Doble incriminación es un principio constitucional estadounidense que impide que el gobierno juzgue a una persona más de una vez por la misma conducta. Te protege de ser procesado nuevamente por el mismo delito tras una absolución o una condena.
Doble incriminación también te protege de ser sujeto a múltiples castigos por el mismo delito.1
Pero la doble incriminación en California no se aplica a todas las situaciones. Por ejemplo, no impide que el fiscal te procese por DUI aunque el DMV ya te haya sancionado suspendiendo tu licencia de conducir.
Para ayudarte a entender cuándo la doble incriminación sí y no aplica, y cuándo sirve como una defensa legal válida contra un delito, nuestros abogados de defensa criminal en California2 abordarán:
- 1. ¿Qué es la Doble Incriminación?
- 2. ¿Cuándo puedo plantear la defensa legal de Doble Incriminación?
- 3. ¿En qué circunstancias no aplica la defensa de Doble Incriminación?
- 3.1. Procedimientos civiles derivados de los mismos hechos que los penales
- 3.2. Procedimientos penales previos al juicio
- 3.3. Juicio único con múltiples condenas o absoluciones
- 3.4. Procedimientos disciplinarios en prisión
- 3.5. Revocación de libertad condicional o libertad bajo palabra
- 3.6. Competencia del tribunal
- 3.7. Nuevo juicio o revocación en apelación
- 3.8. Descarga del caso por necesidad
- 3.9. Suspensiones de licencia del DMV en casos de DUI
- 3.10. Procesamiento por autoridades estatales y federales por la misma conducta
La doble incriminación es un principio constitucional estadounidense que impide que el gobierno juzgue a una persona más de una vez por la misma conducta.
1. ¿Qué es la defensa legal de Doble Incriminación?
La Cláusula de Doble Incriminación ha sido incorporada en la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.3 La cláusula de doble incriminación garantiza que habrá
- no persecución tras una absolución por el mismo delito,
- no doble condena por el mismo delito y,
- no múltiples castigos por el mismo delito.
La cláusula de doble incriminación de la Constitución de los Estados Unidos también ha sido adoptada en la ley estatal de California a través del Código Penal de California 687.4
Es un concepto profundamente arraigado en el derecho penal que un Estado no debe estar permitido a hacer intentos repetidos para condenar a un individuo por un presunto delito.5 El gobierno posee enormes poderes y recursos. Los intentos repetidos de una condena penal someten a una persona a una vergüenza y gastos indebidos. También aumenta las probabilidades de que un individuo inocente sea declarado culpable.6
2. ¿Cuándo puedo plantear la defensa legal de Doble Incriminación?
Después de ciertos momentos en el proceso penal, el gobierno pierde su poder para volver a procesar a un acusado por el mismo delito. Cuando esto sucede, decimos que el acusado ya fue
- “puesto en peligro una vez” o que
- “se adjunta el peligro”.
Pero, ¿cuándo exactamente se adjunta el peligro? A continuación, los casos más comunes donde se ha adjuntado el peligro y por lo tanto aplica la defensa de doble incriminación:
2.1. Comienzo del juicio: jurado jurado o testigo jurado
Tendrás derecho a plantear la defensa de doble incriminación si puedes demostrar que fuiste previamente puesto a juicio por el mismo delito.7
No es necesario que el caso haya concluido o siquiera parcialmente concluido. Todo lo que se requiere es que el juicio haya comenzado. Una vez que el juicio ha comenzado, un acusado está en peligro respecto a los cargos por los que está siendo juzgado.8 Esto generalmente significa que no puede ser procesado nuevamente por esos mismos cargos.
En un juicio con jurado, se adjunta el peligro cuando
- se completa la selección del jurado y
- los miembros del jurado son juramentados.9
En un juicio sin jurado (casos sin jurado, juzgados por un juez) el peligro se adjunta cuando el primer testigo es juramentado.10
Si alguna de estas circunstancias ocurrió previamente en el cargo en tu contra, puedes plantear la defensa de doble incriminación para evitar un nuevo procesamiento por ese mismo cargo (o un delito incluido).
2.2. Descarga del jurado o juicio nulo sin consentimiento del acusado
Una vez que ha comenzado un juicio con jurado, cualquier descarga injustificada del jurado sin el consentimiento del acusado da lugar a la defensa de doble incriminación si se vuelve a juzgar.11
Sin embargo, si existe alguna “necesidad legal” que requirió la descarga del jurado, el caso puede ser juzgado nuevamente.12 En estas circunstancias, la defensa de doble incriminación no está disponible.
La necesidad legal puede surgir de
- la enfermedad o incapacidad de un jurado,
- la ausencia de un jurado,
- la incapacidad de los jurados para ponerse de acuerdo (jurado colgado), o
- la incapacidad o ausencia del acusado, abogado defensor o juez.13
2.3. Absoluciones
La fiscalía no puede apelar un fallo tras una absolución, sin importar cuán erróneo parezca el fallo. Por lo tanto, la doble incriminación servirá como una defensa completa contra un procesamiento adicional por el mismo delito en la misma jurisdicción.14
2.4. Desestimaciones
No todas las desestimaciones darán lugar a una defensa de doble incriminación. Sin embargo, cualquier desestimación basada en el fondo del cargo dará lugar a una defensa de doble incriminación.15
Además, las desestimaciones basadas en las siguientes circunstancias adjuntarán el peligro:
Descarga de un acusado para convertirse en testigo
En un caso donde hay dos o más acusados por un delito, el tribunal puede descargar a un acusado en cualquier momento para que sea testigo de la fiscalía.16 Un tribunal también puede concluir que hay evidencia insuficiente contra un acusado. En esta circunstancia, el tribunal debe descargar a ese acusado para que pueda ser testigo de la fiscalía.17
En ambas circunstancias, la defensa de doble incriminación está disponible.18
Desestimación de un delito menor
Las desestimaciones de delitos menores por no llevar el caso a juicio a tiempo generalmente dan lugar a la defensa de doble incriminación.19
Sin embargo, si el delito menor se acusa junto con un delito grave en el mismo caso, la defensa puede no estar disponible.20
Segunda desestimación de delito grave
Una segunda desestimación de un delito grave por no llevar el caso a juicio a tiempo generalmente dará lugar a la defensa de doble incriminación.21
2.5. Condenas
Al igual que las absoluciones, una condena por un delito particular da lugar a una defensa completa de doble incriminación contra un cargo idéntico posterior.22 En otras palabras, una vez que un acusado penal ha sido condenado por un delito, el gobierno no puede intentar procesarlo nuevamente por el mismo delito.
No importa si el acusado
- se declaró culpable voluntariamente o si
- fue condenado tras un juicio.
El peligro se adjunta en ambos escenarios.23
2.6. Acuerdos de culpabilidad
Un fiscal puede estipular expresamente que un acusado será condenado a un grado menor o a un delito menor que el que se le imputa, como parte de un acuerdo de culpabilidad. Si te declaras culpable de este delito menor como parte de un acuerdo, entonces la defensa de doble incriminación estará disponible para un caso posterior por el delito mayor.24
Veamos un ejemplo:
Ejemplo: Jason es acusado de DUI en California. Como parte de un acuerdo de culpabilidad, acepta declararse culpable del menor delito de conducción temeraria bajo la influencia en California. Una vez que se declara culpable, la doble incriminación servirá como defensa completa si la fiscalía intenta posteriormente acusarlo de DUI nuevamente basado en los mismos hechos.
2.7. Nuevo juicio tras apelación y revocación
La defensa de doble incriminación está disponible en la siguiente circunstancia:
- El acusado es condenado por un delito en juicio,
- el acusado apela la condena,
- la apelación del acusado es concedida, la sentencia es revocada y el caso es remitido para un nuevo juicio, y
- la fiscalía en el nuevo juicio acusa un delito mayor que el acusado en el juicio original.
La doble incriminación impide que la fiscalía acuse un delito mayor en el nuevo juicio que el acusado en el juicio original.25 También impide la imposición de una pena mayor en el nuevo juicio.
Veamos un ejemplo:
Ejemplo: Todd es acusado y condenado por asesinato en segundo grado murder. Apela la condena. La condena es revocada y remitida para un nuevo juicio. En el nuevo juicio, la fiscalía busca acusar a Todd de asesinato en primer grado.
Una defensa de doble incriminación impediría que la fiscalía acuse a Todd de asesinato en primer grado en el nuevo juicio. Al condenar a Todd por el delito menor de asesinato en segundo grado en el primer juicio, el jurado implícitamente absolvió a Todd del delito mayor de asesinato en primer grado.
2.8. Delitos necesariamente incluidos
La defensa de doble incriminación está disponible para cargos posteriores por los mismos o delitos incluidos.26
Un solo acto puede dar lugar a múltiples delitos penales. Cada delito en California consta de varios elementos. Para condenar a alguien por un delito, un fiscal debe probar cada elemento del delito más allá de una duda razonable.27
En California, un delito es un delito necesariamente incluido de otro delito si todos sus elementos también son los elementos de otro delito.28 La doble incriminación es una defensa completa contra un cargo posterior por un delito necesariamente incluido en el delito inicialmente acusado.29
Veamos un ejemplo:
Ejemplo: Jeff se pelea con Mike afuera de un bar. Jeff golpea a Mike en la cabeza con una botella de cerveza. Jeff es arrestado y acusado del delito de asalto con arma mortal según el Código Penal 245(a)(1) PC (ADW) contra Mike. Jeff es absuelto del cargo de ADW. Sin embargo, la fiscalía posteriormente acusa a Jeff del delito de asalto simple según el Código Penal 240 PC.
Jeff podrá plantear la doble incriminación como defensa completa contra el cargo de asalto simple. Cada elemento del asalto según el Código Penal 420 también es un elemento del ADW. Por lo tanto, el asalto es un delito necesariamente incluido del ADW. El peligro se adjuntó al cargo de agresión y a todos sus delitos incluidos cuando Jeff fue absuelto.
Este principio también aplica incluso si la primera acusación es por el delito menor incluido.30 Si Jeff hubiera sido acusado primero de asalto simple y absuelto de ese cargo, la cláusula de doble incriminación aún sería una defensa contra un cargo posterior de asalto con arma mortal según el Código Penal 245(a)(1).
Si no es culpable del delito menor incluido de asalto, no puede ser culpable de agresión. Por lo tanto, la doble incriminación puede plantearse como defensa.
La doble incriminación solo protege contra intentos repetidos de procesamiento penal. Sin embargo, un procedimiento civil previo no impide un procesamiento penal posterior.
3. ¿En qué circunstancias no aplica la defensa de Doble Incriminación?
También existen varias situaciones en el derecho penal de California donde las personas sospechan que la doble incriminación aplicaría, pero en realidad no es así. Discutamos algunas de ellas.
3.1. Procedimientos civiles derivados de los mismos hechos que los penales
La doble incriminación solo protege contra intentos repetidos de procesamiento penal. Sin embargo, un procedimiento civil previo no impide un procesamiento penal posterior, aunque ambos casos puedan surgir de los mismos hechos.31
Ejemplo: David conduce bajo la influencia del alcohol. Pasa un semáforo en rojo y atropella a Steven, un peatón. Steven muere por sus heridas. La familia de Steven demanda a David en un tribunal civil por daños y perjuicios en una acción por muerte injusta. La familia de Steven recibe $1,000,000.00 en daños.
Posteriormente, el estado acusa a David de homicidio vehicular grave mientras estaba intoxicado.
David no podrá plantear una defensa de doble incriminación contra el cargo de homicidio vehicular grave mientras estaba intoxicado. Esto se debe a que el procedimiento civil previo no adjuntó peligro para los fines de un caso penal contra David.
3.2. Procedimientos penales previos al juicio
Como se discutió anteriormente, el peligro no se adjunta a un caso penal hasta que el acusado es puesto a juicio.32
Por lo tanto, los procedimientos penales que ocurren antes del juicio no dan lugar a la defensa de doble incriminación.
Ejemplo: Brandon es arrestado por el delito de robo según el Código Penal 211 de California, un delito grave. Brandon se declara no culpable en su audiencia de lectura de cargos penal. Luego comparece en su audiencia preliminar. En la audiencia preliminar, el juez determina que no hay evidencia suficiente para llevar el caso a juicio y desestima el caso del Código Penal 211.
Si la fiscalía vuelve a presentar el cargo de robo contra Brandon, él no podrá alegar la defensa de doble incriminación. El peligro no se adjunta durante una audiencia de lectura de cargos ni durante una audiencia preliminar de delito grave.33
3.3. Juicio único con múltiples condenas o absoluciones
La defensa de doble incriminación está diseñada para proteger contra el acoso de múltiples juicios. Sin embargo, la doble incriminación no es aplicable a absoluciones, condenas o desestimaciones de cargos separados en un único juicio.34
Ejemplo: Debbie es acusada de un cargo de agresión y un cargo de asalto. Ambos cargos surgieron de una pelea que Debbie tuvo con Mona. El caso va a juicio. El jurado absuelve a Debbie del cargo de agresión pero queda dividido respecto al cargo de asalto. El juez declara un juicio nulo respecto al cargo de asalto.
Si el estado busca volver a juzgar a Debbie por el cargo de asalto, ella no podrá alegar la defensa de doble incriminación. Esto se debe a que los cargos de agresión y asalto fueron cargos separados en el mismo juicio.
3.4. Procedimientos disciplinarios en prisión
Las acciones disciplinarias tomadas contra reclusos por violaciones a la conducta en prisión no impiden un procesamiento penal posterior por la misma conducta.35
Ejemplo: Nick es un recluso en una prisión estatal de California. Es castigado con 20 días en confinamiento solitario tras ser encontrado en posesión de ‘armas caseras’ en prisión. Posteriormente es acusado y condenado por una violación del Código Penal 4502 PC de California, posesión o fabricación de un arma en una institución penal.
Nick no podrá alegar la defensa de doble incriminación contra el cargo del Código Penal 4502.
El confinamiento solitario fue una medida disciplinaria por violar las reglas de la prisión. La sentencia de Nick no fue extendida. El peligro no se adjunta por meras medidas disciplinarias administrativas.
3.5. Revocación de libertad condicional o libertad bajo palabra
Una audiencia de revocación de libertad condicional o libertad bajo palabra no es un segundo procesamiento penal, ya que son extensiones de la condena original.36 Por lo tanto, no está sujeta a la defensa de doble incriminación.
3.6. Competencia del tribunal
El peligro no se adjunta a ningún procedimiento a menos que exista una posibilidad de una condena válida del acusado.37 Si se determina que un tribunal no tiene jurisdicción sobre un asunto, cualquier condena resultante sería nula. El peligro no se adjunta en un tribunal que no tiene jurisdicción.38
Por lo tanto, la defensa de doble incriminación no estaría disponible en un procesamiento penal posterior en un tribunal que sí tenga jurisdicción válida sobre el asunto.39
3.7. Nuevo juicio o revocación en apelación
Si un acusado es condenado pero el tribunal luego concede su moción para un nuevo juicio, o si la sentencia de condena es revocada en apelación, el nuevo juicio se trata como si no hubiera habido juicio previo.40 Por lo tanto, la doble incriminación no será una defensa en el nuevo juicio.
3.8. Descarga por necesidad
Si un caso es desestimado como resultado de una necesidad legal, la doble incriminación generalmente no impedirá un procesamiento posterior.41
La necesidad legal surge de
- la enfermedad o incapacidad de un jurado,
- la ausencia de un jurado,
- la incapacidad de los jurados para ponerse de acuerdo (jurado colgado), o
- la incapacidad o ausencia del acusado, abogado defensor o juez.42
3.9. Suspensiones de licencia del DMV en casos de DUI
Si eres arrestado por DUI, DUI por drogas, o homicidio vehicular, el Departamento de Vehículos Motorizados buscará suspender tu licencia de conducir.
Todos tienen derecho a una audiencia del DMV de California tras un arresto por DUI para impugnar si debe imponerse una suspensión de licencia. El DMV llama a estas audiencias “Audiencias Administrativas Per Se” o APS.
Sin embargo, el peligro no se adjunta durante los procedimientos APS. Por lo tanto, la doble incriminación no impedirá un procesamiento penal posterior incluso si un acusado ha recibido una determinación sobre la suspensión de su licencia en una audiencia APS.
3.10. Procesamiento por autoridades estatales y federales por la misma conducta
Los estados son considerados “soberanos separados” del gobierno federal en los Estados Unidos. Esto significa que los estados son considerados entidades gubernamentales en gran medida independientes que han cedido ciertos derechos al gobierno federal.
El peligro solo se adjunta a procesamientos por los mismos actos criminales por el mismo soberano.43 Por lo tanto, un estado puede procesar a individuos por un delito por el que ya fueron juzgados en un tribunal federal. Las autoridades federales también pueden procesar a individuos por delitos por los que ya fueron juzgados en tribunales estatales. La defensa de doble incriminación no aplica a ninguna de estas acciones.
Ejemplo: Oficiales del Departamento de Policía de Los Ángeles fueron juzgados y declarados no culpables de asalto contra Rodney King en el Tribunal Superior del Condado de Ventura en 1991.
Algunos de esos mismos oficiales fueron posteriormente acusados y condenados en un tribunal federal por violar los derechos civiles de Rodney King.
Los cargos y condenas federales surgieron del mismo incidente que el caso estatal previo en el Tribunal Superior del Condado de Ventura. Sin embargo, debido a que el estado de California y el gobierno federal son soberanos separados, la doble incriminación no impidió el procesamiento de esos oficiales en el tribunal federal.
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Referencias legales:
- U.S. v. Halper, 490 U.S. 435, 440 (1989) ‘[T]he Double Jeopardy Clause protects against three distinct abuses: [1] a second prosecution for the same offense after acquittal; [2] a second prosecution for the same offense after conviction; and [3] multiple punishments for the same offense.’
- Nuestros abogados de defensa criminal en California tienen oficinas legales locales en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas. Por favor contáctanos en Shouse Law Group con cualquier pregunta.
- U.S. Const. amend. V. – “nor shall any person be subject for the same offence to be twice put in jeopardy of life or limb.”
- Código Penal de California 687- “Ninguna persona puede ser sometida a un segundo procesamiento por un delito público por el cual ya haya sido procesada y condenada o absuelta.”
- Green v. United States 355 U.S. 184 (1957) – “La idea subyacente, una que está profundamente arraigada al menos en el sistema angloamericano de jurisprudencia, es que el Estado con todos sus recursos y poder no debe estar permitido hacer intentos repetidos para condenar a un individuo por un presunto delito, sometiéndolo así a vergüenza, gastos y sufrimiento y obligándolo a vivir en un estado continuo de ansiedad e inseguridad, además de aumentar la posibilidad de que, aunque sea inocente, pueda ser declarado culpable.”
- Igual que arriba.
- Smith v. Superior Court 5 Cal. App. 3d 260, 264 (1970)- “Sin embargo, la esencia de la prohibición de la Quinta Enmienda contra que una persona sea puesta dos veces en peligro por el mismo delito es que debe haber sido puesta a juicio por el mismo cargo que es la base de su reclamo de peligro anterior. Los casos que articulan el término ‘puesto a juicio’ hablan en términos de que el juicio ha sido ‘iniciado’.”
- Igual que arriba.
- People v. Finch 119 Cal.App.2d Supp. 892, 895 (1953)
- Richard M. v. Superior Court 4 C.3d 370, 376 (1971).
- Jackson v. Superior Court 10 Cal.2d 350, 357 (1937)
- Código Penal de California 1141 – “En todos los casos donde un jurado es descargado o impedido de dar un veredicto por accidente u otra causa, excepto cuando el acusado es descargado durante el progreso del juicio, o después de que la causa se les haya sometido, la causa puede ser juzgada nuevamente.”
- People v. Fields 13 Cal.4th 289 (1996).
- Código Penal de California 1023 – “Cuando el acusado es condenado o absuelto o ha sido puesto una vez en peligro sobre un escrito acusatorio, la condena, absolución o peligro es una barrera para otro procesamiento por el delito acusado en dicho escrito acusatorio, o por un intento de cometer el mismo, o por un delito necesariamente incluido en él, por el cual podría haber sido condenado bajo ese escrito acusatorio.”
- Código Penal de California 1385 – “(a) El juez o magistrado puede, ya sea por iniciativa propia o a solicitud del fiscal, y en pro de la justicia, ordenar que se desestime una acción. Las razones para la desestimación deben establecerse en una orden ingresada en las actas. No se hará ninguna desestimación por causa que sería motivo de excepción al escrito acusatorio. (b) Esta sección no autoriza a un juez a eliminar ninguna condena previa por un delito grave para fines de aumento de pena bajo la Sección 667. (c)(1) Si el tribunal tiene autoridad conforme a la subdivisión (a) para eliminar o desestimar un aumento, el tribunal puede en cambio eliminar el castigo adicional para ese aumento en pro de la justicia conforme a la subdivisión (a). (2) Esta subdivisión no autoriza al tribunal a eliminar el castigo adicional para cualquier aumento que no pueda ser eliminado o desestimado conforme a la subdivisión (a).”
- Código Penal de California 1099
- Código Penal de California 1100
- Código Penal de California 1101 – La orden mencionada en las Secciones 1099 y 1100 es una absolución del acusado descargado, y es una barrera para otro procesamiento por el mismo delito.
- Código Penal de California 1381
- Código Penal de California 1387
- Igual que arriba.
- Código Penal de California 1023 – “Cuando el acusado es condenado o absuelto o ha sido puesto una vez en peligro sobre un escrito acusatorio, la condena, absolución o peligro es una barrera para otro procesamiento por el delito acusado en dicho escrito acusatorio, o por un intento de cometer el mismo, o por un delito necesariamente incluido en él, por el cual podría haber sido condenado bajo ese escrito acusatorio.”
- People v. Mims 136 Cal.App.2d 828, 289 (1955).
- Bunnell v. Superior Court 13 C.3d 592, 606 (1975)
- People v. Cortez 18 C.4th 1223 (1998)
- Código Penal de California 1023 – “Cuando el acusado es condenado o absuelto o ha sido puesto una vez en peligro sobre un escrito acusatorio, la condena, absolución o peligro es una barrera para otro procesamiento por el delito acusado en dicho escrito acusatorio, o por un intento de cometer el mismo, o por un delito necesariamente incluido en él, por el cual podría haber sido condenado bajo ese escrito acusatorio.”
- Código Penal de California § 1096
- People v. Thomas 59 Cal.App.2d 585, 587 (1943).
- Código Penal de California 1023
- People v. Krupa 64 Cal.App.2d 592, 598 (1944) – “Cuando la acusación por el delito incluido es primero, y hay una absolución, el acusado no puede ser juzgado posteriormente por el delito mayor, porque si no es culpable del menor incluido no puede ser culpable del mayor. Una condena por el menor se considera una barrera para el procesamiento por el mayor en la teoría de que para condenar
- People v. Batey 183 Cal.App.3d 1281, 1289 (1986).
- People v. Finch 119 Cal.App.2d Supp. 892, 895 (1953)
- People v. Uhlemann 9 Cal. App.3d 662, 668 (1973) – La Quinta Enmienda no impide un procesamiento posterior tras una desestimación en audiencia preliminar.
- Código Penal de California 954 – Un escrito acusatorio puede acusar dos o más delitos diferentes conectados en su comisión, o diferentes declaraciones del mismo delito o dos o más delitos diferentes de la misma clase de crímenes o delitos, bajo cargos separados, y si se presentan dos o más escritos acusatorios en tales casos en el mismo tribunal, el tribunal puede ordenarlos consolidar. La fiscalía no está obligada a elegir entre los diferentes delitos o cargos establecidos en el escrito acusatorio, pero el acusado puede ser condenado por cualquier número de los delitos acusados, y cada delito por el cual el acusado es condenado debe ser declarado en el veredicto o en la decisión del tribunal; siempre que el tribunal en el que un caso es juzgable, en interés de la justicia y por buena causa mostrada, pueda a su discreción ordenar que los diferentes delitos o cargos establecidos en el escrito acusatorio sean juzgados por separado o divididos en dos o más grupos y cada uno de dichos grupos juzgado por separado. Una absolución de uno o más cargos no se considerará una absolución de cualquier otro cargo.
- In re Davis 25 C.3d 384, 394 (1979) – la audiencia sobre segregación disciplinaria de presos no impide el procesamiento penal por la misma conducta.
- In re Coughlin, 16 C.3d 52, 60 (1976) y In re Gullatt, 69 C.2d 395, 398 (1968).
- Código Penal de California 1023 – “Cuando el acusado es condenado o absuelto o ha sido puesto una vez en peligro sobre un escrito acusatorio, la condena, absolución o peligro es una barrera para otro procesamiento por el delito acusado en dicho escrito acusatorio, o por un intento de cometer el mismo, o por un delito necesariamente incluido en él, por el cual podría haber sido condenado bajo ese escrito acusatorio.”
- People v. Zadro 20 C.A.2d 320, 323 (1937) – [I]t is elementary that legal jeopardy does not arise where the court has no jurisdiction.”
- Igual que arriba.
- Código Penal de California 1180 – La concesión de un nuevo juicio coloca a las partes en la misma posición como si no se hubiera tenido juicio. Todo el testimonio debe ser producido de nuevo, y el veredicto o decisión anterior no puede ser usado o referido, ni como evidencia ni en argumento, ni ser alegado como defensa de cualquier condena que pudiera haberse tenido bajo el escrito acusatorio.
- Código Penal de California 1141 – “En todos los casos donde un jurado es descargado o impedido de dar un veredicto por accidente u otra causa, excepto cuando el acusado es descargado durante el progreso del juicio, o después de que la causa se les haya sometido, la causa puede ser juzgada nuevamente.”
- People v. Fields 52 Cal.Rptr.2d 282 (1996).
- Bartkus v. Illinois, 359 US 121 (1959).
- Id.