Actualizado 6 de julio de 2020
El Código de Vehículos 23540 VC es la estatuta de California que impone penalidades adicionales a los conductores que reciben una segunda condena por DUI dentro de los 10 años de una condena anterior por DUI. La ley también impone penalidades adicionales si la segunda condena es por DUI causando lesiones o una condena de conducción temeraria que fue negociada desde un cargo de DUI. Esto último se conoce como una condena de “conducción temeraria bajo la influencia”.
VC 23540 establece que “si una persona es condenada por [un delito de DUI] y el delito ocurrió dentro de los 10 años de una [violación de] … Sección 23103.5 [conducción temeraria bajo la influencia], 23152 [conducción bajo la influencia de alcohol] o 23153 [DUI causando lesiones] … esa persona será castigada con prisión en la cárcel del condado por no menos de 90 días ni más de un año y con una multa de no menos de trescientos noventa dólares ($390) ni más de mil dólares ($1,000)”.
Ejemplos
- conducir con un nivel de alcohol en la sangre de 0.15 dentro de un período de tres años de una condena por conducir bajo la influencia de alcohol.
- obtener una segunda ofensa por DUI dentro de dos meses de una primera ofensa.
- recibir una condena por DUI en California siete años después de una condena por conducción con una concentración de alcohol en la sangre (BAC) de 0.08.
Defensas
Un acusado puede presentar una defensa legal para contestar un cargo bajo esta ley de California. Algunas defensas incluyen:
- el acusado no tenía cargos anteriores por DUI,
- el acusado no estaba intoxicado en la segunda ofensa, y/o
- la policía no siguió los procedimientos adecuados.
Penas por DUI
Una violación de esta ley significa que un conductor recibirá penalidades adicionales por su segunda detención por DUI. Estas incluyen:
- tiempo de prisión por un período entre 90 días y un año,
- una multa entre $390 y $1,000,
- una suspensión de la licencia de la licencia de conducir válida de California del conductor, y/o
- la negación de una licencia de conducir restringida.
Nuestros abogados de DUI de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa violar el Código de Vehículos de California 23540?
- 2. ¿Hay defensas legales en estos casos de DUI?
- 3. ¿Cuáles son las penalidades?
- 4. ¿Hay consecuencias inmigratorias por un segundo DUI?
- 5. ¿Puede una persona obtener una cancelación de registro?
- 6. ¿Afecta una segunda condena los derechos de portar armas?
- 7. ¿Hay delitos relacionados?
El Código de Vehículos de California 23540 impone penalidades adicionales a un conductor si obtiene una segunda condena por DUI dentro de los 10 años de una condena anterior por DUI.
1. ¿Qué significa violar el Código de Vehículos de California 23540?
Una violación de esta ley significa que un conductor de un vehículo motorizado recibirá penalidades adicionales si:
- es condenado por conducir bajo la influencia, y
- obtiene una segunda condena por DUI dentro de los 10 años de la primera condena.1
Tenga en cuenta que las penalidades impuestas bajo esta ley son además de cualquier penalidad por el segundo DUI.
Nota también que esta sección de código solo se aplica si un conductor fue condenado por un DUI dentro de los 10 años de una condena anterior. La ley no se aplica si un conductor fue acusado de un DUI anterior, pero finalmente fue declarado inocente de la acusación o fue desestimada. 2
2. ¿Hay defensas legales en estos casos de DUI?
Los abogados de defensa y DUI pueden recurrir a ciertas estrategias legales para desafiar las acusaciones bajo estas leyes. Estos incluyen demostrar que:
- el acusado no tenía DUI anterior.
- el acusado no estaba intoxicado.
- la policía no siguió los procedimientos adecuados.
2.1. Sin DUI anterior
Las penas adicionales bajo estas leyes solo se imponen si un conductor tuvo una condena anterior por DUI dentro de los 10 años de una segunda condena. Esto significa que siempre es una defensa para un conductor demostrar que él / ella no tenía un DUI anterior. O tal vez hubo uno, pero fue hace más de 10 años.
2.2. El conductor no estaba intoxicado
Un conductor siempre puede intentar impugnar un cargo de CVC 23540 afirmando que no estaba afectado con respecto a la segunda serie de cargos de DUI. Si tiene éxito, entonces el acusado evita una segunda condena por DUI y no hay violación de esta ley.
2.3. La policía no siguió los procedimientos adecuados
De manera similar, un acusado puede impugnar un cargo demostrando que la policía no siguió los procedimientos adecuados durante la segunda detención por DUI. Tal vez, por ejemplo, los oficiales no siguieron los procedimientos adecuados con respecto a un test de aliento o un test químico. Si es así, entonces el acusado puede evitar una segunda condena por DUI, y esto significa que no hay fundamento para una condena VC 23540.
Una segunda violación de DUI puede resultar en una sentencia de prisión y/o una multa.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de esta ley significa que un conductor recibirá:
- penas adicionales por el segundo DUI, y
- estas penas son además de las penas normales por una segunda violación de DUI.
3.1. Penas adicionales según el artículo 23540 VC
Las penas impuestas según el Artículo 23540 incluyen:
- prisión en la cárcel del condado (en lugar de prisión estatal) por un tiempo entre 90 días y un año,
- una multa entre $390 y $1,000, y/o
- una suspensión de los privilegios de conducir del individuo (con el período de suspensión hasta dos años).3
Además, un tribunal puede negar la emisión de una Licencia de Conducir Restringida (DMV) si decide que él/ella:
- presenta un riesgo de seguridad vial si se le autoriza a operar un vehículo, o
- presenta un riesgo de seguridad pública si se le otorga una licencia restringida.4
3.2. Penas por un segundo DUI
Además de las penas anteriores, un conductor condenado por un segundo DUI dentro de un período de 10 años también recibirá las penas impuestas por una condena normal por segunda vez por DUI.
Dependiendo de los hechos del caso, estos pueden incluir:
- cargos de delito menor,
- tres a cinco años de libertad condicional por delito menor,
- un programa para reincidentes por conducir bajo la influencia, o una “escuela de DUI (SB38)“, y/o
- la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en el vehículo durante 1 año.
4. ¿Hay consecuencias migratorias por un segundo DUI?
Una condena bajo estas leyes generalmente no tendrá consecuencias migratorias negativas.
La ley de California dice que algunos delitos pueden resultar en que un acusado no ciudadano sea:
- deportado, o
- marcado como inadmisible.
Una condena por segunda vez por DUI, sin embargo, normalmente no producirá estos resultados.
5. ¿Puede una persona obtener una cancelación de registro?
Un conductor generalmente puede obtener una condena por segunda vez por DUI cancelada. Esto es cierto siempre que él/ella complete exitosamente:
- cualquier tiempo de libertad condicional impuesto, y/o
- cualquier tiempo de prisión impuesto.
6. ¿Afecta una segunda condena los derechos de portar armas?
Algunos delitos de California resultarán en que el infractor pierda sus derechos de portar armas. Esto incluye la capacidad de:
- poseer,
- poseer, y
- comprar un arma de fuego.
Una condena por segunda vez por DUI, sin embargo, normalmente no tendrá estas consecuencias.
7. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con una segunda infracción por DUI. Estos son:
- conducir con una BAC de 0.08 o más – VC 23152b,
- DUI de menores de edad con una BAC de 0.05 o más – VC 23140, y
- DUI que cause lesiones – VC 23153.
7.1. Conducir con una BAC de 0.08 o más – VC 23152b
El Código de Vehículos 23152b VC hace que sea un delito conducir un vehículo motorizado con una BAC de 0.08% o más.
Un conductor puede recibir una condena VC 23540 si:
- se le acusa de este delito, y
- luego recibe otra condena por DUI dentro de los 10 años.
7.2. DUI menor de edad con una BAC de .05 o más – VC 23140
Código de Vehículos 23140 VC hace que sea una infracción de California para cualquier persona menor de 21 años conducir con una BAC de .05% o más.
Tenga en cuenta que los menores pueden ser condenados bajo la sección 23540 si son condenados por una segunda ofensa de DUI.
7.3. DUI que causa lesiones – VC 23153
Código de Vehículos 23153 VC define el delito de “DUI que causa lesiones” como conducir bajo la influencia y causar lesiones corporales a otra persona como resultado.
Los fiscales pueden acusar esta sección como un delito menor o un delito grave.
Una segunda condena por DUI dentro de los 10 años de esta ofensa someterá a un conductor a penas agravadas bajo el Código de Vehículos 23540.
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Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 23540a CVC.
- LaChance v. Valverde (2012) 207 Cal.App.4th 779.
- Código de Vehículos de California 23540a CVC.
- Código de Vehículos de California 23540b CVC.