La Comisión de Credencialización de Maestros de California (CTC) suspende o revoca automáticamente su credencial de enseñanza si usted es condenado por:
- delitos sexuales que requieren registro según el Código Penal § 290;
- delitos graves o delitos violentos como asesinato, homicidio voluntario, agresión sexual, abuso infantil o robo; o
- delitos relacionados con drogas como transportar una sustancia controlada con la intención de venderla.
Aquí hay tres cosas clave que saber:
- La CTC también puede tomar medidas disciplinarias si usted es condenado por un delito que indique que no es apto para enseñar.
- Si su condena no conduce a la suspensión/revocación automática de su credencial, puede tener una audiencia administrativa antes de que la CTC pueda tomar cualquier medida disciplinaria.
- La CTC puede rechazar su solicitud para convertirse en maestro si ha sido condenado por ciertos delitos graves.
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Quién regula a los maestros en California?
- 2. ¿Alguna condena resulta en la suspensión o revocación automática de mis credenciales de enseñanza?
- 3. ¿Qué hay de otras condenas criminales?
- 4. ¿Puedo asistir a mi audiencia administrativa?
- 5. ¿Qué es una “condena” para fines de disciplina docente?
- 6. ¿Puedo recibir una credencial de enseñanza con un historial criminal?
- 7. ¿Cómo puede ayudar un abogado?
1. ¿Quién regula a los maestros de la escuela en California?
Como maestro de California, estás licenciado y regulado por la Comisión de Credenciales Docentes (CTC) – una agencia dentro del poder ejecutivo del estado.1
Dentro de la Comisión, el Comité de Credenciales revisa sus casos disciplinarios, incluidos los basados
- denegarle una credencial de enseñanza,
- revocar o suspender su credencial,
- ponerlo en prueba administrativa, o
- emitirle una advertencia.2
2. ¿Alguna condena resulta en la suspensión o revocación automática de mis credenciales de enseñanza?
Sí. El Código de Educación de California 44424 establece una variedad de condenas criminales que resultarán en la suspensión o revocación automática de su credencial de enseñanza.
Algunos ejemplos incluyen condenas por:
- un delito sexual que requiere registro de delincuente sexual de acuerdo con el Código Penal 290 (como agresión sexual),
- un delito grave o violento como secuestro, extorsión o incendio, o
- ciertos delitos relacionados con drogas, como vender drogas.
Tenga en cuenta que no se pueden retener los credenciales de enseñanza debido a sus condenas expurgadas por posesión de drogas que tengan más de cinco años.3
3. ¿Qué hay de otras condenas criminales?
De acuerdo con la ley de California, una condena por un delito que no esté específicamente enumerado en EDC 44424 todavía puede ser la base para la disciplina del maestro siempre y cuando indique que usted no es apto para enseñar. Se puede imponer disciplina por condenas por delitos menores o delitos mayores.
Al hacer una determinación de aptitud, el Comité considerará:
- el impacto de su conducta en los estudiantes,
- la proximidad o remoteness en el tiempo de su conducta,
- el tipo de credencial en cuestión,
- las circunstancias atenuantes o agravantes,
- la merecimiento o culpa de los motivos,
- la probabilidad de recurrencia
- la extensión en la que la disciplina puede enfriar los derechos constitucionales, y
- la publicidad o notoriedad dada a su conducta.4
Ejemplo: Un maestro de 5º grado de una escuela pública recibe tres condenas por DUI a lo largo de varios años. Las condenas no resultan automáticamente en la suspensión o revocación de la credencial del maestro. Sin embargo, el CTC investiga el asunto y cuestiona la aptitud del maestro para seguir enseñando.
La Comisión considera los factores anteriores para determinar el nivel de aptitud del maestro y si debe imponer disciplina.
Finalmente, el CTC decide disciplinar al profesor. Destaca el hecho de que los estudiantes del profesor probablemente perderían el respeto por el profesor y una de las condenas fue por un delito agravado.5
4. ¿Puedo asistir a mi audiencia administrativa?
Sí. La audiencia es como un juicio en el tribunal que se lleva a cabo en la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH). Un abogado adjunto del Departamento de Justicia de California representa al CTC, y un abogado defensor puede representarte (a tu propio costo).
Puedes presentar pruebas para demostrar tu caso. Por ejemplo, puedes ofrecer un certificado de rehabilitación para mostrar que, a pesar de una condena, todavía eres apto para enseñar.
El juez de ley administrativa (ALJ) probablemente recomendará una sanción si el CTC demuestra, con evidencia clara y convincente, que no eres apto para enseñar. La Comisión puede aprobar la recomendación, modificarla o rechazarla y hacer sus propias conclusiones.
Tenga en cuenta que tiene derecho a apelar la decisión de la Comisión presentando un escrito ante el Tribunal Superior. Si la Comisión decide suspender o revocar su credencial, puede intentar solicitar al CTC la rehabilitación.
5. ¿Qué es una “condena” para fines de disciplina docente?
El término “condena” incluye:
- condenas por delitos y faltas obtenidas a través de declaraciones de culpabilidad y veredictos o “declaraciones de no contienda” una vez que se ha ingresado la sentencia.6
Tenga en cuenta que la Comisión incluso puede tomar medidas disciplinarias si completa con éxito un programa de desviación judicial ordenado por el tribunal tras una condena.
En general, la Comisión puede actuar con respecto a una condena cuando:
- el tiempo para apelar ha pasado,
- la sentencia ha sido confirmada en apelación, o
- se hace una orden de libertad condicional.7
Tenga en cuenta que la falta de profesores se informa a la Comisión por:
- un superintendente o distrito escolar empleador,
- una escuela charter,
- informe público, o
- autoinforme (por ejemplo, su solicitud de enseñanza).8
El Departamento de Justicia también notificará a la Comisión cuando usted sea arrestado y/o condenado por un delito.9
6. ¿Puedo recibir una credencial de enseñanza con un registro criminal?
La respuesta depende del tipo de delito(s) por el que fue condenado.
De acuerdo con el Código de Educación de California 44830.1, el CTC puede negarse a emitir credenciales de enseñanza si usted fue condenado por:
- ciertos delitos sexuales,
- un delito de narcóticos (excepto para condenas por posesión de drogas expungidas que tengan más de cinco años de antigüedad), o
- un delito grave o violento.10
Tenga en cuenta que el CTC también puede negar credenciales si se determina que usted es:
- loco por un tribunal federal o estatal, o
- un delincuente sexual mentalmente desordenado bajo la ley.11
De acuerdo con el Código de Educación 44345, la Comisión también puede negar cualquier solicitud para la emisión de una credencial si usted:
- carece de las calificaciones adecuadas para ser maestro,
- está físicamente o mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes de un maestro,
- está adicto al alcohol,
- está adicto al uso de una sustancia controlada,
- ha cometido algún acto de mala fe,
- ha cometido fraude intencionalmente en su solicitud, o
- se niega a proporcionar evidencia de buen carácter moral.12
7. ¿Cómo puede ayudar un abogado?
Un abogado experto puede representarlo en su audiencia administrativa, ayudarlo a reunir la evidencia adecuada y presentarla al ALJ.
Los abogados también pueden ayudarlo a evitar condenas criminales. Si se le acusa de un delito, debe comunicarse inmediatamente con un abogado de defensa penal después de que el estado presente la acusación.
Un abogado puede ayudarlo a impugnar o defender contra la acusación para que sea desestimada. El abogado también puede trabajar con el fiscal para reducir la gravedad o la naturaleza de la acusación.
Referencias legales:
- Ver Código de Educación de California Sección 44000 y siguientes. Ver también Código de Regulaciones de California Título 5, División 8 (Comisión de Credenciales de Maestros). Tenga en cuenta que el CTC regula todos los tipos de maestros en los distritos escolares de California, incluidos los maestros de escuelas públicas, los maestros de escuelas privadas y los maestros de escuelas secundarias.
- Ver Código de Educación de California Sección 44421.
- Código de Educación de California 44424. Código de Educación de California 44346. SB-731.
- Código de Regulaciones de California Título 5, 80302.
- Broney v. Comisión de Credenciales de Maestros de California (2010) 184 Cal.App.4th 462.
- Código de Negocios y Profesiones de California Sección 4301.
- Ver lo mismo.
- Ver el sitio web del CTC, “Mala Conducta de Educadores.”
- Ver lo mismo.
- Ver Código de Educación de California 44830.1. Proyecto de ley del Senado 731 (2022) (entró en vigor en 2023).
- Ver lo mismo.