Código Penal de California § 422 PC prohíbe hacer amenazas criminales. Estas son amenazas de muerte o lesiones corporales graves que colocan a las víctimas en miedo razonable y sostenido por su seguridad o la seguridad de sus familias. 1
Las amenazas criminales pueden ser imputadas:
- Con independencia de si tienes la capacidad para llevar a cabo la amenaza y
- Incluso si no tienes la intención real de ejecutar la amenaza.2
Como un wobbler, las amenazas criminales pueden ser procesadas como un delito menor o un delito grave, como muestra esta tabla:
Delito PC 422 | Penalizaciones en California |
Amenazas criminales como delito menor |
|
Amenazas criminales como delito grave |
|
Ejemplos de Amenazas Criminales
- amenazar con disparar a otra persona mientras sostienes un arma,
- un empleado despedido recientemente que llama al exjefe y dice, “tú y el personal de la oficina mejor cuiden sus espaldas,”
- enviar un mensaje de texto a tu ex diciéndole que vas a incendiar su apartamento.5
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en California ofrecen un análisis profundo de la ley sobre amenazas criminales:
- 1. Elementos de las “Amenazas Criminales”
- 2. Defensas Comunes
- 3. Penalizaciones
- 4. Delitos Relacionados
- Lectura Adicional
1. Elementos de las “Amenazas Criminales”
La Instrucción al Jurado Penal de California “CALCRIM” 1300 detalla los elementos de las “amenazas criminales” (anteriormente conocidas como “amenazas terroristas”).6 Para que seas condenado por violar el Código Penal 422 PC, los fiscales deben probar más allá de toda duda razonable los siguientes seis elementos:
- Amenazaste intencionalmente con matar ilegalmente o causar lesiones corporales graves ilegalmente a la supuesta “víctima,”
- Hiciste la amenaza oralmente, por escrito o mediante un dispositivo de comunicación electrónica,
- Tu intención fue que tu declaración se entendiera como una amenaza y que se comunicara a la supuesta “víctima,”
- La amenaza fue tan clara, inmediata, incondicional y específica que comunicó una intención seria de que la amenaza se llevaría a cabo,
- La amenaza realmente causó que la “víctima” temiera por su propia seguridad (o por la seguridad de su familia inmediata), y
- El miedo de la “víctima” fue razonable dadas las circunstancias.7
Ten en cuenta que puedes cometer amenazas criminales sin dirigirte directamente a la persona a la que amenazas.
Ejemplo: El acusado se peleó con otro hombre. El acusado gritó a un acompañante, “¡Dispárale!” Por esto, el acusado podría ser acusado de violar el PC 422 porque tenía la intención de que su declaración se tomara como una amenaza.8
Examinemos más de cerca algunos de estos términos y frases para entender mejor sus definiciones legales.
“Matar o Lesionar Gravemente a Otra Persona”
Para ser condenado por amenazas criminales, no necesitas amenazar con cometer un delito específico contra la víctima. Basta con amenazar con matar o causar lesiones corporales graves.
Ten en cuenta que lesiones corporales graves son lesiones significativas o sustanciales (como fracturas, contusiones o conmociones) en contraposición a lesiones insignificantes o moderadas.9
También ten en cuenta que la amenaza puede dirigirse a un individuo o a un grupo de personas (como todos los empleados de una empresa en particular).
“Declaraciones Verbales, Escritas o Comunicadas Electrónicamente”
Bajo el Código Penal 422 PC, una amenaza criminal debe ser:
- Verbal,
- Escrita o
- Comunicada electrónicamente.
Los gestos que no van acompañados de una declaración verbal, escrita o comunicada electrónicamente no son suficientes.10 Mientras tanto, las amenazas “comunicadas electrónicamente” pueden hacerse a través de:
- Teléfono (línea fija o celular),
- Computadora,
- Grabadora de video,
- Máquina de fax,
- Buscapersonas, o
- Mensaje de texto.11
“Miedo”
Un elemento clave para hacer amenazas criminales es que colocas a la víctima en un miedo razonable. “Miedo” abarca tres conceptos diferentes:
- La víctima estaba realmente asustada,
- El miedo fue razonable, y
- El miedo fue sostenido (en contraposición a momentáneo o fugaz).
Veamos cada uno en orden.
Miedo Real
La fiscalía debe establecer que el receptor de la amenaza realmente temió por su seguridad o la seguridad de su familia. No importa si tu amenaza fue:
- Entregada en persona o
- Comunicada a través de un tercero.12
Miedo Razonable
No puede haber miedo razonable si tu amenaza es tonta o irracional. Sin embargo, no tiene que haber una capacidad inmediata para ejecutar la amenaza siempre que el receptor crea razonablemente que podría ser inminente.13
Ejemplo: Tom amenaza con disparar a Bob y tiene la mano en el bolsillo para que parezca que tiene un arma, aunque realmente no la tiene. Eso sería suficiente, asumiendo que se cumplen los demás elementos del delito.
Miedo Sostenido
Los tribunales definen vagamente el “miedo sostenido” como:
“un estado mental… que se extiende más allá de lo momentáneo, fugaz o transitorio.”14
Esto no tiene un marco temporal definido y debe determinarse caso por caso.
Un tribunal de California encontró que hubo miedo sostenido cuando el acusado fue a una gasolinera, mostró un cuchillo en la cintura y le dijo a un hombre que lo mataría a él y a su hijo en ese momento.15
Mientras tanto, el mismo tribunal encontró no hubo miedo sostenido cuando un acusado se enfrentó a su maestro y dijo que “lo iba a agarrar.”16
“Amenazas Condicionales y Vacías”
Cabe repetir que el Código Penal 422 PC exige una amenaza que sea:
“tan inequívoca, incondicional, inmediata y específica que transmita a la persona amenazada, una gravedad de propósito y una perspectiva inmediata de ejecución.”
No obstante, las amenazas condicionales o vacías aún pueden calificar como amenazas criminales.
Amenazas Condicionales
Las amenazas condicionales son amenazas formuladas como una condición, tales como
- “Te mataré cuando salga de la cárcel” o
- “Te mataré si no me das el dinero para el próximo martes.”
Los tribunales han sostenido:
“las amenazas condicionales son amenazas verdaderas si su contexto transmite razonablemente a la víctima que están destinadas a serlo.”17
Dependiendo de las circunstancias, este tipo de amenaza podría ser en realidad una forma de extorsión o chantaje, lo que te sometería a penalizaciones adicionales bajo el Código Penal de California 518 PC.18
Cuando las amenazas condicionales se hacen con un sentido de propósito y probabilidad de que se ejecuten si la condición se cumple o no, serán consideradas amenazas criminales.19
Ejemplo: Un acusado fue a la casa de un testigo, le puso un arma en la cabeza y dijo: “No vayas a la corte a testificar contra nuestros chicos o te haremos daño o te sacaremos… No hay lugar donde puedas ir donde no pueda encontrarte.” El tribunal sostuvo que esto fue una amenaza criminal.20
Amenazas Vacías
Las amenazas “vacías” son amenazas que quien las hace no tiene intención de cumplir. Son más una táctica de miedo que una amenaza real.
Si realmente tienes o no la intención de ejecutar la amenaza es irrelevante para una acusación por amenazas criminales. Todo lo que se requiere es que transmitas la amenaza de manera creíble para que el receptor crea razonablemente que tienes la intención de cumplirla.21
Ejemplo: El acusado llevó una granada inoperable a un taller de reparaciones y amenazó con hacerla explotar. Como los empleados pensaron que era operable y temieron razonablemente que el acusado cumpliría su amenaza, pudo ser condenado.22
En general, un juez o jurado determina si una declaración fue una amenaza examinando todas las circunstancias que rodean el caso.23
Una defensa contra cargos PC 422 es que la amenaza no fue inmediata.
2. Defensas Comunes
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de amenazas criminales y delitos similares. En nuestra experiencia, las siguientes siete defensas contra amenazas criminales han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
1) La Amenaza No Fue Inmediata
Presentamos esta defensa siempre que la supuesta víctima no pueda tener una sensación razonable de cuándo podría ejecutarse la supuesta amenaza.23
Ejemplo: Un recluso le dice a uno de los alguaciles que lo va a matar. Probablemente esto no sea una amenaza criminal porque no hay sensación de inmediatez ni razón para que el alguacil asuma que el recluso tiene la capacidad de cumplir la amenaza.24
2) La Amenaza Fue Vaga o Ambigua
Las amenazas criminales no tienen que especificar un tiempo o modo preciso de ejecución.25 Sin embargo, la defensa de vaguedad es útil cuando la supuesta amenaza es tan ambigua que su significado no está claro.26
Ejemplo: Un estudiante de secundaria “se enfrentó al maestro” y dijo que “lo iba a agarrar.” El tribunal razonó que la declaración del acusado no era más que una amenaza vaga de represalia sin perspectiva de ejecución y, por lo tanto, no era una amenaza criminal.27
3) La Víctima No Tenía Miedo
Si la supuesta víctima no teme tu amenaza porque cree que es una broma o que no eres capaz de ejecutarla, entonces no hay violación de amenazas criminales – punto.
En muchos casos, podemos encontrar testigos presenciales que pueden atestiguar la falta de miedo de la supuesta víctima. El video de vigilancia también puede mostrar que la víctima no parecía asustada.
4) El Miedo de la Víctima No Fue Sostenido
El miedo de la supuesta víctima debe ser más que momentáneo o fugaz para que prospere un cargo por amenazas criminales. O si el miedo fue prolongado, los cargos deberían ser desestimados si el miedo fue claramente una sobrerreacción.
Aquí también confiaríamos en testigos presenciales y videos de vigilancia. También pediríamos a los jurados que usen su sentido común para determinar lo ocurrido.
5) La Amenaza (o el Miedo de la Víctima) Fue Irrazonable
Si el receptor de la amenaza no se siente amenazado – o si lo está, pero ese miedo es irrazonable – no deberías ser condenado por hacer amenazas criminales.28
En estos casos, pedimos a los jurados que se pongan en el lugar de la supuesta víctima y argumenten que ninguna persona razonable tomaría la amenaza en serio. Destacamos el contexto que rodea la supuesta amenaza para mostrar que no tenía fundamento.
6) La Amenaza Estaba Protegida como Libertad de Expresión
El PC 422 no se aplica al discurso protegido constitucionalmente.29 Esta ley solo apunta a individuos que intentan infundir miedo en otros, no a quienes se involucran en “simples expresiones de enojo o soliloquios violentos.”30
Ejemplo: Un recluso le dijo a un psicoterapeuta de la cárcel que estaba pensando en cómo iba a matar a su novia una vez que saliera. El tribunal sostuvo que el PC 422 no fue promulgado para castigar estallidos emocionales y que las amenazas del recluso eran parte de la terapia destinada solo para los oídos del terapeuta y, como tal, están protegidas.31
Esta es una defensa donde el contexto lo es todo. Mientras podamos demostrar que tus palabras están protegidas según dónde, cómo y a quién se las dijiste, no deberían aplicarse cargos por amenazas criminales.32
7) Eres Víctima de Acusaciones Falsas
No se requiere que una supuesta víctima de PC 422 sufra alguna lesión física. En consecuencia, las amenazas criminales son un delito propenso a acusaciones falsas.
Hemos defendido a muchas personas acusadas falsamente de hacer amenazas criminales por examigos o exparejas enojados, celosos, vengativos o rencorosos. En algunos casos, nuestros clientes fueron acusados falsamente por sospechosos que intentaban evadir su propia responsabilidad criminal.
Nuestra primera estrategia es mostrar a los fiscales que no tienen pruebas suficientes para probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable. Esto es más fácil en casos donde no hay grabación escrita o electrónica de la supuesta amenaza.
Además, desacreditamos la credibilidad del acusador revisando sus mensajes de texto, correos de voz, etc., para encontrar casos donde sus propias palabras contradicen sus acusaciones. Una vez que el fiscal ve que el acusador tiene motivación para mentir y no es confiable, el cargo por amenazas criminales debería ser retirado.
Hacer amenazas criminales puede conllevar multa y/o tiempo en la cárcel.
3. Penalizaciones
El Código Penal 422 PC es un “wobbler,” lo que significa que los fiscales pueden acusarlo como un delito menor o un delito grave dependiendo de las circunstancias del delito y tu historial criminal.
Si eres condenado por el delito menor, enfrentas hasta un año en la cárcel del condado y una multa máxima de $1,000. Si eres condenado por el delito grave, enfrentas
- hasta tres años en la prisión estatal de California y
- una multa máxima de $10,000.33
Si usas personalmente un arma mortal o peligrosa para comunicar tu amenaza, enfrentas un año adicional y consecutivo en la prisión estatal.34
Finalmente, si haces amenazas
- en más de una ocasión,
- contra múltiples personas, o
- con diferentes objetivos,
podrías enfrentar estas penalizaciones por cada amenaza que comuniques.
Casos de Amenazas Criminales en Los Ángeles
La Oficina del Fiscal del Condado de Los Ángeles generalmente no procesará casos de amenazas criminales a menos que:
- El delito esté relacionado con violencia doméstica o un crimen de odio;
- Hayas cometido amenazas repetidas en los últimos 24 meses;
- Exista un historial documentado de amenazas tuyas hacia la víctima;
- Tuvieras un arma peligrosa o mortal durante el delito; o
- No haya indicios de trastorno por abuso de sustancias o enfermedad mental.35
Si tu caso involucra acusaciones relacionadas con disputas familiares o de pareja, es recomendable consultar a un abogado de violencia doméstica cerca de ti que entienda cómo las amenazas criminales y los cargos por abuso doméstico a menudo se intersectan.
Ley de Tres Strikes de California
Cuando se acusa como delito grave, una condena por amenazas criminales califica como un delito grave serio, lo que significa que es un “strike.”36
Si posteriormente eres acusado de un delito grave y tienes un “strike” previo en tu historial, tu sentencia será el doble del término requerido por la ley.37
Si eres acusado de un tercer delito grave y tienes dos strikes previos, cumplirás una sentencia mínima obligatoria de 25 años a cadena perpetua en la prisión estatal.38
Debido a que el Código Penal 422 PC es un strike, debes cumplir al menos el 85% de tu sentencia antes de ser elegible para la liberación condicional (parole).
Penalizaciones Adicionales
Dependiendo de tu caso por amenazas criminales, un juez también puede ordenar:
- pagos de restitución a la víctima,
- una orden de restricción que te prohíba contactar a la víctima, y/o
- una clase de manejo de la ira.
Si tu condena es por un delito grave, pierdes el derecho a poseer o tener un arma de fuego de por vida. Si tu condena es por un delito menor, la prohibición de armas dura 10 años.
El Código Penal 422 PC también se considera un delito de vileza moral.39 Por lo tanto, una condena por amenazas criminales potencialmente te somete a:
- disciplina profesional (ya que las condenas penales pueden afectar licencias profesionales),40 y
- deportación o expulsión si eres inmigrante legal o extranjero.41
Una “amenaza criminal” es cuando amenazas con matar o dañar físicamente a alguien.
4. Delitos Relacionados
- Código Penal 136.1 PC – Disuadir a un testigo
- Código Penal 186.22 PC – Agravante por crimen de pandilla
- Código Penal 243(e)(1) PC – Agresión doméstica
- Código Penal 273.5(a) PC – Lesiones corporales a cónyuge o conviviente
- Código Penal 273.6 PC – Violación de órdenes de restricción
- Código Penal 518 PC – Extorsión
- Código Penal 524 PC – Extorsión tentativa
- Código Penal 601 PC – Allanamiento agravado
- Código Penal 646.9 PC – Acoso
- Código Penal 653m PC – Llamadas telefónicas molestas
- Delitos de violencia doméstica
Lectura Adicional
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- ¿Son siempre delitos violentos las amenazas? – Michigan Law Review.
- Amenazas como agresión criminal – Cleveland State Law Review.
- Ciberdelitos: Amenazas criminales desde el ciberespacio – Greenwood Publishing Group.
- La solución a la verdadera paradoja del chantaje: El vínculo común entre el chantaje y otras amenazas criminales – Connecticut Law Review.
- Amenazas, acoso y odio en línea: desarrollos recientes – Boston University Public Interest Law Journal.
Referencias Legales:
- Código Penal de California 422 PC Amenazas criminales en California.
(a) Cualquier persona que amenace intencionalmente con cometer un delito que resulte en muerte o lesiones corporales graves a otra persona, con la intención específica de que la declaración, hecha verbalmente, por escrito o mediante un dispositivo de comunicación electrónica, sea tomada como una amenaza, incluso si no hay intención de llevarla a cabo, que, en su apariencia y bajo las circunstancias en que se hace, sea tan inequívoca, incondicional, inmediata y específica que transmita a la persona amenazada una gravedad de propósito y una perspectiva inmediata de ejecución de la amenaza, y por ello cause razonablemente que esa persona tenga un miedo sostenido por su propia seguridad o la seguridad de su familia inmediata, será castigada con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o con prisión estatal.
(b) Para los propósitos de esta sección, “familia inmediata” significa cualquier cónyuge, ya sea por matrimonio o no, padre, hijo, cualquier persona relacionada por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, o cualquier otra persona que resida regularmente en el hogar, o que, en los seis meses previos, haya residido regularmente en el hogar.
(c) “Dispositivo de comunicación electrónica” incluye, pero no se limita a, teléfonos, teléfonos celulares, computadoras, grabadoras de video, máquinas de fax o buscapersonas. “Comunicación electrónica” tiene el mismo significado que el término definido en la Subsección 12 de la Sección 2510 del Título 18 del Código de los Estados Unidos.
Ver también People v. Gaines (Cal. App. 5th Dist. 2023) 93 Cal. App. 5th 91. Ver, por ejemplo, People v. Ellis (Cal. App. 2025) . - Ver mismo.
- Ver mismo. Ver también Código Penal 18 PC — Castigo para delito grave no prescrito; sentencia alternativa a cárcel del condado. Ver también Código Penal 672 PC — Delitos para los cuales no se prescribe multa; multa autorizada además de prisión. (“Al ser condenado por cualquier delito punible con prisión en cualquier cárcel o prisión, para el cual no se prescribe multa, el tribunal puede imponer una multa al infractor que no exceda de mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos graves, además de la prisión prescrita.”). Ver también People v. Wiley (Cal. App. 2023) 97 Cal. App. 5th 676.
- Ver mismo. Código Penal 12022 PC — Términos de prisión por cometer o intentar delito grave o violación mientras se está armado con arma de fuego o usando arma mortal o peligrosa; aplicación a los principales en la comisión del delito o intento; discreción judicial.
- Igual.
- Ver Código Penal de California 422 PC Ley de amenazas criminales de California, nota al pie 1, arriba.
- CALCRIM No. 1300 – Amenaza Criminal, Instrucciones al Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2020). Ver también: In re George T. (2004) 33 Cal.4th 620, 630; People v. Holmes, McClain and Newborn (2022) 12 Cal. 5th 719; Ayala v. Superior Court (Corte de Apelaciones de California, Primer Distrito de Apelación, División Tres, 2021) 67 Cal. App. 5th 296.
- People v. Lipsett (Corte de Apelaciones de California, Quinto Distrito, 2014) 223 Cal.App.4th 1060
- People v. Maciel (2003) 113 Cal.App.4th 679, 685 (“La frase “delito que resultará en lesiones corporales graves” significa que el delito, si se comete, resultaría en lesiones corporales graves. (CALJIC No. 9.94.) “[N]o se requiere que se amenace un delito específico o violación del Código Penal [en relación con una violación del Código Penal 422 PC de amenazas criminales de California].””). CALCRIM No. 1300.
- People v. Franz (2001) 88 Cal.App.4th 1426.
- Ver Código Penal 422 PC Ley de amenazas criminales de California, nota al pie 1, arriba.
- In re Ryan D. (2002) 100 Cal.App.4th 854, 861. (“[El Código Penal de California] Sección 422 no requiere que la amenaza sea comunicada personalmente a la víctima por la persona que hace la amenaza.) In re David L. (1991) 234 Cal.App.3d 1655.
- People v. Lopez (1999) 74 Cal.App.4th 675, 679. (“La ley de amenazas terroristas [actualmente la ley de amenazas criminales] requiere una amenaza que sea “tan inequívoca, incondicional, inmediata y específica que transmita a la persona amenazada una gravedad de propósito y una perspectiva inmediata de ejecución de la amenaza.” (Código Penal § 422.) La ley no requiere una capacidad inmediata para llevar a cabo la amenaza.”)
- People v. Fierro (2010) 180 Cal.App.4th 1342, 1349. (“”Miedo sostenido” se refiere a un estado mental. Como dijo un tribunal, “[d]efiniendo la palabra ‘sostenido’ [en la sección 433] por sus opuestos, encontramos que significa un período de tiempo que se extiende más allá de lo momentáneo, fugaz o transitorio.” (People v. Allen (1995) 33 Cal.App.4th 1149, 1151, 1153, 40 Cal.Rptr.2d 7 ( Allen ).)”)
- Hechos tomados de Fierro, arriba.
- Hechos tomados de In re Ricky T. (2001) 87 Cal.App.4th 1132.
- People v. Brooks (1994) 26 Cal.App.4th 142, 149.
- Código Penal de California 518 — Definición. (“La extorsión es la obtención de propiedad de otro, con su consentimiento, o la obtención de un acto oficial de un funcionario público, inducida por el uso indebido de la fuerza o el miedo, o bajo el color de derecho oficial.”)
- Ver Brooks en 147, nota al pie 17, arriba.
- Ver mismo en 149.
- People v. Wilson (2010) 186 Cal.App.4th 789, 806. (“…la sección 422 [ley de amenazas criminales de California] no requiere intención de llevar a cabo realmente el delito amenazado. ( People v. Martinez (1997) 53 Cal.App.4th 1212, 1220, 62 Cal.Rptr.2d 303.) En cambio, el acusado debe tener la intención de que la víctima reciba y entienda la amenaza, y la amenaza debe ser tal que cause que una persona razonable tema por su seguridad o la seguridad de su familia inmediata.”). Ver también People v. Gonzalez (2017) 2 Cal.5th 1138, 1147. Ver también People v. Fisher (1993) 12 Cal.App.4th 1556.
- Hechos basados en People v. Melhado (1998) 60 Cal.App.4th 1529.
- Ver, por ejemplo, People v. Mendoza (1997) 59 Cal.App.4th 1333, 1340; People v. Butler (2000) 85 Cal.App.4th 745, 752-753; People v. Solis (2001) 90 Cal.App.4th 1002; y, People v. Garrett (1994) 30 Cal.App.4th 962.
- Ver Melhado, nota al pie 23, arriba, en 1538. (“Consideramos un punto adicional no expresamente abordado por los casos que hemos mencionado. La Sección 422 [ley de amenazas criminales de California] hace ilegal una amenaza que transmite una gravedad de propósito y la “perspectiva inmediata de ejecución.” ¿Cómo debemos entender el requisito de que la perspectiva de ejecución sea inmediata, cuando, como hemos visto, las amenazas a menudo tienen por su propia naturaleza algún aspecto de condicionalidad: Una amenaza se hace para convencer a la víctima de hacer algo “o si no.” A la luz del análisis y razonamiento articulados en Brooks y otros casos, que ponen énfasis importante en el efecto que las palabras amenazantes tienen en la víctima, entendemos la palabra “inmediato” como ese grado de seriedad e inminencia que la víctima entiende que está asociado a la perspectiva futura de que la amenaza se lleve a cabo, si las condiciones no se cumplen.”)
- Hechos tomados de People v. Mosley (2007) 155 Cal.App.4th 313.
- Ver Wilson, nota al pie 21, arriba, en 806.
- Ver mismo en 807-808. (“Una comunicación que es ambigua en su apariencia puede aún ser considerada una amenaza criminal si las circunstancias que la rodean aclaran el significado de la comunicación. [Cita.] ( George T., supra, 33 Cal.4th en p. 635.) Al determinar si un lenguaje condicional, vago o ambiguo constituye una violación de la sección 422, el juez de hecho puede considerar “los gestos, afecto y acciones del acusado involucrados en hacer la amenaza así como acciones posteriores tomadas por el acusado.”). Ver también People v. Bolin (1998) 18 Cal.4th 297, 339-340.
- In re Ricky T. (2001) 87 Cal.App.4th 1132.
- Mosley v. Walker (2009) 623 F.Supp.2d 1078, 1088. (“Además, la fiscalía debe demostrar que la víctima temía al acusado, y este “elemento tiene tanto un componente objetivo como subjetivo; el miedo de [la víctima] debe haber sido razonable, y debe haber sido real.””)
- Ver In re Ryan D., nota al pie 12, arriba, en 861. (“Primero, la sección 422 [ley de amenazas criminales de California] no puede aplicarse al discurso protegido constitucionalmente. (Ver People v. Quiroga (1993) 16 Cal.App.4th 961, 968-969.) De hecho, un esfuerzo legislativo previo para castigar amenazas criminales (antiguos §§ 422, 422.5; Stats. 1977, ch. 1146, § 1, pp. 3684-3685) fue declarado inconstitucional. (People v. Mirmirani (1981) 30 Cal.3d 375.) Reconociendo que la Constitución no necesariamente impide que la Legislatura castigue amenazas, nuestra Corte Suprema sostuvo que “las leyes que intentan hacerlo deben dirigirse estrictamente solo a amenazas que realmente representan un peligro para la sociedad.” ( Id. en p. 388, nota 10.) El tribunal agregó que “una amenaza solo puede ser penalizada si ‘en su apariencia y en las circunstancias en que se hace [es] tan inequívoca, incondicional, inmediata y específica para la persona amenazada, que transmita una gravedad de propósito y una perspectiva inminente de ejecución.’ ” ( Ibid., citando de United States v. Kelner (2d Cir. 1976) 534 F.2d 1020, 1027.)”)
- People v. Wilson (2010) 186 Cal.App.4th 789, 805. People v. Felix (Cal. Ct. App., 2001) 92 Cal.App.4th 905.
- Ver mismo.
- Ver Código Penal 422 PC Ley de amenazas criminales de California, nota al pie 1, arriba.
- Código Penal de California Sección 12022.
- Ver Felix, nota al pie 31, arriba en 915-916. (“El tribunal de primera instancia impuso una sentencia consecutiva de ocho meses por cada una de estas dos condenas por amenazas terroristas [actualmente conocidas como condenas por amenazas criminales]. (“[S]ección 654 prohíbe múltiples castigos por una conducta indivisible.” (People v. Chacon (1995) 37 Cal.App.4th 52.) Pero múltiples delitos no son una sola transacción cuando el acusado tuvo oportunidad de reflexionar entre delitos y cada delito creó un nuevo riesgo de daño. (People v. Massie (1967) 66 Cal.2d 899, 908; People v. Kwok (1998) 63 Cal.App.4th 1236, 1253-1256.) “Se permite sentencia separada para delitos divisibles en el tiempo” (People v. Kwok, supra, en p. 1254.) El tribunal de primera instancia pudo inferir razonablemente que cada amenaza fue un delito separado. No estaban conectadas porque Felix las hizo en diferentes momentos y lugares. Aunque Felix hizo dos amenazas el 27 de mayo, la primera fue dirigida a dos víctimas, la segunda exclusivamente contra Luckhart. Felix sostiene que estos delitos fueron parte de un patrón de ira contra Luckhart. Pero Felix tuvo tiempo para reflexionar antes de hacer la segunda amenaza. El tribunal de primera instancia pudo inferir razonablemente que debido a su ira, él pretendía que la segunda amenaza causara un nuevo daño emocional a Luckhart.”); Directiva Especial LADA 20-07.
- Código Penal de California 1192.7 PC — Intención legislativa respecto a la persecución de delitos sexuales violentos; negociación de acuerdos; limitación; definiciones; enmienda de sección. (“(c) Para los propósitos de esta sección, “delito grave serio” significa cualquiera de los siguientes:… (38) amenazas criminales, en violación de la Sección 422.”)
- Código Penal de California 667 PC — Criminales habituales; agravante de sentencia; enmienda de sección — Ley de Tres Strikes de California.
- Ver mismo.
- People v. Thornton (1992) 3 Cal.App.4th 419, 424. (“una persona que viola [la Sección del Código Penal] 422 [ley de amenazas criminales de California] debe tener la intención de que la víctima reciba y entienda la amenaza, y la amenaza debe ser tal que cause que una persona razonable tema por su seguridad o la seguridad de su familia. Aunque la ley no requiere que el infractor tenga la intención de causar muerte o lesiones corporales graves a la víctima, no todas las lesiones graves son sufridas en el cuerpo. La inflicción consciente de terror mental merece igualmente condena moral. En resumen, no tenemos duda de que hacer las amenazas descritas en la sección 422 viola las normas generalmente aceptadas de conducta moral, independientemente de si la persona tenía la intención de llevar a cabo realmente esas amenazas. En consecuencia, la sección 422 es un delito de vileza moral.”)
- Para aprender más sobre cómo las condenas penales pueden afectar licencias profesionales, por favor visita nuestras páginas sobre temas de licencias profesionales (organizadas por profesiones individuales).
- Código de EE.UU. Sección 1227 — Extranjeros deportables.