Código Penal 653.22 PC es una ley (que fue derogada en 2022) que hacía un delito en California el merodear en un lugar público con la intención de cometer prostitución. Antes de la derogación, una condena era un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y una multa de hasta $1000.00.
Si tiene una condena anterior por merodear para la prostitución, PC 653.29 le permite buscar un sello de registro de inmediato.
El texto completo de la ley ahora derogada decía lo siguiente:
653.22. (a) (1) Excepto como se especifica en el párrafo (2), es ilegal que cualquier persona merodee en cualquier lugar público con la intención de cometer prostitución. Esta intención se evidencia al actuar de manera y en circunstancias que demuestren abiertamente el propósito de inducir, atraer o solicitar prostitución, o de procurar que otra persona cometa prostitución.
(2) No obstante lo dispuesto en el párrafo (1), esta subdivisión no se aplica a un menor de 18 años que se alega que ha participado en conductas que, de ser cometidas por un adulto, violarían esta subdivisión. Un menor explotado comercialmente bajo este párrafo puede ser declarado un menor dependiente del tribunal de conformidad con el párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 300 del Código de Bienestar e Instituciones y puede ser tomado en custodia temporal de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 305 del Código de Bienestar e Instituciones, si se cumplen las condiciones que permiten la custodia temporal sin orden judicial.
(b) Entre las circunstancias que se pueden considerar para determinar si una persona merodea con la intención de cometer prostitución se encuentran que la persona:
(1) Llama repetidamente, detiene, entabla conversaciones con o intenta detener o entablar conversaciones con transeúntes, lo que indica que está solicitando prostitución.
(2) Detiene repetidamente o intenta detener vehículos motorizados haciendo señas a los conductores, agitando los brazos o haciendo cualquier otro gesto corporal, o entabla o intenta entablar conversaciones con los conductores o pasajeros de los vehículos motorizados, lo que indica que está solicitando prostitución.
(3) Ha sido condenado por violar esta sección, la subdivisión (a) o (b) de la Sección 647, o cualquier otro delito relacionado con o que involucre prostitución, dentro de los cinco años posteriores al arresto en virtud de esta sección.
(4) Da vueltas en un área en un vehículo motorizado y llama repetidamente, contacta o intenta contactar o detener a peatones u otros conductores, lo que indica que está solicitando prostitución.
(5) Ha participado, dentro de los seis meses anteriores al arresto en virtud de esta sección, en cualquier comportamiento descrito en esta subdivisión, con la excepción del párrafo (3), o en cualquier otro comportamiento que indique actividad de prostitución.
(c) La lista de circunstancias establecidas en la subdivisión (b) no es exclusiva. Las circunstancias establecidas en la subdivisión (b) deben considerarse especialmente relevantes si ocurren en un área conocida por la actividad de prostitución. Cualquier otra circunstancia relevante puede ser considerada para determinar si una persona tiene la intención requerida. Además, ninguna circunstancia o combinación de circunstancias es determinante por sí sola de la intención. La intención debe ser determinada en base a una evaluación de las circunstancias particulares de cada caso.
Estos fueron arrestos fáciles de hacer porque los oficiales no tenían que atrapar a alguien en una transacción de prostitución. Por lo tanto, era fácil para personas inocentes encontrarse acusadas injustamente.
Ejemplos
- Una mujer camina de un lado a otro en una calle donde todos los negocios están cerrados por la noche. Se acerca a varios autos con conductores masculinos para tener breves conversaciones.
- Una joven con ropa reveladora se sienta en una parada de autobús durante varios minutos, pero no se sube al autobús cuando llega. Saluda a los autos que pasan con conductores masculinos.
- Una menor camina lentamente por un área conocida por la actividad de prostitución. Está con otra mujer que tiene antecedentes de arrestos por prostitución. Las dos mujeres prestan mucha atención a los autos que pasan.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de California responden a las siguientes preguntas clave:
- 1. ¿Qué significaba merodear para la prostitución?
- 2. ¿Cómo demostraba el estado que una persona tenía la intención de cometer prostitución?
- 3. ¿Cuáles eran algunas defensas comunes al Código Penal 653.22 PC?
- 4. ¿Cuáles eran las consecuencias de una condena?
- 5. ¿Con qué delitos similares podría ser acusada una persona?
- 6. ¿Tenían los merodeadores inmunidad si denunciaban delitos graves?
Si desea más información después de leer este artículo, lo invitamos a contactarnos en Shouse Law Group.
1. ¿Qué significaba merodear para la prostitución?
Para condenarte bajo el 653.22 PC antes de 2023, el fiscal tenía que demostrar los siguientes hechos (también conocidos como “elementos” del delito):
- estabas merodeando,
- lo hacías en un lugar público, y
- tenías la intención específica de cometer prostitución.
Ahora que el 653.22 PC ha sido derogado, merodear para la prostitución ya no es un delito. El acto de prostitución en sí sigue siendo un delito.1-9
2. ¿Cómo demostraba el estado que una persona tenía la intención de cometer prostitución?
El Código Penal 653.22 PC establece ciertas acciones que pueden demostrar que una persona tenía la intención de cometer prostitución. Estas son:
- La persona llama repetidamente, detiene, entabla conversaciones o intenta detener o entablar conversaciones con transeúntes, de una manera que indica que están solicitando prostitución;
- La persona detiene repetidamente o intenta detener autos haciendo señas a los conductores, saludando o haciendo otros gestos, o entabla o intenta entablar conversaciones con los conductores, de una manera que indica que están solicitando prostitución;
- La persona circula en un área en un vehículo motorizado y llama repetidamente o contacta, o intenta contactar o detener, a peatones u otros conductores, de una manera que indica que están solicitando prostitución;
- La persona ha participado en cualquiera de los comportamientos mencionados anteriormente, o cualquier otro comportamiento que indique que estaban solicitando prostitución, dentro de los seis (6) meses anteriores a ser arrestado; o
- La persona ha sido condenada por merodear con el propósito de participar en prostitución, o por conducta lasciva en público, solicitar conducta lasciva, prostitución o solicitar prostitución, en los últimos cinco (5) años.10-14
Los jueces y jurados también podían considerar otros factores además de los mencionados anteriormente. Por ejemplo, podían considerar comportamientos que indicaran que usted había cometido o solicitado prostitución en el pasado, incluso si estos comportamientos tuvieron lugar más de seis (6) meses antes de su arresto.15
Otros comportamientos que podrían demostrar que tenía la intención de cometer prostitución incluían:
- Dar un nombre falso o fecha de nacimiento a un policía si lo interrogaban;16 y/o
- Estar en compañía de alguien con antecedentes de delitos relacionados con la prostitución.17
Tenga en cuenta que la policía no podía utilizar el hecho de que el sospechoso llevara condones como causa probable para determinar que la persona estaba merodeando para la prostitución.18
Así que puedes ver cuánta discreción tenían la policía, los fiscales y los jueces y jurados al arrestar y condenar a personas por esta sección. Este tipo de ley abrió la puerta para que la policía apuntara injustamente a ciertos grupos, vecindarios o individuos.19
3. ¿Cuáles eran algunas defensas comunes al Código Penal 653.22 PC?
Una condena por un delito sexual de California, como merodear para la prostitución, tenía terribles repercusiones para tu carrera y vida personal. Aunque había varias defensas legales que podían desestimar estos cargos:
3.1. Evidencia insuficiente de que tenías la intención de cometer prostitución
Una situación completamente inocente puede parecer merodear con la intención de cometer prostitución.
Por ejemplo, una mujer menor de 21 años puede haber estado vistiendo ropa provocativa y conversando con hombres que pasaban porque quería que le compraran alcohol. O una mujer puede haber hecho contacto visual con los conductores masculinos de los autos que pasaban porque le gustaba ser coqueta, o esperaba que alguien le diera un aventón a casa.
Debido a que esta ley daba tanta discreción a la policía y los jueces, un abogado de defensa criminal habilidoso era increíblemente valioso para luchar contra los cargos de merodear para la prostitución.
3.2. Provocación
La provocación ocurre cuando un oficial de policía induce a una persona normalmente respetuosa de la ley a cometer un delito que de otra manera no habría cometido. Los arrestos a menudo son realizados por oficiales que operan encubiertos. Esto puede desencadenar la defensa de provocación.
La provocación ocurre solo cuando un oficial de policía se comporta de manera dominante, por ejemplo, aplicando presión, acoso, fraude, adulación o amenazas.20
Aquí hay un ejemplo que involucra el ahora derogado 653.22 PC:
Maria tenía diecinueve años y había estado bebiendo en un bar en un vecindario donde a veces se encuentran prostitutas. Estaba fumando un cigarrillo afuera del bar.
Un policía encubierto llamado Frank se detuvo en un auto caro y le preguntó a Maria si estaba trabajando. Maria lo ignoró. Frank le dijo que le gustaría contratarla y le pagaría doscientos dólares por media hora. Ella continuó ignorándolo y volvió al bar.
Más tarde, Maria salió afuera para otro cigarrillo. El auto de Frank apareció de nuevo. Le dijo que era la chica más hermosa que había visto en esta calle y que le pagaría quinientos dólares por media hora. Frank le mostró un fajo de billetes. Maria le dijo que estaba equivocado acerca de ella.
Maria pensó en la oferta extravagante de Frank mientras estaba en el bar. Después de que el bar cerró, se quedó en la calle afuera por un tiempo para ver si él volvía. Cuando lo hizo, la arrestó por merodear con la intención de cometer prostitución.
Frank aplicó una presión extrema a Maria al ofrecerle una gran cantidad de dinero. También usó adulación para despertar su interés. Maria no habría considerado merodear después de que el bar cerrara si él no hubiera usado estas tácticas.
Este es un ejemplo clásico de provocación ilegal. Con la ayuda de un abogado de defensa criminal de California que comprenda la defensa de provocación, Maria podría haber evitado la condena.
4. ¿Cuáles eran las consecuencias de una condena?
4.1. Sanciones por delito menor
El Código Penal 653.22 PC era un delito menor de California.21 Si eras condenado por merodear con la intención de cometer prostitución, enfrentabas una multa máxima de mil dólares ($1,000) y hasta seis (6) meses en una cárcel del condado.22
La frase exacta fue determinada por el juez.
4.2. Órdenes de prohibición en distritos de tránsito
Si fue condenado por merodear con la intención de participar en la prostitución en las regiones de Sacramento, Fresno o el Área de la Bahía de San Francisco, es posible que se le haya prohibido utilizar ciertas instalaciones de transporte público por un período de tiempo. La autoridad de tránsito debe haberle dado aviso y la oportunidad de impugnar esta orden antes de que entrara en vigor.23
5. ¿Qué otros delitos similares podría enfrentar una persona?
Existen otros delitos que a menudo se acusaban junto con el Código Penal 653.22 PC, merodear con la intención de cometer prostitución. Estos incluían:
5.1. Prostitución y solicitud de prostitución
Código Penal 647(b) PC prohíbe la prostitución y la solicitud de prostitución en California.
Puede ser condenado por prostitución si
- participa en un acto de prostitución, y
- lo hace voluntariamente, lo que significa deliberada o intencionalmente.24
Para condenarlo por solicitar prostitución, el fiscal debe demostrar que usted
- solicitó a otra persona que participara en un acto de prostitución, y
- lo hizo con la intención específica de participar en la prostitución.25
La prostitución y la solicitud de prostitución son delitos menores en California.
5.2. Conducta lasciva en público
Conducta lasciva en público según el Código Penal 647(a) PC significa tocar sus partes privadas o las de otra persona para excitación sexual, cuando sabe o debería saber razonablemente que hay alguien más cerca que se ofendería.
La conducta lasciva y la solicitud de conducta lasciva son delitos menores en California.
5.3. Ordenanzas locales
Los gobiernos de la ciudad y del condado pueden imponer sus propias restricciones de acuerdo con la ley estatal.26-27
5.4. Vagar para solicitar la compra de alcohol
Código Penal 303a PC, la ley de California contra el vagabundeo para solicitar la compra de alcohol, hace que sea un delito menor vagar fuera de un establecimiento que sirve alcohol para ser servido en el lugar (como un bar o restaurante) con el propósito de persuadir a otros clientes a comprarte alcohol.28
Algunas prostitutas encuentran a sus clientes en bares o clubes e inician la transacción persuadiendo a los clientes para que les compren bebidas. Si eres arrestado bajo circunstancias como estas, es posible que puedas reducir los cargos a cargos de PC 303a, que probablemente llevarán un poco menos de estigma en un registro criminal.
6. ¿Tenían los merodeadores inmunidad si reportaban delitos graves?
Sí. A partir de 2020, las personas estaban inmunes a ser procesadas por merodear si reportaban alguno de los siguientes delitos graves a la policía:
- cualquier delito grave,
- ciertos tipos graves de agresión, como:
- trata de personas (Código Penal 236.1 PC),
- agresión sexual (Código Penal 243.4 PC),
- acoso (Código Penal 646.9 PC),
- violencia doméstica que cause lesiones corporales (Código Penal 275.5 PC), o
- extorsión (Código Penal 518 PC).
Además de estar inmune a los cargos de merodeo por reportar los delitos mencionados anteriormente, las personas también estaban inmunes a los cargos de:
- delitos menores de drogas,
- participar o solicitar prostitución (Código Penal 647(b) PC),
- crear o mantener un peligro público (Código Penal 372 PC), y
- participar en conducta lasciva (Código Penal 647(a) PC).
El propósito de otorgar inmunidad era fomentar que las trabajadoras sexuales denunciaran delitos graves sin temor a ser castigadas también.29
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Referencias legales:
- Código Penal 653.22 PC – Vagabundear con el propósito de cometer un delito de prostitución. “(a) Es ilegal que cualquier persona vagabundee en cualquier lugar público con la intención de cometer prostitución. Esta intención se demuestra mediante actos y circunstancias que demuestran abiertamente el propósito de inducir, atraer o solicitar prostitución, o de procurar que otra persona cometa prostitución.” Proyecto de Ley del Senado 357 (2022). Hannah Wiley, California deroga la ley contra el vagabundeo que provocó un debate sobre la despenalización del trabajo sexual, LA Times (1 de julio de 2022).
- Código Penal 653.26 PC – La violación es un delito menor. “(La violación de cualquier disposición de este capítulo es un delito menor.)
- Código Penal 19 PC – Castigo por delito menor; castigo no prescrito de otra manera. Véase también Código Penal de California 19.2 PC – Castigo por delito menor; confinamiento máximo.
- Nuestros abogados de defensa criminal de California tienen oficinas locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. También tenemos oficinas de abogados adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco, Sacramento y varias ciudades cercanas.
- CALCRIM 1156 – Instrucción del jurado para el vagabundeo con fines de prostitución. Directiva Especial LADA 20-07.
- Código Penal 653.20 PC – Definiciones. “(c) ‘Vagabundear’ significa retrasarse o permanecer sin un propósito legal para estar en la propiedad y con el propósito de cometer un delito si se presenta la oportunidad.”
- Véase lo mismo, subdivisión (b). “(b) ‘Lugar público’ significa un área abierta al público, o un callejón, plaza, parque, entrada de vehículos o estacionamiento, o un automóvil, ya sea en movimiento o no, o un edificio abierto al público en general, incluyendo uno que sirve comida o bebida, o proporciona entretenimiento, o las puertas y entradas de un edificio o vivienda, o los terrenos que rodean un edificio o vivienda.”
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo, subdivisión (a). (“a) ‘Cometer prostitución’ significa participar en conducta sexual por dinero u otra consideración, pero no incluye conducta sexual realizada como parte de cualquier actuación en el escenario, obra de teatro u otro entretenimiento abierto al público.”)
- Nuestros abogados de defensa criminal en San Bernardino y Los Ángeles han defendido con éxito a numerosos clientes acusados de delitos sexuales en California, incluyendo merodear para la prostitución. Representamos a clientes en varias ubicaciones de los tribunales de California, incluyendo el tribunal de Rancho Cucamonga, el tribunal de Fontana, el tribunal de Chino, el tribunal de Pasadena, el tribunal de Burbank, el tribunal de Glendale, el tribunal de Alhambra y el Centro de Justicia Penal Clara Shortridge Foltz en el centro de Los Ángeles.
- Código Penal 653.22 PC
- Ver lo mismo, subdivisión (b). (“(b) Entre las circunstancias que se pueden considerar para determinar si una persona merodea con la intención de cometer prostitución están que la persona: (1) Llama repetidamente, detiene, entabla conversaciones o intenta detener o entablar conversaciones con transeúntes, lo que indica que está solicitando para la prostitución. (2) Detiene repetidamente o intenta detener vehículos motorizados haciendo señas a los conductores, agitando los brazos o haciendo cualquier otro gesto corporal, o entabla o intenta entablar conversaciones con los conductores o pasajeros de los vehículos motorizados, lo que indica que está solicitando para la prostitución. (3) Ha sido condenado por violar esta sección, subdivisión (a) o (b) de la Sección 647, o cualquier otro delito relacionado con o que involucre la prostitución, dentro de los cinco años posteriores al arresto bajo esta sección. (4) Da vueltas en un área en un vehículo motorizado y llama repetidamente, contacta o intenta contactar o detener a peatones u otros conductores, lo que indica que está solicitando para la prostitución. (5) Ha participado, dentro de los seis meses anteriores al arresto bajo esta sección, en cualquier comportamiento descrito en esta subdivisión, con la excepción del párrafo (3), o en cualquier otro comportamiento que indique actividad de prostitución.”) Ver también Código Penal 647 PC – Conducta desordenada.
- Lo mismo. (“(c) La lista de circunstancias establecidas en la subdivisión (b) no es exhaustiva. Las circunstancias establecidas en la subdivisión (b) deben considerarse particularmente relevantes si ocurren en un área conocida por la actividad de prostitución. Cualquier otra circunstancia relevante puede considerarse para determinar si una persona tiene la intención requerida. Además, ninguna circunstancia o combinación de circunstancias es determinante por sí sola de la intención. La intención debe determinarse en base a una evaluación de las circunstancias particulares de cada caso.”)
- Ver lo mismo. Ver también People v. Pulliam (1998) 62 Cal.App.4th 1430, 1436. (La conducta mencionada “guía pero no es determinante de si el merodeador poseía la intención requerida.”)
- Ver People v. Johnson (2010), Cal.App.2nd – 2010 WL 367525, en §2. (“El Código Penal sección 653.22 claramente y claramente no dice que no se puede introducir ninguna evidencia de comportamiento que indique actividad de prostitución que ocurrió más de seis meses antes del arresto bajo ninguna circunstancia.”)
- Ver In re J.J. (2009), Cal.App.1st – 2009 WL 4881911, en §7.
- Ver lo mismo, en §7.
- Proyecto de Ley del Senado de California 233 (2019).
- Julia Dahl, Tú dices merodear por sexo, yo digo simplemente pasar el rato, Salon, 30 de agosto de 2010 (citando a un abogado de Nueva York que “llama a los arrestos por merodear para la prostitución tanto ‘arbitrarios’ como ‘discriminatorios'”).
- Ver People v. West, (1956) 139 Cal.App.2d Supp. 923, 924. (“La provocación es la concepción y planificación de un delito por parte de un oficial y su obtención por parte de alguien que no lo habría cometido excepto por el engaño, la persuasión o el fraude del oficial. La persuasión o el atractivo deben ser utilizados para provocar.”)
- Código Penal 653.26 PC – La violación es un delito menor. (“Una violación de cualquier disposición de este capítulo es un delito menor.”)
- Código Penal 19 PC – Castigo por delito menor; castigo no prescrito de otra manera.
- Código de Servicios Públicos 99171
- CALCRIM 1153 – Prostitución.
- Lo mismo.
- Código Penal 653.28 PC – Leyes locales; prelación.
- Por ejemplo, ver Código Municipal de Los Ángeles 41.70 – Vehículos molestos – Prostitución.
- Código Penal 303a – Merodear para solicitar la compra de alcohol.
- Proyecto de Ley del Senado de California 233 (2019).