La Junta de Farmacia de California puede disciplinar a los farmacéuticos y técnicos farmacéuticos con licencia si son condenados por ciertos delitos criminales. Estas condenas incluyen condenas por delitos menores o delitos graves que estén “relacionados sustancialmente” con los productos farmacéuticos (ejemplos incluyen condenas por delitos relacionados con la fraude, el robo o la violencia).
La acción disciplinaria puede incluir la suspensión o revocación de la licencia.
La Junta también puede retener las licencias de farmacéutico de los aspirantes a farmacéuticos y técnicos si:
- fueron condenados por un delito dentro de los siete años a partir de la fecha de su solicitud de licencia, y
- la ofensa estuvo relacionada sustancialmente con los productos farmacéuticos.
Además, la Junta de Farmacia puede prohibir a los solicitantes obtener una licencia farmacéutica si los solicitantes recibieron una condena, en cualquier momento, por cualquiera de los siguientes:
- una ofensa grave (como asesinato, violación o robo a gran escala), o
- una ofensa sexual que requiera registro de delincuente sexual de nivel II o nivel III.
Tenga en cuenta que los farmacéuticos y técnicos farmacéuticos condenados pueden intentar impugnar la acción disciplinaria propuesta.
Por ejemplo, pueden intentar resolver un caso con la Junta para minimizar cualquier disciplina impuesta.
Los profesionales también tienen el derecho de impugnar un caso en una audiencia administrativa, que se celebra ante un juez de ley administrativa. La audiencia es similar a un juicio criminal.
El juez normalmente recomendará una disciplina si la Junta puede demostrar, mediante prueba clara y convincente, que la disciplina es justificada.
El Consejo puede:
- aprobar esta recomendación,
- modificarla, o
- rechazarla.
Nuestros abogados defensores penales de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Quién regula a los farmacéuticos en California?
- 2. ¿Qué tipos de condenas criminales desencadenan una disciplina del Consejo?
- 3. ¿Qué significa “relacionado sustancialmente”?
- 4. ¿Ayuda la evidencia de rehabilitación?
- 5. ¿Puede un farmacéutico condenado en California luchar contra una acción disciplinaria?
- 6. ¿Puedo convertirme en farmacéutico si tengo un historial criminal?
El Consejo de Farmacia de California puede disciplinar a los farmacéuticos y técnicos farmacéuticos licenciados si son condenados por ciertos delitos criminales, como aquellos que estén “relacionados sustancialmente” con los productos farmacéuticos.
1. ¿Quién regula a los farmacéuticos en California?
El Consejo de Farmacia, una agencia gubernamental dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor de California, regula a los farmacéuticos, técnicos farmacéuticos e internos farmacéuticos.
El Consejo hace cumplir las leyes de farmacia de California e implementa regulaciones de acuerdo con su misión de proteger la salud pública y la seguridad pública.1
Como parte de su responsabilidad, el Consejo puede disciplinar a los titulares por conducta poco profesional. “Conducta poco profesional” incluye condenas por ciertos delitos.
En reacción a una condena, la Junta de Farmacia puede:
- poner al profesional bajo libertad condicional, o
- suspender o revocar su licencia profesional.2
2. ¿Qué tipos de condenas criminales desencadenan la disciplina de la Junta?
Las condenas criminales que estén “relacionadas sustancialmente” con las calificaciones, funciones o deberes de un
- farmacéutico,
- técnico de farmacia o
- pasante de farmacia pueden desencadenar la disciplina de la Junta.3
La Junta de Farmacia también puede negar una solicitud de licencia en base a una condena similar.4
El término “condena” incluye:
- condenas por delitos y faltas obtenidas a través de declaraciones de culpabilidad y veredictos o “declaraciones de no contienda” (después de que se haya dictado sentencia).5
Tenga en cuenta que la Junta incluso puede tomar medidas disciplinarias si un farmacéutico completa con éxito un programa de desviación judicial ordenado por el tribunal tras una condena.
En general, la Junta puede actuar con respecto a una condena cuando:
- el tiempo para apelar ha pasado,
- el veredicto ha sido confirmado en apelación, o
- se hace una orden de otorgar libertad condicional.6
La Junta puede tomar medidas expeditas cuando el titular de la licencia esté encarcelado por un delito grave.7
Cuando los farmacéuticos renueven sus licencias, deben informar sobre cualquier condena penal que haya ocurrido en los Estados Unidos. La única excepción es para la condena de una infracción que no involucre:
- alcohol,
- drogas peligrosas o
- sustancias controladas.8
Un incumplimiento de informar una condena se considera hacer una declaración falsa de manera intencional, lo que por sí solo podría resultar en la suspensión o revocación de la licencia.9
3. ¿Qué significa “relacionado sustancialmente”?
Una condena “relacionada sustancialmente” es aquella que pone en duda la capacidad del condenado para cumplir y respetar los deberes, calificaciones y funciones de un farmacéutico, técnico de farmacia o pasante de farmacia.
Tenga en cuenta que la Junta evalúa cada condena de caso por caso. Esto significa que puede etiquetar casi cualquier condena como “relacionada sustancialmente”, dependiendo de las circunstancias que rodean la condena.10
Con dicho esto, ejemplos de condenas que están “relacionadas sustancialmente” con los productos farmacéuticos incluyen condenas por:
- fraude,
- robo (en violación del Código Penal 484),
- violencia,
- medicamentos con receta, y
- abuso de alcohol (incluyendo instancias de DUI).11
La Junta de Farmacia de California está obligada a considerar si el titular ha sido rehabilitado de su actividad criminal.
4. ¿La evidencia de rehabilitación ayuda?
Sí. Al determinar si y cómo disciplinar a un farmacéutico o técnico de farmacia con licencia, la Junta está obligada a considerar si el titular ha sido rehabilitado de su actividad criminal.12
“Evidencia de rehabilitación” incluye, pero no se limita a, lo siguiente:
- evidencia de arrepentimiento o restitución,
- evidencia de participación en consejería y/o terapia de grupo,
- evidencia de trabajo voluntario y participación en la comunidad,
- cartas de referencia de empleadores y/o oficiales de libertad condicional, y
- el tiempo transcurrido desde la condena que implica un expediente limpio.13
Tenga en cuenta que los procedimientos de la Junta no están diseñados para “castigar” a un titular como los procedimientos penales. Más bien, están diseñados para ayudar a la Junta a evaluar si un titular sigue siendo un peligro para el público.
Aquí es donde entra en juego la evidencia rehabilitadora. Esto ayuda a la Junta de Farmacia a determinar si un farmacéutico sigue presentando un peligro para el público, después de la condena.
5. ¿Puede un farmacéutico condenado en California luchar contra una acción disciplinaria?
Sí. Un farmacéutico puede luchar contra una acción disciplinaria mediante un acuerdo o una audiencia administrativa.
Si un farmacéutico recibe una “Acusación” de la Junta, el documento notifica al profesional que la Junta busca disciplinar al titular suspendiendo o revocando su licencia.
En este punto, el farmacéutico o el técnico de farmacia (o su abogado) pueden intentar negociar un acuerdo con la Junta para limitar la extensión de la disciplina.
Si las partes no pueden resolver el asunto, el farmacéutico tiene derecho a comparecer ante una audiencia administrativa antes de que la Junta pueda imponer cualquier tipo de disciplina.
El proceso de audiencia
Las audiencias administrativas se llevan a cabo ante un juez de ley administrativa (ALJ) y se celebran en la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH).
La Junta de Farmacia está representada por un abogado de la Oficina del Fiscal General de California. El farmacéutico condenado tiene derecho a ser representado por un abogado de defensa penal, a su propio cargo.
La audiencia es como un juicio por jurado criminal o civil de California. Ambos lados pueden presentar pruebas para respaldar sus respectivos casos.
El ALJ típicamente recomienda que se imponga algún tipo de disciplina siempre que la Junta pueda demostrar, por evidencia clara y convincente, que la disciplina es justificada en las circunstancias.
Una vez que el juez hace su recomendación, la Junta puede ya sea aprobarla, modificarla o rechazarla.
Tenga en cuenta que los farmacéuticos tienen derecho a apelar la decisión de la Junta presentando un escrito ante el Tribunal Superior.
Si la Junta decide suspender o revocar la licencia profesional, el farmacéutico puede intentar solicitar a la Junta la rehabilitación de la licencia en cuestión. 14
6. ¿Puedo convertirme en farmacéutico si tengo un historial criminal?
Depende de la fecha de la condena y del delito por el cual se sostuvo la condena.
La regla general es que la Junta de Farmacia no puede descalificar a los solicitantes si no tienen condenas penales dentro de los últimos siete años de su solicitud de licencia.
Además, si un solicitante tiene una condena penal dentro de los últimos siete años, la Junta puede descalificarlos solo si el caso estuvo sustancialmente relacionado con las calificaciones, funciones o deberes de ser farmacéutico. (El término “sustancialmente relacionado” lleva la misma definición que se describe en la Sección 3 anterior).
Hay excepciones a las reglas anteriores. Principalmente, la Junta puede negar licencias de farmacia a aquellos que hayan sido condenados por cualquiera de los siguientes delitos en cualquier momento:
- un delito por el cual el solicitante tenga que registrarse como un delincuente sexual de segundo o tercer nivel, o
- un delito grave, según lo definido en el Artículo 1192.7 del Código Penal.
Ejemplos de un “delito grave” bajo el PC 1192.7 incluyen:
- asesinato,
- violación,
- secuestro,
- desfiguración,
- sodomía forzada, y
- agresión con un arma mortal.15
La Junta de Farmacia sí permite a los solicitantes rechazados apelar si su denegación se basó en tener un historial criminal.
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Referencias legales:
- Vea el Código de Negocios y Profesiones de California, Sección 4000 y siguientes. Vea también el Título 16, División 17 (Junta Estatal de Farmacia de California) del Código de Regulaciones de California.
- Vea “Manual de Directrices Disciplinarias y Órdenes Disciplinarias Modelo“, Junta de Farmacia de California (2017).
- Código de Negocios y Profesiones de California, Sección 4301.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Vea el sitio web de la Junta de Farmacia de California, “Renovación de la Licencia de Farmacéutico“.
- Vea lo mismo.
- Vea, por ejemplo, “Manual de Directrices Disciplinarias y Órdenes Disciplinarias Modelo”, Junta de Farmacia de California (2017).
- Vea, por ejemplo, el Código de Negocios y Profesiones de California, Sección 4301.
- Vea, por ejemplo, “Manual de Directrices Disciplinarias y Órdenes Disciplinarias Modelo”, Junta de Farmacia de California (2017).
- Vea lo mismo.
- Junta Estatal de Enfermería Registrada de California, “Directrices Recomendadas para Órdenes Disciplinarias y Condiciones de Libertad Condicional”.
- Código Penal de California 1192.7 PC. Vea también Proyecto de Ley Asamblea 2138.