Los abogados de California condenados por un delito menor o un delito grave que involucre turpitud moral o “otra conducta que justifique una disciplina” enfrentan posibles:
- reprehensión,
- suspensión de la licencia o incluso
- despido por parte del Estado de California.
Los delitos de turpitud moral generalmente comprenden crímenes de
- violencia,
- robo o
- fraude.
El Estado de California también puede negar licencias a los aspirantes a abogados de California que
- tengan un historial criminal y
- no se hayan rehabilitado a sí mismos y a su carácter moral.
Una vez que el Estado Bar se entera de una condena penal, revisará el caso correspondiente para determinar si el delito por el que el abogado fue condenado justifica una acción disciplinaria.
Si la revisión muestra que la disciplina podría ser apropiada, el caso se envía al Estado Bar Court y el abogado debe asistir a una audiencia ante un Juez del Estado Bar Court.
Tenga en cuenta que un abogado disfruta de los mismos derechos en una audiencia que tendría en un juicio criminal en California. Por ejemplo, un abogado en una audiencia no tiene derecho a:
- un juicio por jurado, o
- un abogado designado si no puede pagarlo.
Además, una audiencia disciplinaria implica un “estándar de evidencia clara y convincente“, mientras que un juicio criminal utiliza un “estándar de más allá de toda duda razonable“.
Si el juez de la Corte de Barra Estatal cree que la acción disciplinaria es apropiada en base a la condena, puede:
- impartir una reprimenda o reprobación,
- suspender la licencia del abogado, o
- despachar al abogado condenado.
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Quién regula a los abogados en California?
- 2. ¿Una acusación criminal desencadena una disciplina de abogado?
- 3. ¿Qué es un delito que involucra turpitud moral?
- 4. ¿Cuál es el “otro comportamiento” que justifica la disciplina?
- 5. ¿Cómo funciona el proceso disciplinario/sistema de disciplina con una condena?
- 6. ¿Qué sucede en una audiencia de la Corte de Barra Estatal?
- 7. ¿Qué tipo de acción disciplinaria puede imponer la Barra Estatal de California por condenas criminales?
- 8. ¿Puede una persona con un registro criminal solicitar una licencia para ejercer la abogacía?

La Corte Suprema de California tiene la última palabra en asuntos de disciplina de abogados, pero la corte más alta del estado se remite a las recomendaciones hechas por la Corte de Barra Estatal.
1. ¿Quién regula a los abogados en California?
Los abogados en California son regulados por la Barra Estatal de California, un brazo administrativo de la Corte Suprema de California.
La Corte Suprema de California tiene la última palabra en cuanto a asuntos de disciplina de abogados, pero la corte más alta del estado se remite a las recomendaciones hechas por la Corte de Barra Estatal.1
2. ¿Una acusación criminal desencadena una disciplina de abogado?
No. La Barra Estatal no inicia asuntos disciplinarios ni una investigación disciplinaria si un abogado se acusado de un delito penal.
Más bien, la Barra iniciará procedimientos disciplinarios si un abogado es condenado por un delito.
Tenga en cuenta que los abogados en California pueden ser disciplinados por condenas criminales
- que involucren turpitud moral así como aquellas
- que involucren “otra conducta que justifique la disciplina”.
El Código de Negocios y Profesiones de California, Sección 6101 (a), establece que la condena
“por un delito grave o menor que involucre turpitud moral, constituye un motivo para la suspensión o la expulsión”2
La Corte Suprema del Estado también puede tomar medidas disciplinarias con respecto a la “otra conducta que justifique la disciplina” de acuerdo con su “poder inherente para controlar la práctica de la ley para proteger la profesión y el público”.3
Una “condena” incluye una:
- declaración de culpabilidad o veredicto,
- aceptación de una declaración de no culpabilidad, o
- condena después de una declaración de no culpabilidad
una vez que se haya ingresado la sentencia.4
Tenga en cuenta que los abogados tienen la obligación de informar ciertas condenas y asuntos penales pendientes a la Barra Estatal.5
Los fiscales y los oficiales de los tribunales también tienen obligaciones de informar en relación con tales asuntos.6

Los abogados condenados por un delito menor o un delito grave que implique turpitud moral, o “otra conducta que justifique una disciplina”, enfrentan una posible reprobación, suspensión de la licencia o desafuero por parte de la Barra de Abogados de California.
3. ¿Qué es un delito que implique más turpitud?
El término delito que implique turpitud moral se refiere a una categoría de delitos que implican:
- deshonestidad, o
- conducta baja, vil o depravada que es escandalosa para una persona razonable.7
Ciertos delitos implican turpitud moral per se. Los ejemplos incluyen delitos que impliquen una intención de defraudar, así como delitos extremadamente repugnantes como asesinato. Sin embargo, otros delitos pueden implicar turpitud moral en función de las circunstancias del caso dado.8
Ejemplos de delitos que la Corte Suprema del Estado o la Corte de Abogados han etiquetado como “delitos de turpitud moral” incluyen:
- asesinato,9
- intento de acto lascivo con un menor,10
- contribuir a la delincuencia de un menor,11
- solicitud para cometer una agresión a un antiguo cliente,12
- homicidio culposo con vehículo con muchos antecedentes,13
- perjurio,14
- estafa por correo,15
- violaciones de las leyes federales de valores,16
- personificación falsa para obtener un beneficio,17 y
- gran robo de fondos de clientes y de la firma.18
El propósito de la investigación de turpitud moral permite a la corte y a la asociación de abogados
“identificar a aquellos abogados que no son aptos para ejercer la abogacía, para que se imponga una disciplina que proteja al público, al banquillo y a la barra de futuros actos de mala conducta”.19
4. ¿Cuál es el “otro comportamiento” que justifica la disciplina?
La investigación de la condena no termina incluso si no hay ninguna constatación de turpitud moral.
Un abogado demandado todavía puede enfrentar disciplina y una constatación de mala conducta profesional si su condena implica “otro comportamiento que justifica la disciplina“.
Normalmente, se determina de forma individual si un delito implica un comportamiento que justifica la disciplina, después de que la Barra Estatal considere los hechos de un caso.
Ejemplos de delitos en los que el Tribunal de Abogados creyó que el delito implicaba “otra conducta inadecuada” incluyen:
- conducir bajo la influencia del alcohol,20
- violencia doméstica,21
- portar un arma oculta,22
- negarse a presentar declaraciones de impuestos federales,23 y
- negarse a pagar impuestos sobre la nómina y contribuciones al seguro de desempleo.24
5. ¿Cómo funciona el proceso disciplinario/sistema de disciplina con una condena?
Una vez que el Colegio de Abogados recibe notificación de una condena, un abogado de la Oficina de Fiscalía Principal del Colegio realiza una revisión inicial del caso penal aplicable.
El abogado revisa el caso para determinar si puede implicar
- un delito que implique turpitud moral o
- otra conducta inadecuada que justifique una disciplina.
La revisión inicial tarda alrededor de dos a tres semanas.
Si el abogado revisor encuentra que el delito puede justificar algún tipo de cargos disciplinarios, el Colegio de Abogados realiza una investigación más detallada.
La investigación se cierra si se determina que la condena de un abogado no justifica una disciplina. Sin embargo, si la disciplina puede ser apropiada, el Colegio de Abogados presenta cargos contra el abogado condenado en el Tribunal de Abogados del Estado.25
El Tribunal luego celebra una audiencia para determinar:
- si el delito por el que el abogado fue condenado implica turpitud moral o alguna otra conducta que justifique una disciplina, y
- la disciplina apropiada para el abogado condenado.
Si el abogado condenado fue declarado culpable de un delito grave, se le suspende de forma provisional hasta la finalización de la audiencia.
También se suspende a un abogado condenado de un delito menor si el delito implicó turpitud moral por sí mismo.
6. ¿Qué sucede en una audiencia del Tribunal de Abogados del Estado?
Una audiencia del Tribunal de Abogados del Estado es un procedimiento formal celebrado ante un Juez del Tribunal de Abogados del Estado. El juez de la audiencia conoce los hechos de la condena penal del abogado en cuestión.
El Colegio de Abogados también puede destacar cualquier circunstancia agravante al juez.
Circunstancias agravantes pueden incluir:
- un registro previo de disciplina,
- un patrón de conducta inadecuada, y
- conducta inadecuada rodeada de mala fe, deshonestidad, ocultamiento o abuso de poder.26
El abogado condenado también puede presentar evidencia de cualquier circunstancia atenuante que pueda aplicarse al caso. Las circunstancias atenuantes pueden incluir:
- la ausencia de disciplina previa,
- la falta de daño en el caso penal subyacente,
- dificultades emocionales extremas no causadas por actividad ilegal (y ya no un problema), y
- franqueza y cooperación en el proceso de investigación de la Barra Estatal.27
Tenga en cuenta que un abogado condenado no tiene los mismos derechos en una audiencia cuando se compara con un juicio criminal. Por ejemplo, una audiencia no ofrece al abogado:
- el derecho a un juicio por jurado, o
- el derecho a un abogado designado si el abogado no puede pagarlo.28
Además, la carga de la prueba en la audiencia es un estándar de “evidencia clara y convincente”, en lugar de un estándar de “más allá de toda duda razonable” en un caso criminal.29
Una vez que el juez escucha todas las pruebas dentro de un caso, determina si el profesional legal condenado debe ser disciplinado.
7. ¿Qué tipo de acción disciplinaria puede imponer la Barra Estatal de California por condenas criminales?
Si un juez determina que la disciplina es aplicable en un caso, generalmente emite una de las siguientes sanciones:
- una reprimenda o reproval,
- la suspensión de la licencia del abogado, o
- la desincorporación del abogado condenado.
La desincorporación o la suspensión real son las sanciones apropiadas para las condenas relacionadas con la turpitud moral.30
La suspensión es la sanción presunta para una condena de un delito grave que no involucre turpitud moral pero involucre otra conducta que merezca disciplina. Mientras tanto, la suspensión o la reproval es la sanción presunta para
- una condena de un delito menor que no involucre turpitud moral pero
- involucre otra conducta que merezca disciplina.31
Tenga en cuenta que tanto el abogado condenado como la Corte de la Barra Estatal pueden solicitar una revisión de la decisión del juez en la Corte de la Barra Estatal. La revisión se realiza por el Departamento de Revisión de la Barra Estatal y posiblemente por la Corte Suprema de California. La mayoría de los casos enviados a la Corte Suprema se confirman sumariamente.
8. ¿Puede una persona con antecedentes penales solicitar una licencia para ejercer la abogacía?
Las personas que deseen convertirse en abogado en California pueden tener sus solicitudes de barra denegadas por falta de carácter moral positivo. En muchos casos, un historial criminal es evidencia de un carácter moral deficiente.
Sin embargo, la Barra Estatal todavía puede aceptar aplicantes con antecedentes penales si pueden demostrar una rehabilitación. Un abogado experimentado puede ayudar a asesorar a los solicitantes de la barra sobre cómo intentar demostrar la rehabilitación.32
Tenga en cuenta que si una persona es rechazada para una licencia, y el no abogado intenta ejercer la ley, podría ser acusado de ejercer la ley sin autorización. Esto último puede llevar a cargos de delito menor o delito grave y hasta tres años en la cárcel del condado.
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Si usted es un abogado y está bajo investigación por parte de la Barra Estatal, lo invitamos a contactar nuestro bufete de abogados en el Grupo de Ley Shouse. Nuestros abogados de defensa penal ofrecen consultas gratuitas y consejos legales en los que puede confiar.
Nuestros abogados también representan a clientes en todo California, incluidos los de Los Ángeles, San Diego, San Francisco, el Condado de Los Ángeles y Sacramento. También vea nuestro artículo sobre: ¿Puede un delincuente convertirse en abogado?
Referencias legales:
- En el caso Silverton, 36 Cal.4th 81 (2005).
- Código de Negocios y Profesiones de California Sección 6101a.
- En el caso Kelley, 52 Cal.3d 487 (1990).
- Código de Negocios y Profesiones de California 6101e.
- Código de Negocios y Profesiones de California 6068o.
- Código de Negocios y Profesiones de California 6101b y c.
- En el caso Craig, 12 Cal.2d 93 (1938).
- En el caso Kelley, 52 Cal.3d 487 (1990).
- En el caso Kirschke 16 Cal.3d 902, 904 (1976).
- En el caso Lesansky, 25 Cal.4th 11 (2001).
- En el caso Duggan, 17 Cal.3d 416 (1976).
- En el caso Mostman, 47 Cal.3d 725 (1989).
- En el caso Alkow, 64 Cal.2d 838 (1966).
- En el caso Katz (Departamento de Revisión 1991) 1 Cal. State Bar Ct. Rptr. 502.
- En el caso Utz, 48 Cal.3d 468 (1989).
- Chadwick v. State Bar of California, 49 Cal.3d 103, (1989).
- En el caso Lamb 49 Cal.3d 239, 246 (1989).
- In re Basinger, 45 Cal.3d 1348 (1988).
- In re Kirschke, 16 Cal.3d 902 (1976).
- In re Kelley, 52 Cal.3d 487 (1990).
- In re Otto, 48 Cal.3d 970 (1989).
- In re Hickey, 50 Cal.3d 571 (1990).
- In re Rohan, 21 Cal.3d 195 (1978).
- In re Morales, 35 Cal.3d 1 (1983).
- Reglas 5.9, 5.13 de las Reglas de Procedimiento del Colegio de Abogados.
- Reglas Proc. del Colegio de Abogados, tit. IV.
- Vea el mismo.
- Vea Palomo v. Colegio de Abogados, 36 Cal.3d 785 (1984).
- Regla 5.103 de las Reglas de Procedimiento del Colegio de Abogados.
- Reglas Proc. del Colegio de Abogados, tit. IV.
- Vea el mismo.
- Vea la Solicitud de Determinación de Carácter Moral, Colegio de Abogados de California. Proyecto de Ley de la Asamblea 2138.