Bajo el Colorado CRS § 18-4-202, cometes el delito de robo en primer grado si
- entras intencionalmente a la propiedad de otra persona y
- realizas una agresión a alguien o tienes explosivos o un arma mortal.
Como el delito de robo más grave, el robo en primer grado es un delito de clase 3 que conlleva
- 4 a 12 años de prisión y/o
- $3,000 a $750,000 en multas.
El lenguaje de 18-4-202 establece que:
(1) Una persona comete robo en primer grado si la persona entra o permanece de manera ilegal, después de una entrada legal o ilegal, en un edificio o estructura ocupada con la intención de cometer un delito, distinto al de trespass según se define en este artículo, contra otra persona o propiedad, y si al efectuar la entrada o mientras está en el edificio o estructura ocupada o en la inmediata huida de ella, la persona o otro participante en el delito agrede o amenaza a alguna persona, la persona o otro participante está armado con explosivos, o la persona o otro participante usa un arma mortal o posee y amenaza con usar un arma mortal.
Robo se divide en tres categorías:
- robo en primer grado (CRS 18-4-202)
- robo en segundo grado (CRS 18-4-203)
- robo en tercer grado (CRS 18-4-304)
Los grados de robo se dividen en base a:
- su gravedad,
- el tipo de propiedad, o
- el nivel de peligro para las posibles víctimas.
A continuación, nuestros abogados de defensa penal de Colorado discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre los cargos de robo en primer grado para los residentes de Colorado:
- 1. ¿Qué es el robo?
- 2. ¿Qué es el robo en primer grado?
- 3. ¿Qué es un arma mortal bajo la ley de Colorado?
- 4. ¿Qué es un explosivo bajo la ley de Colorado?
- 5. ¿Qué es el asalto o el amenazante bajo la ley de Colorado?
- 6. ¿Cuáles son las penas por este delito?
- 7. ¿Qué defensas puedo presentar en mi caso?
Solo amenazar con usar un arma letal durante un robo cuenta como robo en primer grado en Colorado. No importa si estás desarmado.
1. ¿Qué es el robo?
El robo en Colorado se divide en tres elementos:
- que lo hagas sabiendo
- que entraste o permaneciste ilegalmente en la propiedad de otra persona
- con la intención de cometer cualquier crimen (que no sea el delito de allanamiento de morada) mientras estás en la propiedad.1
1.1 ¿Qué significa “sabiendo”?
Cometes un delito sabiendo si:
- te comportas de una manera o bajo una circunstancia prohibida por una ley de robo en Colorado, o
- eres consciente de que el comportamiento es prácticamente seguro de causar un resultado prohibido por la ley.2
Debes cometer cada elemento del delito sabiendo para ser culpable del crimen.
1.2 ¿Tengo que “romper” para entrar o permanecer ilegalmente?
No. Si bien muchas personas imaginan una entrada tardía como un robo, eso no es necesario. Simplemente puedes caminar directamente por la puerta principal sin permiso para cometer un crimen.3
Ejemplo: Ann camina por la puerta principal sin cerrar de una casa mientras la familia está en la parte de atrás teniendo una fiesta. Ella roba un televisor, joyas y dinero en efectivo. Ann es culpable de robo, aunque no “rompió” cuando entró ilegalmente.
1.3 ¿Tengo que tener la intención de cometer un crimen ya?
Sí. No es suficiente que formes la intención de cometer el crimen después de entrar en los locales. Si la intención se formó para cometer el crimen después de que entraste, no eres culpable de robo.
2. ¿Qué es el robo en primer grado?
El robo en primer grado según CRS 18-4-202 es la forma más grave del delito.
Un robo de primer grado ocurre cuando cometes un robo de segundo grado pero se cumplen ciertos factores adicionales. El robo de segundo grado se comete cuando:
- sabes forzar una entrada;
- entras ilegalmente; o
- te quedas ilegalmente después de una entrada legal o ilegal
en un edificio o estructura ocupada con la intención de cometer un delito contra otra persona o propiedad. 4
Si además de cometer el delito de segundo grado, hace alguna de las siguientes cosas, es culpable del delito de primer grado:
- agredir o amenazar a cualquier persona (esto puede incluir violencia doméstica); o
- estar armado con explosivos; o
- utilizar un arma mortal; o
- poseer y amenazar con el uso de un arma mortal.5
Estas circunstancias agravantes hacen que el robo de segundo grado se eleve al nivel de un delito de primer grado.
3. ¿Qué es un arma mortal bajo la ley de Colorado?
A los efectos de CRS 18-4-202, se define como “arma mortal” a:
- Una arma de fuego, cargada o descargada; o
- Un cuchillo, un garrote o cualquier otra arma, dispositivo, instrumento, material o sustancia, ya sea animada o inanimada, que, según la forma en que se use o se pretenda usar, sea capaz de producir la muerte o lesiones corporales graves.6
Ejemplos de armas mortales incluyen (pero no se limitan a):
- Armas de fuego,
- Cuchillos,
- Bates de béisbol,
- Herramientas de metal (como martillos),
- Sierras eléctricas,
- Sopletes,
- Sus puños (dependiendo de las circunstancias), y
- Cualquier objeto oculto que represente ser un arma mortal.
3.1 ¿Realmente tengo que usar el arma mortal?
No. Simplemente amenazar con usar un arma mortal que en realidad posee es suficiente para constituir un robo de primer grado.
Ejemplo: Gordy lleva una escopeta a una casa de Denver para robarla. Amenaza con disparar a Gary, a su esposa y a sus dos hijos si no se ponen en el suelo y se quedan allí mientras él roba el lugar. Gordy luego procede a robar muchas propiedades y nunca realmente usa la pistola en ninguno de los residentes. Un oficial de paz arresta a Gordy, y él se carga. Gordy todavía es culpable de robo en primer grado porque amenazó el uso de un arma mortal que poseía, aunque nunca la usó.
Llevar un arma durante un robo lo eleva a robo en primer grado según el CRS 18-4-202. No importa si nunca la usas.
4. ¿Qué es un explosivo bajo la ley de Colorado?
Un “explosivo” bajo la ley de Colorado significa:
- cualquier material o contenedor
- que contenga un compuesto químico o mezcla
- comúnmente usado con el propósito de producir una explosión
- que crearía un efecto destructivo repentino.7
Estos incluyen, entre otros:
- dinamita,
- C4,
- agentes de voladura,
- cápsulas de voladura,
- cordones explosivos,
- T.N.T. y sus mezclas,
- nitroglicerina,
- misiles,
- bombas,
- cocteles Molotov, y
- más.
El uso de cualquiera de estos u otros productos que puedan o estén diseñados para explotar podría dar lugar a un cargo de robo en primer grado si se cumplen todos los demás elementos.
5. ¿Qué es el asalto o amenaza bajo la ley de Colorado?
Usted comete el delito de amenaza cuando:
- usted sabe
- colocar o intentar colocar a otro
- en temor de una lesión corporal inminente y grave
- a través de cualquier amenaza o acción física.8
Puedes cometer un delito de asalto en Colorado de diferentes maneras.
6. ¿Cuáles son las penas por este delito?
Los casos de robo en primer grado generalmente son un delito de clase 3. La pena por el robo en primer grado en Colorado puede incluir:
- 4-12 años en prisión (con 5 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- una multa de $3,000-$750,000.
Si cometes robo en primer grado de una sustancia controlada, eres culpable de un delito de clase 2.
Consecuencias del robo en primer grado de sustancias controladas son:
- 8-24 años en prisión (con 5 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $5,000-$1,000,000.
6.1 ¿Qué es un “delito de violencia?”
El robo en primer grado conlleva una pena agravada como un “delito de violencia” de Colorado si:
- utilizaste o poseíste y amenazaste con usar un arma mortal; o
- causaste lesiones corporales graves o la muerte a cualquier otra persona excepto a otro participante.
Como delito de violencia, el robo en primer grado de una sustancia controlada conlleva una sentencia de prisión obligatoria de 16-48 años.
7. ¿Qué defensas puedo presentar en mi caso?
Para defender un caso contra el robo en primer grado, puedes presentar defensas que incluyen pero no se limitan a:
- estabas legalmente en la propiedad;
- no sabías que estabas ilegalmente en la propiedad;
- no se demostró ninguna de las circunstancias agravantes; o
- hubo una mala conducta de la policía al recopilar evidencia.
Dependiendo del caso, puede ser posible reducir significativamente las cargos – como a un delito menor – o incluso desestimarlos.
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También vea nuestro artículo sobre posesión de herramientas de robo (CRS 18-4-205).
Referencias legales:
- Código Revisado de Colorado 18-4-202 CRS (Robo de primer grado).
- Vea el Código Revisado de Colorado 18-1-501 (6) CRS.
- Armintrout v. People (1993) 864 P.2d 576. Ver también: People v. Loomis, (Colo. App. 1992) 857 P.2d 478; People v. Linares-Guzman, (Colo. App. 2008) 195 P.3d 1130.
- CRS 18-4-203 (Robo de segundo grado).
- Igual que 1.
- Código Revisado de Colorado 18-1-901 (3) (e) CRS.
- CRS 9-7-103 (Definiciones).
- CRS 18-3-206.