Código Penal 29805 PC es la estatuta de California que hace que sea un delito poseer o poseer un arma de fuego, si la persona fue condenada por (o con una orden de arresto pendiente por) ciertos delitos menores. Esto siempre y cuando la propiedad o posesión se produzca dentro de los 10 años a partir de la fecha de la condena o la orden de arresto.
29805 PC establece que “cualquier persona que haya sido condenada por, o tenga una orden de arresto pendiente por, una falta … y que, dentro de los 10 años de la condena, o si el individuo tiene una orden de arresto pendiente, posea, compre, reciba o tenga en su posesión o bajo su custodia o control, cualquier arma de fuego es culpable de un delito público …”.
Algunas de las faltas cubiertas por esta estatuta incluyen:
- agresión, según el Código Penal 240 PC
- batería doméstica, según el Código Penal 243e1 PC, y
- acoso, según el Código Penal 646.9 PC.
Tenga en cuenta que una condena el o después del 1 de enero de 2019 por lesiones corporales a un cónyuge o cohabitante según el Código Penal 273.5 PC conlleva una prohibición de armas de fuego de por vida.
Ejemplos
- intentar comprar un rifle después de una condena por agresión que tuvo lugar hace 5 años.
- llevar una pistola después de una condena por batería.
- tener un arma automática en un garaje después de cometer un delito de violencia doméstica.
Defensas
Un acusado puede usar una defensa legal para impugnar un cargo bajo esta estatuta. Las defensas comunes incluyen:
- posesión momentánea,
- posesión justificable, y/o
- búsqueda y detención ilegales.
Penas
Una violación de esta ley es un delito wobbler. Esto significa que se puede acusar como:
Si es una falta, el delito es castigable con prisión en la cárcel del condado hasta por un año.
Si es un delito, el delito es castigable con prisión en el condado o en la prisión estatal hasta por tres años.
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué constituye un delito bajo el Código Penal 29805 PC?
- 2. ¿Hay defensas para la acusación?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Hay consecuencias migratorias?
- 5. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
- 6. ¿Hay delitos relacionados?
- 6.1 Delincuente en posesión de un arma de fuego – PC 29800
- 6.2 Posesión de un arma de fuego por un menor bajo tutela antes de los 30 años – PC 29820
- 6.3 Posesión de un arma de fuego por un delincuente condenado por un delito violento – PC 29900
- 6.4. Posesión de municiones por una persona prohibida – PC 30305 (a) (1)
1. ¿Qué constituye un delito bajo el Código Penal 29805 PC?
PC 29805 impone una prohibición de 10 años para poseer / poseer un arma de fuego después de ciertas condenas por delitos menores.
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenar a una persona por un delito bajo este estatuto:
- el acusado cometió un delito menor específico enumerado en el estatuto, o
- el acusado tenía una orden de arresto pendiente por un delito menor enumerado, y
- el acusado poseía, compraba, recibía o poseía un arma de fuego, y
- el acusado lo hizo dentro de los 10 años a partir de la fecha de la condena / orden de arresto. 1
A menudo surgen preguntas bajo este estatuto sobre el significado de:
- ¿qué delitos menores están sujetos a la ley?
- “arma de fuego” y
- “posesión”.
1.1. Delitos menores sujetos a la ley
El código penal 29805 no se aplica a todas las condenas por delitos menores. La ley impone una prohibición de 10 años en la posesión de armas de fuego solo para ciertas condenas por delitos menores.
Los delitos sujetos a esta ley se enumeran específicamente en el estatuto. Algunos de los principales son:
- agresión, según el Código Penal 240 PC,
- agresión física, según el Código Penal 242 PC,
- agresión doméstica, según el Código Penal 243e1 PC,
- disparar a un vehículo o edificio desocupado, según el Código Penal 247bPC,
- amenazar con un arma o un arma de fuego, según el Código Penal 417 PC,
- amenazas criminales, según el Código Penal 422 PC,
- acoso, según el Código Penal 646.9 PC, y
- posesión de un arma letal con intención de agredir, según el Código Penal 17500 PC.2
1.2. “Arma de fuego”
Un objeto es un “arma de fuego“, según este estatuto, si cumple con los siguientes requisitos:
- es un dispositivo diseñado para ser usado como arma,
- un proyectil se expulsa a través del cañón del dispositivo, y
- el proyectil se expulsa por fuerza o explosión.3
“Armas de fuego” a veces se conocen genéricamente como “armas“. Ejemplos de armas de fuego son:
- pistolas,
- revolvers,
- rifles (incluidas las de cañón corto),
- escopetas (incluidas las de cañón corto), y
- tasers.4
Las pistolas de aire y las pistolas de balines no califican como armas de fuego bajo estas leyes.
Tenga en cuenta que no importa si un arma de fuego está cargada o descargada para los fines de este delito. Cualquiera de ellos resultará en una condena bajo este estatuto.
1.3. “Posesión”
La ley de California dice que la “posesión” es tener control sobre un artículo.
Hay dos tipos de posesión:
- posesión real, y
- posesión constructiva.5
La “posesión real” significa que una persona tiene control directo y físico de un arma de fuego. Por ejemplo, una persona tiene un objeto en su cuerpo o en una mochila.6
“Posesión constructiva” significa que una persona tiene acceso a un arma de fuego o el derecho a controlarla. Un ejemplo es almacenar un arma de fuego en un garaje o un cajón de un vestidor. 7
2. ¿Hay defensas para la acusación?
Un acusado puede potencialmente vencer un cargo bajo este estatuto con una buena defensa legal.
Tres defensas comunes son para mostrar que:
- el acusado solo poseyó un arma por un momento para deshacerse de ella,
- el acusado tenía un arma de fuego porque la tomó de alguien que estaba cometiendo un delito, y/o
- la policía encontró el arma de fuego del acusado debido a una búsqueda y detención ilegal.
2.1. Posesión momentánea
Esta defensa admite que el acusado tenía un arma. Pero dice que solo la tuvo por un momento para deshacerse de ella.
El acusado debe probar lo siguiente para que la defensa funcione:
- el acusado poseyó un arma solo por un momento,
- el acusado poseyó el arma con el fin de deshacerse de ella, y
- el acusado no impedía a la policía de incautar el arma.8
2.2. Posesión justificable
Nuevamente, esta defensa admite que el acusado tenía un arma de fuego. Pero dice que la tenía por una razón justificable. La razón es que el acusado la tomó de alguien que estaba cometiendo un delito.
Un acusado debe probar lo siguiente para que la defensa funcione:
- él/ella tomó el arma de fuego de una persona que estaba cometiendo un delito contra él/ella,
- él/ella poseyó el arma no más tiempo del necesario para entregarla a la policía, y
- si el acusado estaba transportando el arma a la policía, él/ella les dio aviso previo.9
2.3. Búsqueda y detención ilegal
La policía solo puede buscar a una persona, o incautar una propiedad, mediante una orden judicial válida. O, si no hay orden, deben tener una razón legal para no tener una.
Si los policías obtuvieron un arma de fuego de una búsqueda o detención ilegal, puede ser excluida del caso. Esto puede llevar a un cargo ser reducido o desestimado.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de esta estatuta es un delito oscilante. Esto significa que un fiscal puede acusarlo como ya sea:
- un delito menor, o
- un delito grave.
Si es un delito menor, el delito es castigable con detención en la cárcel del condado por hasta un año.10
Si es un delito grave, el delito es castigable con una condena en la cárcel del condado o prisión estatal por hasta tres años.11
4. ¿Hay consecuencias de inmigración?
Una condena bajo esta estatuta probablemente no tendrá consecuencias negativas de inmigración.
La ley de California dice que algunas condenas criminales pueden resultar en deportación.12
Por ejemplo, una condena de un delito grave puede producir este resultado.
Pero al menos un tribunal de California ha dicho que una condena PC 29805 no afectará adversamente el estatus de inmigración de una persona.13
5. ¿Puede una persona obtener una condena expuesta?
Una persona puede obtener una condena de estas leyes expuesta si el delito se acusa como un delito menor.
La ley de California dice que una condena por delito grave que lleve a una prisión no puede ser expuesta.
Sin embargo, una expulsión está disponible para condenas por delito menor.
Esto se proporciona siempre que el acusado cumpla con éxito:
- una condena de prisión, o
- probación (lo que fue impuesto).
6. ¿Hay delitos relacionados?
Hay cuatro delitos relacionados con la posesión de un arma de fuego después de un delito menor. Estos son:
- delincuente en posesión de un arma de fuego – PC 29800,
- posesión de un arma de fuego por un menor tutelado antes de los 30 años – PC 29820,
- posesión de un arma de fuego por un delincuente condenado por un delito violento – PC 29900, y
- posesión de municiones por una persona prohibida – PC 30305 (a) (1)
6.1. Delincuente en posesión de un arma de fuego – PC 29800
Código Penal 29800 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito para un:
- delincuente condenado (o una persona con una orden de arresto por delito grave),
- poseer, comprar o poseer un arma de fuego.
El delito se conoce comúnmente como “delincuente con un arma de fuego”.
6.2. Posesión de un arma de fuego por un menor tutelado antes de los 30 años – PC 29820
Código Penal 29820 PC se relaciona con los delincuentes juveniles.
La ley establece que es un delito para:
- una persona poseer un arma de fuego antes de los 30 años, y
- hacerlo cuando esa persona cometió un “delito juvenil grave”.
Los “delitos juveniles graves” se enumeran en Código de Bienestar e Institucional 707b.
6.3. Posesión de un arma de fuego por un delincuente condenado por un delito violento – PC 29900
Código Penal 29900 PC establece que es un delito para:
- una persona poseer un arma de fuego, y
- hacerlo cuando esa persona cometió un “delito violento”.
Los “delitos violentos” se enumeran en Código Penal 29905 PC.
6.4. Posesión de municiones por una persona prohibida – PC 30305 (a) (1)
Código Penal 30305 (a) (1) PC establece que es un delito penal de California para las mismas personas prohibidas de poseer armas de fuego para poseer municiones. Este delito también se conoce como “delincuente en posesión de municiones” y “posesión ilegal de municiones”.
La posesión ilegal de municiones es un delito de doble cara. Como delito menor, la sentencia máxima es un año de prisión. Como delito grave, la sentencia máxima es de tres años de prisión.