La Junta de Enfermería Registrada de California (BRN) puede disciplinar a un enfermero con licencia si es condenado por ciertos delitos penales. Estas condenas incluyen condenas por delitos menores o delitos graves que estén “relacionados sustancialmente” con los requisitos y deberes de un enfermero registrado (por ejemplo, condenas por delitos relacionados con el fraude, el robo o la violencia).
La acción disciplinaria puede incluir una
- reprimenda pública,
- probación, o
- suspensión o revocación de la licencia.
La Junta también puede negar licencias profesionales a los solicitantes de enfermería si han sido condenados por un delito dentro de los siete años anteriores a la fecha de su solicitud de licencia. Esto es cierto siempre que la condena esté relacionada sustancialmente con la enfermería.
Además, las siguientes condenas penales pueden impedir a los aspirantes a enfermeros obtener una licencia, sin importar cuánto tiempo haya pasado desde el caso:
- un delito grave (como asesinato, violación o robo a gran escala), o
- un delito sexual que requiera el registro de delincuentes sexuales de nivel II o III.
Los enfermeros registrados (RN) que hayan sido condenados por un delito tienen derecho a comparecer en una audiencia administrativa antes de que la Junta pueda imponer sanciones.
La audiencia es esencialmente un tipo de mini-juicio llevado a cabo ante un juez de ley administrativa. Un abogado de la Oficina del Fiscal General de California representa a la BRN. Un enfermero puede contratar a un abogado defensor a sus propios gastos.
Ambas partes presentan pruebas, como
- pruebas relacionadas con la condena,
- rehabilitación,
- el expediente criminal del enfermero y
- los hechos del caso penal subyacente.
El ALJ probablemente recomendará algún tipo de acción disciplinaria si la Junta puede demostrar, mediante una prueba clara y convincente, que la disciplina es necesaria. Esta es una carga de prueba más baja que la “prueba de duda razonable” que se usa en los juicios criminales de California.
La BRN puede aceptar la decisión del juez, modificarla o rechazarla.
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Quién regula a los enfermeros en California?
- 2. ¿Cuándo puede el BRN disciplinar a un enfermero?
- 3. ¿Todas las condenas criminales desencadenan acción disciplinaria?
- 4. ¿Tiene un enfermero condenado derecho a una audiencia administrativa?
- 5. ¿Puedo convertirme en enfermero si tengo un historial criminal?
Los enfermeros registrados están regulados por la Junta de Enfermería Registrada de California.
1. ¿Quién regula a los enfermeros en California?
La Junta de Enfermería Registrada de California regula a los enfermeros registrados. El BRN es una agencia gubernamental estatal dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor de California.
La Junta de Enfermería Registrada de nueve miembros está encargada de proteger al público en cuestiones relacionadas con la enfermería. De acuerdo con la Ley de Práctica de Enfermería, el BRN:
- regula la educación y la práctica de enfermería,
- otorga licencias de enfermero registrado (RN), y
- lleva a cabo acciones disciplinarias (por mala conducta, así como por condenas criminales (tanto de delitos graves como de delitos menores)).
El BRN también administra un programa de desviación voluntario y confidencial para enfermeros que lidian con
- abuso de sustancias,
- dependencia de sustancias controladas, o
- problemas de salud mental.
La finalización del programa requiere el monitoreo por parte de la Junta de Enfermería durante un promedio de tres años.
2. ¿Cuándo puede el BRN disciplinar a un enfermero?
La Junta de Licencias puede disciplinar a un enfermero de California si él/ella se involucra en una conducta poco profesional.
“Conducta poco profesional” incluye:
- incompetencia o negligencia grave,
- usar drogas ilegalmente o de una manera que amenace al público,
- ser condenado por ciertos tipos de delitos (pero los cargos penales por sí solos no son suficientes para una acción disciplinaria),
- participar en ciertos tipos de fraude,
- ser disciplinado por una junta en otro estado, y
- ser descuidado con respecto a las enfermedades transmitidas por la sangre.1
Cuando se trata de imponer disciplina a los proveedores de enfermería, el BRN puede:
- reprimenda a una enfermera,
- poner a la enfermera en libertad condicional, o
- suspender o revocar la licencia de enfermería de California de la persona.2
Ejemplo: Marni es una enfermera registrada que trabaja en un hospital en el centro de California. Su supervisor nota que ella está firmando sustancias controladas como Demerol y Morfina sin una orden médica. Ningún paciente parece obtener las drogas.
Basado en estos hechos, Marni supuestamente está involucrada en una conducta poco profesional en violación de Código de Negocios y Profesiones Sección 2762a, obtener o poseer sustancias controladas sin receta.
El hospital presenta una queja ante el BRN. La Junta inicia procedimientos disciplinarios contra Marni enviándole una acusación especificando los cargos. Marni no devuelve un aviso de defensa. La Junta emite una decisión por defecto contra Marni y revoca su licencia de enfermera registrada.
Tenga en cuenta que nunca sabremos si los cargos eran realmente ciertos o no porque Marni no ejerció su derecho a tener una audiencia y presentar pruebas en su defensa.
Si Marni hubiera buscado una defensa, su caso podría haberse resuelto de una manera menos severa. Por ejemplo, Marni podría haber sido puesta en libertad condicional o incluso podrían haber desestimado los cargos.
3. ¿Todas las condenas criminales desencadenan acción disciplinaria?
No. El BRN solo iniciará procedimientos disciplinarios si una enfermera fue condenada por un delito que esté “estrechamente relacionado” con las calificaciones, funciones y deberes de una enfermera registrada.3
Ejemplos de estas condenas incluyen condenas por los delitos de:
- apropiación indebida,
- abuso infantil,
- abuso conyugal,
- agresión,
- robo a un paciente o cliente, o
- fallo en reportar el abuso.4
El término “condena” incluye condenas obtenidas a través de:
- declaraciones de culpabilidad y veredictos de juicios por jurado en California (después de que se haya dictado sentencia), y
- declaraciones de “no contienda” (después de que se haya dictado sentencia).5
Ejemplo: Paul es un enfermero registrado en Los Ángeles. Es condenado por abuso a una persona mayor, su tía, así como por robo menor. Además, Paul no es muy bueno en su trabajo. En varias ocasiones no se ha lavado las manos antes y después de extraer sangre y se le ha observado usando la misma aguja para varios intentos de extracción de sangre en el mismo paciente. Cuando Paul se presenta para la renovación de su licencia, no revela las condenas.
Paul puede ser disciplinado por la Junta de Enfermería Registrada y tener su licencia revocada. No solo fue condenado por delitos relacionados sustancialmente con la práctica de enfermería, sino que mintió en su solicitud de renovación. Su fallo en seguir el protocolo adecuado para la extracción de sangre equivale a una conducta poco profesional también.
Pero ahora cambiemos los hechos. Paul es un enfermero con un certificado de práctica avanzada como enfermero anestesista. Ha trabajado en varios hospitales sin incidentes durante los últimos ocho años. De hecho, ha recibido solo evaluaciones positivas y es muy bien considerado. Una tarde de fin de semana Paul es detenido por exceso de velocidad y le imponen una multa de $100.
Paul no necesita informar esta infracción de tránsito en su solicitud de renovación. La ofensa no involucró alcohol ni una sustancia controlada, la multa fue menor de $300 y exceso de velocidad no está relacionado sustancialmente con la enfermería.
Tenga en cuenta que, en general, ingresar una declaración de culpabilidad como parte de un ingreso diferido de sentencia no debería resultar en procedimientos disciplinarios o descalificación, ya que la declaración se retirará siempre que el enfermero cumpla con todas las órdenes judiciales. Las condenas expurgadas también no deberían tener ningún efecto negativo (en la mayoría de los casos).
Un enfermero tiene derecho a tener una audiencia administrativa si está sujeto a una acción disciplinaria.
4. ¿Un enfermero condenado tiene derecho a una audiencia administrativa?
Sí. Una vez que un enfermero es condenado por un delito, el BRN comenzará una investigación sobre el asunto.
Si el Consejo encuentra que hay evidencia que sugiere una acción disciplinaria, el enfermero condenado a veces puede resolver el caso de acuerdo con un acuerdo de liquidación.
Si no hay acuerdo, el enfermero tiene derecho a comparecer en una audiencia administrativa antes de que el Consejo pueda tomar medidas disciplinarias.
La audiencia se lleva a cabo en la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) y es similar a un juicio criminal o civil.
Un juez de ley administrativa (ALJ) preside los procedimientos. El Consejo está representado por un abogado de la Oficina del Fiscal General de California. El enfermero condenado tiene derecho a ser representado por un abogado de defensa penal, a su propio costo.
Durante la audiencia, el abogado del Consejo presenta:
- evidencia de la condena, y
- razones por las cuales el juez debe recomendar una sanción contra el enfermero.
El enfermero presenta evidencia en su propio nombre. Esto incluye evidencia de rehabilitación y evidencia de su historial criminal.
El abogado del enfermero también puede llamar y cruzar a los testigos.
El ALJ emite una Decisión Propuesta Escrita generalmente dentro de los 30 días posteriores a la audiencia. La decisión establece la recomendación del ALJ con respecto a la acción disciplinaria. El Consejo puede adoptarla, modificarla o rechazarla por completo.
Si los profesionales de la salud pierden su audiencia, los enfermeros pueden presentar un recurso ante la Corte Superior.
Un enfermero debe presentar un recurso dentro de los 30 días a partir de la fecha efectiva de la decisión final del Consejo.
Si la Junta suspendió o revocó la licencia de un enfermero y el enfermero pierde en el recurso, el enfermero puede intentar solicitar a la Junta la rehabilitación de su licencia. 6
5. ¿Puedo convertirme en enfermero si tengo un antecedente criminal?
Depende de la naturaleza del delito cometido y de cuándo se cometió la condena.
La Junta de Enfermería puede descalificar a las personas para convertirse en enfermeros si:
- tienen una condena penal dentro de los últimos siete años a partir de la fecha de su solicitud de licencia, y
- la condena estuvo sustancialmente relacionada con los requisitos, funciones o deberes de ser enfermero (“sustancialmente relacionado” tiene el mismo significado que se discutió anteriormente en la Sección 3).7
Además, la Junta de Enfermería puede descalificar a las personas para convertirse en enfermeros si tienen una condena penal en cualquier momento por cualquiera de las siguientes:
- un delito por el cual el solicitante debe registrarse como delincuente sexual de segundo o tercer nivel, o
- un delito grave, según lo definido en el Artículo 1192.7 del Código Penal.8
Ejemplos de delitos graves bajo el CP 1192.7 incluyen:
- asesinato,
- violación,
- secuestro,
- lesiones graves,
- sodomía forzada,
- y agresión con arma mortal.9
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Referencias legales:
- Junta de Enfermería Registrada del Estado de California, “Directrices recomendadas para órdenes disciplinarias y condiciones de libertad condicional”.
- Ver mismo.
- Ver sitio web de la Junta de Enfermería Registrada del Estado de California, “Acciones disciplinarias y reinstalaciones”.
- Ver mismo.
- Ver sitio web de la Junta de Enfermería Registrada del Estado de California, “Disciplina de licencias y condenas”.
- Junta de Enfermería Registrada del Estado de California, “Directrices recomendadas para órdenes disciplinarias y condiciones de libertad condicional”.
- Ver sitio web de la Junta de Enfermería Registrada del Estado de California, “Disciplina de licencias y condenas”. Ver también Proyecto de ley de la Asamblea 2138.
- Ver mismo.
- Código Penal de California 1192.7 PC.