Bajo el Código Penal 470b PC, es un delito en California poseer o mostrar una identificación falsa con el propósito de engañar o defraudar a otra persona. Esto es una “wobbler”, lo que significa que los fiscales tienen la discreción de acusarlo como un delito menor o un delito grave. La pena máxima es hasta 3 años de prisión.
La definición legal técnica de “identificación falsa” en la ley penal de California es cualquier licencia de conducir u otra tarjeta de identificación emitida por una agencia gubernamental que haya sido:
• Alterada
• Falsificada
• Forjada
• Duplicada
• Reproducida o
• Contrabandeada.
Y “la intención de usar esa identificación falsa para cometer una falsificación” significa una intención de usar la identificación para cometer fraude, es decir, engañar a otra persona, con el fin de causar pérdida o daño a un derecho legal, financiero o de propiedad.
Ejemplos:
• Un estudiante universitario de 19 años tiene una licencia de conducir falsa en su apartamento que contiene su foto, un nombre falso y una fecha de nacimiento falsa; ella planea usarla para comprar alcohol.
• Un inmigrante indocumentado tiene una licencia de conducir falsa que cree que le ayudará a evitar el acoso de la policía o la detección por parte de las autoridades.
• Un hombre que está involucrado en un complicado esquema de robo de identidad utiliza varias identificaciones gubernamentales falsas para pasar cheques escritos a nombre de personas cuyas identidades han sido robadas.
Penas
PC 470b mostrando o poseyendo una identificación falsa es lo que se conoce como una “wobbler”.
Esto significa que se puede acusar como un delito menor o un delito grave, dependiendo de las circunstancias.
Las penas por este delito menor son hasta un (1) año de prisión en el condado y / o una multa de hasta mil dólares ($ 1,000).
Las penas potenciales por delito grave son dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años de prisión y / o una multa de hasta diez mil dólares ($ 10,000).
Defensas legales
La gente que no tiene experiencia previa con el sistema de justicia penal a menudo se encuentra acusada bajo las leyes de identificación falsa de California. La ley de California toma esta ofensa en serio, y es una cosa aterradora tener que enfrentarla.
Un abogado de defensa penal experimentado puede ayudar. Él/ella sabrá las defensas legales más útiles para los cargos de Código Penal 470b, incluyendo:
- No sabías que la licencia de conducir u otra identificación era fraudulenta o falsa;
- No tenías la intención de usar la identificación falsa para cometer una falsificación/fraude; y
- Realmente no eras tú quien poseía la identificación falsa.
Para ayudarlo a comprender mejor el delito de poseer o mostrar una identificación falsa, nuestros abogados de defensa penal de California abordarán lo siguiente:
- 1. ¿Cuándo es un delito tener o usar una identificación falsa en California?
- 2. ¿Qué sucede si alguien es declarado culpable de 470b PC?
- 3. ¿Qué se puede hacer para combatir los cargos?
- 4. PC 470b y delitos relacionados
Si, después de leer este artículo, desea más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Cuándo es un delito tener o usar una identificación falsa en California?
La definición legal del delito de mostrar o poseer una identificación falsa consta de los siguientes “elementos del delito”:
- Poseías, mostrabas, o causabas o permitías que se mostrara una licencia de conducir u otra tarjeta de identificación emitida por el gobierno;
- La licencia de conducir u otra tarjeta de identificación emitida por el gobierno fue alterada, falsificada, forjada, duplicada, reproducida o contramarcada;
- Tú sabías que la licencia o la identificación fue alterada, falsificada, forjada, etc.; y
- Cuando poseías o mostrabas el documento de identificación, tenías la intención de que ese documento se usara para cometer una falsificación.7
Estos llamados “elementos” son los hechos esenciales que el fiscal debe probar para que seas culpable bajo 470b PC.
A continuación, desarrollaremos algunos de los términos de esta definición legal.
Poseer o mostrar
Las actividades básicas cubiertas por la ley de identificación falsa de California, el Código Penal 470b PC, son:
- poseer, y
- mostrar (o hacer que se muestre)
una identificación falsa emitida por el gobierno. 8
¿Qué significa realmente “poseer” algo?
Para empezar, no necesariamente significa que lo estuvieras sosteniendo o tocando. Puedes “poseer” una identificación falsa si simplemente tienes control sobre ella o el derecho a controlarla. 9
Además, es posible que más de una persona “posea” el mismo objeto. 10
Ejemplo: Randy y Tina son una pareja casada. Basado en evidencia de que la pareja puede estar involucrada en un esquema de robo de identidad, la policía obtiene una orden de registro para buscar su hogar.
Randy y Tina están ausentes cuando la policía llega a su hogar, pero su conserje les deja entrar a la policía. Mientras buscan el hogar, la policía encuentra un gran alijo de licencias de conducir y tarjetas de seguridad social falsas en un armario.
Aunque Randy y Tina no fueron atrapados con las identificaciones en su posesión física, el hecho de que las identificaciones estuvieran en su hogar puede ser suficiente para establecer que controlaban y, por lo tanto, poseían las identificaciones.
Por lo tanto, Randy y Tina pueden ser acusados de poseer identificaciones falsas en California.
Una licencia de conducir u otra identificación gubernamental
Por lejos, la forma de identificación más común involucrada en cargos de identificación falsa es una licencia de conducir emitida por el Departamento de Vehículos Motorizados de California.

Los pasaportes son otra forma de identificación gubernamental que podría llevar a cargos de posesión / exhibición de una identificación falsa.
Sin embargo, también puede ser condenado bajo el Código Penal 470b PC por poseer o mostrar otros tipos de documentos de identificación emitidos por el gobierno, como:
- Una tarjeta de identificación estatal emitida por el DMV de California;
- Una tarjeta de identificación militar;
- Una tarjeta de seguridad social;
- Un pasaporte de los Estados Unidos; y/o
- Una tarjeta de identificación de empleado estatal o federal.
Ejemplo: Anna tiene varios amigos que son veteranos. Nota que sus tarjetas de identificación militar les dan muchos descuentos en tiendas, museos, etc.
Entonces, Anna le pide a un amigo que es diseñador gráfico que le haga y lamine una tarjeta de identificación militar falsa. Intenta usarla para obtener los mismos descuentos.
Anna es culpable de poseer una tarjeta de identificación falsa bajo el Código Penal 470b.
Alterado, falsificado, forjado, duplicado, reproducido o falsificado
Las leyes de tarjetas de identificación falsas de California se aplican a todas las siguientes:
- Tarjetas de identificación reales que han sido alteradas para contener información falsa (como una fecha de nacimiento o dirección falsa);
- Tarjetas de identificación que están completamente forjadas; y
- Copias o reproducciones ilegales de tarjetas de identificación reales.
Ejemplo: Scott y Lucy son dos estudiantes universitarios que quieren ir a clubes solo para personas mayores de 21 años. Entonces, ambos contactan a un conocido que supuestamente puede hacer tarjetas de identificación falsas.
El conocido le hace a Scott una licencia de conducir falsa que contiene su foto pero con un nombre y fecha de nacimiento diferentes.
Lucy está nerviosa de ser atrapada con una “tarjeta de identificación falsa”, así que le pide al conocido que solo altere su propia licencia de conducir para cambiar la fecha de nacimiento y hacer que parezca que tiene más de 21 años.
Luego, Scott y Lucy usan sus licencias para entrar a los clubes.
Ambos son culpables de poseer y mostrar una tarjeta de identificación falsa bajo el Código Penal 470b.
Conocimiento de que la identificación era falsa, forjada o alterada
Solo es culpable de mostrar/poseer una tarjeta de identificación falsa si sabía que la tarjeta de identificación era forjada, alterada, falsificada, etc.
Así que si, por cualquier razón, no te das cuenta de que lo que tienes en tu posesión es una identificación falsa, no eres culpable según el Código Penal de California 470b.
Ejemplo: Raul acaba de mudarse a Los Ángeles desde Guatemala. Su primo Miguel, que ha vivido en los Estados Unidos durante años, le está ayudando a establecerse.
Miguel le presenta a Raul una tarjeta de identificación gubernamental de California que le dice a Raul que use para solicitar trabajos, obtener servicios gubernamentales, etc.
Raul hace lo que Miguel le dice, creyendo que la tarjeta de identificación es legítima. De hecho, sin embargo, es una falsificación.
Si a Raul se le acusa de poseer y mostrar una identificación falsa, es posible que pueda evitar una condena argumentando que no se dio cuenta de que la tarjeta era falsa.
Intención de usar el documento para cometer una falsificación
Quizás lo más importante es que solo eres culpable de mostrar o poseer una identificación falsa si tienes la intención de usar la identificación falsa para cometer una “falsificación”.14
En este contexto, cometer una falsificación significa:
- Usar la identificación para engañar a otra persona,
- Con el fin de causar una pérdida o daño a un derecho legal, financiero o de propiedad.15
Formas en las que una persona podría cometer una falsificación con una identificación falsa podrían incluir:
- Una persona menor de 18 años usando la identificación para comprar cigarrillos;
- Una persona menor de 21 años usando la identificación para comprar alcohol;
- Usar la identificación para cobrar un cheque a nombre de otra persona (es decir, para cometer fraude con cheques);
- Usar la identificación para usar una tarjeta de crédito a nombre de otra persona (es decir, para cometer fraude con tarjetas de crédito);
- Un indocumentado usando la identificación para solicitar trabajos o obtener beneficios gubernamentales; y/o
- Una persona con un historial criminal de delitos graves usando la identificación para comprar un arma, con la esperanza de evitar cargos de ” delincuente con un arma de fuego“.

La intención de cometer una falsificación puede incluir la intención de usar una identificación falsa para entrar a un bar o club de “21 y más”.
Pero si posees una identificación falsa sin ninguna intención de usarla con ese propósito, entonces no eres culpable bajo el Código Penal 470b PC, incluso si sabías que la identificación era falsa.
Ejemplo: Chelsea es una estudiante de secundaria que intenta hacer amigos con el “grupo popular”. Se une a esas chicas cuando van a una parte “mala” de la ciudad para comprar licencias de conducir falsas.
Chelsea también compra una licencia falsa, porque quiere que las otras chicas la vean como “genial”. Luego la lleva a casa y la enterra en el fondo de su cajón. No tiene planes de usarla y nunca lo hace.
Si Chelsea es arrestada y acusada de poseer una identificación falsa, es posible que pueda evitar los cargos argumentando que no tenía la intención de usar la licencia para cometer una falsificación.
2. ¿Qué sucede si alguien es condenado por 470b PC?
La identificación falsa Penal Code 470b es lo que se conoce como un “oscilador”. Esto significa que es un delito que puede ser acusado como ya sea un delito menor o un delito grave, a discreción del fiscal. 16
Al tomar esta decisión, el fiscal generalmente considerará ambos:
- La naturaleza exacta de las acusaciones, y
- El historial criminal del acusado.
Mostrar/poseer una identificación falsa como un delito menor conlleva las siguientes penas potenciales:
- Probación de delito menor (resumen);
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).17
Y las acusaciones de identificación falsa de delito grave (Código Penal 470b) conllevan las siguientes penas potenciales:
- Probación de delito grave (formal);
- Dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).18

Un menor que posea o use una identificación falsa para comprar cigarrillos será juzgado en el sistema de cortes juveniles de California.
Si el acusado es menor de edad -como muchos acusados en casos de identificación falsa- entonces el caso se juzgará en el sistema de cortes juveniles de California.
3. ¿Qué se puede hacer para combatir los cargos?
Si usted, su hijo o otro ser querido está acusado de poseer o mostrar una identificación falsa en California, es posible que pueda combatir los cargos utilizando una de varias defensas legales comunes para este delito.
Estos incluyen:
No sabías que la identificación era falsa o alterada
Como mencionamos anteriormente, no eres culpable bajo el Código Penal de California 470b a menos que supieras que la identificación gubernamental relevante era falsa o había sido alterada.19
Y el fiscal debe ser capaz de demostrar que tuviste este conocimiento, más allá de una duda razonable.
De acuerdo con el abogado de defensa penal de Santa Clarita John Murray20:
“Ahora, si alguna de la información en la identificación no es tuya (por ejemplo, el nombre, la fecha de nacimiento o la dirección son incorrectos), es poco probable que puedas argumentar la defensa legal de falta de conocimiento. Pero digamos que tienes una identificación falsa o falsificada en tu posesión que contiene información precisa sobre ti. Dependiendo de las circunstancias bajo las cuales la recibiste, es totalmente plausible que no supieras que la identificación era falsa”.
Esta defensa legal -falta de conocimiento de que la identificación era falsa- está relacionada con la defensa legal común de “error de hecho“.
No tenías la intención de usar la identificación para cometer una falsificación
De acuerdo con el Código Penal 470b PC, puedes ser culpable de poseer o mostrar una identificación falsa incluso si nunca realmente usaste la identificación – siempre que el fiscal pueda demostrar que tenías la intención de usarla para fines ilícitos.21

Solo eres culpable de poseer o mostrar una identificación falsa si tenías la intención de usarla para cometer una falsificación.
Pero esta parte de la ley funciona de ambas maneras. Si las autoridades deciden acusarte bajo la ley de identificación falsa de California sin evidencia de que realmente usaste la identificación para cometer una falsificación, entonces necesitan demostrar que tenías la intención de usarla de esta manera. Y la intención subjetiva de una persona puede ser difícil de probar.
Es por eso que la defensa legal de falta de intención puede ser poderosa en casos como este.
No poseías realmente la identificación falsa
No es inusual que las personas en California sean acusadas de poseer una identificación falsa debido a una identificación falsa que en realidad pertenecía a un compañero de cuarto, miembro de la familia, etc. Solo porque una identificación falsa estuviera en su hogar o automóvil no significa que la poseyera. Es posible que no supiera de su existencia, o que no fuera suya y que no tuviera el derecho de controlarla.
4. Delitos relacionados
Existen varios delitos relacionados en la ley de California que alguien acusado de poseer una identificación falsa bajo el Código Penal 470b podría querer conocer. Estos incluyen:
4.1. PC 470a falsificación o contrainfringimiento de una tarjeta de identificación
El Código Penal 470a PC (falsificación o contrainfringimiento de una identificación) hace que sea un delito alterar, falsificar, forjar, duplicar, reproducir o contrainfringir cualquier licencia de conducir u otra tarjeta de identificación emitida por el gobierno, con la intención de que se utilice para cometer una falsificación. 22
En otras palabras, mientras que el Código Penal 470b castiga a la persona que posee o usa una identificación falsa, el Código Penal 470a castiga a la persona que realmente hace la identificación falsa.
Al igual que poseer/mostrar una identificación falsa, el delito de falsificar o contrainfringir una identificación es un delito que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave. 23
La sentencia máxima por delito menor es de un (1) año en la cárcel del condado. La sentencia potencial por delito grave es de dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años. 24
4.2. VC 13004 y 14610 actos ilegales involucrando tarjetas de identificación o licencias de conducir
Si se le acusa de poseer o mostrar una identificación falsa bajo el Código Penal 470b, debe estar al tanto de los delitos de:
- Los actos ilegales involucrando tarjetas de identificación de California, según el Código de Vehículos 13004, y
- Los actos ilegales involucrando licencias de conducir de California, según el Código de Vehículos 14610.
El Código de Vehículos 13004 hace que sea un delito mostrar o poseer una identificación falsa, alterada fraudulentamente o obtenida fraudulentamente, que no sea una licencia de conducir. 25 El Código de Vehículos 14610 cubre el mismo territorio, pero solo para licencias de conducir. 26
Si se le acusa de poseer o mostrar una identificación falsa bajo el Código Penal 470b, usted y su abogado de defensa penal pueden hacer todo lo posible para reducir sus cargos a uno de estos delitos del Código de Vehículos. 27
Esto se debe a que tanto el VC 13004 como el VC 14610 son delitos menores, no delitos graves, y conllevan una sentencia máxima de solo seis (6) meses en la cárcel del condado. 28
4.3. PC 472 falsificación de un sello público
Finalmente, mostrar/poseer una identificación falsa bajo el Código Penal 470b está relacionado con el delito de falsificación de un sello público bajo el Código Penal 472.
Esta ley hace que sea un delito poseer y “ocultar intencionalmente” un sello falso de una entidad gubernamental, con la intención de usarlo para cometer un fraude. 29
Si hay un sello gubernamental forjado o falso en la identificación falsa que se le acusa de poseer o mostrar, entonces podría ser acusado de PC 470b y PC 472.
La falsificación de un sello público también es un delito en la ley de California. Tiene las mismas penas que la falsificación de California. 30
4.4. VC 12951 falla para mostrar una licencia de conducir
Digamos que tienes una licencia de conducir falsa. Usted es detenido mientras conduce por un agente de la ley, y él / ella le pide ver su licencia de conducir. Usted está preocupado de que el oficial pueda identificar su licencia como falsa, y por lo tanto se niega a mostrársela.
Bajo el Código de Vehículos 12951 VC, este es el delito de falla para mostrar una licencia de conducir. Esta ofensa se puede acusar como un delito menor separado. Lleva una sentencia máxima de seis (6) meses en la cárcel del condado. 31
Para obtener ayuda adicional…

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También vea nuestro artículo sobre el delito de uso ilegal de tarjetas de identificación en California.
Para obtener más información sobre las leyes de “identificación falsa” de Nevada, consulte nuestra página sobre leyes de “identificación falsa” de Nevada.
¿Habla español? Visite nuestro sitio web en español sobre tener una licencia de conducir o tarjeta de identificación falsa.
Referencias legales:
- Código Penal 470b PC – Poseer o mostrar una tarjeta de identificación falsa. (“Toda persona que muestre o cause o permita que se muestre o tenga en su posesión cualquier licencia de conducir o tarjeta de identificación del tipo enumerado en el artículo 470a con la intención de que la licencia de conducir o tarjeta de identificación se utilice para facilitar la comisión de cualquier falsificación, será castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión de conformidad con la subdivisión (h) del artículo 1170.”)
- Mismo.
Vea también Código Penal 470a PC – Falsificación/producción de una identificación falsa. (“Toda persona que altere, falsifique, forge, duplique o de cualquier manera reproduzca o imite cualquier licencia de conducir o tarjeta de identificación emitida por una agencia gubernamental con la intención de que dicha licencia de conducir o tarjeta de identificación se utilice para facilitar la comisión de cualquier falsificación, será castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión de conformidad con la subdivisión (h) del artículo 1170.”) - Instrucciones de Jurado de California del Consejo Judicial (“CALCRIM”) 1921 – Poseer o Mostrar una Licencia de Conducir Falsa, Alterada o Falsificada (Pen. Code, § 470b). (“Alguien tiene la intención de cometer una falsificación si tiene la intención de usar un documento falsificado, falso, alterado, falsificado, duplicado o reproducido para engañar a otra persona con el fin de causar una pérdida o daño a un derecho legal, financiero o de propiedad.”)
- Código Penal 470b PC – Poseer o mostrar una tarjeta de identificación falsa, nota al pie 1, arriba.
- Mismo.
Vea también Código Penal 672 PC. (“Tras una condena por cualquier delito castigable con prisión en cualquier cárcel o prisión, en relación con el cual no se prescribe una multa en este documento, el tribunal puede imponer una multa al infractor de hasta mil dólares ($1,000) en casos de delitos menores o diez mil dólares ($10,000) en casos de delitos mayores, además de la prisión prevista.”) - Mismo.
Vea también Código Penal 1170(h) – Sentencia determinada. (“(h)(1) Salvo lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave castigable de conformidad con esta subdivisión en el que no se especifique el término será castigado con una pena de prisión en una cárcel del condado de 16 meses, o dos o tres años.”) - CALCRIM 1921 – Poseer o Mostrar una Licencia de Conducir Falsa, Alterada o Falsificada (Pen. Code, § 470b). (“Para demostrar que el acusado es culpable de este delito, el pueblo debe demostrar que: 1. El acusado (poseyó[,]/ [o] mostró[,]/ [o] causó [o permitió] que se mostrara) una (licencia de conducir/ [o] tarjeta de identificación emitida por el gobierno); 2. La (licencia de conducir/ [o] tarjeta de identificación emitida por el gobierno) fue (alterada[,]/ [o] falsificada[,]/ [o] forjada[,]/ [o] duplicada[,]/ [o] reproducida[,]/ [o] falsificada); 3. El acusado sabía que la (licencia de conducir/ [o] tarjeta de identificación emitida por el gobierno) había sido (alterada[,]/ [o] falsificada[,]/ [o] forjada[,]/ [o] duplicada[,]/ [o] reproducida[,]/ [o] falsificada); Y 4. Cuando el acusado (poseyó[,]/ [o] mostró[,]/ [o] causó [o permitió] que se mostrara) la (licencia de conducir/ [o] tarjeta de identificación emitida por el gobierno), (él/ella) tenía la intención de que el documento se usara para cometer una falsificación.”)
- Igual.
- CALCRIM 1921 – Poseer o Mostrar una Licencia de Conducir Falsa, Alterada o Falsificada (Pen. Code, § 470b). (“[Dos o más personas pueden poseer algo al mismo tiempo.] [Una persona no tiene que realmente sostener o tocar algo para poseerlo. Es suficiente si la persona tiene (control sobre él/ [o] el derecho a controlarlo), ya sea personalmente o a través de otra persona.]”)
- Igual.
- Código Penal 470b PC – Poseer o mostrar una tarjeta de identificación falsa, nota al pie 1, arriba.
- Igual.
- CALCRIM 1921 – Poseer o Mostrar una Licencia de Conducir Falsa, Alterada o Falsificada (Pen. Code, § 470b), nota al pie 7, arriba.
- Igual.
- CALCRIM 1921 – Poseer o Mostrar una Licencia de Conducir Falsa, Alterada o Falsificada (Pen. Code, § 470b). (“Alguien tiene la intención de cometer una falsificación si él o ella tiene la intención de usar un documento falsificado, falsificado, alterado, falsificado, duplicado o reproducido para engañar a otra persona con el fin de causar una pérdida de, o daño a, un derecho legal, financiero o de propiedad. [Para los fines de esta instrucción, una persona incluye (una agencia gubernamental/una corporación/una empresa/una asociación/el cuerpo político).]”)
- Código Penal 470b PC – Poseer o mostrar una tarjeta de identificación falsa, nota al pie 1, arriba.
- Vea nota al pie 5, arriba.
- Vea nota al pie 6, arriba.
- CALCRIM 1921 – Poseer o mostrar una licencia de conducir falsa, alterada o falsificada (Pen. Código, § 470b), nota al pie 7, arriba.
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- CALCRIM 1921 – Poseer o mostrar una licencia de conducir falsa, alterada o falsificada (Pen. Código, § 470b), nota al pie 7, arriba.
- Código Penal 470a PC – Falsificación / producción de identificación falsa, nota al pie 2, arriba.
- Mismo.
- Mismo.
- Código de Vehículos 13004 VC – Identificación fraudulenta. (“Es ilegal para cualquier persona: (a) Mostrar o permitir que se muestre o tener en su posesión cualquier tarjeta de identificación cancelada, ficticia, alterada fraudulentamente o obtenida fraudulentamente. (b) Prestar su tarjeta de identificación a cualquier otra persona o permitir conscientemente el uso de la misma por otra. (c) Mostrar o representar cualquier tarjeta de identificación que no le haya sido emitida como si fuera su tarjeta. (d) Permitir cualquier uso ilegal de una tarjeta de identificación emitida a él. (e) Realizar cualquier acto prohibido o no realizar cualquier acto requerido por este artículo. (f) Fotografiar, fotocopiar, duplicar o reproducir de cualquier manera cualquier tarjeta de identificación o su facsímil de tal manera que pueda ser confundida con una tarjeta de identificación válida, o mostrar o tener en su posesión cualquier fotografía, fotocopia, duplicado, reproducción o facsímil a menos que esté autorizado por las disposiciones de este código. (g) Alterar cualquier tarjeta de identificación de cualquier manera no autorizada por este código.”)
- Código de Vehículos 14610 VC – Licencia de conducir fraudulenta. (“(a) Es ilegal para cualquier persona: (1) Mostrar o permitir que se muestre o tener en su posesión cualquier licencia de conducir cancelada, revocada, suspendida, ficticia, alterada fraudulentamente o obtenida fraudulentamente. (2) Prestar su licencia de conducir a cualquier otra persona o permitir conscientemente el uso de la misma por otra. (3) Mostrar o representar cualquier licencia de conducir que no le haya sido emitida como si fuera su licencia. (4) Fallar o negarse a entregar al departamento a su debida demanda cualquier licencia de conducir que haya sido suspendida, revocada o cancelada. (5) Permitir cualquier uso ilegal de una licencia de conducir emitida a él. (6) Realizar cualquier acto prohibido o no realizar cualquier acto requerido por esta división. (7) Fotografiar, fotocopiar, duplicar o reproducir de cualquier manera cualquier licencia de conducir o su facsímil de tal manera que pueda ser confundida con una licencia válida, o mostrar o tener en su posesión cualquier fotografía, fotocopia, duplicado, reproducción o facsímil a menos que esté autorizado por las disposiciones de este código. (8) Alterar cualquier licencia de conducir de cualquier manera no autorizada por este código. (b) Para los fines de esta sección, “licencia de conducir” incluye un permiso temporal para operar un vehículo motorizado.”)
- Vea People v. Johnson (1997) 58 Cal.App.4th 484, 486-87. (“Aquí, sin embargo, se acusó al acusado del delito de posesión de una licencia de conducir falsificada en violación de la sección 470b, en el sentido de que el acusado poseía una licencia de conducir y una tarjeta de identificación de los “tipos enumerados en el Código Penal sección 470a con la intención de que dicho documento se utilice para facilitar la comisión de una falsificación”. Al acusar al acusado de esta manera, las personas acusaron al acusado de poseer una licencia de conducir que había sido alterada, falsificada, falsificada, duplicada o de cualquier otra manera reproducida o falsificada. La posesión de una licencia de conducir ficticia o alterada fraudulentamente es una violación de la Sección 14610 del Código de Vehículos, así como una violación de la Sección 470b. Por lo tanto, la información necesariamente acusó al acusado de violar tanto la Sección 470b como la Sección 14610 del Código de Vehículos.”)
- Código de Vehículos 40000.11 VC – Castigo por VC 13004 y 14610. (“Una violación de cualquiera de las siguientes disposiciones es un delito menor, y no una infracción: . . . (j) Sección 13004, relativa al uso ilegal de una tarjeta de identificación . . . (n) Sección 14610, relativa al uso ilegal de una licencia de conducir . . . .”)
- Código Penal 472 PC – Falsificación de un sello público. (“Toda persona que, con el propósito de defraudar a otra, falsifique o imite el sello de este Estado, el sello de cualquier funcionario público autorizado por la ley, el sello de cualquier tribunal de registro, o el sello de cualquier corporación, o cualquier otro sello público autorizado o reconocido por las leyes de este Estado, o de cualquier otro Estado, Gobierno o país, o que falsamente haga, falsifique o imite cualquier impresión que se supone que es una impresión de cualquiera de esos sellos, o que tenga en su poder cualquier sello falsificado o impresión de él, sabiendo que está falsificado, y que lo oculte intencionalmente, es culpable de falsificación.”)
- Código Penal 473 – Falsificación; castigo. (“(a) La falsificación es punible con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170.”)
- Código de Vehículos 12951(b) VC. Véase también Código de Vehículos 40000.11 VC [penas].