Los contadores de California enfrentan disciplina profesional si sufren una condena por un delito que la Junta de Contabilidad de California considera “sustancialmente relacionado” con el trabajo de contabilidad. “Sustancialmente relacionado” se determina caso por caso. La Junta usualmente impone alguna forma de disciplina si un delito involucra deshonestidad, fraude y incumplimiento de responsabilidad fiduciaria.
Dependiendo de la gravedad del delito cometido, la disciplina en contabilidad puede variar desde una amonestación hasta la revocación de la licencia.
La CBA también puede negar licencias a solicitantes por haber sido condenados por un delito en los últimos siete años si el delito está “sustancialmente relacionado” con la contabilidad. Además, a los aspirantes a contadores se les puede negar la licencia por tener una condena de cualquier antigüedad que haya sido por:
- un delito grave (como asesinato, violación o gran robo),
- delito sexual que requiera registro de Nivel II o Nivel III, o
- delito penal financiero relacionado con el trabajo de contabilidad.
Tenga en cuenta que la CBA normalmente realiza una audiencia disciplinaria antes de tomar medidas disciplinarias. El contador condenado y su abogado pueden asistir a la audiencia.
Durante la audiencia, la Junta considera algunos de los siguientes factores al evaluar las sanciones administrativas:
- las secciones específicas del código de California que el CPA violó,
- una descripción clara del delito cometido, y
- la explicación del CPA sobre la infracción.
Si la CBA decide suspender o revocar la licencia de un contador, el CPA puede solicitar la reinstalación de su licencia.
La Junta considera algunos de los siguientes factores para determinar si se debe o no reinstalar una licencia:
- la naturaleza y gravedad del delito pasado,
- si el contador cometió otros delitos desde el delito que llevó a la acción disciplinaria, y
- el grado en que el contador ha cumplido con los términos de libertad condicional, libertad vigilada o restitución.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Los Ángeles abordarán cómo los antecedentes penales pueden afectar las licencias de contabilidad en California:
- 1. CBA
- 2. Cargos penales
- 3. Condenas penales
- 4. Investigaciones
- 5. Acciones disciplinarias
- 6. Reinstalación
- 7. Defensa
- Preguntas frecuentes
- Recursos adicionales
1. CBA
La Junta de Contabilidad de California (CBA) es responsable de la concesión de licencias y credenciales de contabilidad en California. La Junta es una agencia gubernamental estatal dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor de California.
La Junta hace cumplir la Ley de Contabilidad de California e implementa regulaciones conforme a su misión de protección pública.1
2. Cargos penales
La Junta Estatal de Contabilidad no iniciará acciones disciplinarias ni una investigación si un contador es acusado de un delito.
En cambio, la Junta comenzará a investigar a un contador si es condenado por un delito penal.
“Condenas” incluyen condenas por delito grave, delito menor y infracción obtenidas mediante:
- declaraciones de culpabilidad y veredictos (una vez que se emite la sentencia), y
- declaraciones de no contestar (una vez que se emite la sentencia)2
En términos generales, la Junta puede actuar respecto a una condena cuando:
- ha pasado el tiempo para apelar,
- la sentencia de condena ha sido confirmada en apelación, o
- se ha emitido una orden que concede libertad condicional suspendiendo la imposición de la sentencia.3
3. Condenas penales
Si una persona en el Estado de California tiene una condena penal que ocurrió hace siete o más años, generalmente la condena no es motivo para negar una licencia de contabilidad. Esto es cierto siempre que la persona haya cumplido todos los términos de la sentencia.
Sin embargo, la Junta de Contabilidad aún puede descalificar a los solicitantes por una condena, sin importar hace cuánto tiempo ocurrió, si la condena fue por:
- un delito que requiere registro de delincuente sexual de Nivel II o Nivel III,
- un delito penal financiero que esté directa y adversamente relacionado con las calificaciones fiduciarias, funciones o deberes de la contabilidad, o
- un delito grave serio.
El término “delito grave serio” se define en la Sección 1192.7 del Código Penal de California. Ejemplos incluyen:
- asesinato,
- lesiones graves,
- sodomía forzada,
- asalto con arma mortal,
- robo, y
- secuestro.
Suponga que una persona fue condenada por un delito dentro de los siete años previos a solicitar una licencia de CPA. En ese caso, la persona aún es elegible para recibir una licencia para ejercer la contabilidad pública. Esto es cierto siempre que el delito por el que fue condenado no esté sustancialmente relacionado con las funciones de ser contador.4
Los contadores que renuevan su licencia deben completar un Formulario de Divulgación de Condenas Penales, donde deben reportar cualquier condena por delito.
Si una condena es o no “sustancialmente relacionada” es una determinación fáctica hecha por la Junta.
4. Investigaciones
La Junta investigará a un contador si es condenado por un delito, y usted tiene el deber legal estricto de auto-reportar.
Bajo el Código de Negocios y Profesiones 5063, un CPA con licencia está legalmente obligado a reportar una condena a la CBA por escrito dentro de los 30 días posteriores a la ocurrencia de la condena.5 Este mandato aplica a cualquier delito grave o cualquier delito relacionado con las calificaciones, funciones o deberes de un CPA.
No reportar una condena dentro de los 30 días constituye “conducta no profesional” y es un motivo separado e independiente para que la Junta suspenda o revoque su licencia.
No asuma que la Junta simplemente se enterará por sí sola. Aunque el Departamento de Justicia de California (DOJ) puede notificar a la Junta sobre la condena de un CPA, confiar en la notificación del DOJ no lo exime de su deber personal y obligatorio de reportar la condena usted mismo.
Su notificación a la Junta también requerirá que:
- revele los hechos del delito por el que fue condenado, y
- proporcione documentos judiciales e informes policiales relacionados con la infracción.
Después de que la Junta complete su investigación, determinará si inicia o no procedimientos disciplinarios/acciones de cumplimiento contra el CPA condenado.
La Junta normalmente iniciará tales procedimientos si encuentra que el contador fue condenado por un delito sustancialmente relacionado con los estándares profesionales y funciones de un contador.6
Una condena sustancialmente relacionada es aquella que:
“evidencia la ineptitud presente o potencial de un contador público certificado o contador público para desempeñar las funciones autorizadas por su certificado o permiso de manera consistente con la salud, seguridad o bienestar público.”7
Si una condena es o no “sustancialmente relacionada” es una determinación fáctica hecha por la Junta.
Sin embargo, la ley de California establece que un delito generalmente está sustancialmente relacionado con la práctica de la contabilidad si involucra:
- deshonestidad,
- incumplimiento de responsabilidad fiduciaria,
- fraude o engaño para obtener un certificado de contador público certificado o un permiso de contador público, y
- negligencia grave en la práctica de la contabilidad pública.8
Según boletines de la Junta (y documentos relacionados con la aplicación), los siguientes tipos de condenas han resultado en acciones disciplinarias contra contadores de California:
- falsificación,9
- fraude postal,10
- fraude bancario,11
- gran robo,12
- evasión fiscal,13 y
- robo de vehículo.14
5. Acciones disciplinarias
La Junta puede tomar una variedad de acciones disciplinarias, incluyendo:
- imponer sanciones,
- amonestar al contador,
- poner al contador sujeto a libertad condicional,
- suspender la licencia del contador, o
- revocar la licencia del CPA.15
La Junta típicamente realiza una audiencia disciplinaria para ayudar a llegar a una determinación disciplinaria. La audiencia se lleva a cabo ante un juez de derecho administrativo. El contador condenado y su abogado comparecen en la audiencia y el caso es procesado por un abogado de la oficina del Fiscal General de defensa criminal.
La Junta considera algunos de los siguientes factores al evaluar sanciones administrativas:
- las secciones específicas del código de California que el CPA violó,
- una descripción clara de la infracción,
- la explicación del CPA sobre el delito cometido,
- la naturaleza y extensión del daño real causado a un cliente,
- la gravedad del delito cometido, y
- el papel específico del contador en la comisión del delito.16
Además, la Junta considera los siguientes factores agravantes que sugieren alguna forma de medidas disciplinarias:
- el contador cometió el delito a sabiendas,
- el CPA tiene antecedentes de disciplina previa,
- el delito cometido resultó en daño financiero al cliente del contador,
- el delito resultó en incumplimiento de un requisito de educación profesional continua (CPE),
- el contador no cooperó con la investigación de la Junta, y
- el contador se apropió indebidamente de fondos de un cliente en la comisión de su delito.17
De manera similar, la Junta considera los siguientes factores atenuantes que sugieren no tomar acción disciplinaria o una acción de bajo grado:
- el contador cooperó con la investigación de la Junta,
- la condena fue un evento único y no hay otros antecedentes de disciplina,
- el CPA lamenta haber cometido un delito,
- el contador tomó o está tomando medidas para ayudar a prevenir la comisión de un delito similar (por ejemplo, inscribiéndose en una clase de drogas o alcohol), y
- el delito no causó pérdida financiera a un cliente.18
6. Reinstalación
Un contador cuya licencia sea suspendida o revocada tras una condena penal generalmente puede solicitar la reinstalación.
La Junta decide sobre la reinstalación después de realizar una audiencia de reinstalación, a la que normalmente asiste el contador condenado.
La CBA típicamente reinstalará la licencia de un CPA si el contador proporciona evidencia de que se ha rehabilitado.19
La Junta considera algunos de los siguientes factores para determinar si se debe o no reinstalar una licencia:
- la naturaleza y gravedad del delito pasado,
- si el contador cometió otros delitos desde el delito que llevó a la acción disciplinaria,
- el grado en que el contador ha cumplido con los términos de libertad condicional, libertad vigilada o restitución,
- la actitud del CPA hacia el delito cometido,
- la extensión del daño real causado a un cliente, y
- si el contador ha cumplido la sentencia por su delito.
7. Defensa
Si usted es un contador en California y recibe una Acusación notificándole que la Junta busca disciplinarlo suspendiendo o revocando su licencia, puede negociar con la Junta o comparecer ante ella para intentar llegar a un acuerdo favorable.
Tenga en cuenta que los contadores sujetos a una audiencia disciplinaria tienen derecho a consultar y contratar un abogado defensor para asistencia.
Los CPA también tienen derecho a:
- descubrir cualquier evidencia relevante ante la Junta en preparación para la audiencia, y
- presentar evidencia y contrainterrogar a los testigos en la audiencia.
Si un contador pierde su licencia, siempre puede intentar solicitar a la Junta la reinstalación.
Los contadores de California arriesgan disciplina profesional por parte de la Junta de Contabilidad de California (CBA) tras una condena por un delito “sustancialmente relacionado” con el trabajo de contabilidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un “delito de vileza moral” y por qué importa para mi licencia de CPA?
En California, las juntas de licencias tienen amplia autoridad para disciplinar a profesionales por condenas que involucren “vileza moral”. Un delito de vileza moral se define generalmente como un acto que involucra deshonestidad, fraude o conducta considerada vil, baja o que “choca la conciencia”.
Debido a que toda la carrera de un contador se basa en la confianza y el deber fiduciario, la Junta de Contabilidad de California trata las condenas que involucran vileza moral con mucha severidad. Incluso si el delito no tuvo nada que ver con la contabilidad (como ciertos delitos de robo o comportamiento extremadamente imprudente), la Junta puede verlo como evidencia de que usted no está apto para servir al público de manera segura.
¿Puedo perder mi licencia de contabilidad por una condena por violencia doméstica?
Sí, es posible. Muchos contadores creen erróneamente que, dado que la violencia doméstica no tiene nada que ver con las finanzas o la práctica profesional, su licencia de CPA está perfectamente segura.
Sin embargo, los tribunales de California han dictaminado repetidamente que la violencia doméstica es un delito de “vileza moral”. Debido a que entra en esta categoría, una condena por violencia doméstica puede absolutamente desencadenar una investigación y posterior acción disciplinaria por parte de la Junta de Contabilidad.
¿Completar un programa de “Entrada Diferida de Juicio” (DEJ) o un programa de desviación salvará mi licencia de CPA?
A menudo puede hacerlo. Bajo la ley de California, una “condena” para fines de licenciamiento generalmente requiere una declaración de culpabilidad, una declaración de no contestar o un veredicto de culpabilidad donde se emite una sentencia. Si su abogado defensor penal negocia con éxito un programa de Entrada Diferida de Juicio (DEJ) o un programa de desviación previa al juicio, usted típicamente entra una declaración, pero el juez pospone la emisión de la sentencia.
Si cumple con éxito los requisitos del programa, los cargos se desestiman. Gracias a las reformas bajo el Proyecto de Ley de la Asamblea 2138, un programa DEJ completado y desestimado exitosamente usualmente no constituye una “condena” que la Junta pueda usar para disciplinar su licencia.
Recursos adicionales
Para más información, consulte lo siguiente:
- CalCPA – una organización profesional que representa a contadores públicos certificados en California, proporcionando educación, defensa y recursos para apoyar a sus miembros y a la profesión contable.
- Sociedad de Oficiales de Finanzas Municipales de California (CSMFO) – una organización profesional dedicada a promover la excelencia en la gestión financiera municipal mediante capacitación, intercambio de información y participación activa en la comunidad financiera municipal dentro de California.
- Alianza de Mujeres en Contabilidad y Finanzas (AFWA) – una organización profesional que impulsa el crecimiento profesional y el avance de las mujeres en contabilidad y finanzas mediante redes, educación, oportunidades de liderazgo y defensa.
- Asociación de Contadores Profesionales Certificados Internacionales – organización global formada por la fusión del Instituto Americano de CPAs (AICPA) y el Instituto Colegiado de Contadores de Gestión (CIMA), que representa la profesión contable a nivel mundial y proporciona recursos, educación y certificaciones para CPAs y contadores de gestión.
- Asociación Americana de Contabilidad – organización dedicada a promover la excelencia mundial en educación, investigación y práctica contable mediante publicaciones, enseñanza, investigación y oportunidades de networking para profesionales y académicos de la contabilidad.
Referencias legales:
- Ver Sección 5000 y siguientes del Código de Negocios y Profesiones de California; Título 16, División 1 del Código de Regulaciones de California (Junta Estatal de Contabilidad); y, Sección 5000.1 del Código de Negocios y Profesiones de California.
- Ver Sección 5106 del Código de Negocios y Profesiones de California.
- Ver lo mismo. Ver también Sección 7.5 del Código de Negocios y Profesiones de California.
- Sección 480 del Código de Negocios y Profesiones de California. Ver también Proyecto de Ley de la Asamblea 2138.
- Tenga en cuenta que los contadores en California también tienen el deber de reportar ciertas condenas penales dentro de los 30 días posteriores a su ocurrencia. Ver Código de Negocios y Profesiones 5063.
- Sección 5100 del Código de Negocios y Profesiones de California.
- Título 16, División 1, Sección 99 del Código de Regulaciones de California.
- Ver lo mismo.
- En el asunto de la acusación contra Susan Rachele (CPA) Caso No. AC-2009-35 [decisión por defecto revocando licencia tras condena por 107 cargos de falsificación].
- En el asunto de la acusación contra William Russell Murray (CPA) Caso No. AC-2010-26 [decisión por defecto revocando licencia tras declaración de culpabilidad en caso federal de fraude postal e interferencia con administración tributaria]; y, En el asunto de la acusación contra Mamie Tang (CPA) Caso No. AC-2004-10 [acuerdo estipulado y orden disciplinaria revocando licencia tras condena por fraude postal].
- En el asunto de la acusación contra Alejandro Sady-Kennedy (CPA) AC-2007-26 [acuerdo estipulado y orden disciplinaria revocando licencia tras condena por fraude bancario, fraude electrónico y lavado de dinero].
- En el asunto de la acusación contra Jerold J. Werner (CPA) Caso No. AC-2004-18 [decisión por defecto revocando licencia tras condena por declaración de no contestar por gran robo]; y, En el asunto de la acusación contra Michael Alan Feldman (CPA) Caso No. AC-2005-36 [decisión por defecto revocando licencia tras condena por gran robo por malversación].
- En el asunto de la acusación enmendada contra Wade Vincent Shang (CPA) Caso No. AC-2004-20 [licencia revocada tras condena por veredicto de jurado por evasión fiscal].
- En el asunto de la acusación contra Michael D. Stava (CPA) Caso No. AC-96-35 [licencia revocada por acuerdo estipulado tras condena por veredicto de jurado por robo de vehículo y robo].
- Ver Secciones 5000 y siguientes del Código de Negocios y Profesiones de California, y Título 16 del Código de Regulaciones de California (CCR) Secciones 1 a 99.1.
- Ver Junta de Contabilidad de California, Directrices Disciplinarias y Órdenes Modelo 10ª Edición, 2019.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.