Código Penal de California § 137 PC hace que sea un delito dar (o ofrecer dar) un soborno a un testigo con el propósito de influir en el testimonio o declaraciones de la persona a la policía. Hacerlo es un delito grave castigable con hasta cuatro años de prisión.
Mientras que esta ley hace que sea un delito para alguien sobornar a un testigo, Código Penal 138 PC hace que sea un delito criminal para un testigo aceptar un soborno.
El lenguaje de PC 137 establece que:
(a) Toda persona que da o ofrece, o promete dar, a cualquier testigo, persona a punto de ser llamada como testigo, o persona a punto de dar información material relacionada con un delito a un oficial de la ley, cualquier soborno, con cualquier entendimiento o acuerdo de que el testimonio de dicho testigo o información dada por dicha persona será influenciada de esta manera, es culpable de un delito grave.
(b) Toda persona que intenta por la fuerza o amenaza de fuerza o por el uso de fraude inducir a cualquier persona a dar testimonio falso o retener testimonio verdadero o dar información material falsa relacionada con un delito a, o retener información material verdadera relacionada con un delito de, un oficial de la ley, es culpable de un delito grave, castigable con prisión de acuerdo a la subdivisión (h) de la Sección 1170 por dos, tres o cuatro años.
Como se usa en esta subdivisión, “amenaza de fuerza” significa una amenaza creíble de lesión ilegal a cualquier persona o daño a la propiedad de otra que se comunica a una persona con el propósito de inducirlo a dar testimonio falso o retener testimonio verdadero o dar información material falsa relacionada con un delito a, o retener información material verdadera relacionada con un delito de, un oficial de la ley.
(c) Toda persona que induce intencionalmente a otra persona a dar testimonio falso o retener testimonio verdadero no privilegiado por la ley o dar información material falsa relacionada con un delito a, o retener información material verdadera relacionada con un delito de, un oficial de la ley, es culpable de un delito menor.
(d) En la audiencia de presentación de cargos, al mostrar causa para creer que esta sección puede ser violada, el tribunal, a petición de una parte, deberá amonestar a la persona a quien hay causa para creer que puede violar esta sección y anunciar las penas y otras disposiciones de esta sección.
(e) Como se usa en esta sección, “oficial de la ley” incluye a cualquier fiscal de distrito, fiscal de distrito adjunto, fiscal de la ciudad, fiscal de la ciudad adjunto, el Fiscal General o cualquier fiscal adjunto, o cualquier oficial de la paz incluido en el Capítulo 4.5 (comenzando con la Sección 830) del Título 3 de la Parte 2.
(f) Las disposiciones de la subdivisión (c) no se aplicarán a un abogado aconsejando a un cliente o a una persona aconsejando a un miembro de su familia.
“Cada persona que da o ofrece, o promete dar, a cualquier testigo, o a una persona a punto de ser llamada como testigo, o a una persona a punto de dar información material relacionada con un delito a un funcionario de aplicación de la ley, cualquier soborno … es culpable de un delito grave”.
Ejemplos de actos ilegales
- dar a un testigo 10.000 dólares para que mienta sobre haber visto a un acusado en el lugar del delito.
- entregar a un testigo experto un cheque en blanco para falsear su testimonio sobre evidencia de ADN.
- pagar a un antiguo empleado/testigo para que retire su denuncia de acoso en un juicio por acoso laboral.
Defensas Legales
Una persona siempre puede alegar una defensa legal para desafiar un cargo de soborno a un testigo. Algunas defensas comunes incluyen:
- el acusado no ofreció un soborno a un “testigo”,
- el acusado no mostró una intención corrupta, y
- tentativa.
Penas
Una violación del Código Penal de California, sección 137, es un delito grave. Esto se opone a un delito menor o una infracción.
El delito es castigable con:
- prisión en prisión estatal por hasta cuatro años, y/o
- probación de delito (o formal).
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es un delito bajo el Código Penal 137?
- 2. ¿Puede un acusado alegar una defensa legal?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Puede una persona obtener una condena de soborno expurgada?
- 5. ¿Hay delitos relacionados?

El Código Penal 137 PC hace que sea un delito para una persona dar, o ofrecer dar, cualquier soborno a un testigo con el fin de influir en su testimonio.
1. ¿Qué es un delito bajo el Código Penal 137?
Un fiscal tiene que probar los siguientes elementos para lograr condenar a una persona bajo esta estatuta:
- el acusado dio o ofreció un soborno a un testigo (o a una persona a punto de ser llamada como testigo, o a una persona a punto de dar información material a un funcionario de aplicación de la ley sobre un delito), y
- El acusado actuó con la intención corrupta de persuadir al testigo o persona para que acordara que el soborno influiría ilegalmente en su testimonio o información. 1
Una persona actúa con “intención corrupta” cuando actúa para obtener indebidamente una ventaja financiera u otra para:
- él mismo,
- ella misma, o
- alguien más. 2
2. ¿Puede un acusado alegar una defensa legal?
Nuestros abogados de defensa penal aconsejan a los clientes que pueden plantear una defensa legal para desafiar un cargo de soborno. Algunas defensas efectivas incluyen que un acusado demuestre que:
- no ofreció un soborno a un “testigo”,
- no actuó con intención corrupta, y
- fue víctima de una trampa.
2.1 Sin testigo
Recuerde que esta ley solo se aplica al soborno de:
- un testigo,
- una persona a punto de ser llamada como testigo, 3 y
- personas a punto de dar información material a la aplicación de la ley.
Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que no ofreció un soborno a una de estas partes. Sin embargo, el acusado todavía podría ser acusado bajo otra ley de soborno de California.
2.2 Sin intención corrupta
También recuerde que una persona solo es culpable bajo PC 137 si actuó con intención corrupta. Por lo tanto, un acusado siempre puede demostrar que no actuó con este propósito.
2.3 Trampa
Esta es una defensa común cuando una persona es acusada como parte de una operación encubierta. La defensa afirma que el acusado solo cometió un delito porque fue atraído a hacerlo por un agente de la paz. Es una defensa aceptable siempre que el acusado demuestre que solo cometió el delito a causa de la atracción.

Una condena puede llevar a una sentencia de prisión.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de esta ley es un delito grave.4
Un juez puede sentenciar a un acusado a:
- custodia en prisión estatal (en lugar de cárcel del condado) por hasta cuatro años, o
- probación de delito.
Tenga en cuenta que con respecto a los no ciudadanos, una condena por soborno podría dar lugar a deportación.5
4. ¿Puede una persona obtener una condena por soborno expuesta?
Un acusado condenado por soborno puede obtener una expulsión siempre que reciba la libertad condicional en lugar de la prisión.
La ley de California dice que las personas no pueden obtener una condena expuesta si un delito da lugar a una sentencia de prisión.
5. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con esta estatuta. Estos son:
- soborno por o de funcionarios ejecutivos – PC 67 y 68,
- soborno por o de legisladores – PC 85 y 86
- soborno por o de jueces y jurados – PC 92 y 93
5.1 Soborno por o de funcionarios ejecutivos – PC 67 y 68
Código Penal 67 y Código Penal 68 son las leyes de California que prohíben el soborno por o de un funcionario ejecutivo.
Tenga en cuenta que el tema de esta ley es diferente de PC 137. Mientras que este último se centra en el soborno de testigos, esta estatuta se refiere a los funcionarios ejecutivos.
5.2 Soborno por o de legisladores – PC 85 y 86
Código Penal 85 PC y Código Penal 86 PC son las leyes de California que se refieren al soborno por o de legisladores.
Al igual que las condenas por PC 137, las condenas bajo estas leyes se acusan como delitos graves.
5.3 Soborno por o de jueces y jurados – PC 92 y 93
Código Penal 92 PC y Código Penal 93 PC son las leyes de soborno de California que hacen del soborno por o de jueces y jurados un delito.
Como con el Código Penal de California 137, los acusados son culpables solo bajo estas leyes si actúan con intención corrupta.
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Referencias legales:
- CALCRIM No. 2610 – Dar o ofrecer un soborno a un testigo. Instrucciones de jurado criminal del Consejo Judicial de California (edición de 2017).
- Ver mismo. Véase también People v. Gliksman (1978) 78 Cal.App.3d 343.
- Ver, por ejemplo, People v. Broce (1977) 76 Cal.App.3d 71.
- Código Penal de California 137 PC.
- Cordes v. Gonzales (2005) 421 F.3d 889.