
El estado de California tiene numerosas leyes y regulaciones que rigen cómo y cuándo se deben emitir los cheques de pago. Debe conocer cinco derechos clave:
- lo que su talón de pago debe incluir,
- cuándo tiene derecho a sus salarios,
- sus derechos para examinar sus registros de nómina,
- lo que debe incluirse en su pago final, y
- cuándo los empleadores pueden hacer deducciones de sus salarios.

1. Información que Debe Incluir su Talón de Pago
Según la sección 226(a) del Código Laboral de California, todos los talones de pago deben incluir la siguiente información detallada:
- su nombre,
- su número de identificación o los últimos 4 dígitos de su Número de Seguro Social,
- nombre y dirección del empleado,
- las fechas del período de pago en cuestión, que se consideran inclusivas,
- el número total de horas trabajadas,
- cuántas de esas horas trabajadas tienen derecho a pago de horas extras,
- la tarifa por hora y el número de horas trabajadas a cada tarifa,
- salarios brutos ganados,
- cualquier deducción de los salarios brutos, y
- sus salarios netos ganados.1
No es necesario proporcionar información sobre el número de horas trabajadas si usted es un empleado exento.
Si le pagan por pieza, el talón de pago debe mostrar:
- la tarifa por pieza, y
- el número de unidades ganadas.2
Esta información debe incluirse en todos los talones de pago, incluso si le pagan en efectivo.3
Tenga en cuenta que su empleador no necesita proporcionarle un talón de pago en papel siempre que pueda verlo a través del portal en línea de la empresa. Esto es típico si le pagan mediante depósito directo a su cuenta bancaria.
Sanciones para el Empleador
Si su empleador no proporciona un talón de pago o si falta alguna información o es inexacta, puede presentar una demanda por salarios y horas. Puede tener derecho a:
- $50 por el primer período de pago afectado por los errores y $100 por cada período de pago posterior, hasta $4,000,
- costas judiciales, y
- honorarios de abogado.4
Sin embargo, cambios recientes en la ley dan a los empleadores de California la oportunidad de corregir los errores.5
2. Con Qué Frecuencia Deben Pagarse los Salarios
Si usted es un trabajador no exento, las leyes de pago de California requieren que su empleador le pague no menos de dos veces al mes. Su empleador debe informarle el día específico durante la semana laboral en que se le pagará.6 Estos días de pago deben cumplir con las siguientes 2 reglas:
- el dinero ganado entre el día 1 y el 15 del mes debe pagarse antes del día 26 del mes, y
- el dinero ganado durante la segunda mitad del mes debe pagarse antes del día 10 del mes siguiente.7
Si usted es un trabajador exento, sin embargo, puede pagarsele una vez al mes. Sin embargo, la totalidad de sus salarios por el período de pago debe pagarse en o antes del día 26 del mes.8
Todos los salarios regulares deben pagarse dentro de los siete días naturales posteriores al cierre del período de pago para nóminas semanales/quincenales.9 Cualquier pago de horas extras debe realizarse en el siguiente día de pago regular.10
El pago de salarios puede hacerse usando:
- efectivo,
- cheque, siempre que no haya descuento ni tarifa, o
- con su consentimiento, mediante depósito directo en una institución financiera de su elección.11
Pagos Finales
Si es despedido o despedido de su trabajo, debe pagarsele inmediatamente en el momento de la terminación. Si renuncia o dimite voluntariamente, dependerá de cuántas horas de aviso haya dado a su empleador:
- si dio más de 72 horas de aviso previo, tiene derecho a su pago final en su último día de trabajo, mientras que
- si dio menos de 72 horas de aviso, su empleador debe pagar sus salarios finales dentro de las 72 horas posteriores a su renuncia.12
3. Tiene Derecho a Examinar sus Registros de Nómina
El Código Laboral de California 226 también le otorga el derecho a revisar sus registros de nómina y estados de salario.
Los empleadores están legalmente obligados a conservar estos documentos durante al menos 3 años según las leyes de pago de California.
Como empleado actual o anterior, puede presentar una solicitud a su empleador para revisar sus registros de nómina. Esta solicitud puede ser oral o por escrito. Después de recibir esta solicitud, el empleador tiene 21 días para permitir la inspección. También puede solicitar una copia de estos registros. Si solicita una copia, su empleador puede cobrarle costos razonables de copiado.13
Si su empleador no proporciona los registros solicitados, es una infracción que conlleva una multa de $750.14
4. Lo Que Debe Incluir su Pago Final
En California, su pago final debe incluir todos los salarios que haya ganado, incluyendo comisiones y primas por períodos de comida o descanso. Debido a que la ley de California considera el tiempo de vacaciones pagadas y acumuladas como una forma de salario,15 también tiene derecho a un pago en efectivo por cualquier día de vacaciones no utilizado en su pago final.
Sin embargo, no todo el tiempo libre pagado (PTO) es una forma de salario en California. No tiene derecho legal a cobrar por días de enfermedad no utilizados en el estado (a menos que la política de su empleador indique lo contrario). Si su contrato de trabajo o convenio colectivo dice lo contrario, entonces puede recibir compensación por tiempo de enfermedad no utilizado.
Sanciones para el Empleador
Si su pago final no se proporciona con suficiente rapidez, su empleador puede enfrentar una multa por tiempo de espera igual a su salario diario promedio por cada día que el cheque se retrase, hasta 30 días.
Ejemplo: El pago final de Mario se retrasa 35 días. Su salario diario promedio es de $100. Por lo tanto, tiene derecho a una multa por tiempo de espera de $3,000 ($100 por 30 días).
También puede presentar una reclamación bajo la Ley de Abogados Generales Privados (PAGA) contra su empleador. Del total de multas civiles pagadas por su empleador, el 65% va al estado y el resto a los empleados afectados.)
5. Cuándo los Empleadores Pueden Hacer Deducciones de sus Salarios
Según las leyes de pago de California, su empleador solo puede deducir o retener salarios de su cheque si hacerlo es:
- requerido por una ley estatal o federal, o la ley faculta a su empleador para hacerlo, o
- de acuerdo con su autorización por escrito, o una autorización de su convenio colectivo, para cubrir primas de seguro de salud o contribuciones a otros planes de beneficios para empleados.16
Esto significa que las siguientes deducciones son ilegales:
- todas o cualquier parte de sus propinas o gratificaciones,17
- los costos de un uniforme de trabajo, a menos que usted consienta, por escrito, una deducción de su pago final si el uniforme no se devuelve,18
- pérdidas en su pago de comisión por devoluciones no identificadas después de que deje el trabajo,19 y
- costos de un examen médico o físico que se haya realizado como condición de empleo.20
Las leyes de pago de California son muy estrictas.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo recupero mis salarios no pagados?
Presente una reclamación salarial ante el Comisionado Laboral de California. Ellos tienen un protocolo para intentar que le paguen sus salarios, como a través de una conferencia de conciliación y posiblemente una audiencia que resulte en un fallo judicial contra su empleador.
Alternativamente, puede presentar una demanda en el Tribunal de Reclamaciones Menores para recuperar sus salarios no pagados.
¿Con qué frecuencia debe pagarme mi empleador?
Según la ley de California, la regla general es que la mayoría de los empleados deben pagarse al menos dos veces al mes (quincenalmente). Aunque hay excepciones específicas para ciertas industrias, su empleador generalmente no puede elegir pagarle con menos frecuencia que este estándar.
¿Puede mi jefe pagarme solo una vez al mes?
Solo en casos muy específicos. Los pagos mensuales generalmente están restringidos a empleados ejecutivos, administrativos y profesionales que cumplen con requisitos específicos de salario y funciones. Si usted es un empleado estándar por hora, pagarle solo una vez al mes probablemente sea una violación del Código Laboral de California.
¿Debe mi empleador decirme cuándo es el día de pago?
Sí. En California, su empleador está legalmente obligado a notificarle sus días de pago designados y las fechas específicas de sus períodos de pago. Este aviso generalmente se proporciona por escrito cuando es contratado. No pueden dejarle adivinando cuándo recibirá sus salarios.
¿Puede mi empleador cambiar mi día de pago?
Sí, las empresas pueden cambiar sus calendarios de nómina, pero deben seguir las reglas. Deben darle aviso previo antes de que el cambio entre en vigor, y el nuevo calendario debe cumplir con los estrictos plazos de California para pagar los salarios ganados (por ejemplo, pagar dentro de siete a 10 días después del cierre del período de pago).
Lectura Adicional
Para más información sobre las leyes de pago de California y temas relacionados, consulte nuestros artículos informativos:
- ¿Qué pasa si mi empleador en California me paga tarde? – Multas por tiempo de espera.
- Solicitud de registros de empleo – Cómo hacer una – Estas solicitudes deben hacerse por escrito, mientras que los registros de nómina pueden solicitarse oralmente.
- Carta de Demanda Modelo para Salarios No Pagados en California – Qué decir y cómo.
- Leyes de Terminación en California – 5 Que Todo Trabajador Debe Conocer
- Terminación del Empleo – ¿Cuándo está obligado un empleador a pagar salarios finales en California?
- Ley de Renuncia de California – ¿Debo dar un aviso de 2 semanas?
Referencias Legales:
- Código Laboral de California 226(a) LAB. Véase también Gunther v. Alaska Airlines (2021) 72 Cal.App.5th 334; Mora v. C.E. Enterprises, Inc. (2025) 107 Cal.App.5th 640 (Revisión presentada Dic. 2025).
- Igual.
- Igual.
- Código Laboral de California 226(e)(1) LAB.
- Código Laboral de California 2699 LAB.
- Código Laboral de California 204 LAB.
- Igual.
- Igual. Además, no puede ser clasificado erróneamente como exento. Debe cumplir con la definición de empleado ejecutivo, administrativo o profesional según las Órdenes de Salario de California.
- Código Laboral de California 204(d) LAB. Tenga en cuenta que los empleados contratistas agrícolas y guardias de seguridad deben recibir pago una vez por semana.
- Código Laboral de California 204(b) LAB.
- Secciones 212 y 213 LAB del Código Laboral de California.
- Código Laboral de California 201 LAB. Véase también Vasquez v. San Miguel Produce, Inc. (Cal. App. 2d Dist., 2019) 31 Cal. App. 5th 810.
- Código Laboral de California 226(c) LAB.
- Código Laboral de California 226(f) LAB.
- Código Laboral de California 200 LAB.
- Código Laboral de California 224 LAB.
- Código Laboral de California 351 LAB.
- Código Laboral de California 2802 LAB.
- Hudgins v. Nieman Marcus (1995) 34 Cal.App.4th 1109.
- Código Laboral de California 222.5 LAB.