regresar a la instalación de libertad condicional de trabajo al final de cada día de trabajo.
La mayoría de los participantes van y vienen del trabajo utilizando el sistema de transporte público de San Diego. La Instalación está ubicada cerca de una parada de autobús de la Ruta 3, y a media milla de una parada de autobús de la Ruta 12. Sin embargo, a algunos participantes se les proporciona la documentación necesaria para conducir hacia y desde su lugar de trabajo.
No todos los trabajos son elegibles para el programa de libertad condicional de trabajo del Condado de San Diego. El lugar de trabajo debe estar en el Condado de San Diego. También puede ser inelegible si:
- no permite que los oficiales de libertad condicional realicen verificaciones en el lugar o por teléfono,
- es demasiado similar a las circunstancias que rodean la condena de un recluso, como un banco para un recluso que fue condenado por fraude de cheques,
- solo paga el salario mínimo,
- requiere más de 72 horas de trabajo en una semana, o
- da al recluso acceso a armas o información personal de otras personas.
Los reclusos pueden ser autónomos en el programa de libertad condicional de trabajo del Condado. Sin embargo, al recluso no se le permite trabajar en la instalación. Debe tener un lugar fuera del sitio para trabajar. Esa oficina debe tener un baño y una línea telefónica fija. El recluso debe tener especial cuidado de proporcionar 1099, documentación de trabajo y tener todas las licencias comerciales necesarias.
Además del trabajo, los reclusos de libertad condicional de trabajo solo pueden:
- asistir a servicios religiosos,
- ir a la escuela, si es aprobado por el programa y si el recluso mantiene un horario de trabajo de al menos 35 horas, y
- asistir a programas ordenados por el tribunal, como clases de manejo de la ira o asesoramiento.
Los participantes no pueden socializar, aunque sus familiares y amigos pueden visitar la instalación los fines de semana.
El objetivo de los programas de libertad condicional de trabajo como el de San Diego es reducir la sobrepoblación en la cárcel y las prisiones del condado, y ayudar a los reclusos a reintegrarse en la comunidad antes de su liberación.1 Los programas también permiten a los reclusos mantener económicamente a sus familias mientras cumplen su condena y supervisión de custodia.
¿Necesito tener un trabajo para ser elegible o puedo seguir buscando?
Los reclusos no necesitan tener un trabajo asegurado para solicitar participar en la libertad condicional de trabajo. En el Condado de San Diego, los reclusos sin trabajo pueden ser aprobados para unirse al Centro de Reingreso Residencial (RRC). Allí, al recluso se le dará un tiempo determinado para encontrar un trabajo elegible a tiempo completo. Por lo general, se les da 90 días para hacerlo.
¿Quién no es elegible para el programa de libertad condicional de trabajo de San Diego?
Ciertos reclusos no son elegibles para los programas de libertad condicional de trabajo del Condado de San Diego. Otros tienen más probabilidades de ser rechazados.
Cualquier persona que haya sido condenada por cometer o intentar ciertos delitos violentos o sexuales no es elegible. Esto incluye los siguientes delitos en California:
- asalto con la intención de cometer un delito grave (Código Penal 220 PC),
- asalto a un oficial de policía (Código Penal 241 PC),
- asesinato (Código Penal 187 PC),
- homicidio involuntario (Código Penal 192 PC),
- homicidio vehicular bajo la influencia del alcohol (Código Penal 191.5 PC),
- mutilación (Código Penal 203 PC),
- mutilación agravada (Código Penal 205 PC),
- robo (Código Penal 211 PC),
- gran robo con un arma de fuego (Código Penal 487(d)(2) PC),
- incendio provocado (Código Penal 451 PC),
- secuestro (Código Penal 207 PC),
- posesión de explosivos (Código Penal 18710 PC),
- violación (Código Penal 261 PC),
- sodomía (Código Penal 286 PC),
- actos forzados de penetración con un objeto extraño (Código Penal 289 PC),
- abuso sexual continuo de un menor (Código Penal 288.5 PC),
- copulación oral con un menor (Código Penal 288a PC),
- vender o proporcionar drogas a un menor (Código de Salud y Seguridad 11380 HS),
- cualquier delito que cause lesiones corporales graves a otra persona (Código Penal 12022.7 PC),
- cualquier delito que involucre el uso personal de un arma mortal (Código Penal 12022 PC), y
- cualquier delito grave que sea castigado con una sentencia de cadena perpetua o de muerte.2
Los reclusos que están en prisión por estas condenas están excluidos del programa de permiso de trabajo en San Diego.
Además, la División de Supervisión de Permisos de Trabajo del Departamento de Libertad Condicional del Condado de San Diego puede rechazar a los solicitantes por una variedad de razones relacionadas con la seguridad pública. Los factores que el Departamento considera incluyen:
- la gravedad del delito,
- si el recluso está en libertad condicional,
- si el recluso tiene una orden de arresto activa,
- el estado laboral del recluso,
- si el recluso tiene un diploma de escuela secundaria o un GED,
- la experiencia laboral del recluso,
- si el recluso tiene algún oficio o capacitación vocacional,
- cualquier problema significativo de salud mental, comportamiento o médico,
- si el recluso es un delincuente sexual registrado, y
- la ciudadanía del recluso.3
Algunos de estos factores pueden hacer que sea muy improbable que el recluso sea aprobado para el permiso de trabajo.
¿Qué sucede si violo un término del programa?
Los reclusos que son aprobados para el permiso de trabajo en el condado de San Diego, pero que luego violan un término del programa pueden ser disciplinados. El Departamento del Sheriff del Condado de San Diego incluso puede enviar al trabajador de vuelta a la prisión para cumplir el resto de su condena en la cárcel.4
¿Cómo es esto diferente del permiso de trabajo?
El programa de permiso de trabajo de San Diego es diferente de un programa de permiso de trabajo.
En un programa de permiso de trabajo, los reclusos vuelven a la instalación estatal cuando termina el día de trabajo. En un programa de permiso de trabajo, el recluso está bajo supervisión comunitaria y puede ir a casa. Debido a que hay menos confinamiento, los programas de permiso de trabajo son generalmente para delitos de menor nivel, como conducir bajo la influencia del alcohol (DUI). Los programas de permiso de trabajo, incluido el de San Diego, generalmente son para delitos más graves.
Sin embargo, los programas de licencia laboral como el del condado de San Diego dependen de situaciones de vida en estilo dormitorio. Por esta razón, durante la pandemia de coronavirus, muchos jueces se han inclinado hacia el arresto domiciliario y la liberación laboral, en lugar de los programas de licencia laboral.
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte los siguientes artículos académicos:
- Licencia laboral como alternativa a la encarcelación: una evaluación de sus efectos en la reincidencia y el costo social – The Journal of Criminal Law and Criminology.
- Evaluación de la licencia laboral – Federal Probation.
- Evaluación de la licencia laboral: un seguimiento – Federal Probation.
- Licencia laboral y teoría de la pena – Criminology.
- Programas de pago para permanecer en cárceles de California – Michigan Law Review.
Referencias legales:
- Código Penal de California 6260 PC.
- Centro de Reingreso Residencial y Licencia Laboral – Formulario de Evaluación de Elegibilidad. Vea también Código Penal de California 6263 PC.
- Igual.
- Código Penal de California 6263(c) PC.