Código Penal 266 (h) prohíbe la explotación, que se define como obtener cualquier apoyo o ingresos de otra persona por su trabajo como prostituta. Esto incluye administrar un burdel o proporcionar protección o servicios a prostitutas a cambio de una parte de sus ganancias o ingresos. La explotación es un delito en California que se castiga con hasta 6 años de prisión.
El texto completo de la estatuta dice que:
266h. (a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que, sabiendo que otra persona es prostituta, vive o obtiene apoyo o mantenimiento en parte o en su totalidad de los ingresos o ganancias de la prostitución de esa persona, o de dinero prestado o avanzado a o cargado contra esa persona por cualquier custodio o gerente o interno de una casa u otro lugar donde se practica o permite la prostitución, o que solicita o recibe compensación por solicitar para esa persona, es culpable de explotación, un delito grave, y será castigado con prisión en la cárcel estatal por tres, cuatro o seis años.
(b) Cualquier persona que, sabiendo que otra persona es prostituta, vive o obtiene apoyo o mantenimiento en parte o en su totalidad de los ingresos o ganancias de la prostitución de esa persona, o de dinero prestado o avanzado a o cargado contra esa persona por cualquier custodio o gerente o interno de una casa u otro lugar donde se practica o permite la prostitución, o que solicita o recibe compensación por solicitar para esa persona, cuando la prostituta es menor de edad, es culpable de explotación de un menor, un delito grave, y será castigado de la siguiente manera:
(1) Si la persona que se dedica a la prostitución es un menor de 16 años de edad, el delito es castigable con prisión en la cárcel estatal por tres, cuatro o seis años.
(2) Si la persona que se dedica a la prostitución es menor de 16 años de edad, el delito es castigable con prisión en la cárcel estatal por tres, seis o ocho años.
Ejemplos:
- recibir dinero de una “chica de compañía” después de que ella le dio sexo oral a un “cliente”.
- usar todo el dinero de una prostituta, que recibió como préstamo de un burdel, para pagar el alquiler.
- pedirle a una prostituta $20 después de referir a un amigo para sus “servicios”.
Defensas
Un acusado puede luchar contra una acusación de 266h PC alegando una defensa legal. Algunas defensas comunes son:
- tentativa,
- acusado falsamente, y/o
- falta de conocimiento.
Penas
Una violación de esta sección del código es un delito grave de California felony. Esto se opone a una infracción o una delito menor. El delito es castigable con:
- custodia en la cárcel o prisión estatal por hasta seis años, o
- probación de delito (o formal).
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuándo es el proxenetismo un delito en California?
- 2. ¿Hay defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Hay consecuencias migratorias?
- 5. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
- 7. ¿Hay delitos relacionados?
Es un delito para una persona: recibir dinero u otra forma de compensación, de alguien que él sabe que es una prostituta en California.
1. ¿Cuándo es el proxenetismo un delito en California?
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenar a una persona bajo la ley de proxenetismo de California:
- el acusado sabía que cierta persona era una prostituta, y
- una o más de las siguientes eran ciertas:
- el dinero que la prostituta ganó sostuvo al acusado (ya sea en su totalidad o en parte),
- el dinero prestado a la prostituta, por alguien que dirigía una casa de prostitución, sostuvo al acusado (ya sea en su totalidad o en parte), o
- el acusado pidió o recibió un pago de la prostituta por solicitar clientes de prostitución.1
Código Penal 647b PC define a una “prostituta” como una persona que:
- participa en relaciones sexuales o cualquier acto lascivo,
- con otra persona a cambio de dinero (o cualquier otra compensación).2
Un “acto lascivo” significa contacto físico de los:
- genitales,
- nalgas, o
- senos femeninos
de la prostituta o el cliente con alguna parte del cuerpo de la otra persona. Este contacto debe ser con el propósito de excitación sexual.3
“Solicitar” bajo este estatuto significa:
- tentar a alguien,
- atraer a alguien, o
- intentar obtener algo de alguien.4
2. ¿Hay defensas legales?
Un acusado puede intentar vencer un cargo de proxenetismo con una defensa legal.
Tres defensas comunes son:
- tentativa,
- acusado falsamente, y/o
- sin conocimiento.
2.1. Tentativa
En muchos casos de PC 266h, los sospechosos a menudo son arrestados y acusados después de un operativo encubierto. Sin embargo, cualquier cargo posterior debe ser descartado si el oficial atrajo a un sospechoso a cometer el delito.
Esta “atracción” se conoce como atrapar. Se aplica cuando la policía intenta que una persona cometa un delito usando:
- presión,
- acoso,
- fraude, o
- amenazas.
Atrapar es una defensa legal aceptable si:
- el acusado solo cometió el delito,
- debido al atrapar.
2.2. Acusado falsamente
Esta es una defensa común cuando el acusado estaba en una relación romántica con una prostituta. En esta situación, la prostituta puede haber acusado falsamente al acusado de proxenetismo para:
- vengarse por alguna razón, o
- reducir su propia responsabilidad penal.
No importa la razón, esta es una buena defensa si el acusado puede mostrar que la prostituta mintió.
2.3. Sin conocimiento
Recuerde que un acusado solo puede ser culpable bajo el PC 266h si tuvo conocimiento. Esto significa que debe haber sabido que estaba recibiendo dinero de una prostituta. Por lo tanto, es una defensa para un acusado demostrar que no tenía este conocimiento.
Una condena por proxenetismo es castigable con hasta 6 años en la cárcel o prisión.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación del Código Penal 266h es un delito. El delito es castigable con:
- custodia en la cárcel o prisión estatal hasta seis años, o
- probación felón (o formal).
Tenga en cuenta que si un acusado es condenado por proxenetismo a un menor menor de 18 años, entonces:
- puede enfrentar hasta ocho años en prisión estatal, y
- debe registrarse por vida como un delincuente sexual de California.
4. ¿Hay consecuencias migratorias?
Una condena de esta ley puede tener consecuencias migratorias negativas.
La ley de inmigración de los Estados Unidos dice que ciertos tipos de condenas criminales pueden conducir a:
- que un no ciudadano sea deportado, y
- que un no ciudadano sea marcado como “inadmisible“.
Una categoría de “deportables” o “inadmisibles” delitos incluye “delitos agravados“.5
Esto significa que:
- si los hechos muestran que el acusado cometió un delito agravado,
- entonces podría ser deportado o marcado como inadmisible.
5. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
Una persona condenada por este delito tiene derecho a una expurgación si él:
- completa con éxito la libertad condicional, o
- completa una condena de prisión (lo que sea relevante).
Si una parte viola un término de libertad condicional, aún podría obtener la expurgación del delito. Pero esto estaría a discreción del juez.
Bajo el Código Penal 1203.4, una expurgación libera a un individuo de prácticamente “todas las penas y discapacidades” derivadas de la condena.6
6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
Una condena bajo esta estatuta tendrá un efecto negativo en los derechos de portar armas del acusado.
De acuerdo a la ley de California, los convictos de delitos graves están prohibidos de:
- adquirir, o
- poseer
una arma en California.
Desde que el proxenetismo es un delito, un acusado perderá sus derechos a portar armas si es condenado por el delito.
7. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con el proxenetismo. Estos son:
- pandear – PC 266i,
- supervisar o ayudar a una prostituta – PC 653.23, y
- trata de personas – PC 236.1.
7.1. Pandear – PC 266i
Código Penal 266i PC es la estatuta de California que hace que sea un delito para una persona:
- recoger o adquirir a una prostituta, o
- convencer o persuadir a otra persona para que se convierta o continúe siendo una prostituta.
Tenga en cuenta que a diferencia del proxenetismo, la recepción de dinero no es parte del pandear. El enfoque está en la persuasión o convencimiento.
7.2. Supervisar o ayudar a una prostituta – PC 653.23
Código Penal 653.23 PC hace que sea un delito supervisar o ayudar a alguien que:
- se dedique a la prostitución, o
- merodee con el propósito de dedicarse a la prostitución.
Mientras que el proxenetismo se centra más en la recepción de dinero, este delito se centra en la asistencia o supervisión.
7.3. Trata de personas – PC 236.1
De acuerdo con Código Penal 236.1 PC, el delito de “trata de personas” en California se define como:
- privar a alguien de su libertad con la intención de obtener trabajo forzado o servicios de ellos,
- privar a alguien de su libertad con la intención de violar ciertas leyes de California relacionadas con la actividad sexual comercial y la explotación sexual de los niños, o
- persuadir a un menor para que participe en un acto sexual comercial.
Este es un delito más grave que el proxenetismo y conlleva penas más severas que el mismo.
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Para obtener información sobre los cargos de pimping en Nevada y/o Colorado, consulte nuestros artículos sobre:
Referencias legales:
- CALCRIM No. 1150 – Pimping. Instrucciones de jurado criminal del Consejo Judicial de California (edición de 2017).
- Ver el mismo. Ver también People v. Hill (1980) 103 Cal.App.3d 525; People v. Romo (1962) 200 Cal.App.2d 83; y, Wooten v. Superior Court (2001) 93 Cal.App.4th 422.
- CALCRIM No. 1150 – Pimping. Ver también Wooten v. Superior Court, Supra.
- Ver People v. Smith (1955) 44 Cal.2d 77
- Ver INA 237 (a) (2) (A).
- Código Penal de California 1203.4 PC.