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En Colorado, un delito de violencia conlleva sentencias de prisión potencialmente más largas que los delitos no violentos en la misma categoría felonia. Solo un cierto número de delitos se designan como delitos de violencia. Estos incluyen violación, robo agravado y secuestro. Estos delitos conllevan penas aumentadas solo si el acusado usó una arma mortal, mató o causó lesiones graves a alguien, o – en casos de ciertos delitos sexuales – usó amenazas, fuerza o causó cualquier lesión corporal.
El lenguaje de CRS 18-1.3-406 establece que:
(1)(a) Cualquier persona condenada por un delito de violencia será sentenciada de acuerdo con las disposiciones de la sección 18-1.3-401(8) al departamento de correccionales por un término de encarcelamiento de al menos el punto medio de, pero no más de dos veces el máximo de, el rango presuntivo proporcionado para tal delito en la sección 18-1.3-401(1)(a), como modificado para un delito de riesgo extraordinario de acuerdo con la sección 18-1.3-401(10), sin suspensión; excepto que, dentro de noventa y un días después de que haya sido puesto bajo la custodia del departamento de correccionales, el departamento deberá transmitir al tribunal de sentencia un informe sobre la evaluación y diagnóstico del delincuente violento, y el tribunal, en un caso que considere excepcional y que involucre circunstancias excepcionales y atenuantes, podrá modificar la sentencia, con efecto no antes de ciento diecinueve días después de su colocación bajo la custodia del departamento.
¿Cuáles son los delitos de violencia en Colorado?
Los posibles delitos de violencia de Colorado son:
- Asesinato en primer grado (CRS 18-3-102)
- Asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103)
- Asalto en primer grado (CRS 18-3-202)
- Asalto en segundo grado (CRS 18-3-203)
- Secuestro (CRS 18-3-301 & CRS 18-3-302)
- Asalto sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404)
- Asalto sexual a un niño (CRS 18-3-405)
- Asalto sexual a un niño por una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Explotación sexual infantil en Internet (CRS 18-3-405.4)
- Asalto sexual a un cliente por un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5)
- Invasión de la privacidad para satisfacción sexual (CRS 18-3-405.6)
- Conducta sexual ilegal por parte de un oficial de paz (CRS 18-3-405.7)
- Robo agravado (CRS 18-4-302)
- Incendio en primer grado (CRS 18-4-102)
- Burglario en primer grado (CRS 18-4-202)
- Escape (CRS 18-8-208)
- Extorsión criminal (CRS 18-3-207)
- Terminación ilegal de embarazo en primer grado (CRS 18-3.5-103)
- Terminación ilegal de embarazo en segundo grado (CRS 18-3.5-104)
- Cualquier crimen contra un menor o adulto en riesgo
Y estos se convierten en crímenes de violencia solo si – durante la planificación o la comisión del crimen – el acusado:
- Usó, poseyó o amenazó con usar un arma mortal; o
- Causó lesiones corporales graves o la muerte a cualquier otra persona (sin incluir a los cómplices).1
Mientras tanto, los siguientes delitos sexuales ilegales pueden ser crímenes de violencia incluso si no hay lesiones graves o armas mortales. Pero el acusado debe causar alguna lesión corporal o haber usado amenazas, intimidación o fuerza contra la víctima.
- Tentativa de seducción de un niño (CRS 18-3-305)
- Agresión sexual a un niño menor de 15 años (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal con un niño menor de 15 años (CRS 18-3-404)
- Agresión sexual a un niño (CRS 18-3-405)
- Agresión sexual a un niño por parte de alguien en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Incesto agravado (CRS 18-6-301)
- Trata de personas de un menor para servidumbre sexual (CRS 18-3-504(2))
- Explotación sexual de un niño (CRS 18-6-403)
- Adquisición de un niño para explotación sexual (CRS 18-6-404)
- Exposición indecente (CRS 18-7-302)
- Solicitud para prostitución infantil (CRS 18-7-402)
- Promoción de un niño (CRS 18-7-403)
- Adquisición de un niño (CRS 18-7-403.5)
- Mantenimiento de un lugar de prostitución infantil (CRS 18-7-404)
- Explotación de un niño (CRS 18-7-405)
- Inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5)
- Patronizar a un niño prostituido (CRS 18-7-406)
- Delito de clase 4 atraer a un niño por internet (CRS 18-3-306(3))
- Explotación sexual de un niño por internet (CRS 18-3-405.4)
- Comunicación sexual electrónica ilegal (CRS 18-3-418)2
¿Cuáles son las penas por un delito de violencia?
Para calcular el rango de sentencia obligatoria para la mayoría de los delitos de violencia, primero determine a qué clase de delito de riesgo extraordinario pertenece el COV. Bajo las directrices de sentencia de Colorado para delitos graves, cada clase de delito tiene una sentencia presuntiva con un término mínimo y máximo de prisión.
La sentencia mínima de un COV es el punto medio del rango presuntivo. Y la sentencia máxima de un COV es el doble del máximo del rango presuntivo.3
Ejemplo: Jeff enfrenta cargos de asalto de segundo grado por golpear a su ex con una caña de plomo. Él afirma que fue en defensa propia, pero es condenado de todos modos. Normalmente, los delitos de clase 4 de riesgo extraordinario como el asalto de segundo grado conllevan de dos a ocho años de prisión. Pero como la caña era un arma mortal, Jeff es sentenciado por un delito de violencia. La sentencia mínima obligatoria es la mitad entre dos y ocho, que es cinco años. Y la sentencia máxima es el doble de ocho, que es dieciséis. Por lo tanto, Jeff enfrenta de cinco a dieciséis años de prisión.
En general, el rango de pena aumentada para los COV de Colorado son:
COV de Colorado | Sentencia (en general) |
Delitos de clase 2 | 16 a 48 años de prisión |
Delitos de clase 3 | 10 a 32 años de prisión |
Delitos de clase 4 | 5 a 16 años de prisión |
Delitos de clase 5 | 2.5 a 8 años de prisión |
Delitos de clase 6 | 1.5 a 4 años de prisión5 |
Tenga en cuenta que se agregarán cinco años a la sentencia obligatoria si se involucra un arma peligrosa o una arma de asalto semiautomática.4
Para ciertos delitos sexuales enumerados a continuación, la pena máxima de COV es prisión perpetua. (El mínimo sigue siendo la mitad del rango presuntivo). Estos delitos sexuales incluyen:
- Agresión sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal de delito grave (CRS 18-3-404 (2))
- Agresión sexual a un niño (CRS 18-3-405)
- Agresión sexual a un niño por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Agresión sexual agravada a un cliente por un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5 (1))
- Seducción de un niño (CRS 18-3-305)
- Incesto (CRS 18-6-301)
- Incesto agravado (CRS 18-6-302)
- Patronizar a un niño prostituido (CRS 18-7-406)
- Cebo de internet de delito grave de clase 4 (CRS 18-3-306 (3))
- Explotación sexual de internet de un niño (CRS 18-3-405.4)
- Contacto sexual ilegal de delito grave de clase 3 por parte de un agente de la paz (CRS 18-3-405.7)5
Las sentencias de COV se pueden modificar si el tribunal encuentra circunstancias excepcionales y atenuantes. En el caso raro de que esto suceda, los acusados de COV aún deben cumplir un mínimo de 119 días en el Departamento de Correcciones antes de ser liberados.6
¿Qué sucede si los acusados son condenados por más de un COV?
Los acusados condenados por múltiples delitos de violencia derivados del mismo incidente generalmente deben cumplir sus sentencias consecutivamente en lugar de simultáneamente. La única vez que el tribunal puede permitir que las sentencias se cumplan simultáneamente es si uno de los delitos fue:
- Robo agravado (CRS 18-4-302),
- Agresión de segundo grado (CRS 18-3-203) o
- Escape (CRS 18-8-208)7
¿El juez tiene discreción para imponer una sentencia menor?
Sí. Aunque los delitos de violencia tienen sentencias mínimas obligatorias, el juez puede otorgar una sentencia menor en los casos que considere:
- excepcionales y
- involucrando circunstancias excepcionales y atenuantes.
Si el acusado es elegible, la modificación de la sentencia incluso puede incluir probación.
Tenga en cuenta que esta modificación de la sentencia no entrará en vigor hasta el 119º día de prisión.8
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Referencias Legales
- Código Revisado de Colorado 18-1.3-406.
- CRC 18-1.3-406; CRC 18-3-411 subsección 1.
- CRC 18-1.3-406; vea también Personas v. Austin, (2018) CO 47, 419 P.3d 587.
- CRC 18-1.3-406.
- CRC 18-1.3-1003.
- CRC 18-1.3-406.
- CRC 18-1.3-406; vea Personas v. Wiseman, (2017) COA 49M, 413 P.3d 233.
- CRC 18-1.3-406(1)(a).