La ley de California hace que sea un delito penal poseer, usar, vender, transportar, fabricar o comerciar con metanfetamina. Las penas van desde cargos de delitos menores que permiten la desviación de drogas, hasta cargos de felonía que pueden llevar a años de prisión.
Hay siete delitos principales relacionados con la “metanfetamina” por los que puedes ser arrestado bajo la ley de California, dependiendo de los hechos específicos de un caso. Estos incluyen:
- estar bajo la influencia de una sustancia controlada, según el Código de Salud y Seguridad 11550,
- poseer metanfetamina, según el Código de Salud y Seguridad 11377,
- poseer metanfetamina para la venta, según el Código de Salud y Seguridad 11378,
- venta de metanfetamina, según el Código de Salud y Seguridad 11379,
- fabricación de drogas y narcóticos, según el Código de Salud y Seguridad 11379.6,
- transporte de metanfetamina, según el Código de Salud y Seguridad 11379, y
- tráfico de metanfetamina, según el Código de Salud y Seguridad 11379.
Ejemplos
- Usar metanfetamina en un concierto y ser encontrado por las autoridades bajo la influencia de la droga.
- Operar un laboratorio de metanfetamina en un garaje.
- Poner 20 gramos de metanfetamina en un coche y conducir a un “punto de encuentro” para vender las drogas a los clientes.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puedes alegar si se te acusa de un delito de drogas bajo cualquiera de las leyes de metanfetamina de California. Estos incluyen demostrar que:
- no tenías metanfetamina,
- fue arrestado tras una confesión forzada, y/o
- fue arrestado sin causa probable.
Penas
Una violación de las leyes anteriores se acusa principalmente como un delito grave (en lugar de una infracción o un delito menor). Las penas específicas pueden incluir:
- prisión en el juzgado de condado o en la prisión estatal durante hasta siete años, y/o
- una multa máxima de $50,000.
Tenga en cuenta que en lugar de la cárcel, un juez puede otorgarle probación de delito (o formal).
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa estar “bajo la influencia de una sustancia controlada?”
- 2. ¿Qué es “posesión de metanfetamina?”
- 3. ¿Qué es “posesión de metanfetamina para la venta?”
- 4. ¿Qué es “venta de metanfetamina?”
- 5. ¿Qué es “fabricación de drogas y narcóticos?”
- 6. ¿Qué es “transporte de metanfetamina?”
- 7. ¿Qué es “tráfico de metanfetamina?”
- 8. ¿Existen defensas legales para las acusaciones de violar una ley de metanfetamina de California?
Si te encuentran con metanfetamina para uso recreativo, es posible que puedas evitar la cárcel a través de un programa de desviación.
1. ¿Qué significa estar “bajo la influencia de una sustancia controlada?”
El Código de Salud y Seguridad 11550 HS es la ley de California que hace que sea un delito estar bajo la influencia de una sustancia controlada o una droga narcótica.1
“Sustancias controladas” sujetas a esta ley se enumeran en los artículos 11054-11058 del Código de Salud y Seguridad de California y en el artículo 11019 del Código de Salud y Seguridad. Algunas de las sustancias más comunes incluyen (pero no se limitan a):
- metanfetamina,
- heroína,
- cocaína y
- PCP.
La marihuana está específicamente excluida de HSC 11550. Las acusaciones de delitos relacionados con el uso y la posesión de marihuana se regulan por separado según las leyes de marihuana de California.
Una violación de HSC 11550 se acusa como una falta. El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.2
Tenga en cuenta que en lugar de la cárcel, un juez puede otorgarle probación por falta (o resumen). También tenga en cuenta que si tiene antecedentes penales, recibirá sentencias más duras que los delincuentes de primera vez.
2. ¿Qué es “posesión de metanfetamina”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11377 HS es la ley de drogas de California que establece que es un delito tener en posesión cualquier cantidad utilizable de metanfetamina u otros narcóticos para uso personal. La posesión de metanfetamina se llama posesión simple.3
“Posesión de drogas” generalmente significa que está sosteniendo una droga o tiene acceso a ella. Sostener es “posesión real”. Tener acceso se considera “posesión constructiva“.
Una violación de HSC 11377 se acusa como una falta. Un cargo de posesión es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.4
Tenga en cuenta que en lugar de la cárcel por un cargo de metanfetamina, un juez puede otorgarle probación por falta (o resumen). Esto a menudo implica un programa de desviación de drogas donde usted recibe tratamiento para drogas. Aprenda más sobre la Proposición 36 (Código Penal 1210.1 PC).
3. ¿Qué es “posesión de metanfetamina para la venta”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS establece que es una violación de la ley penal tener metanfetamina con la intención de venderla.5
Un fiscal debe probar cinco cosas para lograr una condena exitosa bajo el HSC 11378. Estos son que tú:
- poseías metanfetamina de cristal u otra sustancia controlada prohibida,
- sabías que poseías una droga,
- sabías que la droga era una sustancia controlada,
- poseías suficiente de la droga para venderla para su consumo, y
- poseías la droga con la intención específica de venderla.6
Una violación de esta estatuta es una felonía de California.
Las penas básicas por la posesión de metanfetamina con la intención de vender son:
- 16 meses, dos años o tres años en la cárcel, y/o
- una multa de hasta $10,000.7
Hacer o vender metanfetamina siempre es una felonía en California
4. ¿Qué es “venta de metanfetamina”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11379 HS hace que sea un delito vender metanfetamina. La estatuta también hace que sea un delito transportar metanfetamina para la venta.8
Otros actos ilegales bajo el HS 11379 incluyen dar metanfetamina o administrarla a otra persona. También violas la ley de venta/transporte de metanfetamina de California solo con ofrecer hacer cualquiera de estas cosas.9
Vender, transportar, regalar o administrar metanfetamina bajo el Código de Salud y Seguridad 11379 HS conlleva penas de felonía en California.
Las consecuencias básicas de una condena por venta de metanfetamina son:
- dos, tres o cuatro años en la cárcel, y/o
- una multa máxima de $10,000.10
5. ¿Qué es “fabricación de drogas y narcóticos”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11379.6 HS prohíbe la fabricación ilegal de drogas, narcóticos o sustancias controladas.11
Algunos ejemplos típicos de fabricación de narcóticos incluyen:
- operar un laboratorio de metanfetamina, o
- mezclar químicos “precursores” que se utilizan para fabricar otros narcóticos.
Una “sustancia controlada” es aquella cuyo fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la Ley de Estados Unidos “Sustancias Controladas”. Algunas sustancias controladas comúnmente fabricadas incluyen (pero no se limitan a):
- metanfetamina,
- heroína,
- cocaína,
- PCP y
- LSD.
Una violación de HSC 11379.6 se acusa como un delito en California. El delito es castigable con:
- tres, cinco o siete años en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $50,000.12
6. ¿Qué es “transporte de metanfetamina”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11379 HS hace que sea un delito transportar metanfetamina para la venta. La estatuta también hace que sea un delito vender metanfetamina.
Más específicamente, la estatuta prohíbe:
- vender o intercambiar metanfetamina por dinero, servicios u otra cosa de valor,
- transportar metanfetamina de un lugar a otro (independientemente de la distancia) con la intención de venderla,
- regalar o proporcionar metanfetamina a otros,
- administrar metanfetamina a otra persona, y/o
- ofrecer o intentar realizar cualquiera de los actos anteriores.13
Vender, transportar, regalar o administrar metanfetamina bajo el Código de Salud y Seguridad 11379 HS conlleva penas de delito en California.
Las consecuencias básicas de una condena por venta de metanfetamina son:
- dos, tres o cuatro años en la cárcel, y/o
- una multa máxima de $10,000.14
7. ¿Qué es “traficar metanfetamina”?
El Código de Salud y Seguridad de California 11379 hace que sea un delito grave “traficar” metanfetamina.15
El “traficar” de metanfetamina incluye:
- vender la droga,
- transportarla, y
- importarla ilegalmente.
Una violación de HSC 11379 se acusa como un delito en California.
Las consecuencias básicas de una condena por tráfico de metanfetamina son:
- dos, tres o cuatro años de prisión, y/o
- una multa máxima de $10,000. 16
Una defensa potencial contra los cargos de metanfetamina es que la policía obligó a una confesión.
8. ¿Hay defensas legales para las acusaciones de violar una ley de metanfetamina de California?
Si se te acusa de violar una ley de metanfetamina de California, puedes desafiar la acusación planteando una defensa legal. Una buena estrategia de defensa que plantee una duda razonable a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes para estos delitos son:
- sin metanfetamina,
- confesión forzada, y/o
- sin causa probable.
8.1. Sin metanfetamina
Solo se puede condenar por una de las leyes anteriores si realizas algún acto con metanfetamina real. Esto significa que siempre es una buena defensa legal para mostrar que no estabas actuando con metanfetamina (por ejemplo, puedes tener una imitación de la droga o solo cantidades mínimas de la droga).
8.2. Confesión forzada
La ley de California establece que la policía no puede usar medidas abrumadoras para obligar a una confesión.
Si puedes demostrar que la policía te obligó a confesar, entonces:
- el juez puede excluir la confesión de la evidencia, o
- el caso podría desestimarse por completo si te presionaron para confesar un delito que no cometiste.
(Otra posible defensa es que la policía encontró las drogas a través de una búsqueda ilegal.)
8.3. Sin causa probable
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece que la policía debe tener causa probable antes de detenerte o arrestarte por un delito.
Si fue detenido o arrestado por violar una ley de metanfetamina y no había motivo probable, entonces cualquier evidencia obtenida después de la detención/arresto inadecuado podría ser excluida del caso. Esta exclusión podría resultar en la desestimación o reducción de los cargos.17
Para obtener ayuda adicional…
Contacte nuestro bufete de abogados de DUI y criminales para obtener asesoramiento legal.
Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de un delito relacionado con la metanfetamina, lo invitamos a contactarnos para una consulta y para ver cómo podemos ayudar y nuestros resultados de casos. Podemos ser contactados las 24 horas del día a través del teléfono, mensaje de texto o formulario de contacto.
Nuestros abogados de defensa penal crean relaciones abogado-cliente en todo el norte, centro y sur de California, incluyendo el Condado de Los Ángeles, Ventura, Newport Beach, San Bernardino, Riverside, Long Beach, Pasadena, el Condado de Orange, San Diego y más.
¿Está en Colorado? Vea nuestro artículo Leyes de metanfetamina de Colorado.
¿Está en Nevada? Vea nuestro artículo Leyes de “Metanfetamina / Crystal Meth” de Nevada.
Referencias legales:
- Código de Salud y Seguridad de California 11550 HS.
- Vea lo mismo.
- Código de Salud y Seguridad de California 11377 HS.
- Vea lo mismo.
- Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS.
- Instrucciones de Jurado Criminal del Consejo Judicial de California (CALCRIM) 2016, Instrucción 2304 – Código de Salud y Seguridad 11378 Poseer Metanfetamina para la Venta.
- Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS. Véase también People v. Buttram, (2003) 30 Cal. 4th 773.
- Código de Salud y Seguridad de California 11379 HS.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Código de Salud y Seguridad de California 11379.6 HS.
- Vea lo mismo. Véase también People v. Perez (2005) 35 Cal. 4th 1219. Véase también People v. Vivar (2021) .
- Código de Salud y Seguridad de California 11379 HS.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Véase también People v. Tripp (Court of Appeal of California, Fifth Appellate District, 2007) 151 Cal. App. 4th 951.