En casos penales de California, un juicio por jurado es donde 12 miembros de la comunidad se reúnen para escuchar las pruebas y decidir si un acusado es culpable de los delitos con los que se le acusa.
Todas las personas que enfrentan cargos por delitos menores o delitos graves pueden tener un juicio por jurado. Los miembros del jurado (“encargados de determinar los hechos”) deben ponerse de acuerdo por unanimidad sobre la culpabilidad antes de que el acusado pueda ser declarado culpable y condenado.1
A continuación, nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente:
- 1. ¿Qué es un juicio por jurado en California?
- 2. ¿Cuáles son las fases de un juicio por jurado?
- 3. ¿Cuáles son algunas de las mociones de evidencia comunes?
- 4. ¿Qué pasa si no puedo pagar un abogado?
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1. ¿Qué es un juicio por jurado en California?
Si, en el momento de su lectura de cargos, usted se declara “no culpable“, posteriormente participará en una serie de procedimientos previos al juicio que están diseñados para resolver el caso. Esto suele ser a través de un acuerdo de culpabilidad. Sin embargo, si mantiene su declaración de “no culpable”, finalmente irá a juicio, que es su derecho constitucional. Lo más probable es que ese juicio sea un juicio por jurado.
El jurado en un juicio por jurado penal de California incluye doce miembros que representan una muestra de la comunidad en la que se cometió el delito acusado. Aunque un jurado puede no reflejar completamente la composición demográfica de la comunidad en áreas como raza, etnia, género, orientación sexual, empleo, origen nacional, etc., el fiscal y la defensa no pueden excluir deliberadamente ciertos grupos y crear un jurado no representativo.
Antes de que el jurado pueda condenarlo, este “jurado de sus pares” debe ponerse de acuerdo por unanimidad en que usted es culpable “más allá de una duda razonable.” Esto a veces también se llama una certeza moral.3
El derecho a un juicio por jurado no es un derecho que solo se extiende a los acusados que enfrentan cargos por delitos menores o graves. Incluso los casos de delitos menores a menudo van a juicio. Es un derecho que también se extiende a:
- la fiscalía,4 y
- una variedad de procedimientos adicionales.
Estos incluyen:
- Ley de posesión de marihuana del Código de Salud y Seguridad 11357(b) (aunque esta ley no conlleva un posible período de encarcelamiento),5
- Audiencias de compromiso de delincuentes con trastornos mentales “MDO”,6 y
- Audiencias de compromiso de depredadores sexuales “SVP”.7
Además, el derecho a un juicio por jurado se extiende a cualquier alegación que pueda afectar la sentencia o aumentar la pena (por ejemplo, demostrar condenas anteriores y/o procedimientos de pena de muerte).8

Todas las personas acusadas de delitos menores o graves en California pueden tener un juicio con jurado. Solo un veredicto unánime puede condenar a un acusado en un juicio penal.
2. ¿Cuáles son las fases de un juicio con jurado?
Los juicios con jurado en California se pueden dividir en varias fases, y cada fase del juicio tiene sus propias reglas y regulaciones. Típicamente, un juicio con jurado procede de la siguiente manera en la fecha del juicio:
- selección del jurado,
- declaraciones de apertura,
- pruebas (también conocidas como “casos principales” de la acusación y la defensa, que incluyen el interrogatorio y contrainterrogatorio de testigos por ambas partes),
- argumentos de clausura,
- deliberaciones del jurado,
- veredicto y, finalmente, si es necesario,
- sentencia.9
Veamos más de cerca cada una de estas etapas para comprender mejor los procedimientos de juicio con jurado en California en su conjunto. (Tenga en cuenta que los procesos penales en la corte federal son en gran parte similares a los de la corte estatal).
2.1. Selección del jurado
La selección del jurado, como era de esperar, es el proceso mediante el cual se elige un jurado imparcial. Durante la selección del jurado, el abogado defensor y el fiscal hacen preguntas a los posibles miembros del jurado (conocido como “voir dire“) en un esfuerzo por determinar quiénes serán los miembros más favorables del jurado.
Durante este proceso, las partes intentan encontrar doce jurados (y a veces jurados suplentes)10 en los que estén de acuerdo. Una importante salvaguarda de la selección del jurado implica pedirle al tribunal que descarte a ciertos candidatos. Los abogados hacen esta solicitud ya sea
- por causa, o
- mediante el uso de una recusación perentoria.
Si el abogado le pide al tribunal que descarte a un posible jurado “por causa“, significa que la persona ha expresado un prejuicio y no es adecuada para decidir el caso (por ejemplo, el jurado puede haber declarado que, por motivos religiosos, no puede juzgar al acusado). A los abogados se les permite un número ilimitado de estas recusaciones.
Si el abogado ejerce una “recusación perentoria“, el abogado no necesita declarar la razón por la que descartó a esa persona del servicio de jurado. A cada abogado se le permiten entre seis y veinte recusaciones perentorias, dependiendo de los delitos alegados.11
Hay un punto importante que abordar con respecto a las recusaciones perentorias. Un abogado no puede descartar a posibles jurados basándose en su:
- raza,
- color,
- religión,
- género,
- etnia, etc.
Si se sospecha que lo está haciendo de manera sistemática, el abogado contrario probablemente presentará lo que se conoce como una “moción Wheeler”.12 Si se concede, se descartará a todo el panel del jurado y se ordenará y cuestionará a un nuevo panel.13
Una vez que se han seleccionado doce jurados, los abogados hacen sus declaraciones de apertura.

“Durante las declaraciones de apertura, a los abogados no se les permite presentar pruebas. Sin embargo, se les permite ofrecer un ‘avance de lo que está por venir’.” – Abogado Michael Safiddi
2.2. Declaraciones de apertura
Como explica el abogado de defensa criminal de Rancho Cucamonga Michael Scafiddi14:
“Las declaraciones de apertura le dan al jurado un mapa de lo que los abogados esperan que prueben las pruebas. Durante las declaraciones de apertura, a los abogados no se les permite presentar pruebas. Sin embargo, se les permite ofrecer un ‘avance de lo que está por venir'”.
Dependiendo de las circunstancias de los delitos, las declaraciones de apertura pueden ser breves o bastante detalladas. El juez también puede establecer límites de tiempo en las declaraciones de apertura de los abogados.
La acusación va primero. Si la defensa desea hacer una declaración de apertura (lo cual suele hacer), le sigue.
2.3. El caso principal
Este es el “núcleo” del juicio con jurado penal de California, es decir, el segmento en el que cada parte introduce su prueba de acuerdo con las reglas de evidencia de California. Los abogados no presentan personalmente pruebas. Lo hacen a través de:
- testimonio de testigos en vivo,
- documentos u objetos,
- fotos, videos y otros elementos
Además de los “testigos de los hechos” que testifican basándose en sus observaciones personales del caso, la acusación o la defensa pueden presentar testimonios de expertos durante un juicio. Dichos expertos pueden compartir principios científicos o investigaciones que podrían ser relevantes para el caso o proporcionar opiniones basadas en conocimientos especializados para ayudar al jurado a comprender la evidencia.
En algunos casos, los juicios con jurado pueden convertirse en una “competencia” de expertos, y es responsabilidad del jurado evaluar y determinar qué experto es más creíble.
Después de que el abogado examine a cada testigo, el abogado de la otra parte tiene la oportunidad de confrontar y interrogar al testigo. Uno de los propósitos del interrogatorio es socavar la fiabilidad y credibilidad del testigo.
Este proceso (llamado “re-dirección” y “re-interrogatorio”) continúa hasta que los abogados no tengan más preguntas. Sin embargo, para asegurarse de que no continúe indefinidamente, cada parte está limitada a interrogar al testigo exclusivamente sobre cuestiones que el abogado anterior planteó.
Sin embargo, esta limitación solo entra en vigor después de que ambos abogados hayan tenido una oportunidad completa de preguntar sobre cualquier testimonio que deseen.
Tenga en cuenta que la acusación no puede depender de las declaraciones hechas por testigos que se niegan a someterse a un interrogatorio con pocas excepciones.
2.4. Argumentos finales
Después de que se haya presentado toda la evidencia, los abogados realizan sus argumentos finales. Durante esta fase del proceso de juicio con jurado penal de California, los abogados resumen la evidencia de una manera que sea más favorable a su cliente.
Los abogados no pueden comentar sobre pruebas que no se presentaron en el juicio o tergiversar la ley.15
La acusación presenta su argumento final primero, y luego la defensa presenta su argumento final. La acusación luego tiene una oportunidad final para refutar el argumento de la defensa. Este argumento final suele ser mucho más corto que los dos primeros.

Los abogados defensores utilizan los argumentos finales para resaltar la evidencia más favorable al acusado.
2.5. Deliberaciones del jurado
Después de que los abogados presenten sus argumentos finales, el caso “va al jurado”. El juez y los abogados revisan todas las instrucciones del jurado aplicables para determinar cuáles debe leer el juez al jurado.
Una vez que el juez ha leído todas las instrucciones aplicables, el jurado comienza sus deliberaciones. El jurado designa a un “presidente” para guiar al jurado en sus deliberaciones. Los miembros del jurado deben discutir el caso hasta que lleguen por unanimidad a un veredicto de culpabilidad o inocencia.
El jurado puede hacer preguntas al juez, en presencia de los abogados:
- sobre el caso,
- para volver a escuchar un testimonio específico,
- para ver el lugar del incidente, etc.
Pero el jurado no puede considerar pruebas fuera del “registro”. Tampoco pueden hablar o comunicarse de alguna otra manera con personas fuera del jurado sobre el caso.16
En última instancia, el jurado debe decidir si la acusación demostró cada elemento de cada delito acusado más allá de una duda razonable. La defensa no tuvo que demostrar nada: la carga de la prueba recae en la acusación.
En circunstancias excepcionales, el juez aislará al jurado, lo que significa que no tendrán contacto con nadie más que ellos mismos durante la deliberación.
Una vez que el jurado llega a su veredicto – o ha deliberado el caso hasta el punto en que el juez cree que no hay más razón para continuar – las deliberaciones terminan.17
2.6. El veredicto
Si el jurado encuentra por unanimidad al acusado “no culpable” de todos los cargos, el caso se desestima y el acusado queda en libertad.
Si incluso un miembro del jurado no está de acuerdo con los demás, el jurado está en desacuerdo y el acusado mantiene la presunción de inocencia. Un “jurado en desacuerdo” resulta en cualquiera de las siguientes opciones:
- un juicio nulo (lo que significa que puede haber un nuevo juicio con un nuevo jurado),
- un acuerdo de culpabilidad a un cargo reducido que conlleva una sentencia menor, o
- un sobreseimiento del caso.
Supongamos que el jurado encuentra por unanimidad al acusado culpable de uno o más cargos. En ese caso, el acusado procede a una audiencia de sentencia sobre esos cargos a menos que el juez conceda la moción del acusado para un nuevo juicio según el Código Penal 1181 y anule el veredicto (lo que se hace por una variedad de razones cuando, en pocas palabras, el veredicto del jurado va en contra de la ley).
(Tenga en cuenta que en los juicios civiles, no siempre es necesario que el veredicto sea unánime).
2.7. La audiencia de sentencia
Después de una condena, el acusado tendrá una audiencia de sentencia. Una audiencia de sentencia es una oportunidad para que la defensa y la fiscalía hagan una “presentación” al juez sobre lo que creen que debería ser la sentencia del acusado.
El abogado defensor presenta factores atenuantes, y la fiscalía presenta factores agravantes. Después de escuchar a ambas partes, el juez determina en última instancia la sentencia exacta, dentro del marco de lo que es legalmente permisible.
“Un juicio puede ser como una gran película. Los hechos del caso mantienen a la audiencia al borde de sus asientos. Reirán y llorarán por la experiencia. Pero al final, este drama del tribunal de distrito es diferente a cualquier cosa que salga de Hollywood. Este es un drama en el que la audiencia puede escribir el final”.
— Abogado de defensa criminal de California Michael Scafiddi

Una de las mociones más comunes es una “moción para suprimir pruebas” debido a una búsqueda y confiscación ilegal por parte de la policía.
3. ¿Cuáles son algunas de las mociones de evidencia comunes?
Dependiendo de las circunstancias del caso, puede haber mociones adicionales y/o negociaciones de acuerdo de culpabilidad que se lleven a cabo durante el juicio. Algunas de las más comunes incluyen:
- objeciones estándar a la evidencia / testimonio,
- mociones para excluir pruebas (estas mociones se aplican a una serie de problemas diferentes que van desde la exclusión de pruebas recién descubiertas hasta la exclusión de confesiones forzadas hasta la exclusión de fotos innecesariamente horripilantes hasta la exclusión de la conducta sexual de una víctima de un delito sexual),
- mociones para excluir testigos de la sala del tribunal,
- mociones para excluir a los miembros del jurado (esto también podría ser por cualquier número de razones, como la mala conducta del jurado, un jurado se enferma, un jurado está distraído o se queda dormido durante el juicio, o un jurado tiene una reacción emocional inusual a la evidencia),18
- impugnaciones a testimonio de expertos (por ejemplo, el experto está testificando sobre asuntos fuera de su experiencia, la base de la opinión es inapropiada y/o el testimonio confundirá los problemas y engañará al jurado), y
- moción de absolución (también conocida como moción del Código Penal 1118.1), que el juez puede considerar por su cuenta o a petición de la defensa
- al final de la evidencia de cualquiera de las partes, o
- justo antes de las deliberaciones del jurado.
La premisa de una moción de absolución es que la fiscalía no ha cumplido con su carga de la prueba en uno o más elementos del delito.19
Y en cuanto a los juicios ante el tribunal (o “de banco”):
Tiene el derecho de renunciar a un juicio con jurado en California y permitir que el juez decida el resultado de su caso.20 Esto es lo que se conoce como un juicio de banco o un juicio ante el tribunal. Sin embargo, debido a que el derecho a un juicio con jurado está tan arraigado en nuestra Constitución, el abogado defensor y el fiscal deben estar de acuerdo con esta renuncia.21
En su mayor parte, los procedimientos para los juicios con jurado y los juicios de banco son los mismos, aunque los juicios de banco pueden ser un poco menos formales y considerablemente más cortos (ya que no hay proceso de selección de jurado ni lectura oral de las instrucciones del jurado).
Dependiendo de las circunstancias de su caso, esta puede ser una opción estratégicamente ventajosa que puede desear discutir con su abogado.
4. ¿Qué pasa si no puedo pagar un abogado?
En su audiencia de acusación, puede pedir al tribunal que le asigne un defensor público si no puede pagar un abogado privado. Es su derecho constitucional tener una representación competente y efectiva.
Luego habrá varios procedimientos previos al juicio destinados a resolver el caso a través de un acuerdo de culpabilidad. Si el caso procede a juicio, su defensor público lo representará.
Tienes la opción de representarte a ti mismo, aunque esto no es típicamente recomendado. Mientras tu decisión de actuar como tu propio abogado sea tomada de manera consciente e inteligente, la corte debe respetar tu elección.
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Referencias legales:
- Tu derecho a un juicio por jurado en California proviene de las Enmiendas Sexta y Decimocuarta de la Constitución de los Estados Unidos, de la Constitución de California Artículo 1, secciones 16 y 24, y de varias disposiciones estatutarias de California.
- Nuestros abogados de defensa criminal de California tienen oficinas locales en Los Ángeles en todo el estado.
- Constitución de California Artículo 1, sección 16. Ver también Instrucciones del Jurado de California, Penal (CALJIC 2.90).
- People v. King (1970) 1 Cal.3d 791, 795.
- Tracy v. Municipal Court (1978) 22 Cal.3d 760, 764.
- Código Penal de California 2972 PC.
- Código de Bienestar e Instituciones de California 6603 — Juicio por jurado.
- People v. Guzman (1988) 45 Cal.3d 915, 968.
- Código Penal de California 1093 PC.
- Código Penal de California 1093 PC.
- Código de Procedimiento Civil de California 231.
- People v. Wheeler (1978) 22 Cal.3d 258.
- People v. Smith (1993) 21 Cal.App.4th 342, 346.
- El abogado de defensa criminal Michael Scafiddi representa a clientes en juicios por jurado criminal en California en todo el Inland Empire.
- People v. Villa (1980) 109 Cal.App.3d 360, 364-365. Ver también People v. Mendoza (2007) 42 Cal.4th 686, 702.
- Código Penal de California 1138 PC.
- Código Penal de California 1140 PC.
- Ver Código Penal de California 1093 PC, nota al pie de página 10, arriba.
- Código Penal de California 1118.1 PC.
- Constitución de California Artículo 1, sección 16, nota al pie de página 3, arriba.
- Ver lo mismo.