Si alguna vez has sido arrestado, sabes lo traumático que puede ser. Pero ¿qué pasa si eres un niño? ¿Cómo soportarías ser esposado, sometido a procedimientos misteriosos y enviado a “rehabilitación” detrás de cercas con alambre de púas?
- 26,000 arrestos de menores,
- 17,627 menores acusados,
- 36,640 menores en libertad condicional,
- 8,918 menores en confinamiento seguro, y
- 59 menores transferidos a la corte de adultos.1
La mayoría de los menores en libertad condicional y en confinamiento seguro eran hispanos.2
Incluso aquellos niños afortunados de ser enviados a casa en libertad condicional ahora deben lidiar con el estigma y las repercusiones duraderas de tener un registro criminal juvenil.
Pero aquí está la buena noticia: Hay muchas opciones dentro del sistema de justicia de la corte juvenil de California que no implican confinamiento. Si su hijo tiene un encuentro con la ley, podríamos ayudar.
Como ex fiscales de distrito que una vez procesaron a menores, ahora usamos nuestro conocimiento interno para representarlos. Nuestros Abogados de Defensa Criminal Juvenil de California quieren mantener a su hijo fuera de custodia y ayudar a que su vida vuelva a encarrilarse.3
En este artículo, proporcionamos una visión general completa del sistema de justicia de la corte juvenil en California. Cubrimos:
- 1. ¿Qué es la corte de delincuencia juvenil?
- 2. ¿Quién es juzgado en la corte juvenil?
- 3. ¿Cuál es el proceso de la corte juvenil?
- 4. ¿Qué podría pasarle a mi hijo?
- 5. ¿Cuáles son las consecuencias duraderas de una adjudicación juvenil?
- Recursos adicionales
Si tiene más preguntas después de leer este artículo, lo invitamos a contactarnos en Shouse Law Group para una consulta.
1. ¿Qué es el tribunal de delincuencia juvenil?
El tribunal de delincuencia juvenil es un tribunal dedicado a adjudicar delitos graves y menores supuestamente cometidos por menores. El tribunal de menores también se encarga de “delitos de estatus” como la ausencia escolar y las violaciones de toque de queda. Los delitos de estatus solo constituyen actos criminales cuando son cometidos por menores.
La jurisdicción del tribunal de menores se extiende a menores de 12 a 17 años y ciertos menores menores de 12 años.
La División de Menores del Tribunal Superior de Los Ángeles supervisa el tribunal de delincuencia juvenil, así como el tribunal de menores informal (que se ocupa de infracciones y delitos menores de bajo nivel) y el tribunal de dependencia juvenil (que se ocupa de niños maltratados, abandonados y abandonados). Tenga en cuenta que los fiscales de Los Ángeles intentan evitar presentar cargos juveniles y en su lugar intentan desviar a los jóvenes a programas comunitarios para ayudarlos.4
Este artículo trata sobre el tribunal de delincuencia juvenil. Cuando usamos el término “tribunal de menores”, nos referimos al tribunal de delincuencia juvenil. También visite nuestra página sobre las diferencias entre el tribunal de delincuencia y el de dependencia.
Procedimientos 602
Técnicamente, el tribunal de menores no es parte del sistema de derecho penal de California. Es parte del sistema de derecho civil donde se “adjudican” los casos.
Los procedimientos de delincuencia juvenil a veces se denominan “procedimientos de la Sección 602” después de la sección aplicable de la ley de California que rige los procedimientos de delincuencia.5
Los jueces escuchan casos en el tribunal de menores. Hay fiscales y abogados defensores, pero no hay jurados. Los procedimientos del tribunal de menores son generalmente confidenciales.
El 30 de septiembre de 2018, el gobernador de California, Jerry Brown, promulgó la ley SB 439. Esta ley solo permite que el tribunal asuma la jurisdicción sobre un menor menor de 12 años si ese niño es acusado de asesinato o violación, sodomía, copulación oral o penetración sexual por la fuerza, la violencia o la amenaza de un gran daño corporal. De lo contrario, los niños menores de 12 años no son juzgados en el tribunal de menores.
Lenguaje del tribunal de menores
El juez no encuentra a un menor “culpable” o “inocente” en el sistema de tribunal de menores de California. En cambio, si el juez encuentra que el menor cometió el delito alegado más allá de una duda razonable, el juez “sostiene la petición” presentada por el fiscal de distrito.
Hay una serie de diferentes “disposiciones” (sentencias) disponibles en el tribunal de menores. En el extremo inferior del espectro se encuentra la libertad condicional informal. El menor nunca admite ninguna acusación de mala conducta y los cargos son desestimados al completar con éxito el programa.
En el otro extremo del espectro se encuentra el internamiento en un centro de detención (centro de menores).
Menores bajo la tutela del tribunal
Cuando el juez declara a un menor como “bajo la tutela del tribunal” significa que el tribunal asume la responsabilidad principal del control y tratamiento del menor. Un menor puede estar bajo la tutela del tribunal pero aún así se le permite cumplir con la libertad condicional en casa.
En otros casos, el menor puede ser colocado en hogares de crianza, en un hogar grupal o en un campamento de libertad condicional del condado.
Objetivo de la rehabilitación
En teoría, el sistema de justicia juvenil de California está diseñado para “rehabilitar” a los delincuentes. Esta es una diferencia filosófica importante con el sistema para adultos.
Cuando un adulto es declarado culpable de un delito y sentenciado a la cárcel o prisión, el propósito es castigar al delincuente. Pero cuando un menor es puesto en libertad condicional, o enviado a un campamento o a la DJJ, el propósito es rehabilitar al menor.
Se supone que los niños en el sistema de justicia juvenil recibirán la educación, tratamiento y servicios que necesitan para superar sus delitos, reunirse con sus familias y convertirse en ciudadanos productivos.
Las sanciones no están diseñadas para la retribución
Solo porque el objetivo del sistema de justicia juvenil de California es la rehabilitación, no significa que un niño que desobedece la ley se salga sin castigo. El menor puede ser “sancionado” por conducta inapropiada, pero las sanciones están diseñadas para disciplina y no para retribución.6
Las sanciones pueden incluir:
- Pago de una multa y/o restitución
- Servicio comunitario
- Asistencia a clases de impacto para víctimas
- Colocación en un hogar de crianza
- Condiciones de libertad condicional
- Internamiento en un centro de menores, campamento o rancho
Problemas con el sistema de justicia juvenil
A pesar de sus nobles objetivos, el sistema de justicia juvenil en California ha recibido críticas extensas por sus fracasos. En una demanda muy publicitada en 2003 llamada Farrell v. Allen, el estado fue demandado por condiciones deplorables en la Autoridad Juvenil de California (o “CYA”, ahora conocida como la División de Justicia Juvenil), que incluyen:
- Uso excesivo de la fuerza, como el uso de gas pimienta en niños mientras ya están restringidos,
- Hacer que los niños asistan a “clases” mientras están encerrados en jaulas,
- Confinar a los niños en celdas durante 23 horas al día,
- No proporcionar a los niños servicios médicos y de salud mental adecuados,
- Utilizar medicamentos psicotrópicos como forma de control, y
- Perpetuar una cultura llena de violencia extrema, a menudo relacionada con pandillas.7
En 2004, CYA llegó a un acuerdo de consentimiento para remediar los abusos.
“Realineación” del estado a los condados
a todos los delincuentes juveniles.
Como resultado de fallas sistémicas reveladas por litigios y el alto costo del encarcelamiento a nivel estatal, la legislatura de California aprobó la Ley del Senado 81 en 2007 para “reorganizar” la justicia juvenil del nivel estatal al nivel del condado.8
A través de una serie de iniciativas de financiamiento y cambios en la ley, todos los delincuentes juveniles ahora son manejados dentro de los departamentos de libertad condicional del condado. Periódicamente estallan disturbios y otras formas de violencia en los campamentos de libertad condicional tanto para niños como para niñas.
Rayos de esperanza
Por supuesto, el sistema cuenta con muchos profesionales dedicados y comprometidos con la misión de rehabilitación. Rayos de esperanza surgen de las instalaciones del condado.
Como parte del programa Pups and Wards, por ejemplo, los niños “se rehabilitan” mientras entrenan perros de rescate para familias adoptivas. En el campamento de libertad condicional rústico y sin cercas del condado de Sonoma, los menores que no han tenido éxito en otros lugares construyen autoestima mientras construyen mesas de picnic y fogones de secuoya.
2. ¿Quién es juzgado en la corte juvenil?
En general, los menores de 18 años son juzgados en el sistema de corte juvenil de California. Pero hay casos en los que los menores más jóvenes pueden ser juzgados en la corte de adultos.
Los menores de 18 años generalmente van a la corte juvenil
De conformidad con la Sección 602 del Código de Bienestar e Instituciones de California, la corte juvenil tiene jurisdicción sobre los delitos presuntamente cometidos por menores de 18 años en el momento del delito.9
Si alguien comete un crimen a los 17 años pero no es descubierto o juzgado hasta que el menor tenga 20 años, el menor aún puede ser juzgado en un tribunal juvenil.
Algunos menores van a la corte de adultos
Cuando un menor de 16 años o más supuestamente comete un delito de la Sección 707(b), los fiscales tienen la discreción de iniciar una “audiencia de transferencia” y hacer que un juez decida si el menor debe ser acusado como adulto. Los factores que el juez considera son:
- el grado de sofisticación criminal exhibido por el menor,
- si el menor puede ser rehabilitado antes de que expire la jurisdicción del tribunal juvenil,
- el historial delictivo previo del menor,
- el éxito de cualquier intento previo de rehabilitar al menor, y
- las circunstancias y gravedad de los delitos alegados en la petición.
Los menores menores de 16 años no son juzgados en la corte de adultos. (Los menores que tenían 14 o 15 años cuando supuestamente cometieron un delito de la Sección 707(b) pueden ser transferidos a la corte de adultos si no fueron detenidos hasta que tuvieron 18 años.)
Para los delitos de la Sección 707(b), los menores pueden ser juzgados como adultos
Bajo ciertas circunstancias descritas a continuación, los menores de 16 años o más que se les acusa de haber cometido uno de los 30 delitos enumerados en el Código W&I 707(b) también pueden ser juzgados en la corte de adultos.
Los “delitos de la Sección 707(b)” son:
- Asesinato.
- Incendio que cause lesiones graves o afecte una estructura habitada.
- Robo.
- Violación con fuerza, violencia o amenaza de lesiones graves.
- Sodomía por fuerza, violencia o amenaza de lesiones graves.
- Acto lascivo o lujurioso hacia un menor de 14 años con fuerza, violencia o amenaza de lesiones graves.
- Copulación oral por fuerza, violencia o amenaza de lesiones graves.
- Penetración sexual forzada.
- Secuestro por rescate.
- Secuestro con fines de robo.
- Secuestro con lesiones corporales.
- Intento de asesinato.
- Agresión con un arma de fuego o dispositivo destructivo.
- Agresión mediante el uso de fuerza que pueda causar lesiones graves.
- Disparo de un arma de fuego en un edificio habitado o ocupado.
- Un delito descrito en la Sección 1203.09 del Código Penal contra una persona mayor de 60 años o discapacitada.
- Un delito descrito en la Sección 12022.5 del Código Penal o la Sección 12022.53 del Código Penal, uso personal de un arma de fuego.
- Un delito grave en el que el menor usó personalmente un arma listada en la Sección 16590(a) del Código Penal.
- Un delito grave descrito en la Sección 136.1 del Código Penal, disuadir a un testigo o la Sección 137 del Código Penal, soborno de un testigo.
- Fabricar, mezclar o vender media onza o más de una sal o solución de una sustancia controlada especificada en la Sección 11055(e) de Salud y Seguridad.
- Un delito violento, que también constituiría una violación grave de la Sección 186.22(b) del Código Penal, mejora de la sentencia por pandillas criminales.
- Fuga, mediante el uso de fuerza o violencia, de un centro juvenil del condado, hogar, rancho, campamento o campamento forestal si se infligen intencionalmente lesiones graves a un empleado de la instalación juvenil.
- Tortura.
- Mayhem agravado.
- Robo de vehículo.
- Secuestro con fines de agresión sexual.
- Secuestro durante un robo de vehículo.
- Sección 26100 del Código Penal: Disparo desde un vehículo en movimiento.
- Detonar un artefacto explosivo con la intención de cometer asesinato.
- Homicidio voluntario.10
Terminación de la jurisdicción
La jurisdicción del tribunal de menores termina cuando el menor cumple 21 años.
En casos en los que el menor cometió un delito según la sección 707(b) y fue enviado a un centro de detención juvenil, la jurisdicción puede durar hasta que el menor cumpla 25 años o más.11
3. ¿Cuál es el proceso del tribunal de menores?
El proceso del tribunal de menores de California comienza con el arresto de un menor. Las cosas pueden terminar ahí mismo, ya que la policía puede decidir liberar al menor con una simple reprimenda.
Sin embargo, la policía también puede entregar al menor al departamento de libertad condicional del condado, lo que puede llevar a la detención en un centro de detención juvenil y la presentación de una “petición” contra el menor. Una petición es como una denuncia penal presentada en un tribunal para adultos.
Como describimos en nuestro artículo relacionado El proceso del tribunal de menores en California, el proceso consta de varias audiencias diferentes, que incluyen:
- audiencia de detención (para menores en custodia)
- lectura de cargos (para menores en libertad)
- audiencia de transferencia (en casos de delitos según la sección 707(b))
- audiencia de jurisdicción (el juicio)
- audiencia de disposición (para la sentencia)
La ley establece plazos y procedimientos para cuándo y cómo se lleva a cabo cada una de estas audiencias. Los padres tienen derecho a asistir a cada audiencia del tribunal.
En cada etapa, el fiscal y el abogado defensor pueden llegar a una resolución y pasar directamente a la disposición. Además, si se cometen errores, puede haber una o más re-audiencias.
“A un niño se le acusa de mala conducta. El niño es enviado a una institución donde puede ser privado de su libertad durante años. Su mundo se convierte en un edificio con paredes encaladas, una rutina regimentada y horarios institucionales… su mundo está poblado por guardias, custodios, empleados estatales y delincuentes confinados con él por cualquier cosa, desde travesuras hasta violación y homicidio. En vista de esto, sería extraordinario si nuestra Constitución no requiriera la regularidad procesal y el ejercicio de cuidado implícitos en la frase debido proceso. Bajo nuestra Constitución, la condición de ser un niño no justifica un tribunal de kangaroo.”
– Corte Suprema de los Estados Unidos, In Re Gault, 387 U.S. 1, 28 (1967), caso fundamental de la Corte Suprema que confirma que los menores tienen derecho al debido proceso en los procedimientos del tribunal de menores.
4. ¿Qué podría pasarle a mi hijo/a?
Hay varias opciones de sentencia diferentes (llamadas “disposiciones”) disponibles en el sistema de delincuencia juvenil de California. Van desde la libertad condicional informal hasta el internamiento.
Libertad condicional informal
Cuando el caso no es muy grave, el menor puede ser elegible para libertad condicional informal y desvío según la Sección 654 del Código de Bienestar e Instituciones o la Sección 725 de W&I.
La libertad condicional informal puede estar disponible en un delito no violento de primera vez como:
Desviación de la Sección 654 de W&I
Según la Sección 654 del Código de Bienestar e Instituciones de California, el caso es “desviado” a la libertad condicional antes de que se presente una petición.12
En un esfuerzo por “ajustar la situación que lleva al menor dentro de la jurisdicción del tribunal o crea la probabilidad de que el menor pronto estará dentro de esa jurisdicción”, el oficial de libertad condicional desarrollará un plan para el menor que no puede durar más de seis meses.
El programa generalmente incluye:
- educación y
- asesoramiento.
Si el menor no cumple, el oficial de libertad condicional aún puede iniciar procedimientos formales de petición con el tribunal de menores.
Libertad condicional informal de la Sección 725 de W&I
El juez toma la decisión de colocar al menor en libertad condicional informal.13 La diferencia de la libertad condicional informal de la Sección 654 de W&I es que se presenta una petición, pero la petición se “pone en espera”, por lo que el menor tiene una segunda oportunidad.
El menor nunca admite culpabilidad y, siempre que el menor cumpla con las condiciones de libertad condicional, la petición se retira. Las condiciones de libertad condicional generalmente incluyen:
- asistencia escolar,
- asesoramiento para ambos el menor y sus padres, y
- toque de queda.14
Otras posibles condiciones son pruebas de drogas y restitución. La libertad condicional informal de la Sección 725 de W&I dura seis meses.
Para más discusión, por favor vea nuestro artículo sobre posesión de drogas por menores en California.
Entrada diferida de juicio
Otra opción es la entrada diferida de juicio bajo la Sección 790 de W&I.15 La entrada diferida de juicio (o “DEJ” por sus siglas en inglés) requiere que el menor admita su culpabilidad en las alegaciones de la petición, pero resulta en el retiro de los cargos después de completar con éxito el programa DEJ.
DEJ está disponible para delitos graves por primera vez que no sean delitos de la Sección 707(b). Dura entre 12 y 36 meses.
Ejemplo: Martha, de diecisiete años, es atrapada en un auto con marihuana escondida en el tanque de gasolina. Martha es acusada de delito grave Salud y Seguridad 11359 hs posesión de marihuana para la venta y Salud y Seguridad 11360 hs transporte de marihuana. Este es el primer delito penal de Martha.
Martha tuvo problemas de ausentismo en el pasado, pero últimamente ha estado haciendo bien en un nuevo programa educativo. Tiene una vida familiar estable. El departamento de libertad condicional cree que Martha es receptiva a la educación, el tratamiento y la rehabilitación.
Aunque el delito de Martha evidencia un grado de sofisticación, y los tribunales no quieren enviar el mensaje de que delitos como Salud y Seguridad 11359 hs y Salud y Seguridad 11360 hs transporte de marihuana son permisibles, Martha es elegible para DEJ.
Si completa con éxito su programa DEJ, Martha puede retirar su admisión de culpabilidad y la petición será desestimada.16
Libertad condicional formal en casa o en campamento
Si un tribunal juvenil de California declara al menor como un pupilo del tribunal, el tribunal puede sentenciar al menor a un período de libertad condicional. A veces, los pupilos pueden completar su libertad condicional en casa (aunque sean pupilos del tribunal).
En otros casos, el tribunal asignará al pupilo a un “lugar adecuado” en la casa de un pariente o en un hogar de grupo.17 Esto incluye hogares de grupo de nivel 14 para menores con trastornos emocionales.
Los términos de libertad condicional pueden incluir cualquier cosa razonablemente necesaria para la rehabilitación del menor, incluyendo:
- asistencia escolar obligatoria,
- restricciones de toque de queda,
- asesoramiento para el abuso de sustancias,
- no pasar tiempo con ciertas personas,
- servicio comunitario,
- eliminación de grafitis, y
- restitución.
Los menores que necesitan un mayor nivel de estructura pueden ser enviados a “campamentos de libertad condicional” por un período de entre tres meses y un año.18
Hay varias docenas de campamentos de libertad condicional en todo el estado. La mayoría de los campamentos son entornos basados en dormitorios con un horario diario estructurado que incluye programas educativos y de tratamiento.
También existen en California un puñado de otros tipos de campamentos de libertad condicional, incluyendo “campamentos de incendios/salvajes”, que enfatizan la formación forestal y de lucha contra incendios, “campamentos militares” de estilo militar y campamentos “modelo Missouri” de estilo familiar, que se centran en el tratamiento intensivo a pequeña escala.19
Aparte de la prisión para adultos, la sanción más grave que un menor puede enfrentar es un compromiso en un centro de detención juvenil del condado.20
Para obtener más información sobre los centros juveniles de Los Ángeles, visite nuestras páginas sobre Los Padrinos Juvenile Hall y Barry Nidorf / Sylmar Juvenile Hall.
5. ¿Cuáles son las consecuencias duraderas de una adjudicación juvenil?
Desafortunadamente, una adjudicación juvenil puede seguir a un niño en el futuro.
Las condenas juveniles (o “peticiones sostenidas” como se les llama formalmente) cuentan como antecedentes para fines de la Ley de Tres Delitos Graves de California. Además, las Reglas de la Corte de California permiten a los tribunales de adultos considerar las adjudicaciones juveniles al tomar decisiones sobre libertad condicional y sentencia.21
Las adjudicaciones juveniles pueden llevar al registro de delincuentes sexuales en California e incluso al confinamiento civil como depredador sexualmente violento “SVP” en California.
Sin embargo, en casos de condenas juveniles menos graves, su hijo puede ser capaz de sellar su expediente juvenil si cumple su sentencia y permanece libre de delitos durante un cierto período de tiempo.
Recursos adicionales
Puede encontrar ayuda y orientación en los siguientes sitios:
- Centro de Justicia Juvenil y Criminal – Una organización sin fines de lucro con la misión de reducir la dependencia de la sociedad en la encarcelación como solución a los problemas sociales.
- Campaña Books Not Bars del Centro Ella Baker – Una organización que trabaja para cambiar los recursos de la punición hacia la rehabilitación.
- Centro de Leyes Juveniles – Defensores que trabajan para transformar los sistemas de cuidado de crianza y justicia juvenil.
- Centro de Leyes Juveniles – Firma de abogados sin fines de lucro que trabaja para reducir el daño de los sistemas de bienestar infantil y justicia.
Referencias legales:
- Justicia Juvenil en California, Departamento de Justicia de California, 2022.
- Igual.
- Nuestros abogados de defensa criminal juvenil de California tienen oficinas locales en Los Ángeles, Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. También tenemos oficinas de abogados adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
- La Sección 256 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: “Sujeto a las órdenes del tribunal juvenil, un oficial de audiencias juveniles puede escuchar y resolver cualquier caso en el que un menor menor de 18 años en la fecha de la presunta infracción sea acusado de (1) cualquier violación del Código de Vehículos, excepto la Sección 23136, 23140, 23152 o 23153 de ese código, no declarada como delito grave, (2) una violación de la subdivisión (m) de la Sección 602 del Código Penal, (3) una violación del Código de Pesca y Caza no declarada como delito grave, (4) una violación de cualquiera de las disposiciones de equipo del Código de Puertos y Navegación o las disposiciones de registro de embarcaciones del Código de Vehículos, (5) una violación de cualquier disposición de la ley estatal o local relacionada con delitos de tráfico, merodeo o toque de queda, o evasión de tarifas en un sistema de transporte público, según lo definido por la Sección 99211 del Código de Servicios Públicos, (6) una violación de la Sección 27176 del Código de Calles y Carreteras, (7) una violación de la Sección 640 o 640a del Código Penal, (8) una violación de las reglas y regulaciones establecidas de conformidad con las Secciones 5003 y 5008 del Código de Recursos Públicos, (9) una violación de la Sección 33211.6 del Código de Recursos Públicos, (10) una violación de la Sección 25658, 25658.5, 25661 o 25662 del Código de Negocios y Profesiones, (11) una violación de la subdivisión (f) de la Sección 647 del Código Penal, (12) una violación menor de la Sección 594 del Código Penal, que involucre la desfiguración de propiedad con pintura o cualquier otro líquido, (13) una violación de la subdivisión (b), (d) o (e) de la Sección 594.1 del Código Penal, (14) una violación de la subdivisión (b) de la Sección 11357 del Código de Salud y Seguridad, (15) cualquier infracción, o (16) cualquier delito menor por el cual el menor es citado para comparecer por un oficial de libertad condicional de conformidad con la subdivisión (f) de la Sección 660.5.” Directiva Especial LADA 20-09.
- La Sección 602 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: Excepto según lo dispuesto en la Sección 707, cualquier persona que tenga menos de 18 años cuando viola cualquier ley de este estado o de los Estados Unidos o cualquier ordenanza de cualquier ciudad o condado de este estado que defina un delito que no sea una ordenanza que establezca un toque de queda basado únicamente en la edad, está dentro de la jurisdicción del tribunal juvenil, que puede declarar a esa persona como un menor bajo la tutela del tribunal.
- Código de Bienestar e Instituciones de California Sección 202.
- Farrell v. Harper, Demanda enmendada por medidas cautelares y declaratorias, No. RG03079344, Tribunal Superior de Alameda, 17 de septiembre de 2003.
- Justicia Juvenil en una Encrucijada: El Futuro del Proyecto de Ley 81 del Senado en California, por Noor Dawood, Oficina de Leyes de Prisiones, enero de 2009, Resumen Ejecutivo, p. i. (“A medida que los esfuerzos de reforma han progresado, los costos ya inmensos de alojar a jóvenes en instituciones de DJJ han aumentado drásticamente, llegando a aproximadamente $226,000 por joven en el año fiscal 2007-2008. Esta carga financiera insostenible finalmente llevó al estado a buscar la ‘reubicación’ de la justicia juvenil a través del SB 81, un cambio convenientemente sincronizado con el llamado de los defensores de la justicia juvenil a largo plazo para reducir el tamaño de DJJ con fines de rehabilitación…. La nueva ley se destaca por encima de intentos anteriores de reducir las admisiones estatales en la justicia juvenil ya que combina las nuevas restricciones con una inversión significativa en la capacidad de justicia juvenil local. Para apoyar el papel ampliado de los condados, SB 81 establece la Subvención de Bloque para Delincuentes Juveniles (YOBG), una nueva subvención estatal anual valorada en $93 millones a plena madurez. Además, se pondrán a disposición de los condados $100 millones en bonos de ingresos de arrendamiento para costos relacionados con la construcción o mejora de ‘instalaciones de rehabilitación para delincuentes juveniles locales’.”)
- Ver nota al pie 5, supra.
- Código de Bienestar e Instituciones de California Sección 707(b) establece: “La subdivisión (c) será aplicable en cualquier caso en el que se alegue que un menor es una persona descrita en la Sección 602 por motivo de la violación de uno de los siguientes delitos: (1) Asesinato. (2) Incendio provocado, según lo dispuesto en la subdivisión (a) o (b) de la Sección 451 del Código Penal. (3) Robo. (4) Violación con fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal. (5) Sodomía por fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenaza de gran daño corporal. (6) Un acto lascivo o lascivo según lo dispuesto en la subdivisión (b) de la Sección 288 del Código Penal. (7) Copulación oral por fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenaza de gran daño corporal. (8) Un delito especificado en la subdivisión (a) de la Sección 289 del Código Penal. (9) Secuestro por rescate. (10) Secuestro con fines de robo. (11) Secuestro con daño corporal. (12) Intento de asesinato. (13) Asalto con un arma de fuego o dispositivo destructivo. (14) Asalto por cualquier medio de fuerza que pueda producir lesiones corporales graves. (15) Descarga de un arma de fuego en un edificio habitado u ocupado. (16) Un delito descrito en la Sección 1203.09 del Código Penal. (17) Un delito descrito en la Sección 12022.5 o 12022.53 del Código Penal. (18) Un delito grave en el que el menor usó personalmente un arma descrita en cualquier disposición enumerada en la Sección 16590 del Código Penal. (19) Un delito grave descrito en la Sección 136.1 o 137 del Código Penal. (20) Fabricación, mezcla o venta de media onza o más de una sal o solución de una sustancia controlada especificada en la subdivisión (e) de la Sección 11055 del Código de Salud y Seguridad. (21) Un delito violento, según lo definido en la subdivisión (c) de la Sección 667.5 del Código Penal, que también constituiría una violación grave de la subdivisión (b) de la Sección 186.22 del Código Penal. (22) Fuga, mediante el uso de la fuerza o la violencia, de un centro juvenil del condado, hogar, rancho, campamento o campamento forestal en violación de la subdivisión (b) de la Sección 871 si se inflige intencionalmente un daño corporal grave a un empleado de la instalación juvenil durante la comisión de la fuga. (23) Tortura según lo descrito en las Secciones 206 y 206.1 del Código Penal. (24) Mayhem agravado, según lo descrito en la Sección 205 del Código Penal. (25) Robo de vehículo, según lo descrito en la Sección 215 del Código Penal, mientras se está armado con un arma peligrosa o mortal. (26) Secuestro con fines de agresión sexual, como se castiga en la subdivisión (b) de la Sección 209 del Código Penal. (27) Secuestro castigado en la Sección 209.5 del Código Penal. (28) El delito descrito en la subdivisión (c) de la Sección 26100 del Código Penal. (29) El delito descrito en la Sección 18745 del Código Penal. (30) Homicidio voluntario, según lo descrito en la subdivisión (a) de la Sección 192 del Código Penal.”
- Código de Bienestar e Instituciones de California Sección 607. SB 135 (2023).
- La Sección 725 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: “Después de recibir y considerar la evidencia sobre la disposición adecuada del caso, el tribunal puede dictar sentencia de la siguiente manera: (a) Si el tribunal ha determinado que el menor es una persona descrita en la Sección 601 o 602, por haber cometido un delito distinto a cualquiera de los delitos establecidos en la Sección 654.3, puede, sin declarar al menor como un pupilo del tribunal, colocarlo en libertad condicional, bajo la supervisión del oficial de libertad condicional, por un período no superior a seis meses. La libertad condicional del menor incluirá las condiciones requeridas en la Sección 729.2, excepto en cualquier caso en que el tribunal haga una determinación y declare en el registro sus razones por las cuales cualquiera de esas condiciones sería inapropiada. Si el delito involucró la posesión, uso o suministro ilegal de una sustancia controlada, según se define en el Capítulo 2 (comenzando con la Sección 11053) de la División 10 del Código de Salud y Seguridad, una violación de la subdivisión (f) de la Sección 647 del Código Penal, o una violación de la Sección 25662 del Código de Negocios y Profesiones, la libertad condicional del menor incluirá las condiciones requeridas por la Sección 729.10. Si el menor no cumple con las condiciones de libertad condicional impuestas, el tribunal puede ordenar y declarar al menor como un pupilo del tribunal. (b) Si el tribunal ha determinado que el menor es una persona descrita en la Sección 601 o 602, puede ordenar y declarar al menor como un pupilo del tribunal.”
- La Sección 729.2 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: “Si se determina que un menor es una persona descrita en la Sección 601 o 602 y el tribunal no retira al menor de la custodia física del padre o tutor, el tribunal, como condición de libertad condicional, excepto en cualquier caso en que el tribunal haga una determinación y declare en el registro que esa condición sería inapropiada, deberá: (a) Requerir que el menor asista a un programa escolar aprobado por el oficial de libertad condicional sin ausencia. (b) Requerir que los padres o tutores del menor participen con el menor en un programa de asesoramiento o educación, incluyendo, pero no limitado a, educación para padres y programas de crianza operados por colegios comunitarios, distritos escolares u otras agencias apropiadas designadas por el tribunal o el departamento de libertad condicional, a menos que el menor haya sido declarado un menor dependiente del tribunal de conformidad con la Sección 300 o una petición para declarar al menor como un menor dependiente del tribunal de conformidad con la Sección 300 esté pendiente. (c) Requerir que el menor esté en su residencia legal entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m., a menos que el menor esté acompañado por su padre o padres, tutor legal u otra persona adulta que tenga la custodia legal del menor.”
- La Sección 790 del Código de Bienestar e Instituciones de California.
- Martha C. v. Superior Court, 108 Cal.App.4th 556, 562 (2003) (“En este caso, el departamento de libertad condicional concluyó que Martha se beneficiaría de la educación, el tratamiento y la rehabilitación. Los comentarios del tribunal sugieren que estuvo de acuerdo. Sin embargo, el tribunal negó la DEJ porque quería enviar un mensaje a otros posibles traficantes de drogas juveniles de que habría consecuencias permanentes derivadas de tal actividad criminal. Esta no fue una base apropiada para negar la DEJ ya que no tenía nada que ver con el potencial de rehabilitación de Martha. Si bien un tribunal podría encontrar que las circunstancias de un delito indican que un menor no es susceptible de rehabilitación (ver en general In re Sergio R., supra, 106 Cal.App.4th en p. 607), y sobre esa base negar la DEJ, no puede hacerlo como medio para disuadir la actividad criminal de otros.”)
- La Sección 727 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: “(a) Cuando un menor es declarado como un dependiente del tribunal por el motivo de ser una persona descrita en la Sección 601 o 602, el tribunal puede hacer cualquier y todas las órdenes razonables para el cuidado, supervisión, custodia, conducta, mantenimiento y apoyo del menor, incluyendo tratamiento médico, sujeto a una orden posterior del tribunal…. A discreción del tribunal, un dependiente puede ser ordenado a estar en libertad condicional sin la supervisión del oficial de libertad condicional. El tribunal, al hacerlo, puede imponer al dependiente cualquier y todas las condiciones razonables de comportamiento que sean apropiadas bajo esta disposición. Un menor que ha sido declarado como dependiente del tribunal por la comisión de cualquiera de los delitos descritos en la subdivisión (b) o el párrafo (2) de la subdivisión (d) de la Sección 707, la Sección 459 del Código Penal, o la subdivisión (a) de la Sección 11350 del Código de Salud y Seguridad, no será elegible para libertad condicional sin la supervisión del oficial de libertad condicional. Un menor que ha sido declarado como dependiente del tribunal por la comisión de cualquier delito relacionado con la venta o posesión para la venta de una sustancia controlada, excepto delitos menores relacionados con la marihuana, como se especifica en el Capítulo 2 (comenzando con la Sección 11053) de la División 10 del Código de Salud y Seguridad, o de un delito en violación de la Sección 12220 del Código Penal, será elegible para libertad condicional sin la supervisión del oficial de libertad condicional solo cuando el tribunal determine que los intereses de la justicia se verían mejor servidos y declare las razones en el registro para esa determinación. En todos los demás casos, el tribunal ordenará que el cuidado, custodia y control del menor esté bajo la supervisión del oficial de libertad condicional, quien puede colocar al menor en cualquiera de los siguientes lugares: (1) El hogar aprobado de un pariente, o el hogar aprobado de un miembro de la familia extendida no pariente según se define en la Sección 362.7. Cuando se haya tomado una decisión para colocar al menor en el hogar de un pariente, el tribunal puede autorizar al pariente a dar su consentimiento legal para el cuidado médico, quirúrgico y dental y la educación del menor como si el cuidador pariente fuera el padre custodio del menor. (2) Una instalación de cuidado comunitario con licencia adecuada. (3) Con una agencia de familias de crianza para ser colocado en un hogar de crianza con licencia adecuada o un hogar familiar certificado que haya sido certificado por la agencia como que cumple con los estándares de licencia…. (b) Cuando un menor ha sido declarado como dependiente del tribunal por el motivo de ser una persona descrita en la Sección 601 o 602 y el tribunal encuentra que se ha dado aviso de acuerdo con la Sección 661, y cuando el tribunal ordena que un padre o tutor retenga la custodia de ese menor ya sea sujeto o sin la supervisión del oficial de libertad condicional, se puede requerir que el padre o tutor participe con ese menor en un programa de asesoramiento o educación, incluyendo, pero no limitado a, educación para padres y programas de crianza operados por colegios comunitarios, distritos escolares u otras agencias apropiadas designadas por el tribunal. (c) El tribunal de menores puede dirigir cualquier y todas las órdenes razonables a los padres y tutores del menor que sea el sujeto de cualquier procedimiento bajo este capítulo, como el tribunal considere necesario y apropiado para llevar a cabo las subdivisiones (a) y (b), incluyendo órdenes para comparecer ante un oficial de evaluación financiera del condado y órdenes que dirijan a los padres o tutores a asegurar la asistencia regular del menor a la escuela y hacer esfuerzos razonables para obtener servicios educativos apropiados necesarios para satisfacer las necesidades del menor. Cuando se ordenen servicios de asesoramiento u otro tratamiento para el menor, se ordenará que el padre, tutor o padre de crianza participe en esos servicios, a menos que el tribunal considere que la participación del padre, tutor o padre de crianza sea inapropiada o potencialmente perjudicial para el niño”.
- La Sección 730 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece: “(a) Cuando un menor es declarado como un menor bajo la tutela de la corte por el motivo de ser una persona descrita en la Sección 602, la corte puede ordenar cualquiera de los tipos de tratamiento mencionados en la Sección 727, y como una alternativa adicional, puede comprometer al menor a un hogar juvenil, rancho, campamento o campamento forestal. Si no hay un hogar juvenil, rancho, campamento o campamento forestal del condado dentro del condado, la corte puede comprometer al menor a la cárcel juvenil del condado. (b) Cuando un menor descrito en la subdivisión (a) es puesto bajo la supervisión del oficial de libertad condicional o comprometido al cuidado, custodia y control del oficial de libertad condicional, la corte puede hacer cualquier y todas las órdenes razonables para la conducta del menor, incluyendo el requisito de que el menor trabaje y gane dinero para el sustento de sus dependientes o para efectuar reparaciones y, en ambos casos, que el menor lleve un registro de sus ganancias e informe. La corte puede imponer y requerir cualquier y todas las condiciones razonables que determine adecuadas y apropiadas para que se haga justicia y se mejore la reforma y rehabilitación del menor. (c) Cuando un menor descrito en la subdivisión (a) es puesto bajo la supervisión del oficial de libertad condicional o comprometido al cuidado, custodia y control del oficial de libertad condicional, y se le requiere como condición de libertad condicional participar en servicio comunitario o limpieza de grafitis, la corte puede imponer una condición de que si el menor falla de manera irrazonable en asistir o se va de manera irrazonable antes de completar las horas diarias asignadas de servicio comunitario o limpieza de grafitis, un oficial de policía puede detener al menor con el propósito de devolverlo al lugar del servicio comunitario o limpieza de grafitis.”
- Campamentos y Ranchos de Libertad Condicional del Condado para Delincuentes Juveniles, Marcus Nieto, Oficina de Investigación de California, noviembre de 2008, p. 13.
- Sección 733 del Código de Bienestar e Instituciones de California.
- Ver Reglas de la Corte de California 4.414(b) (criterios que afectan la libertad condicional) y 4.421(b) (circunstancias agravantes).