Código Penal de California § 25400 PC hace que sea un delito llevar un arma de fuego oculta en su persona o en un vehículo. Incluso si tiene un permiso de CCW, llevar armas de fuego en la mayoría de los lugares públicos está prohibido.
Llevar un arma de fuego oculta es típicamente un delito menor castigado con hasta un año de cárcel y/o $1,000. Sin embargo, si no estaba en posesión legal del arma, o si estaba en una pandilla callejera, entonces violar 25400 PC se convierte en un delito grave que conlleva 16 meses, dos años o tres años de cárcel y/o hasta $10,000.
Tenga en cuenta que llevar un arma de fuego oculta es un delito mixto – lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave – si:
- Anteriormente fue condenado por un delito menor contra una persona o propiedad o por un delito de narcóticos o drogas peligrosas; o
- El arma de fuego estaba cargada (o podía ser cargada fácilmente), y usted no está registrado como el propietario en el Departamento de Justicia.
En cualquier caso, llevar oculto sin un permiso conlleva una sentencia mínima de tres meses de cárcel si tiene una condena previa por un delito grave o cualquier delito relacionado con armas de fuego.
Tenga en cuenta que un cargo de 25400 PC es diferente de llevar un arma de fuego cargada (25850 PC) y llevar abiertamente un arma de fuego descargada (26350 PC).
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de California entran en detalle sobre las leyes de llevar armas ocultas. Haga clic en un tema para saltar a esa sección.
- 1. Elementos de 25400 PC
- 2. Defensas
- 3. Exenciones
- 4. Penas
- 5. Consecuencias de inmigración
- 6. Cancelaciones
- 7. Derechos de armas
- 8. Constitucionalidad
- Lectura adicional
1. Elementos de 25400 PC
Para que sea condenado por llevar un arma oculta bajo el Código Penal 25400 PC, los fiscales deben probar más allá de una duda razonable los siguientes tres elementos de la Instrucción del Jurado de California “CALCRIM” 2520:
- Usted ocultó un arma de fuego en su persona o en un vehículo,
- Usted sabía de la presencia del arma oculta, y
- El arma de fuego estaba sustancialmente oculta.1
Significado de “Oculto”
25400 PC prohíbe llevar un arma de fuego que esté en gran parte oculta, incluso si el arma todavía es identificable.
Ejemplos: En un caso de California, el tribunal determinó que aunque el oficial podía ver un bulto estrecho de cuatro o cinco pulgadas de largo en el bolsillo trasero del acusado y sospechaba que el bulto era un arma, todavía se consideraba un arma oculta.2
De manera similar, en otro caso, un oficial notó un contorno de una pistola debajo de la camisa del acusado. Aunque el oficial podía decir qué era el objeto, todavía calificaba como un arma oculta.3
“Llevar oculto” incluye no solo sostener o llevar el arma en su persona, sino también mantenerla en su bolsillo o en un bolso, maletín o cualquier otra cosa que pueda estar sosteniendo.
Las armas de fuego llevadas abiertamente en fundas de cinturón no son armas ocultas. Sin embargo, tenga en cuenta que generalmente es ilegal bajo una ley separada llevar abiertamente un arma de fuego en California.4
Armas aplicables
25400 PC se aplica a cualquier dispositivo:
- diseñado para ser utilizado como arma,
- del cual se expulsa un proyectil por la fuerza de cualquier explosión u otra forma de combustión, y
- que tiene un cañón de menos de 16 pulgadas de largo, o 16 pulgadas o más de largo que está diseñado para ser intercambiado con un cañón de menos de 16 pulgadas.
Por lo tanto, no puede llevar oculto lo siguiente:
- pistolas,
- revólveres,
- pistolas,
- fusiles (incluidos los fusiles de cañón corto) y/o
- escopetas (incluidas las escopetas de cañón corto).
Las pistolas de aire comprimido y las pistolas de aire comprimido, que dependen de la fuerza de la presión del aire y no de la combustión, no califican como armas de fuego según la ley.
La intención detrás de las leyes de armas de fuego de California, como la 25400 PC, es proteger a la sociedad del posible daño que podría causar ver un arma oculta. Por lo tanto, los fiscales pueden acusarlo de CCW incluso si el arma es inoperable.5
La 25400 PC prohíbe el porte oculto de armas de fuego en California.
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de armas de fuego, incluidos los casos de 25400 PC. En nuestra experiencia, las siguientes siete defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados.
1) Usted no sabía que estaba llevando el arma de fuego
Si no sabe o se da cuenta de que está en posesión de un arma de fuego, no es culpable de violar la 25400 PC. Ciertamente podría ser el caso de que otra persona, sin que usted se diera cuenta, colocara un arma de fuego en su:
- chaqueta,
- bolso,
- maletín o
- vehículo.
En estas situaciones, buscaríamos imágenes de vigilancia en video y / o testigos presenciales de las armas que se le plantaron.
2) El arma estaba en el maletero o en un contenedor cerrado en su vehículo
Siempre que pueda poseer legalmente un arma, no es culpable de llevarla oculta en un vehículo siempre que el arma esté en:
- el maletero del automóvil, o
- un contenedor cerrado dentro del automóvil (excluyendo la guantera).
En muchos casos que vemos, las imágenes de la cámara del tablero o del cuerpo del oficial de policía pueden confirmar que hizo todo bien.
Para obtener una discusión más detallada, consulte nuestro artículo sobre cómo transportar armas de fuego en un vehículo en California.6
3) Tiene una licencia para llevar un arma oculta
Si tiene un permiso de CCW, entonces llevar un arma generalmente no viola la 25400 PC.
Para prevalecer en esta defensa, usted tiene la carga de probar que tiene una licencia actual y válida. Podemos cumplir esto simplemente produciendo su permiso de CCW.7
4) El arma estaba dentro de su residencia o negocio
Siempre que tenga derecho a poseer o poseer un arma, puede llevar un arma oculta en:
- su propia casa o
- en un negocio que posee (en lugar de un lugar donde simplemente trabaja).
Esta regla generalmente no se extiende a las personas que viven y / o trabajan en sus automóviles. Sin embargo, permite a los taxistas mantener armas ocultas dentro de sus vehículos sin violar la ley de CCW de California.8
En estos casos, intentaríamos mostrar al fiscal que tienen pruebas insuficientes de que llevó las armas fuera de su hogar u oficina. Si tenemos éxito, deberían desestimar su cargo.
5) La policía obtuvo el arma a través de una búsqueda y confiscación ilegal
Muchos cargos de armas, incluidos los cargos de PC 25400, surgen después de que un oficial detiene a un sospechoso para algún tipo de investigación. Tal vez usted:
- estaba conduciendo a exceso de velocidad,
- tenía su automóvil estacionado ilegalmente, o
- coincidía con la descripción de alguien que acaba de ser acusado de un delito.
Mientras el oficial habla con usted o lo “palpa”, descubren el arma oculta.
Una búsqueda y confiscación irrazonable podría destruir la evidencia de la acusación en un caso de 25400 PC.
En cualquier caso, sus derechos constitucionales de la Cuarta Enmienda lo protegen de búsquedas y confiscaciones irrazonables. Antes de que la policía pueda realizar una búsqueda legalmente, deben tener:
- causa probable para buscar (es decir, una creencia razonable de que está involucrado en actividades criminales o representa una amenaza para la seguridad del oficial), o
- una orden de registro válida que los autorice a buscar su persona/propiedad (cuyo alcance debe ser estrictamente cumplido), o
- su consentimiento para realizar una búsqueda de su persona/propiedad.
Un arma descubierta y confiscada durante una búsqueda y confiscación ilegal es inadmisible en la corte. Por lo tanto, presentaríamos una “moción para suprimir” pidiendo al juez que ignore el arma como evidencia. Si el juez está de acuerdo, el fiscal puede quedarse con muy pocas pruebas para procesarlo.9
6) Llevaba el arma en defensa propia
Es posible que pueda luchar contra los cargos de llevar un arma oculta alegando defensa propia. Esta defensa se aplica si usted cree razonablemente que su vida está en “grave peligro” debido a amenazas específicas de otras personas o su conducta que justificó la base para una orden de restricción ordenada por el tribunal.10
Como explica el abogado de defensa criminal John Murray,
“Si podemos demostrar al tribunal que usted creía que su vida estaba en peligro, incluso después de obtener una orden de restricción, y que llevar un arma oculta en su persona o en su automóvil era necesario para su seguridad, es posible que podamos lograr que se desestimen los cargos en su contra”.
7) La policía cometió una mala conducta
Si un oficial hace cualquiera de las siguientes acciones, es culpable de mala conducta policial:
- planta un arma en su persona o en su automóvil;
- miente en su informe policial y dice que el arma estaba oculta, cuando en realidad se llevaba a la vista;
- testifica falsamente sobre los hechos de su caso;
- coacciona su confesión, o
- viola sus derechos civiles de cualquier otra manera.
Si sospechamos de una mala conducta de un oficial de la ley como esta, es probable que presentemos una moción de Pitchess. Esto le permitirá ver si otras personas han presentado quejas similares sobre el oficial en el pasado.
Si podemos establecer que usted es la víctima, entonces:
- el fiscal o el juez pueden desestimar sus cargos de PC 25400, o
- un jurado puede encontrarlo no culpable en el juicio.
3. Exenciones
Algunas personas están exentas de ser procesadas bajo la ley de CCW de California bajo el 24500 PC. Estos incluyen (pero no se limitan a):
- oficiales de paz (ya sea activos o retirados con honor),
- comerciantes de armas de fuego con licencia,
- miembros del ejército de los EE. UU.,
- guardias o mensajeros bancarios,
- miembros de clubes u organizaciones de tiro al blanco, y
- cazadores/pescadores con licencia que están usando o transportando sus armas para estas actividades.11
Incluso las excepciones anteriores contienen condiciones, como que el arma esté descargada o se use solo durante ciertas actividades.
4. Penas
Las sanciones por violaciones de 25400 PC dependen de las circunstancias del caso y de su historial criminal, como muestra la siguiente tabla.
Llevar un arma de fuego oculta | Sanciones de California |
Sin circunstancias agravantes | Misdemeanor: Hasta 1 año en la cárcel (o libertad condicional sumaria) y/o $1,000. |
Anteriormente fue condenado por un delito menor contra una persona o propiedad o por un delito de narcóticos o drogas peligrosas, o Su arma está cargada (o puede cargarse fácilmente), y usted no está registrado como el propietario registrado en el Departamento de Justicia. | “Wobbler” Misdemeanor: Hasta 1 año en la cárcel (o libertad condicional sumaria) y/o $1,000. o Felony: 16 meses, 2 años o 3 años en la cárcel y $10,000. |
No estaba en posesión legal del arma, el arma es robada, o está en una pandilla callejera. | Felony: 16 meses, 2 años o 3 años en la cárcel y $10,000 |
Tenga en cuenta que las condenas de 25400 PC conllevan una sentencia mínima obligatoria de tres meses de cárcel si tiene una condena previa por cualquier delito grave o delito de armas. La sentencia de cárcel debe ser entre tres y seis meses si su condena previa fue por:
- agresión con un arma mortal (254a1 PC)
- disparar a una casa o automóvil habitado (246 PC), o
- amenazar con un arma (417 PC),
Sin embargo, los tribunales pueden suspender la sentencia mínima de cárcel si otorgar libertad condicional sería en interés de la justicia.
Además de todas las sanciones anteriores, la policía puede confiscar su arma.12
(3) Causes to be carried concealed within any vehicle in which the person is an occupant any pistol, revolver, or other firearm capable of being concealed upon the person.
(b) A firearm carried openly in a belt holster is not concealed within the meaning of this section.
(c) A firearm carried openly in a locked container or a locked trunk is not concealed within the meaning of this section.
(d) A firearm carried openly in a locked container or locked trunk in a motor vehicle, including a motor vehicle that is operated for hire, is not concealed within the meaning of this section.
(e) A firearm carried openly in a locked container or locked trunk in a recreational vehicle is not concealed within the meaning of this section.
(f) As used in this section, “locked container” means a secure container that is fully enclosed and locked by a padlock, key lock, combination lock, or similar locking device.
(g) As used in this section, “trunk” means the utility compartment or trunk of a motor vehicle.
(h) As used in this section, “recreational vehicle” means a motor home, truck camper, or camping trailer, with or without motor power, designed for human habitation for recreational, emergency, or other occupancy, that meets all of the following criteria:
(1) It is built on a single chassis.
(2) It is four hundred square feet or less when measured at the largest horizontal projections.
(3) It is certified by the manufacturer as complying with American National Standards Institute (ANSI) A119.2, as it may be amended from time to time, and with all applicable federal and state motor vehicle safety standards.
(4) It contains not more than one hundred ninety-two square feet of nonliving interior space, excluding built-in equipment, including, but not limited to, wardrobe, closets, cabinets, kitchen units or fixtures, and bath or toilet rooms.
(5) It contains not more than one door in addition to the door that provides access to the living quarters of the vehicle.
(6) It is designed to be towed by a motor vehicle.
(i) As used in this section, “motor vehicle” means a vehicle that is self-propelled.
(j) As used in this section, “utility compartment” means a compartment or area of a motor vehicle that is intended to carry freight, luggage, or other cargo, that is not designed for human habitation, and that is not readily accessible from the interior of the vehicle.
(k) As used in this section, “firearm capable of being concealed upon the person” includes all firearms that are neither:
(1) Rifles.
(2) Shotguns.
(3) Antique firearms.
(l) As used in this section, “antique firearm” means any firearm manufactured before January 1, 1899.
(a) In any case in which a defendant has fulfilled the conditions of probation for the entire period of probation, or has been discharged prior to the termination of the period of probation, or in any other case in which a court, in its discretion and the interests of justice, determines that a defendant should be granted the relief available under this section, the defendant shall, at any time after the termination of the period of probation, if he or she is not then serving a sentence for any offense, on probation for any offense, or charged with the commission of any offense, be permitted by the court to withdraw his or her plea of guilty or plea of nolo contendere and enter a plea of not guilty; or, if he or she has been convicted after a plea of not guilty, the court shall set aside the verdict of guilty; and, in either case, the court shall thereupon dismiss the accusations or information against the defendant and except as noted below, he or she shall thereafter be released from all penalties and disabilities resulting from the offense of which he or she has been convicted, except as provided in Section 13555 of the Vehicle Code. The probationer shall be informed, in his or her probation papers, of this right and privilege and his or her right, if any, to petition for a certificate of rehabilitation and pardon. The probationer may make the application and change of plea in person or by attorney, or by the probation officer authorized in writing. However, in any subsequent prosecution of the defendant for any other offense, the prior conviction may be pleaded and proved and shall have the same effect as if probation had not been granted or the accusation or information dismissed. The order shall state, and the probationer shall be informed, that the order does not relieve him or her of the obligation to disclose the conviction in response to any direct question contained in any questionnaire or application for public office, for licensure by any state or local agency, or for contracting with the California State Lottery Commission.
(b) Subdivision (a) of this section does not apply to any misdemeanor that is within the provisions of subdivision (b) of Section 42001 of the Vehicle Code, to any violation of subdivision (c) of Section 286, Section 288, subdivision (c) of Section 288a, Section 288.5, or subdivision (j) of Section 289, or to any felony conviction pursuant to subdivision (d) of Section 261.5, or to any infraction.
(c) (1) Except as provided in paragraph (2), subdivision (a) does not apply to a person who receives a notice to appear or is otherwise charged with a violation of an offense described in subdivision (b) of Section 42001 of the Vehicle Code, or who is convicted of a violation of subdivision (b) of Section 42001 of the Vehicle Code, or to any felony conviction pursuant to subdivision (d) of Section 261.5, if the offense was committed within 10 years of the date of the conviction for the previous offense that is described in subdivision (b) of Section 42001 of the Vehicle Code, or that is described in subdivision (d) of Section 261.5, respectively.
(2) If the conviction for an offense described in subdivision (b) of Section 42001 of the Vehicle Code is for a violation of subdivision (c) of Section 286, Section 288, subdivision (c) of Section 288a, Section 288.5, or subdivision (j) of Section 289, the 10-year period specified in paragraph (1) applies.
(d) A person who petitions for a change of plea or setting aside of a verdict under this section may be required to reimburse the county for the actual costs of services rendered, whether or not the petition is granted and the records are sealed or expunged, at a rate to be determined by the county
(3) Causas de llevar oculto dentro de cualquier vehículo en el que la persona sea ocupante cualquier pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona.
(b) Un arma de fuego llevada abiertamente en un cinturón no está oculta dentro del significado de esta sección.
(c) Llevar un arma de fuego oculta en violación de esta sección es punible de la siguiente manera:
(1) Si la persona ha sido condenada previamente por algún delito grave, o por algún delito que sea punible por una disposición enumerada en la Sección 16580, como un delito grave.
(2) Si el arma de fuego es robada y la persona sabía o tenía una causa razonable para creer que estaba robada, como un delito grave.
(3) Si la persona es un participante activo en una pandilla callejera, según se define en la subdivisión (a) de la Sección 186.22, bajo la Ley de Prevención y Represión del Terrorismo Callejero (Capítulo 11 (comenzando con la Sección 186.20) del Título 7 de la Parte 1), como un delito grave.
(4) Si la persona no está en posesión legal del arma de fuego o si está dentro de una clase de personas prohibidas de poseer o adquirir un arma de fuego de conformidad con el Capítulo 2 (comenzando con la Sección 29800) o el Capítulo 3 (comenzando con la Sección 29900) de la División 9 de este título, o la Sección 8100 o 8103 del Código de Bienestar e Instituciones, como un delito grave.
(5) Si la persona ha sido condenada por un delito contra una persona o propiedad, o por una violación de drogas o sustancias peligrosas, por encarcelamiento de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170, o por encarcelamiento en una cárcel del condado que no exceda de un año, por una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o por ambas cosas.
(6) Si se cumplen ambas de las siguientes condiciones, por encarcelamiento de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170, o por encarcelamiento en una cárcel del condado que no exceda de un año, por una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o por ambas cosas:
(A) La pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona está cargada, o tanto ella como la munición no gastada capaz de ser disparada desde ella están en posesión inmediata de la persona o fácilmente accesibles para esa persona.
(B) La persona no está registrada en el Departamento de Justicia de conformidad con el párrafo (1) de la subdivisión (c) de la Sección 11106 como el propietario registrado de esa pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona.
(7) En todos los casos excepto los especificados en los párrafos (1) a (6), inclusive, por encarcelamiento en una cárcel del condado que no exceda de un año, por una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o por ambas cosas.
(d) (1) Toda persona condenada en virtud de esta sección que previamente haya sido condenada por un delito menor enumerado en la Sección 23515 será castigada con prisión en una cárcel del condado por al menos tres meses y no más de seis meses, o, si se concede libertad condicional, o si se suspende la ejecución o imposición de la sentencia, será una condición de la misma que la persona sea encarcelada en una cárcel del condado por al menos tres meses.
(2) Toda persona condenada en virtud de esta sección que previamente haya sido condenada por algún delito grave, o por algún delito que sea punible por una disposición enumerada en la Sección 16580, si se concede libertad condicional, o si se suspende la ejecución o imposición de la sentencia, será una condición de la misma que la persona sea encarcelada en una cárcel del condado por no menos de tres meses.
(e) El tribunal aplicará la sentencia mínima de tres meses especificada en la subdivisión (d), excepto en casos excepcionales en los que los intereses de la justicia se verían mejor servidos concediendo libertad condicional o suspendiendo la imposición o ejecución de la sentencia sin la prisión mínima requerida en la subdivisión (d) o concediendo libertad condicional o suspendiendo la imposición o ejecución de la sentencia con condiciones distintas a las establecidas en la subdivisión (d), en cuyo caso, el tribunal especificará en el registro y registrará en las actas las circunstancias que indiquen que los intereses de la justicia se verían mejor servidos por esa disposición.
(f) Un oficial de paz puede arrestar a una persona por una violación del párrafo (6) de la subdivisión (c) si el oficial de paz tiene una causa probable para creer que la persona no está registrada en el Departamento de Justicia de acuerdo con el párrafo (1) de la subdivisión (c) de la Sección 11106 como el propietario registrado de la pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona, y se cumple una o más de las condiciones en el subpárrafo (A) del párrafo (6) de la subdivisión (c).