El Código Penal § 186.22 es la principal ley de California que prohíbe la actividad criminal de pandillas callejeras. Participar en una pandilla es un cargo separado, mientras que cometer un delito para el beneficio de una pandilla aumenta tu pena por el delito subyacente.
Aquí hay cinco cosas clave que saber:
- Las pandillas se definen como grupos de 3 o más personas que tienen un nombre común y cometen delitos como una de sus principales actividades.
- Participar en una pandilla puede ser procesado como un delito menor o un delito grave y conlleva hasta 3 años de prisión.
- Si cometes cualquier delito para el beneficio de una pandilla, tu sentencia se incrementará en cualquier lugar de 3 años hasta la vida en prisión.
- Las defensas comunes a los cargos de PC 186.22 son que (a) no eras miembro de una pandilla o (b) no actuaste para el beneficio de la pandilla.
- Los miembros de las pandillas también enfrentan una sentencia más dura si el delito fue un delito de odio, fue un golpe, o causó a alguien gran lesión corporal.
Ejemplos
- dos miembros de una pandilla cometen un delito violento como agresión con un arma mortal.
- un no miembro de una pandilla secuestrando a otra persona para el beneficio de una pandilla.
- un miembro de una pandilla participando en un delito grave de lavado de dinero a la dirección de otro miembro de la pandilla.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California la “participación en una pandilla callejera criminal”?
- 2. ¿Cuál es la mejora de la sentencia de la pandilla bajo PC 186.22?
- 3. ¿Hay defensas legales?
- 4. ¿Cuáles son las penas?
- 5. ¿Hay leyes relacionadas?
- Recursos adicionales
1. ¿Cómo define la ley de California la “participación en una pandilla callejera”?
Un fiscal debe probar lo siguiente para lograr una condena por participar en una pandilla callejera según el PC 186.22a:
- que usted “participó activamente” en una pandilla callejera,
- que supiera que los miembros de la pandilla cometían un patrón de delitos de pandilla,1 y
- que ayudara, promoviera o fomentara intencionalmente el delito grave cometido por los miembros de la pandilla.2
Para los propósitos de esta ley, la “participación activa” en las actividades de la pandilla significa que participa de esas actividades de una manera que no sea meramente pasiva o solo de nombre.3
Además, una “pandilla callejera criminal” se define como cualquier organización o grupo de tres o más personas que:
- tenga un nombre común o un signo o símbolo identificativo,
- tenga, como una de sus principales actividades, la comisión de una larga lista de delitos penales de California, y
- esté involucrada en un patrón de actividad de pandilla criminal, ya sea solo o en conjunto.4
2. ¿Cuál es el aumento de la sentencia de pandilla bajo PC 186.22b?
El aumento de la pandilla bajo el PC 186.22b requiere que el fiscal demuestre que:
- usted cometió o intentó un delito para el beneficio de, bajo la dirección de o en asociación con una pandilla callejera criminal,5 y
- cuando cometió el delito, tenía la intención de ayudar, promover o fomentar la conducta relacionada con la pandilla criminal.6
Tenga en cuenta que un fiscal debe condenarlo por el delito subyacente para que se aplique este aumento. Esto significa que el fiscal debe demostrar con éxito todos los elementos de ese delito, así como los elementos enumerados anteriormente.7
A diferencia del PC 186.22a, no se le requiere que sea un “participante activo” en una pandilla cuando cometió el delito.8
3. ¿Hay defensas legales?
Durante décadas en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de jóvenes acusados de actividad relacionada con pandillas. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas son especialmente persuasivas con jueces, jurados y fiscales al luchar por reducciones y desestimaciones de cargos.
3.1. No hay delito subyacente
Estás sujeto a la ley de refuerzo de pandillas solo si realmente cometes un delito (como robo calificado o extorsión). Esto significa que siempre podemos tratar de evitar un refuerzo mostrando que nunca cometiste ningún delito específico.
Para reforzar nuestro caso, trataríamos de convencer a los fiscales de que tienen evidencia insuficiente para probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Podemos hacer esto señalando todos los huecos en su caso, como imágenes de video granuladas o declaraciones contradictorias de testigos.
3.2. No es un participante activo en una pandilla
No eres culpable bajo el PC 186.22a a menos que cometas un delito y también seas un miembro activo de una pandilla callejera. Una defensa entonces es mostrar la ausencia de cualquier afiliación a una pandilla. O, puedes decir que eras solo un miembro pasivo de una pandilla, o un miembro solo de nombre.
En nuestra experiencia, el D.A. a menudo tiene un tiempo difícil demostrando la afiliación activa a una pandilla. Incluso si pasaste tiempo con otros miembros de la pandilla, eso no prueba la participación activa; simplemente que tenías amigos en la pandilla.
3.3. No actuar por el beneficio de una pandilla
No estás sujeto al refuerzo de pandillas a menos que cometas un delito por el beneficio de una pandilla. Por lo tanto, puedes tratar de evitar el refuerzo mostrando que no cometiste un delito para beneficiar o ayudar a una pandilla callejera.
De nuestro trabajo defendiendo a personas que enfrentan cargos de pandillas, esta suele ser la defensa más efectiva porque el fiscal no puede mostrarle a un jurado lo que está sucediendo dentro de su cabeza. Si podemos convencer a los fiscales de que no pueden probar su intención más allá de una duda razonable, pueden acordar desestimar todo el caso.
4. ¿Cuáles son las penas?
4.1. Penas bajo el PC 186.22a
Una violación del PC 186.22a es un delito oscilante. Un fiscal puede acusar un delito oscilante como ya sea un delito menor o un delito grave.
Un delito menor, según este estatuto, es sancionable con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.9
Un delito grave es sancionable con:
- custodia en la prisión estatal por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.10
4.2. Penas bajo el PC 186.22b
La cantidad de tiempo adicional de prisión que recibirá bajo el aumento de la sentencia por pandillas dependerá de los hechos particulares del caso.
Por ejemplo, puede recibir una pena de prisión adicional de hasta:
- cuatro años si cometió un delito genérico,
- cinco años si cometió un delito grave,
- 10 años si cometió un delito violento, y
- 15 años a cadena perpetua si cometió uno de los delitos específicos mencionados en el lenguaje de la ley (un ejemplo es el robo de invasión a la vivienda, según el Código Penal 213).11
Además, si su condena subyacente es por un delito que sea sancionable con cadena perpetua, se le impondrá una pena de cadena perpetua. En este caso, no ganará crédito hacia su eligibilidad de libertad condicional de California hasta que haya cumplido un mínimo de 15 años.12
5. ¿Existen leyes relacionadas?
5.1. Aumento de la pena por delito de odio – PC 422.75
De acuerdo con el Código Penal 422.75, el aumento de la pena por delito de odio se aplica cuando:
- se le condena de un delito grave, y
- ese delito grave también se demuestra que es un delito de odio.
A diferencia del aumento de la pandilla, el aumento máximo que un juez puede imponer bajo esta ley es una pena adicional de cuatro años de prisión.
5.2. Ley 10-20-vida – PC 12022.53
De acuerdo con el Código Penal 12022.53, la ley 10-20-vida se aplica cuando se comete un delito grave y se usa un arma en la comisión de ese delito.
Al igual que con el aumento de la pandilla, podría enfrentar una pena de prisión de por vida bajo esta ley. La pena se impone si mata o lesiona gravemente a otra persona con un arma mientras comete un delito grave.
5.3. Aumento de lesiones graves – PC 12022.7
De acuerdo con el Código Penal 12022.7, el aumento de lesiones graves se aplica cuando inflige una lesión significativa o sustancial a una víctima en la comisión de un delito grave.
La máxima mejora que se puede imponer bajo esta ley es de seis años de prisión. Al igual que con la mejora relacionada con pandillas bajo PC 186.22, usted cumple el tiempo adicional de prisión bajo esta ley inmediatamente después de la sentencia por el delito subyacente.
Recursos adicionales
Para obtener información sobre la prevención de la violencia de pandillas, consulte lo siguiente:
- Centro Nacional de Pandillas – Un programa del Departamento de Justicia de los Estados Unidos que realiza investigaciones, recopila datos y brinda capacitación y recursos para informar los esfuerzos para prevenir y intervenir contra la violencia de pandillas y los delitos.
- Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia – Programa gubernamental que apoya a los estados, comunidades locales y jurisdicciones tribales en sus esfuerzos para desarrollar e implementar programas efectivos para los jóvenes a través de investigaciones, subvenciones y asistencia técnica.
- Prevención de pandillas: una visión general de la investigación y los programas – Un artículo de Youth.gov sobre cómo las organizaciones tratan de prevenir pandillas y violencia de pandillas.
- Homeboy Industries – El programa de rehabilitación y reinserción de pandillas más grande del mundo.
- Prevención de pandillas – Lista de políticas estatales de California desarrolladas por la Asociación Nacional de Juntas de Educación (NASBE).
Referencias legales:
-
(Enmendado (según enmendado por Stats. 2017, Ch. 561, Sec. 178) por Stats. 2021, Ch. 699, Sec. 3. (AB 333) Vigente a partir del 1 de enero de 2022. Derogado a partir del 1 de enero de 2023, por sus propias disposiciones. Véase la versión operativa posterior, según enmendada por Sec. 4 de Stats. 2021, Ch. 699.)
- Instrucciones de jurado criminal de California del Consejo Judicial (“CALCRIM”) No. 1400 – Participación activa en una pandilla callejera. Vea también People v. Mesa (2012), 54 Cal.4th 191; y, People v. Valencia (2021), 11 Cal.5th 818.
- Vea, por ejemplo, People v. Castenada (2000), 23 Cal.4th 743.
- CALCRIM No. 1400. Vea también People v. Duran (2002), 97 Cal.App.4th 1448.
- Vea, por ejemplo, People v. Gonzalez (2021), 59 Cal.App.5th 643.
- CALCRIM No. 1401 – Delito grave o delito menor cometido por beneficio de una pandilla callejera. Vea también People v. Albillar (2010), 51 Cal.4th 47.
- CALCRIM No. 1401.
- In re Ramon T. (1997), 57 Cal.App.4th 201. Vea también People v. Gonzales (2011) 199 Cal.App.4th 219; y, People v. Vargas (2020), 9 Cal.5th 793.
- Código Penal de California 186.22a PC. Tenga en cuenta que esta sección de código fue promulgada como parte de la Ley de Prevención y Enfrentamiento del Terrorismo Callejero o, la Ley STEP).
- Código Penal de California 186.22a PC. Vea también el Código Penal de California 672 PC.
- Código Penal de California 186.22b PC. Vea también Proyecto de Ley de la Asamblea 333 (2021).
- Vea lo mismo.
Vea también People v. Prunty (2015), 62 Cal.4th 59.