Los artículos 11377-11379 del Código de Salud y Seguridad de California prohíben poseer, vender o transportar sustancias controladas como la éxtasis (MDMA). La posesión simple de éxtasis generalmente es una falta que el tribunal puede desestimar sin prisión si completa la desviación de drogas. Sin embargo, el tráfico de éxtasis es un delito grave que conlleva una larga sentencia de prisión.
Delito de éxtasis de California | Plazo máximo de prisión/cárcel (generalmente) |
Posesión simple – 11377 HS |
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Posesión con fines de venta – 11378 HS |
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Venta/transporte (“tráfico”) – 11379 HS |
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Estar bajo la influencia – 11550 HS |
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Manejar bajo la influencia – 23152f VC |
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En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de California resumen las leyes estatales de éxtasis, incluidas las posibles penas y defensas legales:
- 1. Poseer éxtasis (11377 HS)
- 2. Poseer éxtasis con fines de venta (11378 HS)
- 3. Transportar o vender éxtasis (11379 HS)
- 4. Estar bajo la influencia de éxtasis (11550 HS)
- 5. Manejar bajo la influencia de éxtasis (23152f VC)
- 6. Cómo luchar contra los cargos penales
- Recursos adicionales
1. Poseer éxtasis (11377 HS)
go de Salud y Seguridad 11337 HS criminaliza poseer drogas para uso personal en California, también llamado “posesión simple“. Para que un tribunal te condene por la posesión de éxtasis, el fiscal tendría que demostrar que:
- portabas el éxtasis de manera consciente en tu persona (“posesión real”); o
- ejercías control consciente sobre el éxtasis, como almacenarlo en tu auto (“posesión constructiva”); o
- tú y al menos otra persona compartían el control del éxtasis (“posesión conjunta”).
En la mayoría de los casos, la posesión de éxtasis es un delito menor que conlleva hasta 1 año de cárcel y/o $1,000 en multas. Sin embargo, a menudo puedes evitar cualquier encarcelamiento y conseguir que el cargo sea desechado si completas un programa de desviación de drogas, como:
Hay situaciones en las que enfrentarías cargos felonies por posesión simple de éxtasis, como si hubieras sido previamente condenado por un delito sexual que te obligara a registrarte como delincuente sexual. Las penas por delito grave por posesión de éxtasis son hasta $10,000 en multas y una sentencia de cárcel de:
- 16 meses,
- 2 años, o
- 3 años.1
2. Poseer éxtasis para la venta (11378 HS)
El Código de Salud y Seguridad 11378 HS prohíbe poseer drogas en California con la intención de venderlas.2 Para demostrar al tribunal que planeaba vender el éxtasis en lugar de usarlo usted mismo, los fiscales intentarán proporcionar pruebas como:
- la policía encontró en su casa grandes cantidades de drogas en bolsitas o recipientes “listos para vender”;
- llevas un arma para protegerte en caso de que un trato de drogas salga mal;
- la policía encontró en su casa grandes cantidades de dinero en efectivo que ganaste de ventas de drogas anteriores; y/o
- la policía te encontró en un lugar donde a menudo se realizan ventas de drogas.
En California, la posesión de éxtasis para la venta se procesa como un delito grave con penas de 16 meses, dos años o tres años de prisión más hasta $10,000.3
3. Transportar o vender éxtasis (11379 HS)
El Código de Salud y Seguridad 11379 HS establece que es un delito transportar o vender drogas en California (comúnmente llamado “tráfico”). Para que te condenen por tráfico de éxtasis, el fiscal tendría que demostrar que tú:
- transportaste éxtasis,
- vendiste éxtasis,
- suministraste éxtasis,
- administraste éxtasis,
- importaste éxtasis a California,
- regalaste éxtasis, o
- ofreciste hacer cualquiera de lo anterior.
La sentencia por tráfico de éxtasis es de dos, tres o cuatro años en la Prisión Estatal de California. Aunque si el éxtasis fue transportado a través de más de dos condados con la intención de vender el éxtasis en el destino, la pena aumenta a tres, seis o nueve años de prisión.4
Tenga en cuenta que los jueces impondrán el plazo de sentencia más largo si sabías – o razonablemente deberías haber sabido – que el destinatario del éxtasis:
- estaba embarazada,
- había sido previamente condenado por un delito violento, o
- estaba siendo tratado por un trastorno mental o por un problema de drogas.5
También tenga en cuenta que si usted es un no ciudadano, una condena por tráfico podría llevar a su deportación.6
Vea nuestro artículo relacionado sobre fabricación de una sustancia controlada (HS 11379.6).
4. Estar bajo la influencia de éxtasis (11550 HS)
Código de Salud y Seguridad 11550 HS hace que sea un delito penal estar bajo la influencia de drogas en California, incluso si no lleva drogas cuando la policía lo arresta.7 Para que el tribunal lo condene por estar “bajo la influencia” de éxtasis, el fiscal tiene que demostrar que:
- sus habilidades físicas o mentales están disminuidas “de cualquier manera detectable”, y
- las drogas son la razón de esta disminución.8
Estar bajo la influencia de éxtasis es un delito menor que conlleva hasta un año de prisión. Aunque si completa un programa de desviación, es posible que pueda hacer libertad condicional en lugar de prisión y evitar una condena.9
5. Conducir bajo la influencia de éxtasis (23152f VC)
Código de Vehículos 23152(f) VC hace que sea un delito conducir un vehículo motorizado en California mientras está bajo la influencia de drogas.10 Para que se le condene por conducir ebrio de éxtasis, el elemento clave que el fiscal tiene que probar es que el éxtasis:
“afectó tanto al sistema nervioso, el cerebro o los músculos como para disminuir de manera apreciable la capacidad de conducir un vehículo de la misma manera que una persona prudente y cuidadosa en plena posesión de sus facultades.”11
Conducir bajo la influencia de drogas (DUID) es generalmente un delito menor y se castiga de manera idéntica a conducir bajo la influencia de alcohol (DUI). La sentencia para una primera condena es hasta seis meses de prisión, hasta $1,000 en multas, una suspensión de la licencia de conducir y escuela de DUI.12
6. Cómo luchar contra cargos criminales
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de éxtasis. En nuestra experiencia, las siguientes seis defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados en California:
1) La policía descubrió el éxtasis durante una búsqueda y detención ilegales
Si podemos demostrar que la policía violó sus derechos del Cuarto Enmienda – por ejemplo, al no obtener un mandato de búsqueda cuando se requería uno – el juez puede suprimir el éxtasis como evidencia. Esto puede obligar a los fiscales a desestimar el caso por falta de pruebas.13
2) La policía te incitó a delinquir
Si un agente de policía encubierto te presionó para comprar o vender éxtasis cuando no tenías predisposición para hacerlo, entonces el juez debería desestimar el caso porque la policía no puede coaccionarte para que cometas actividades criminales (“incitación a delinquir“). Siempre y cuando nunca hubieras roto la ley si no fuera por la policía que te puso bajo coacción, entonces no hiciste nada malo.
3) No tenías conocimiento de que el éxtasis estaba allí
Tal vez alguien plantó secretamente el éxtasis en ti, o tal vez un amigo lo dejó accidentalmente en tu coche. A menos que los fiscales puedan demostrar más allá de una duda razonable que te diste cuenta de que el éxtasis estaba allí, entonces no cometiste ningún delito.
4) No había ninguna alteración por drogas
Si el estado te acusa de conducir bajo la influencia de drogas (DUID) o estar bajo la influencia de éxtasis, una defensa potencial es mostrar que tu comportamiento supuestamente “alto” se originó en un evento médico o psiquiátrico no relacionado con sustancias controladas. A veces, la policía interpreta mal los episodios médicos como convulsiones o comas diabéticas como indicadores de que estás intoxicado por drogas.
5) Alguien te acusó falsamente
No es infrecuente que la gente enfrente acusaciones falsas por parte de otra persona por enojo o venganza. En estos casos, intentaríamos desacreditar la credibilidad del acusador mostrando que tenían una motivación para mentir.
6) No tenías planes de vender el éxtasis
Tal vez podamos reducir un cargo de posesión para la venta a simple posesión demostrando que hay evidencia insuficiente de que planeabas vender las drogas. Por ejemplo, si tenías un arma, argumentaríamos que no la llevabas para tratos de drogas y que en realidad estabas ejerciendo tus derechos del Segundo Enmienda.
Evidencia en la que comúnmente confiamos incluye cualquier video de vigilancia, testigos presenciales y/o registros médicos. También podemos llamar a testigos expertos para que testifiquen que la policía cometió una falta al manejar las drogas, contaminando así la evidencia.
Recursos adicionales
Para obtener ayuda o más información más allá de la ley de éxtasis de California, consulte lo siguiente:
- Narcóticos Anónimos (NA) – Un programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA) – Servicio de referencia de tratamiento las 24 horas.
- Ecstasy: Qué saber – Artículo de WebMD sobre las propiedades de la droga y el tratamiento.
- Éxtasis o MDMA – Hoja informativa de la Administración de Drogas y Alcohol sobre el éxtasis.
- MDMA – Visión general del éxtasis de la Fundación de Alcohol y Drogas.
Referencias Legales
- Código de Salud y Seguridad de California 11377 HS. Ver también Código Penal de California 1210.1 PC. Código Penal de California 1000 PC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11378 HS.
- Igual.
- Código de Salud y Seguridad de California 11379 HS.
- Código Penal de California 1170.82 PC.
- 8 U.S.C. 1227
- Código de Salud y Seguridad de California 11550 HS.
- Gente v. Enriquez (1996) 42 Cal.App.4th 661.
- Vea la nota 7.
- Código de Vehículos de California 23152f VC.
- Vea la nota 8.
- Vea la nota 10.
- Ver también Young v. Superior Court (Cal.App. 2022) 79 Cal. App. 5th 138.