Código Penal § 262 PC es la antigua ley que convirtió el violación conyugal en un delito penal en California. La ley fue derogada el 8 de octubre de 2021 por la Ley de la Asamblea 1171.
La violación entre cónyuges ahora se procesa en gran medida de la misma manera que la violación entre personas que no son cónyuges bajo el Código Penal 261. Todo lo siguiente refleja la ley ahora derogada.
El delito a veces se conoce como violación conyugal y cae bajo el paraguas de las leyes de violación de California y las leyes de violencia doméstica.
El lenguaje del PC 262 enumera varios casos en los que se produce el acto sexual sin el consentimiento del cónyuge. Por ejemplo, la ley dice que no hay consentimiento si el acto sexual se lleva a cabo mediante violencia física o violencia sexual. Además, no hay consentimiento si las mujeres o los hombres casados no pueden resistir la actividad sexual o el contacto sexual debido a las drogas o el alcohol.
Ejemplos
- un hombre obliga a su esposa a tener relaciones sexuales con él amenazándola con violencia física.
- una esposa tiene relaciones sexuales con su esposo después de que él se desmayó por beber demasiado.
- un hombre realiza actos sexuales en su esposa y se involucra en actos de sexo forzado mientras ella está dormida.
Defensas legales
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales y defensas para impugnar los cargos de violación conyugal. Algunos de estos incluyen que el abogado demuestre que:
- un cónyuge dio su consentimiento para tener relaciones sexuales,
- el acusado no era parte de una pareja casada, y
- el acusado fue falsamente acusado.
Sanciones
La violación conyugal se acusa como un delito grave en California (en lugar de un delito menor o una infracción). Un violador condenado puede ser castigado con la custodia en prisión estatal por hasta ocho años.
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuándo comete una persona violación conyugal?
- 2. ¿Puede el acusado plantear una defensa legal?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por violación conyugal?
- 4. ¿Puede una persona obtener una condena expungida?
- 5. ¿Cuáles son algunos delitos relacionados?
1. ¿Cuándo comete una persona violación conyugal?
La violación de un cónyuge es un delito sexual en el que una persona tiene relaciones sexuales con su cónyuge sin su consentimiento.
El Código Penal 262 establece que la violación en el matrimonio ocurre cuando una persona lleva a cabo relaciones sexuales en contra de la voluntad de su cónyuge, porque:
- los abusadores usan fuerza, violencia, coacción, abuso sexual o miedo a lesiones corporales,[1]
- la “víctima” no puede resistir debido a las drogas, el alcohol o los medicamentos,[2]
- la “víctima” está inconsciente de lo que está sucediendo (por ejemplo, está dormida o fue engañada),
- el abusador amenazó con secuestrar, lesionar o matar a la “víctima” o a cualquier otra persona si la víctima no tiene relaciones sexuales, y
- el abusador persuadió al cónyuge para que creyera que él o ella era un funcionario público y que encarcelaría, arrestaría o deportaría al cónyuge si no se producían relaciones sexuales.[3]
La ley define “relaciones sexuales” como cualquier penetración, sin importar cuán leve o cuánto dure. No es necesario que ocurra la eyaculación.[4]
El “víctima” se considera que ha dado su consentimiento solo si él/ella:
- actúa libre y voluntariamente, y
- conoce la naturaleza del acto al que está dando su consentimiento.[5]

El PC 262 prohíbe la violación conyugal en California.
2. ¿Puede un acusado plantear una defensa legal?
Un acusado tiene el derecho de plantear una defensa legal para impugnar una acusación de violación conyugal. Los juristas dicen que algunas defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- la supuesta víctima dio su consentimiento.
- no eran “cónyuges”.
- fueron falsamente acusados.
2.1 Consentimiento
La violación conyugal solo puede ocurrir si una persona tuvo relaciones sexuales con su cónyuge sin su consentimiento. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que la supuesta víctima dio su consentimiento a los actos sexuales.[6] El consentimiento es una defensa válida en todas las jurisdicciones de los Estados Unidos.
2.2 No es un cónyuge
La violación conyugal solo puede ocurrir si el abusador y la “víctima” tenían el estado civil de cónyuges. Por lo tanto, es una defensa válida para un acusado demostrar que no estaba casado con la víctima. Sin embargo, tenga en cuenta que el acusado aún podría ser declarado culpable según las leyes de violación de California.
2.3 Falsamente acusado
Desafortunadamente, las personas hacen informes falsos de violación conyugal a las autoridades policiales todo el tiempo. Esto se hace a menudo por:
- celos, y/o
- venganza.
Es una defensa, entonces, para un acusado decir que fue injustamente culpado por abuso sexual. Si el abogado defensor puede mostrar al fiscal de distrito que el acusador tenía motivos para mentir, el caso podría ser desestimado.
3. ¿Cuáles son las penas por violación conyugal?
La violación conyugal se considera un delito grave en California. Este tipo de delitos sexuales se castigan con:
- encarcelamiento en prisión estatal (en lugar de cárcel del condado) por hasta ocho años, y/o
- una multa máxima de $10,000.[7]
Dependiendo de los hechos de un caso de violación, una persona declarada culpable de este grave delito también puede tener que registrarse como delincuente sexual de California según el Código Penal 290 PC.[8]

La violación conyugal es un delito grave en California.
4. ¿Puede una persona obtener una condena eliminada?
Las personas condenadas bajo el PC 262 no pueden obtener la condena eliminada.
Esto se debe a que la ley de California no permite eliminaciones para delitos que resultan en que el acusado cumpla tiempo en prisión.
5. ¿Cuáles son algunos delitos relacionados?
Existen tres delitos relacionados con la violación conyugal. Estos son:
- violación – PC 261,
- copulación oral por medio de la fuerza – PC 287, y
- agresión sexual – PC 243.4.
5.1 Violación – PC 261
El Código Penal de California 261 PC define la violación como el uso de la fuerza, amenazas de fuerza o fraude como medio de tener relaciones sexuales no consensuales con otra persona con la que el agresor no está casado.
Al igual que con la violación conyugal, este delito es un delito grave que se castiga con hasta ocho años de prisión estatal.
5.2 Copulación oral por medio de la fuerza – PC 287
El Código Penal 287 PC es la ley de California que establece como delito que una persona participe en copulación oral con un menor por medio de la fuerza, la violencia o el miedo.
“La copulación oral” se define como cualquier contacto entre la boca de una persona y el órgano sexual o el ano de otra.
Al igual que con la violación conyugal, la eyaculación/orgasmo no es un elemento de este delito.[9]
5.3 Agresión sexual – PC 243.4
El Código Penal 243.4 PC es la ley de California que prohíbe la agresión sexual, también llamada a veces asalto sexual.
Se comete este delito al tocar las partes íntimas de otra persona, en contra de su voluntad, con el propósito de obtener gratificación sexual, excitación o abuso.[10]
Tenga en cuenta que hay una fuerte prevalencia de este delito y las víctimas de agresión sexual pueden contactar a la Línea Nacional de Ayuda para Víctimas de Agresión Sexual al 1-800-656-HOPE.

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[1] Ver People v. Mejia (2017) 9 Cal.App.5th 1036. En cuanto a la coacción, ver People v. Leal (2004) 33 Cal.App.4th 999.
[2] Ver People v. Gray (2011) 194 Cal.App.4th 1133.
[3] Código Penal de California 262 PC.
[4] CALCRIM 1000 – Violación o violación conyugal por la fuerza, el miedo o las amenazas.
[5] Ver lo mismo.
[6] Ver, por ejemplo, People v. Garcia (2001) 89 Cal.App.4th 1321.
[7] Código Penal de California 264 PC.
[8] Ver, por ejemplo, People v. Mason (2013) 218 Cal.App.4th 818. Ver también Don Thompson, California puede poner fin a la distinción de “violación conyugal” en el castigo, AP News (22 de marzo de 2021) (re. AB-812, presentado por los miembros de la Asamblea y legisladores Cristina Garcia y Evan Low y respaldado por el Fiscal de Distrito de San Francisco Chesa Boudin para eliminar la “excepción de violación conyugal”). Ver también SB-530 presentado por el Sen. Dave Cortese.
[9] CALCRIM 1082 – Felación con persona menor de 18 años.
[10] Código Penal de California 243.4 PC.