Las leyes de licencia por enfermedad de California otorgan a los empleados al menos una hora de licencia por enfermedad por cada 30 horas trabajadas. Los empleadores están permitidos para limitar el acumulado anual de licencia por enfermedad a 24 horas o tres días (lo que sea mayor).
Los empleadores de California no pueden negar su derecho a usar el tiempo de enfermedad o retaliar contra usted por usarlo. Es posible que pueda presentar una demanda contra su empleador por violaciones de la ley laboral de California.
A continuación, nuestros abogados de empleo y trabajo de California discuten las siguientes preguntas frecuentes (FAQ):
- 1. ¿Quién es elegible para recibir licencia por enfermedad pagada en California?
- 2. ¿Cuánta licencia por enfermedad pagada puedo tomar?
- 2.1. ¿Cuántos días de enfermedad obtengo si trabajo a tiempo parcial en California?
- 2.2. ¿Hay un período de espera para la licencia por enfermedad en California?
- 2.3. ¿Cuánto me pagan mientras estoy fuera por licencia por enfermedad pagada?
- 2.4. ¿Mi empleador puede proporcionar reglas diferentes?
- 2.5. ¿Qué sucede cuando se acaba mi licencia por enfermedad?
- 2.6. ¿Me pagan por la licencia por enfermedad no utilizada si me despido o me despido?
- 3. ¿Qué califica como licencia por enfermedad en California?
- 4. ¿Los empleadores pueden negar los días de enfermedad?
- 5. ¿Puedo demandar a mi empleador?
Si tiene más preguntas después de leer este artículo, le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros en Shouse Law Group. También vea nuestro artículo general sobre leyes de licencia laboral en California.
La mayoría de los empleados tienen derecho a tiempo libre pagado mientras están enfermos.
1. ¿Quién es elegible para recibir licencia por enfermedad pagada en California?
De acuerdo con la ley estatal de California, si tiene 30 o más días de empleo en un año calendario, es probable que sea elegible para licencia por enfermedad pagada (PSL).1
PSL está disponible, ya sea que trabaje
- a tiempo completo,
- a tiempo parcial, o
- temporalmente.
Puede haber algunas restricciones si:
- Trabaja para el gobierno de la ciudad, estado o EE. UU.,
- Está sujeto a un acuerdo de negociación colectiva,
- Es un proveedor de servicios de apoyo en el hogar, o
- Trabaja para una aerolínea. 2
Vea nuestro artículo relacionado, “Licencia por estrés” en California: ¿los trabajadores tienen derecho a ella?
2. ¿Cuánto tiempo de enfermedad pagado puedo tomar?
Como mínimo, la ley de California exige que los empleados a tiempo completo reciban 24 horas (o 3 días) de tiempo de enfermedad pagado por cada período de 12 meses. Ganas un mínimo de 1 hora de enfermedad pagado por cada 30 horas trabajadas. 3
Nota que ciertas ciudades de California tienen ordenanzas de licencia por enfermedad que proporcionan beneficios de PSL mayores que los requeridos por la ley estatal, incluyendo:
- Berkeley: 48 horas de PSL al año para empleadores con menos de 25 empleados; 72 horas de PSL al año para empleadores con 25 o más empleados.
- Emeryville: 48 horas de PSL al año para empleadores con 55 o menos empleados; 72 horas de PSL al año para empleadores con más de 55 empleados.
- Los Ángeles: 48 horas (6 días) de PSL al año.
- Oakland: 40 horas de PSL al año para empleadores con menos de 10 empleados; 72 horas de PSL al año para empleadores con 10 o más empleados.
- San Diego: 40 horas de PSL al año.
- San Francisco: 48 horas de PSL al año para empleadores con menos de 10 empleados; 72 horas de PSL al año para empleadores con 10 o más empleados.
- Santa Mónica: 40 horas de PSL al año para empleadores con menos de 25 empleados; 72 horas de PSL al año para empleadores con 25 o más empleados. 4
2.1. ¿Cuántos días de enfermedad tengo si trabajo a tiempo parcial en California?
Los empleadores deben dar a los empleados a tiempo parcial al menos una hora de licencia por enfermedad pagada por cada 30 horas trabajadas. Comienzas a acumular licencia por enfermedad pagada desde tu primer día de trabajo.5
2.2. ¿Hay un período de espera para la licencia por enfermedad en California?
La ley de California requiere que las empresas le permitan tomar PSL a más tardar en su 90º día de trabajo. El PSL también puede transcurrir al próximo año si no usa su tiempo.
Aunque los empleadores pueden limitar el total de licencia por enfermedad acumulada pagada a 48 horas (o 6 días). Además, los empleadores pueden exigir que no tome más de 24 horas (o 3 días) de PSL por año.6 7
2.3. ¿Cuánto me pagan mientras estoy de licencia por enfermedad pagada?
Si está en licencia por enfermedad pagada en California, recibe su tarifa de pago regular.8 9
2.4. ¿Puede mi empleador proporcionar reglas diferentes?
Los requisitos y políticas de licencia por enfermedad pagada de su empleador deben coincidir con los requisitos mínimos de California o proporcionar una cantidad más generosa de licencia. Muchos empleadores eligen “cargar al frente” el PSL para que no tenga que ganar licencia por enfermedad antes de tomarla.10
Nota que los planes antiguos se mantienen si su empleador tenía un plan de tiempo libre remunerado (PTO) que podía usar para PSL si ese plan proporcionaba al menos tantos días de enfermedad pagados como lo exige la ley actual. 11
2.5. ¿Qué sucede cuando se agota mi licencia por enfermedad pagada?
Las empresas de California no tienen que pagarle si todavía necesita tiempo libre del trabajo o trabajo a distancia después de que se haya agotado su PSL. Aunque si toma una licencia por enfermedad no remunerada, todavía puede estar protegido de perder su trabajo bajo las leyes de licencia de California y federales como CFRA y FMLA.
Las leyes de licencia proporcionan protección laboral para usted (si es elegible) cuando toma tiempo libre para cuidar a un miembro de la familia, debido a una enfermedad u otra razón de licencia cubierta. Esto significa que puede volver al mismo o un trabajo sustancialmente similar cuando regrese de la licencia. Su empleador no puede despedirlo, amenazarlo o retaliarlo. 12
Tenga en cuenta que si continúa quedándose en casa después de usar todo su tiempo libre, su empleador puede considerar que ha abandonado el trabajo. Vea nuestro artículo relacionado, Abandono de trabajo en California: ¿qué es y qué dice la ley?
2.6. ¿Me pagan por la licencia por enfermedad no utilizada si renuncio o me despiden?
Su empleador no tiene que pagarle por la licencia por enfermedad no utilizada (como lo haría por el tiempo de vacaciones no utilizado) si lo despiden o renuncia.
Aprenda más sobre las leyes de pago de vacaciones en California.
En California, ganas un mínimo de 1 hora de licencia por enfermedad pagada por cada 30 horas trabajadas.
3. ¿Qué califica como licencia por enfermedad en California?
Puedes tomar licencia por enfermedad pagada en California para cuidar no solo de ti mismo, sino también de tu:
- Hijo, hijastro, hijo adoptivo o adoptado;
- Esposo o pareja doméstica registrada;
- Padre;
- Hermano;
- Nieto;
- Abuelo; o
- Persona designada.
También puedes usar la LPE para cuidar de ti mismo o de un miembro de la familia al buscar un diagnóstico, cuidado o tratamiento de una condición de salud existente, o para cuidado preventivo. (Vea nuestro artículo relacionado sobre Licencia por Familia Pagada de California, que te permite tomar tiempo libre pagado para cuidar a un miembro de la familia gravemente enfermo.)
Además, si eres una víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acoso, puedes usar PSL para buscar:
- Alivio para ti o tu hijo, incluyendo una orden de restricción;
- Atención médica para lesiones relacionadas;
- Servicios de un refugio de violencia doméstica o centro de crisis de violación;
- Asesoramiento psicológico; o
- Planificación de seguridad contra futuras violencias domésticas, agresiones sexuales o acoso.13 14
4. ¿Los empleadores pueden negar días de enfermedad?
No. El Código Laboral de California establece:
Un empleador no debe negarle al empleado el derecho a usar los días de enfermedad acumulados, despedirlo, amenazar con despedirlo, degradarlo, suspenderlo o discriminarlo de cualquier manera por el uso de los días de enfermedad acumulados, intentar ejercer el derecho a usar los días de enfermedad acumulados, presentar una queja al departamento o alegar una violación de este artículo, cooperar en una investigación o enjuiciamiento de una presunta violación de este artículo o oponerse a cualquier política o práctica o acto prohibido por este artículo.15
Tu empleador también no puede exigirte que encuentres un reemplazo como condición para tomar PSL.16
Tenga en cuenta que la ley no está establecida con respecto a si su empleador puede legalmente exigir una nota del médico antes de otorgarle una licencia por enfermedad. Obtenga más información en nuestro artículo, ¿Puede un empleador exigir una nota del médico en California?
5. ¿Puedo demandar a mi empleador?
Puedes presentar una demanda civil si tu empleador no proporciona el tiempo de PSL requerido, no te paga durante tu PSL acumulado o de otra manera viola las políticas de licencia por enfermedad.
Los empleadores también no pueden retaliar contra ti por tomar una licencia válida, cooperar en una investigación de violación laboral o quejarse de violaciones laborales. La represalia puede manifestarse como:
- Degradación,
- Amenazar con despedirte,
- Amenazar con informar violaciones de inmigración,
- Reducción de salario y/o
- Terminación.
Si tu empleador te ha retaliado por PSL o licencia protegida, habla con un abogado de trabajo y empleo de California sobre tu caso y cómo obtener el dinero que te deben.
Muchos abogados laborales de California te representarán en una base de contingencia. Esto significa que el abogado no recibirá pago hasta que tú lo hagas. Las violaciones de la ley laboral también pueden requerir que tu empleador pague tus costos y honorarios legales.
5.1. ¿Cuáles son los daños si mi empleador me despidió?
Puedes buscar daños monetarios y una indemnización equitativa, incluyendo la reincorporación. Daños en un caso de ley laboral pueden incluir:
- Salario atrasado;
- Pago por días de enfermedad no disfrutados;
- Sanciones administrativas;
- Tres veces los daños liquidados por días de enfermedad no disfrutados (hasta un máximo de $4,000);
- Intereses sobre el salario atrasado; y
- Honorarios y costos razonables de abogado.17
Si hay múltiples empleados que están siendo pagados por debajo o siendo víctimas de represalias, todos pueden presentar una demanda colectiva contra el empleador.
Llame a nuestro bufete de abogados para una evaluación de caso.
Para preguntas o para discutir su caso de forma confidencial con uno de nuestros experimentados abogados laborales y de empleo de California, no dude en contactarnos en Shouse Law Group.
Tenemos oficinas de leyes laborales locales en y alrededor de Los Ángeles, San Diego, el Condado de Orange, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
Vea nuestro artículo relacionado, “Make-Up Time” – ¿Qué es y cómo funciona?
Referencias legales:
- Ley de Salud en el Lugar de Trabajo y Familias Saludables de 2014 (HWHFA, también conocida como “Ley permanente de tiempo libre pagado por enfermedad de California”), Código Laboral de California 245. También vea el sitio web del Comisionado de Trabajo de California.
- Sección 245.5 (a) del Código Laboral de CA
- Código Laboral 246. Proyecto de ley del Senado 114 (2022). Esta ley también explica los requisitos de publicación del empleador para notificar a los empleados de la política. También vea el FFCRA (Ley de Respuesta al Coronavirus de las Familias Primero). También vea el Proyecto de ley de la Asamblea 1867 (2020) (ahora derogado).
- Taryn Luna, Nuevo pago por enfermedad COVID-19 para trabajadores de California aprobado por legisladores, Los Angeles Times (8 de febrero de 2022). Ordenanza de Normas Salariales de la Ciudad de Los Ángeles y Ordenanza de la Ciudad y el Condado de San Francisco. Licencia por enfermedad remunerada, Departamento de Vivienda y Servicios Comunitarios de Berkeley. Aviso oficial, Licencia por enfermedad ganada de San Diego. Ordenanza de Salario Mínimo de Emeryville. Salario Mínimo de Santa Mónica. Ordenanza de Licencia por Enfermedad Remunerada de San Francisco. Ley de Licencia por Enfermedad de Oakland.
- Vea la nota 3.
- Código Laboral 246.
- Vea la nota 4. SB 95 es retroactivo al 2 de enero de 2021. Taryn Luna y Melody Gutierrez, El pago por enfermedad de COVID-19 en California regresaría bajo un acuerdo entre Newsom y los legisladores, Los Angeles Times (25 de enero de 2022).
- Vea la nota 1.
- Vea la nota 4.
- Vea la nota 1.
- Departamento de Trabajo del Estado de California: Preguntas frecuentes. Nuevas preguntas sobre la ley PSL.
- Ley de Derechos Familiares y Médicos (FMLA), 29 U.S.C. § 2601; Ley de Derechos Familiares de California (CFRA); vea también los Estándares Temporales de Emergencia de Cal/OSHA (Cal/OSHA ETS), DIR (los empleadores están obligados a proporcionar a los empleados “pago de exclusión” en ciertas circunstancias). Véase también ADA (Ley de Estadounidenses con Discapacidades) y FEHA (Ley de Equidad en el Empleo y Vivienda).
- Códigos Laborales 245.5, 230, 230.1, 246.5. Proyecto de Ley 1041 de la Asamblea.
- Vea la nota 4.
- Código Laboral 246.5(c).
- Vea la nota 1.
- Código Laboral 248.5.