
Si te condenan por cualquier delito grave, perderás tus derechos sobre armas de fuego en California.
De hecho, si tienes una condena por delito grave en tu historial criminal, es en sí mismo un delito grave poseer, comprar, recibir o tener en posesión un arma de fuego. Las condenas conllevan hasta tres años de prisión.
Sin embargo, hay varias formas para que te restauren tus derechos sobre armas de fuego.
En este artículo detallo las “leyes sobre delitos graves con armas de fuego” y las formas de restaurar tus derechos sobre armas en California. También escucha nuestro informativo podcast sobre el tema:
“Delincuente con un arma de fuego” Ley
En California, si tienes una condena previa por un delito grave, no puedes poseer un arma. Hacerlo viola la sección 29800 del Código Penal de California, la ley estatal de “delincuente con un arma de fuego”.
Si eres un delincuente, este estatuto también te prohíbe:
- comprar,
- recibir, o
- tener posesión, custodia o control
de un arma de fuego.
Para condenarte por tener ilegalmente un arma, los fiscales del distrito de California deben probar más allá de toda duda razonable los siguientes elementos de las instrucciones al jurado:
- que poseíste, compraste, recibiste o tuviste en posesión el arma de fuego,
- que sabías que lo habías hecho, y
- que eres un delincuente o alguien más cubierto por el estatuto.1
Personas Prohibidas
Para ser considerado un “delincuente” bajo la ley, debes haber sido condenado por un delito grave. Esa condena puede ser en cualquier parte de los Estados Unidos. También puede ser una condena por delito grave por violación de la ley federal.2 Incluso puede ser un fallo de un tribunal de menores.3
Sin embargo, la ley no se limita estrictamente a delincuentes condenados. El estatuto también te prohíbe poseer o tener un arma de fuego si:
- tienes una orden de arresto pendiente por un delito grave,
- eres adicto a una droga narcótica, o
- has sido condenado por un delito violento con arma de fuego, incluso si es un delito menor.4
Significado de Arma de Fuego
Un “arma de fuego” es cualquier dispositivo destinado a usarse como arma y que utiliza una explosión o combustión para expulsar un proyectil a través de un cañón. No necesita estar cargada ni siquiera en funcionamiento.5
Un “arma de fuego” incluye:
- armas largas,
- armas de mano, y
- armas ocultas.
Significado de Posesión
Poseer el arma de fuego no significa necesariamente que estuviera en tu persona o en tu mano. La posesión incluye tanto
- posesión real y
- posesión constructiva.
La posesión real es cuando tienes conscientemente control físico directo sobre algo. Tienes posesión constructiva sobre algo cuando puedes controlarlo conscientemente, ya sea directamente o a través de otra persona.6
Ejemplo: Gerald pone una escopeta recortada en el asiento trasero de su auto, sale del vehículo y cierra la puerta.7
Sin embargo, la posesión de un arma requiere más que una posesión momentánea. No se considera posesión si puedes demostrar, por preponderancia de la evidencia, que tú:
- poseíste el arma solo por un período momentáneo o transitorio,
- tenías el arma para deshacerte de ella, y
- no tenías la intención de impedir que las autoridades incautaran el arma.8
Penalizaciones
Si eres condenado bajo la ley de “delincuente con un arma de fuego” de California, puedes enfrentar hasta tres años de prisión. Una vez liberado, una condición común de la libertad condicional para este delito es no poseer armas de fuego.
La siguiente gráfica muestra a las personas a las que se les prohíbe poseer armas bajo el PC 29800 y estatutos relacionados.

Condenas por Delitos Menores
Ciertas condenas previas por delitos menores también pueden despojarte de tu derecho a poseer o tener un arma de fuego de por vida. Muchos más delitos menores conllevan una prohibición de 10 años para poseer o tener un arma.
Prohibiciones de por Vida para Armas
Los delitos menores previos que conllevan una prohibición de por vida para poseer o tener un arma son:
- dos o más condenas previas por mostrar un arma o arma blanca (Código Penal 417 PC), o
- uso violento de un arma de fuego bajo el Código Penal 23515 PC, que incluye:
- asalto con un arma de fuego (Código Penal 245(a)(2) PC),
- asalto con una ametralladora o arma de asalto (Código Penal 245(a)(3) PC),
- asalto con un arma de fuego, ametralladora o arma de asalto contra un oficial de paz o bombero (Código Penal 245(d) PC), y
- disparar a una vivienda habitada o vehículo ocupado (Código Penal 246 PC).9
Algunos de estos delitos son wobblers. Pueden ser procesados como delito grave o como delito menor.
Si alguna condena fue un delito grave, te despojará de tus derechos sobre armas. Si la condena fue un delito menor, pero por uno de estos delitos, igualmente te privará de tus derechos sobre armas de por vida.
Prohibiciones de 10 Años para Armas
Muchos otros delitos menores pueden conllevar una prohibición de 10 años para poseer armas en California. Algunos de estos incluyen:
- asalto (Código Penal 240 PC),
- asalto con un arma mortal (Código Penal 245(a)(1) PC),
- violación de una orden de protección o restricción (Código Penal 273.6 PC),
- amenazas criminales (Código Penal 422 PC), y
- posesión de armas en zona escolar (Código Penal 626.9 PC).
Condenas Federales Fuera del Estado
Si una condena fuera del estado es un delito grave en ese estado, impedirá la posesión de armas en California. Sin embargo, si la condena fue por un delito federal, te despojará del derecho a portar armas si:
- una condena por un delito similar en California solo podría considerarse un delito grave, o
- fuiste sentenciado a prisión federal por más de 30 días, o multado con más de $1,000, o ambos.10
Por lo tanto, si el delito federal hubiera sido un wobbler bajo la ley de California, no debería afectar tus derechos sobre armas.
Sin embargo, hay una excepción importante para los delitos menores de violencia doméstica, que se discute a continuación.
Condenas por Violencia Doméstica
La ley estatal de California impone una prohibición de 10 años sobre la posesión de armas por delitos de violencia doméstica. La ley federal, sin embargo, impone una prohibición de por vida y prevalece sobre la ley de California.11
Si tienes uno de estos delitos menores federales en tu historial criminal, cometes un delito federal de armas si posees un arma. Las condenas conllevan hasta 10 años en prisión federal.12
(Desplázate hacia abajo para más discusión sobre leyes federales de armas.)
Existen formas de intentar restaurar tus derechos sobre armas tras una condena por delito grave.
Restauración de Derechos sobre Armas
Bajo las leyes de armas de California, hay tres formas para restaurar o preservar tus derechos sobre armas:
- obtener una reducción del cargo penal,
- expungir la condena, y
- obtener un Certificado de Rehabilitación y un indulto del Gobernador.
Establecer una relación abogado-cliente con un abogado defensor penal de un bufete reputado y obtener su asesoría legal es la mejor forma de restaurar tus derechos sobre armas.
Reducir el Cargo Original
Reducir el cargo original puede preservar o restaurar tu derecho a portar armas.
Esto puede ocurrir durante el caso penal, a menudo mediante un acuerdo de culpabilidad. Si te acusan de un delito grave, podrías declararte culpable de un delito menor. Si esto funciona, tu derecho a poseer un arma puede protegerse.
Si el delito penal era un wobbler, el fiscal lo persiguió como delito grave y fuiste condenado, luego puedes solicitar al tribunal, más adelante, reducir el delito grave a un delito menor. Si el tribunal concede la petición, puede restaurar tus derechos sobre armas.
Expungimiento
El expungimiento es el acto de dejar sin efecto una condena y sellar el registro de la misma. Cuando no hay registro de la condena, no tienes que lidiar con las dificultades que conlleva la mancha en tu historial criminal.
Sin embargo, no todos los delitos pueden ser expungidos en California. Importante para los derechos de la Segunda Enmienda, muchas condenas que implicaron tiempo en prisión estatal (que incluye muchos delitos graves) no son elegibles para expungimiento. Por lo tanto, muchas condenas por delitos graves no pueden ser expungidas.
Certificado de Rehabilitación e Indulto
Ciertos delitos graves pueden ser indultados. Este proceso requiere que solicites un Certificado de Rehabilitación. Si el tribunal concede esta solicitud, emitirá una orden judicial declarando que estás rehabilitado.
El Certificado de Rehabilitación se envía a la Oficina del Gobernador. Allí, se convierte en una solicitud de indulto del Gobernador. Si se concede, tus derechos sobre armas serán restaurados.

Tener un arma y vivir con un delincuente
Aún puedes poseer un arma si vives con un delincuente en California. Sin embargo, no es buena idea mantener tu arma en tu hogar; en su lugar, deberías guardarla en una unidad de almacenamiento fuera del sitio a tu nombre únicamente.
Si mantienes un arma en tu hogar, el delincuente con quien vives podría ser acusado de posesión constructiva del arma, incluso si la mantienes bajo llave en una caja fuerte. Además, un fiscal podría intentar acusarte de ayudar e instigar a un delincuente a obtener un arma.13
Prohibición Federal de Armas
Puedes intentar restaurar tus derechos sobre armas mediante un indulto presidencial. Sin embargo, estos rara vez se conceden. Además, aunque obtengas un indulto presidencial, solo aplica a delitos federales: no afecta las leyes estatales que aún pueden prohibirte poseer armas.15
Lectura Adicional
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Time To Reload: The Harms Of The Federal Felon-in-possession Ban In A Post-Heller World – Duke Law Journal.
- Problematic Presumptions: Why The Current State of Felon-in-Possession Law Risks Punishing the Innocent – University of Pennsylvania Law Review.
- Notice(ing) Ex-Offenders: A Case Study of the Manifest Injustice of Passively Violating a Felon-in-Possession Statute – Wisconsin Law Review.
- Going off Half-Cocked: Opposing as-Applied Challenges to the “Felon-in-Possession” Prohibition of 18 U.S.C. Sec. 922(g)(1) – Penn State Law Review.
- In Defense of Felon-in-Possession Laws – Cardozo Law Review.
Referencias Legales:
- Instrucciones al Jurado Penal de California (CALCRIM) No. 2510.
- Código Penal de California 29800 PC.
- CALCRIM No. 2510.
- Código Penal de California 29800 PC.
- CALCRIM No. 2510.
- People v. Azevedo, (1984) 161 Cal.App.3d 235.
- Hechos de People v. Azevedo.
- CALCRIM No. 2510. Véase también People v. Reyes (Cal. App. 1st Dist. 2019) 35 Cal. App. 5th 538.
- Código Penal de California 29800(a)(1)-(2) PC.
- Código Penal de California 29800(c) PC.
- 18 U.S.C. 922(g)(9).
- 18 U.S.C. 924(a)(2).
- Véase también People v. Jeffers (Cal. App. 5th Dist. 1996), 41 Cal. App. 4th 917.
- 18 U.S.C. 922(g) y 921(a).
- Departamento de Justicia de EE.UU., Oficina del Abogado de Indultos, “Preguntas Frecuentes.”