El Código de Salud y Seguridad 11375 HS hace que sea un delito poseer, poseer para la venta o vender ciertas sustancias controladas. Estas sustancias incluyen sedantes con receta y drogas benzodiazepínicas como:
- Valium,
- Xanax,
- Ativan, o
- Klonopin.
Penas
La posesión para la venta y la venta de cualquier sustancia enumerada en el HS 11375 es un tipo de delito wobbler, lo que significa que se puede castigar como un delito menor o un delito grave.
Si se acusa de un delito grave, una persona podría enfrentar una pena de hasta tres años de prisión en la cárcel del condado o prisión estatal. Si se acusa de un delito menor, esta pena se reduce a un máximo de un año.
Una persona que posee una sustancia enumerada en el HS 11375, sin una receta médica legal, es culpable de una falta o un delito menor.
Defensas
Existen varias defensas legales que una persona puede alegar si se le acusa de un delito bajo el Código de Salud y Seguridad 11375. Estas incluyen demostrar que una parte acusada:
- Tiene una receta legal para poseer;
- Posee ciertas drogas, pero no tiene la intención de venderlas;
- No posee legalmente “posee” ellos; y/o,
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuál es la ley de California en cuanto a sedantes y benzodiazepinas?
- 2. ¿Hay defensas para el 11375 HS?
- 3. ¿Cuál es la sentencia potencial?
- 4. Delitos Relacionados

El Código de Salud y Seguridad 11375 HS es la ley de California que rige la posesión para la venta, la venta y la posesión de ciertas sustancias controladas.
Código de Salud y Seguridad de California 11375 (c) enumera 18 fármacos benzodiazepínicos específicos y sedantes con receta. 1 Los más comunes son:
- Alprazolam (Xanax)
- Clonazepam (Klonopin)
- Diazepam (Valium)
- Lorazepam (Ativan)
En cuanto a todos los medicamentos enumerados en HS 11375 (b) (1), es un delito para cualquier persona:
- Poseerlos con la intención de venderlos; y,
- Venderlos.2
Bajo HS 11375 (b) (2), es un delito para cualquier persona poseer un medicamento enumerado en HS 11375 (c), a menos que esa persona tenga una receta legal para el medicamento. 3
1.1. Significado de poseer con la intención de vender
Un fiscal debe probar tres elementos para demostrar con éxito que una parte es culpable de un cargo de posesión para la venta. Estos son:
- La parte poseía o tenía en su posesión una sustancia designada bajo HS 11375;
- La parte tenía la intención de venderla; y,
- La parte sabía de la presencia de la sustancia y de que era una sustancia designada en el momento en que la poseía.
El último elemento a veces se conoce como “conocimiento legal”.
1.2. Significado de posesión
Bajo la ley de California, la definición legal de posesión incluye:
- Posesión real,
- Posesión constructiva, y
- Posesión conjunta.
Posesión real es cuando una persona:
- Tiene un objeto; o,
- Tiene acceso inmediato a él.
Esto incluye cuando una persona tiene un objeto en su cuerpo o dentro de algo que está sosteniendo o usando.
Posesión constructiva es cuando una persona:
- No tiene acceso inmediato a un objeto, pero
- Todavía tiene control sobre él o el derecho a controlarlo.4
Por ejemplo, una persona podría tener posesión constructiva sobre una casa o un automóvil.
Posesión conjunta es cuando dos o más personas comparten la posesión real o constructiva de un objeto.

Una buena defensa legal a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo de HS 11375.
2. ¿Hay defensas para 11375 HS?
Una persona acusada de violar el Código de Salud y Seguridad 11375 HS puede levantar una defensa legal en su nombre. Una buena defensa a menudo puede reducir un cargo de HS 11375 o incluso desestimarlo. Tenga en cuenta, sin embargo, que es fundamental que un acusado contrate a un abogado para presentar una defensa en su nombre.
Tres defensas comunes a las acusaciones del Código de Salud y Seguridad 11375 son:
- Prescripción legal;
- Sin intención de vender;
- Sin posesión.
2.1. Prescripción legal
Esta es una defensa para el cargo de posesión de una sustancia designada según el HS 11375 (c). Recuerde que según el HS 11375 (b) (2), es un delito para cualquier persona poseer una droga enumerada en el HS 11375 (c), a menos que tenga una prescripción legal.
Esto significa que una defensa perfectamente válida para un cargo de posesión es que el acusado muestre que tenía una prescripción legal para la sustancia en cuestión.
2.2. Sin intención de vender
Esta es una defensa para un cargo de HS 11375 de posesión con la intención de vender. Recuerde que un elemento clave para probar este cargo es que un fiscal demuestre que un acusado poseía una sustancia con la intención específica de venderla (ver 1.1 arriba). Si un acusado no tenía esta intención específica, entonces no puede ser culpable de posesión con la intención de vender.
Por favor, tenga en cuenta, sin embargo, que si esta defensa es exitosa, el resultado es una reducción en los cargos. Esto significa que, sin intención de vender, un fiscal no puede probar la posesión con intención de vender. Pero, todavía podría intentar probar el delito menor de posesión simple.
2.3. Sin posesión
Esta es una defensa para un cargo de HS 11375 poseer una sustancia designada bajo HS 11375 (c). Recuerde que “posesión” es un término legal que puede tomar la forma de:
- Posesión real,
- Posesión constructiva, o
- Posesión conjunta. (Vea 1.3 arriba).
Un acusado puede intentar que se desestime un cargo de posesión demostrando que no tenía “posesión” de él.

Si se acusa como delito grave, una persona podría enfrentar una pena de hasta tres años de prisión en la cárcel del condado o la prisión estatal.
3. ¿Cuál es la sentencia potencial?
De acuerdo con el Código de Salud y Seguridad 11375 (b) (1), los delitos de posesión para la venta y la venta son delitos oscilantes. Esto significa que pueden ser castigados como una falta de California o una felonia.
Si se acusa como felonia, una persona podría enfrentar una pena de hasta tres años de prisión en la cárcel del condado o la prisión estatal.5 Si se acusa como falta, esta prisión se reduce a un tiempo máximo de un año.6
Según el HS 11375 (b) (2), una persona culpable de poseer una sustancia designada (según el HS 11375 (c)) es culpable de:
- Un delito menor, o
- Una falta.7
Los delitos menores de California se dividen en dos categorías básicas:
- Delitos menores estándar de California, sancionables con hasta 6 meses de cárcel y/o una multa de hasta $1,000;8 y,
- Delitos menores graves o agravados, sancionables con hasta 364 días de cárcel y/o una multa de hasta $1,000 o más.9
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con la venta, la posesión con fines de venta y la posesión, según lo establecido en el HS 11375. Estos son:
- Posesión de una sustancia controlada – HS 11350;
- Posesión con fines de venta de una sustancia controlada o narcótica – HS 11351; y,
- Venta de drogas sintéticas (“diseñadoras”) – HS 11375.5.
4.1. Posesión de una sustancia controlada – HS 11350
El Código de Salud y Seguridad 11350 HS prohíbe poseer ciertas sustancias controladas sin una receta válida. Una “sustancia controlada” es una droga o químico cuya fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la Ley de Estados Unidos “Controlled Substances Act.” Algunos ejemplos son:
- Cocaína,
- Heroína,
- LSD,
- Hidrocodona (Vicodin),
- Oxicodona (Oxycontin), y
- Codeína.
La posesión ilegal de una sustancia controlada, según el HS 11350 de California, puede ser un delito menor o un delito grave.
Si es un delito menor, una persona enfrenta hasta un año de cárcel en el condado y/o una multa de hasta $1,000.
Si se comete un delito, una persona puede ser castigada con 16 meses o dos o tres años en la cárcel del condado.
4.2. Poseer para la venta una sustancia narcótica o controlada – HS 11351
El Código de Salud y Seguridad 11351 HS establece que es un delito poseer para la venta ciertas sustancias controladas. Estas sustancias incluyen drogas como:
- Cocaína,
- Heroína,
- LSD,
- Oxicodona (Oxycontin),
- Hidrocodona (Vicodin) y
- Codeína.
Si se condena por violar el Código de Salud y Seguridad de California 11351 HS, una persona enfrenta dos, tres o cuatro años en la cárcel del condado y/o una multa máxima de $20,000.
4.3. Venta de drogas sintéticas (“diseñadoras”) – HS 11375.5
La ley de California prohíbe la venta de drogas sintéticas “diseñadoras”. Estas drogas incluyen cannabis sintético (marihuana) y estimulantes sintéticos.
La venta de drogas sintéticas es un delito menor de California bajo:
- Código de Salud y Seguridad 11357.5 HS (cannabis sintético),10 y
- Código de Salud y Seguridad 11375.5 HS (estimulantes sintéticos).11
Está penado con:
- hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.12
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Si usted o alguien que conozca ha sido acusado de violar el Código de Salud y Seguridad 11375 HS, lo invitamos a que nos contacte para una consulta. Estamos disponibles las 24 horas del día.
Referencias Legales:
- HS 11375(c) establece: Esta sección se aplicará a cualquier material, compuesto, mezcla o preparación que contenga alguna de las siguientes sustancias: (1) Clordiazepóxido. [Librium] (2) Clonazepam. [Klonopin] (3) Clorazepato. [Tranxene] (4) Diazepam. [Valium] (5) Flurazepam. (6) Lorazepam. [Ativan] (7) Mebutamato. (8) Oxazepam. (9) Prazepam. [Doral] (10) Temazepam. (11) Halazepam. (12) Alprazolam. [Xanax] (13) Propoxifeno. (14) Dietilpropion. (15) Feniltermine. (16) Pemolina.
(17) Fenfluramina.
(18) Triazolam.
Código de Salud y Seguridad de California 11375(c) HS.
Vea, por ejemplo, People v. Mooring (Cal. App. 1st Dist. 2017), 223 Cal. Rptr. 3d 616.
- Código de Salud y Seguridad de California 11375(b)(1) HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11375(b)(2) HS.
- Vea, por ejemplo, CALCRIM 2304 [Posesión simple de una sustancia controlada]: … [Una persona no tiene que sostener o tocar algo para poseerlo. Es suficiente si la persona tiene (control sobre él/ [o] el derecho de controlarlo), ya sea personalmente o a través de otra persona.]
- Código Penal de California 1170(h)(1): “Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito castigable de acuerdo con esta subdivisión donde el término no esté especificado en la infracción subyacente será castigable con una pena de prisión en una cárcel del condado de 16 meses, o dos o tres años.”
- Código Penal de California 18.5 PC
- Código de Salud y Seguridad de California 11375(b)(2) HS.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 18.5 PC
- Código de Salud y Seguridad de California 11357.5(a) HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11375.5(a) HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11357.5(a), nota al pie 1, y Código de Salud y Seguridad de California 11375.5(a), nota al pie 2.