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En Colorado, un delito de violencia conlleva penas de prisión potencialmente más largas que los delitos no violentos en la misma categoría de delito grave. Solo cierto número de delitos son designados como delitos de violencia. Estos incluyen violación, robo agravado y secuestro.
Estos delitos conllevan penalizaciones mejoradas solo si el acusado utilizó un arma mortal, mató o causó lesiones graves a alguien, o – en casos de ciertos delitos sexuales – utilizó amenazas, fuerza o causó cualquier lesión corporal.
El idioma de CRS 18-1.3-406 establece que:
(1)(a) Cualquier persona condenada por un delito de violencia será sentenciada de acuerdo con las disposiciones de sección 18-1.3-401(8) al departamento de correcciones por un período de encarcelamiento de al menos el punto medio, pero no más del doble del máximo, del rango presuntivo previsto para dicho delito en la sección 18-1.3-401(1)(a) , modificado para un delito de riesgo extraordinario de acuerdo con la sección 18-1.3-401(10) , sin suspensión; excepto que, dentro de los noventa y un días posteriores a su ingreso en la custodia del departamento de correcciones, el departamento deberá enviar al tribunal de sentencia un informe sobre la evaluación y el diagnóstico del delincuente violento, y el tribunal, en un caso que considere excepcional y que involucre circunstancias inusuales y atenuantes, podrá modificar la sentencia, con efecto no anterior a ciento diecinueve días después de su ingreso en la custodia del departamento.
¿Qué son los delitos de violencia en Colorado?
Los posibles delitos de violencia en Colorado son:
- Asesinato en primer grado (CRS 18-3-102)
- Asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103)
- Agresión en primer grado (CRS 18-3-202)
- Agresión en segundo grado (CRS 18-3-203)
- Secuestro (CRS 18-3-301 & CRS 18-3-302)
- Agresión sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404)
- Agresión sexual a un menor (CRS 18-3-405)
- Agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Explotación sexual de un menor en internet (CRS 18-3-405.4)
- Agresión sexual a un cliente por parte de un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5)
- Invasión de la privacidad con fines de gratificación sexual (CRS 18-3-405.6)
- Conducta sexual ilegal por parte de un oficial de paz (CRS 18-3-405.7)
- Robo agravado (CRS 18-4-302)
- Incendio en primer grado (CRS 18-4-102)
- Robo en primer grado (CRS 18-4-202)
- Fuga (CRS 18-8-208)
- Extorsión criminal (CRS 18-3-207)
- Terminación ilegal del embarazo en primer grado (CRS 18-3.5-103)
- Terminación ilegal del embarazo en segundo grado (CRS 18-3.5-104)
- Cualquier delito contra un menor en riesgo o un adulto en riesgo
Y estos se convierten en crímenes de violencia solo si – durante la planificación o comisión del crimen – el acusado:
- Usó, poseyó o amenazó con usar un arma mortal; o
- Causó lesiones graves o la muerte a cualquier otra persona (sin incluir cómplices).1
Mientras tanto, los siguientes delitos sexuales ilegales pueden ser considerados crímenes de violencia incluso si no hay lesiones graves o armas mortales. Pero el acusado sí debe causar alguna lesión corporal o haber utilizado amenazas, intimidación o fuerza contra la víctima.
- Seducción de un menor (CRS 18-3-305)
- Agresión sexual a un menor de 15 años (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal con un menor de 15 años (CRS 18-3-404)
- Agresión sexual a un menor (CRS 18-3-405)
- Agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Incesto agravado (CRS 18-6-301)
- Tráfico de seres humanos menores de edad para servidumbre sexual (CRS 18-3-504(2))
- Explotación sexual de un menor (CRS 18-6-403)
- Obtención de un menor para la explotación sexual (CRS 18-6-404)
- Exposición indecente (CRS 18-7-302)
- Solicitud de prostitución infantil (CRS 18-7-402)
- Proxenetismo de un menor (CRS 18-7-403)
- Obtención de un menor (CRS 18-7-403.5)
- Mantener un lugar de prostitución infantil (CRS 18-7-404)
- Proxenetismo de un menor (CRS 18-7-405)
- Inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5)
- Ser cliente de un menor prostituido (CRS 18-7-406)
- Delito grave de clase 4 atraer a un menor por internet (CRS 18-3-306(3))
- Explotación sexual de un menor por internet (CRS 18-3-405.4)
- Comunicación sexual electrónica ilegal (CRS 18-3-418)2
¿Cuáles son las penas por un delito de violencia?
Para calcular el rango de sentencia obligatorio para la mayoría de los delitos de violencia, primero determine a qué clase de delito de riesgo extraordinario pertenece el COV. Según las pautas de sentencia por delitos graves de Colorado, cada clase de delito tiene una sentencia presuntiva con un término mínimo y máximo de prisión.
La sentencia mínima de un COV es el punto medio del rango presuntivo. Y la sentencia máxima de un COV es el doble del máximo del rango presuntivo.3
Ejemplo: Jeff enfrenta cargos de asalto en segundo grado por golpear a su ex con una tubería de plomo. Él alega defensa propia, pero es condenado de todos modos. Normalmente, los delitos de riesgo extraordinario de clase 4 como el asalto en segundo grado conllevan una sentencia de dos a ocho años de prisión. Pero como la tubería era un arma mortal, Jeff es sentenciado por un delito de violencia. La sentencia mínima obligatoria es la mitad entre dos y ocho, que son cinco años. Y la sentencia máxima es el doble de ocho, que son dieciséis. Por lo tanto, Jeff enfrenta una sentencia de cinco a dieciséis años de prisión.
En general, el rango de pena agravada para los COV de Colorado es:
COV de Colorado | Sentencia (en general) |
Delitos graves de clase 2 | 16 a 48 años de prisión |
Delitos graves de clase 3 | 10 a 32 años de prisión |
Delitos graves de clase 4 | 5 a 16 años de prisión |
Delitos graves de clase 5 | 2.5 a 8 años de prisión |
Delitos graves de clase 6 | 1.5 a 4 años de prisión5 |
Tenga en cuenta que se agregan cinco años a la sentencia obligatoria si se involucró un arma peligrosa o un arma de asalto semiautomática.4
Para ciertos delitos sexuales enumerados a continuación, la pena máxima de COV es cadena perpetua. (El mínimo sigue siendo la mitad del rango presuntivo). Estos delitos sexuales incluyen:
- Agresión sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal grave (CRS 18-3-404(2))
- Agresión sexual a un menor (CRS 18-3-405)
- Agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Agresión sexual agravada a un cliente por parte de un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5(1))
- Inducción de un menor (CRS 18-3-305)
- Incesto (CRS 18-6-301)
- Incesto agravado (CRS 18-6-302)
- Patrocinar a un menor prostituido (CRS 18-7-406)
- Delito grave de clase 4 de seducción en internet de un menor (CRS 18-3-306(3))
- Explotación sexual de un menor en internet (CRS 18-3-405.4)
- Delito grave de clase 3 de conducta sexual ilegal por parte de un oficial de paz (CRS 18-3-405.7)5
Las sentencias de COV pueden ser modificadas si el tribunal encuentra circunstancias inusuales y atenuantes. En el raro caso de que esto suceda, los acusados de COV aún deben cumplir no menos de 119 días en el Departamento de Correcciones antes de ser liberados.6
¿Qué sucede si los acusados son declarados culpables de más de un COV?
Los acusados declarados culpables de múltiples delitos de violencia derivados del mismo incidente generalmente deben cumplir sus sentencias de manera consecutiva en lugar de concurrente. La única vez que el tribunal puede permitir que las sentencias se cumplan de manera concurrente es si uno de los delitos fue:
- Robo agravado (CRS 18-4-302),
- Agresión en segundo grado (CRS 18-3-203), o
- Fuga (CRS 18-8-208)7
¿Tiene el juez la discreción de imponer una sentencia menor?
Sí. Aunque los delitos de violencia tienen sentencias mínimas obligatorias, el juez puede otorgar una sentencia menor en casos que consideren:
- excepcionales y
- que involucren circunstancias inusuales y atenuantes.
Si el acusado es elegible, la modificación de la sentencia incluso puede incluir libertad condicional.
Tenga en cuenta que esta modificación de la sentencia puede no entrar en vigor hasta el 119º día del acusado en prisión.8
Referencias Legales
- Estatuto Revisado de Colorado 18-1.3-406.
- CRS 18-1.3-406; CRS 18-3-411 subsección 1.
- CRS 18-1.3-406; ver también People v. Austin, (2018) CO 47, 419 P.3d 587.
- CRS 18-1.3-406.
- CRS 18-1.3-1003.
- CRS 18-1.3-406.
- CRS 18-1.3-406; ver People v. Wiseman, (2017) COA 49M, 413 P.3d 233.
- CRS 18-1.3-406(1)(a).