
En California, la violencia doméstica generalmente se acusa como un delito menor en lugar de un delito grave a menos que el incidente haya causado una lesión.
California no tiene una sola ley de violencia doméstica. En cambio, existen varias leyes diferentes. Dos de los delitos de violencia doméstica más comunes son:
- Agresión doméstica, que siempre es un delito menor; y
- Lesión corporal a una pareja íntima, que puede ser un delito grave o un delito menor.
En este artículo discuto estos delitos y temas relacionados en California. También escuche nuestro informativo podcast:
Agresión Doméstica
Según el Código Penal de California 243(e)(1) PC, la agresión doméstica ocurre cuando usas fuerza o violencia contra:
- un conviviente,
- el otro padre de tu hijo, o
- un cónyuge actual o anterior, prometido, prometida o pareja de noviazgo.
Los ejemplos incluyen empujar, patear, morder, golpear o arrojar objetos a la persona.
Como delito menor, la agresión doméstica conlleva:
- libertad condicional,
- multas de hasta $2,000,
- clases de violencia doméstica, y
- hasta un año en la cárcel del condado.
Sin embargo, si la víctima sufre una lesión, enfrentas uno de los cargos más graves que se discuten a continuación.1
Infligir una lesión a una pareja sentimental se procesa en California bajo el PC 273.5.
Lesión Corporal a un Cónyuge o Pareja Íntima
El Código Penal de California 273.5 PC establece como delito causar una lesión física a un cónyuge, conviviente, pareja de noviazgo o padre de un hijo mediante un acto de violencia doméstica. El nombre formal de este delito es lesión corporal (física) a un cónyuge o pareja íntima.
Infligir lesión corporal es muy similar a la agresión doméstica (descrita arriba), excepto que requiere que causes una lesión real.
Este delito es un wobbler, lo que significa que los fiscales pueden optar por acusarlo como un delito grave o un delito menor. Previsiblemente, los fiscales tienen más probabilidades de presentar cargos por delito grave si la lesión fue muy grave y/o tienes antecedentes penales.2
La siguiente tabla detalla las penas por lesión corporal a un cónyuge o pareja íntima:
| Caso Código Penal 273.5 PC | Posible Pena |
| La mayoría de las condenas |
|
| Una condena dentro de los 7 años de una condena por: |
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Una condena dentro de los 7 años de una condena por
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Otros Delitos de Violencia Doméstica
Seis otros delitos en California que comúnmente se acusan en situaciones de violencia doméstica son:
- maltrato infantil (PC 273d);
- peligro para un niño (PC 273a);
- maltrato a ancianos (PC 368);
- amenazas criminales (PC 422);
- acoso (PC 646.9); y/o
- entrada ilegal agravada (PC 601).
Todos estos delitos son wobblers, por lo que pueden ser procesados como delitos graves o delitos menores.
Penalizaciones y Consecuencias Adicionales
El encarcelamiento y las multas no son los únicos castigos por condenas relacionadas con violencia doméstica en California. Dependiendo del caso, los jueces también impondrán:
- términos estrictos de libertad condicional,
- pago de restitución a la víctima o a un fondo para víctimas,
- asesoramiento,
- servicio comunitario, y/o
- órdenes de restricción.
Incluso como delito menor, la violencia doméstica puede privarte de tus derechos sobre armas de fuego. Si no eres ciudadano, una condena puede causarte deportación.
Si hay niños involucrados, un caso de violencia doméstica puede poner en riesgo tus derechos de custodia. Además, al tener antecedentes penales, tus perspectivas de empleo, vivienda y préstamos se ven muy disminuidas.
Además, la presunta víctima en tu caso puede demandarte por agresión civil, detención ilegal y/o angustia emocional. Incluso si evitas cargos penales, podrías ser considerado responsable civilmente y, por lo tanto, obligado a pagar los
- gastos médicos,
- salarios perdidos, y
- dolor y sufrimiento de la víctima.

Defensas Comunes
Aquí en Shouse Law Group, he representado literalmente a miles de personas acusadas de violencia doméstica, ya sea delito grave o menor, en California. En mi experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados para lograr que estos cargos se reduzcan o desestimen.
- Fuiste acusado falsamente. No es raro que las personas presenten acusaciones falsas de violencia doméstica por enojo o venganza. Afortunadamente, a menudo podemos desacreditar la credibilidad del acusador presentando como evidencia sus mensajes de texto y mensajes de voz anteriores.
- Fue un accidente: Los accidentes no son delitos, incluso si resultan en lesiones. Mientras el fiscal no pueda probar la intención criminal más allá de toda duda razonable —lo cual es un estándar muy alto— los cargos penales no pueden sostenerse.
- Te defendías. Muchas acusaciones de violencia doméstica surgen de peleas. Si no iniciaste la pelea y estabas defendiéndote (o defendiendo a alguien más), no cometiste ningún delito siempre que hayas usado una fuerza razonable y proporcional.
Recursos Adicionales
Si tú o alguien que conoces está en peligro inmediato, llama al 911. De lo contrario, puedes encontrar ayuda, información y apoyo en los siguientes lugares:
- Organizaciones de Violencia Doméstica en California – California Partnership to End Domestic Violence – Coalición estatal de sobrevivientes y aliados que ha ayudado a aprobar más de 200 leyes en favor de sobrevivientes de violencia doméstica y sus hijos.
- Recursos Estatales: California – WomensLaw.org – Refugios locales y organizaciones de crisis para sobrevivientes en California.
- Línea Nacional contra la Violencia Doméstica – Línea gratuita para sobrevivientes que buscan apoyo, refugios de crisis y opciones para representación legal.
- Recursos – Coalición Nacional contra la Violencia Doméstica (NCADV) – Información sobre refugios y apoyo legal para sobrevivientes.
- Red Nacional contra la Violación, el Abuso y el Incesto (RAINN) – Organización nacional con línea confidencial 24/7 para sobrevivientes.
Referencias Legales
- Código Penal de California 243(e)(1) PC. Véase también, por ejemplo, People v. Fish (Cal. App. 1st Dist. 2024) 102 Cal. App. 5th 730.
- Código Penal de California 273.5 PC. Véase también, por ejemplo, People v. Reid (Cal. App. 4th Dist. 2024) 105 Cal. App. 5th 446.