Código Penal 647b es una sección de la ley de California que prohíbe participar o solicitar prostitución. Específicamente, hace que sea un delito criminal participar en cualquier acto sexual a cambio de dinero u otra compensación, o ofrecer o acordar participar en tal actividad.
Las violaciones de Código Penal 647b pueden resultar en multas, encarcelamiento y otras penas, y también pueden llevar a otros cargos como proxenetismo o pandillerismo.
Ejemplos
- un hombre ofreciendo drogas a una mujer a cambio de un “beso con lengua”.
- una mujer permitiendo que un hombre le acaricie los senos a cambio de dinero.
- un oficial de policía aceptando la oferta de una mujer de tener relaciones sexuales a cambio de no escribirle una multa de tráfico.
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para combatir los cargos de solicitud y prostitución. Algunos de los comunes incluyen demostrar que:
- no hay evidencia suficiente para apoyar una condena,
- fue incitado,
- fue acusado falsamente, y/o
- no hubo intención.
Penas
Una violación de la Sección 647b del Código Penal de California es un delito misdemeanor (en lugar de un felony o una infracción).
El delito es castigable con:
- hasta seis meses de prisión, y/o
- una multa de hasta $1,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California la “prostitución” y la “solicitud”?
- 2. ¿Hay defensas legales para los cargos PC 647b?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Hay delitos relacionados?
- 5. ¿Hay esfuerzos en California para legalizar la prostitución?
- 6. ¿Cómo protege el Proyecto de Ley del Senado 233 a los trabajadores sexuales?
El Código Penal 647b hace que sea un delito participar o solicitar prostitución.
1. ¿Cómo define la ley de California la “prostitución” y la “solicitud”?
El Código Penal de California 647b prohíbe tres tipos de actos:
- participar en un acto de prostitución,
- solicitar un acto de prostitución, y
- acordar participar en un acto de prostitución.1
Para todos estos actos, “prostitución” es tener relaciones sexuales o realizar un acto lascivo a cambio de
- dinero u
- otra compensación.
Un “acto lascivo” o “conducta lasciva” significa tocar los genitales, nalgas o seno femenino con el propósito de
- excitación sexual o
- gratificación sexual.2
1.1. Participar en un acto de prostitución
Usted participa en prostitución si:
- participa voluntaria o intencionalmente en relaciones sexuales o un acto lascivo con otra persona, y
- lo hace a cambio de dinero u otra compensación.3
En el estado de California, voluntariamente significa que participó en el acto voluntariamente o a propósito. No requiere una intención específica de violar la ley.4
1.2. Solicitar un acto de prostitución
De acuerdo con la ley de California, solicita prostitución cuando:
Para ser culpable de solicitación, debe tener claramente la intención de participar en un acto de prostitución.
Lo siguiente no son actos que muestren una clara intención de cometer prostitución:
- estar presente en un área conocida de prostitución,
- saludar a un vehículo que pasa,
- asentir a un extraño, o
- estar parado en una esquina con una minifalda.6
Ejemplo: Katrina es una oficial de policía que participa en una serie de operaciones encubiertas de prostitución. Se pone ropa provocativa y se para en una esquina donde se sabe que se reúnen las prostitutas.
Frank pasa por Katrina varias veces y luego se detiene. Le ofrece a Katrina $200 para tener sexo con él y le muestra el dinero. Las acciones de Frank indican claramente su intención de iniciar una transacción de prostitución.
Pero si Frank solo había propuesto a Katrina como una apuesta de sus amigos, entonces no es culpable de solicitud. Esto se debe a que actuó por una apuesta y no tuvo la intención de actuar para intercambiar sexo por dinero.
1.3. Acordar participar en prostitución
Bajo el PC 647b, un fiscal debe probar lo siguiente para lograr una condena por “acordar” participar en prostitución:
- acordaste participar en un acto de prostitución con alguien más,
- tenías la intención de participar en un acto de prostitución con esa persona, y
- hiciste algo para promover la comisión de un acto de prostitución.7
En cuanto al tercer elemento, este “algo” extra es más que aceptar una solicitud.8
Ejemplos incluyen:
- entregar el pago acordado,
- retirar dinero de un cajero automático para pagar a la otra persona,
- conducir a un lugar acordado donde se llevará a cabo la actividad sexual,9 o
- instruir a un cliente que ha aceptado una solicitud para desvestirse.10
2. ¿Existen defensas legales para los cargos de PC 647b?
En casos de solicitud y persecución, puede desafiar las acusaciones con una defensa legal. Cuatro defensas comunes incluyen demostrar que:
- no hay evidencia suficiente para respaldar un cargo de prostitución o solicitud en California.
- la policía te incitó.
- fue acusado falsamente.
- no hubo intención.
2.1. Evidencia insuficiente
Evidencia insuficiente significa que un fiscal solo tiene parte de la evidencia necesaria para una condena de solicitud o prostitución. Solo parte de la evidencia significa que un jurado tendrá duda razonable de que cometió un delito. Por ejemplo, en un caso de solicitud, tal vez un fiscal:
- pueda demostrar que solicitó a otra persona que se involucre en la prostitución, pero
- no pueda demostrar que tuviste la intención de participar en un acto de prostitución.
2.2. Incitación
Alegar incitación se puede usar como defensa cuando se le acusa del delito de prostitución o solicitud después de una operación encubierta. Incitación significa que la policía usó algún tipo de conducta abrumadora para engañarte para que cometas un delito al que no estabas predispuesto a cometer. La defensa funciona siempre y cuando muestres que solo cometiste un delito PC 647b debido a la incitación del oficial encubierto.
2.3. Falsamente acusado
Desafortunadamente, las personas se ven falsamente acusadas bajo esta ley con frecuencia. Una persona puede acusarte falsamente de prostitución/solicitud por celos o venganza, o tal vez fuiste víctima de un error de identidad. No importa la razón específica, siempre puedes usar una defensa de que fuiste injustamente [email protected]
2.4. Sin intención
Un acto sexual cuenta como prostitución solo si lo haces intencionalmente sabiendo que fue a cambio de dinero u otros favores. Si pensabas que no había dinero involucrado, entonces no cometiste ningún delito:
Ejemplo: Jackie se acerca a Bill en un club nocturno. Jackie le dice a Bill que vuelva a su lugar “para pasar un buen rato”, y tienen sexo. Después Jackie pide su pago, y Bill está confundido: pensó que ella realmente le gustaba y que no era una trabajadora sexual. Incluso si Bill paga a Jackie para evitar una confrontación, no cometió ningún delito porque no se involucró intencionalmente en la prostitución.
Una condena por “la profesión más antigua del mundo” puede resultar en una multa y/o una sentencia de prisión.
3. ¿Cuáles son las penas?
Bajo las leyes de solicitud y prostitución de California, una condena bajo el PC 647b es un delito menor.
Una primera ofensa bajo el estatuto es castigable con:
- custodia en la cárcel del condado (en lugar de prisión estatal) por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.11
Las penas por una segunda o posterior ofensa incluyen:
- un mínimo obligatorio de 45 días en la cárcel del condado para una segunda ofensa, y
- un mínimo obligatorio de 90 días en la cárcel del condado para una tercera ofensa.12
El juez también puede suspender tu licencia de conducir por hasta 30 días si el caso involucró un automóvil y ocurrió dentro de 1,000 pies de una casa.13
Nota que una condena por algunos delitos sexuales o actos sexuales de California resultará en que tenga que registrarse como un delincuente sexual bajo el Código Penal 290. Aunque ni la prostitución ni la solicitud requieren registro obligatorio como delincuente sexual.
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay cinco delitos relacionados con la solicitud y la prostitución. Estos son:
- trata de personas – PC 236.1,
- lenocinio – PC 266h,
- pandillerismo – PC 266i,
- merodear con la intención de cometer prostitución – PC 653.22 (ahora derogado),
- supervisar o ayudar a una prostituta – PC 653.23,
- exposición indecente – PC 314, y/o
- conducta lasciva – PC 647(a)
4.1. Trata de personas – PC 236.1
De acuerdo con el Código Penal 236.1, la trata de personas es el delito en el que:
- privas a alguien de su libertad personal, y
- lo haces con la intención de violar ciertas leyes de California sobre actividad sexual comercial y explotación sexual de niños.
A diferencia de las violaciones de PC 647b, las violaciones de esta ley siempre se acusan como un delito grave. Dependiendo de los hechos del caso, el delito puede ser castigado con una sentencia de prisión de por vida en la cárcel estatal.
4.2. Lenocinio – PC 266h
De acuerdo con el Código Penal 266h, el lenocinio es el delito en el que recibes toda o parte de los ingresos de la labor de otra persona como prostituta.
Al igual que con los cargos de prostitución y solicitud, puedes contestar los cargos bajo este estatuto con una defensa de entrapamiento.
4.3. Pandillerismo – PC 266i
De acuerdo con el Código Penal 266i, el pandillerismo es el delito en el que intentas influir en alguien para que se convierta o permanezca como prostituta.
La ley de California trata este delito con más seriedad que la prostitución o la solicitud. La pandereta es un delito grave castigable con hasta seis años de prisión estatal.
4.4. Merodear con la intención de cometer prostitución – PC 653.22 (ahora derogado)
Antes de julio de 2022, Código Penal 653.22 hizo que fuera un delito en California merodear en un lugar público con la intención de cometer prostitución. Podrías ser citado o arrestado simplemente por estar en un lugar público incluso si:
- no se hizo ninguna oferta para intercambiar sexo por dinero; o
- no se realizaron actos sexuales.
Las penas por merodear eran las mismas que las penas por una violación de PC 647b:
- hasta 6 meses en la cárcel del condado y / o
- una multa de hasta $ 1,000.
La aplicación de PC 653.22 perjudicaba injustamente a las personas de color y a las personas transgénero. A partir de julio de 2022, ya no es un delito “merodear con la intención de cometer prostitución”. Sin embargo, la prostitución en sí misma sigue siendo ilegal.
Dado que merodear con la intención de cometer prostitución ya no es ilegal, si tiene condenas anteriores por PC 653.22 en su expediente, puede solicitar al tribunal que desestime el caso y lo sellé de su expediente criminal.
4.5. Supervisar o ayudar a una prostituta – PC 653.23
De acuerdo con Código Penal 653.23, supervisar o ayudar a una prostituta es el delito en el que diriges, supervisas, reclutas o ayudas a otra persona a cometer:
- prostitución,
- solicitud, o
- merodear para cometer prostitución.
Para los propósitos de esta ley, los términos “prostitución” y “solicitud” tienen los mismos significados que se usan bajo PC 647b.
4.6. Exposición indecente – PC 314
De acuerdo con Código Penal 314, la exposición indecente es exponer voluntariamente tu cuerpo desnudo o tus genitales en público a otros que se ofenderían o molestarían por ello.
Una primera condena suele ser un delito menor, y una condena sucesiva es un delito grave. Una condena también conlleva el requisito de registrar un delincuente sexual.
4.7. Conducta lasciva – PC 647 (a)
De acuerdo con Código Penal 647 (a), la conducta lasciva se define como tocar los privados, el trasero o los senos femeninos en público para satisfacción sexual y cuando sabes (o deberías saber) que otros estaban presentes que se ofenderían.
La conducta lasciva en público es un delito menor, y no se requiere el registro de delincuentes sexuales.
5. ¿Hay esfuerzos en California para legalizar la prostitución?
Hay esfuerzos actuales en California para legalizar la prostitución.
Por ejemplo, la Cámara de Senadores de California recientemente aprobó el Proyecto de Ley del Senado 357, que derogó el PC 653.22 (merodear con la intención de cometer prostitución).
La legislatura está pensando en legalizar la prostitución para combatir mejor el delito de trata de personas. La razón aquí es que la legalización de la prostitución significaría que los proxenetas ya no podrían usar el miedo a la detención para ayudar a mantener a las víctimas de trata atadas a la realización de actos sexuales. 15
Otros estados también están contemplando la legalización de la prostitución, incluidos los estados de Maine y Oregon.
6. ¿Cómo protege el Proyecto de Ley del Senado 233 a las trabajadoras sexuales?
A partir de 2020, la policía ya no puede usar el hecho de que esté llevando condones para formar una causa probable de que sea una prostituta y luego arrestarla por
- solicitud,
- merodear, o
- molestia pública.
Ahora que los condones ya no pueden usarse como evidencia de causa probable, esto puede reducir el número de arrestos por prostitución. Además, no tienes que temer que llevar condones te incrimine.
Además, SB 233 inmuniza de ciertos cargos criminales de bajo nivel cuando informa de delitos graves a la policía. En el pasado, los trabajadores sexuales que eran víctimas de – o que presenciaron – delitos graves pueden haber evitado llamar a la policía por temor a ser procesados ellos mismos por:
- una ofensa de drogas misdemeanor,
- participar en, o solicitar, prostitución (Código Penal 647(b) PC),
- merodear con la intención de cometer prostitución (Código Penal 653.22 PC),
- crear o mantener una molestia pública (Código Penal 372 PC), y
- participar en conducta lasciva (Código Penal 647(a) PC).
Ahora, está protegido de ser acusado de cualquiera de los delitos anteriores cuando informa de:
- cualquier felony grave,
- ciertos tipos graves de agresión, como:
- trata de personas (Código Penal 236.1 PC),
- agresión sexual (Código Penal 243.4 PC),
- acoso (Código Penal 646.9 PC),
- violencia doméstica que cause una lesión corporal (Código Penal 275.5 PC), o
- extorsión (Código Penal 518 PC).
Esta nueva ley le da un mayor incentivo para denunciar proxenetas y clientes que puedan estar abusando de usted o de otras personas.16
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Referencias legales:
- Código Penal de California 647b PC. Véase también CALCRIM No. 1154 – Prostitución: Solicitar a otro. Instrucciones de jurado criminal del Consejo Judicial de California (edición de 2020). Véase también: Gente v. Saephanh (2000) 80 Cal.App.4th 451; Leffel v. Tribunal Municipal (1976) 54 Cal.App.3d 569.
- CALCRIM No. 1154. Véase también: Pryor v. Tribunal Municipal (1979) 25 Cal.3d 238; Gente v. Hill (1980) 103Cal.App.3d 525; Wooten v. Tribunal Superior (2001) 93 Cal.App.4th 422; Gente v. Davis (1988) 201 Cal.App.3d Supp. 1; Gente v. Norris (1978) 88 Cal.App.3d Supp. 32; Gente v. Love (1980) 111 Cal.App.3d Supp.1; Gente v. Dell (1991) 232 Cal.App.3d 248. Véase también PC 315.
- CALCRIM No. 1153.
- Código Penal de California 7 (1) PC.
- CALCRIM No. 1154. Véase también People v. Superior Court (1977) 19 Cal.3d 338, y People v. Mecano (2013) 214 Cal.App.4th 1061.
- In re White (1979) 97 Cal.App.3d 141.
- CALCRIM 1155 – Prostitución: Acordar participar en un acto.
- Vea lo mismo.
- In re Cheri T. (1999) 70 Cal.App.4th 1400.
- Kim v. Superior Court (2006) 136 Cal.App.4th 937.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 647 k PC.
- Vea lo mismo.
- SB 357 (2022). Brooke Migdon, El gobernador de California revoca la ley que criminaliza el “vagar con la intención de participar en trabajo sexual”, The Hill (5 de julio de 2022).
- Vea “California, otros estados miran penas reducidas por prostitución para combatir el tráfico sexual, “JW August, Times of San Diego, 18 de julio de 2021.
- Proyecto de ley del Senado de California 233 (2019).