Código de Vehículos § 14601.2(a) VC hace que sea un crimen conducir un vehículo motorizado cuando su licencia ha sido suspendida o revocada por ya sea conducir bajo la influencia de alcohol (DUI) o DUI causando lesiones.
El lenguaje de la sección del código establece que:
VC 14601.2. (a) Una persona no debe conducir un vehículo motorizado en ningún momento cuando el privilegio de conducir de esa persona esté suspendido o revocado por una condena por violación de la Sección 23152 o 23153 si la persona que conduce tiene conocimiento de la suspensión o revocación.
Nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente en este artículo:
1. Explicación de 14601.2(a) VC
El Código de Vehículos de California 14601.2(a) VC es la ley de California que hace que sea un crimen conducir con una licencia suspendida después de un DUI.
Bajo esta sección del código, un fiscal debe probar tres elementos para demostrar que eres culpable de un crimen. Estos son:
- conduciste un vehículo cuando tus privilegios de conducir estaban suspendidos o revocados;
- tus privilegios de conducir fueron suspendidos o revocados por una condena por VC 23152 (DUI) o VC 23153 (DUI causando lesiones); y,
- tuviste conocimiento de que tus privilegios de conducir estaban suspendidos o revocados.1
Con respecto al tercer elemento, ten en cuenta que se presume que tienes “conocimiento” de una suspensión si el DMV te envió por correo un aviso de suspensión.2
2. Luchando contra el caso
Si te acusan bajo VC 14601.2(a), puedes impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo. Ten en cuenta, sin embargo, que contratar a un abogado defensor penal conocedor es fundamental para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes son:
- no tener conocimiento de la suspensión;
- no estar “conduciendo”; y/o,
- no tener una condena previa por DUI.
No tener conocimiento de la suspensión
Debes saber que tu licencia de conducir fue suspendida para ser culpable bajo el Código de Vehículos 14601.2. Por lo tanto, es una sólida defensa legal demostrar que no tenías conocimiento de que tu licencia había sido suspendida.
Desde que “conocimiento” bajo esta sección del código se presume si el DMV envía un aviso de suspensión, debes demostrar que el DMV no envió el aviso correspondiente.
No conducir
Solo eres culpable bajo esta sección del código si estás realmente “conduciendo” con una licencia suspendida. Esto significa que es una defensa sólida para demostrar que no estabas físicamente conduciendo un automóvil. Por ejemplo, puedes demostrar que solo estabas sentado en el asiento del conductor sin el motor en marcha.
Sin condena previa por DUI
Recuerda que VC 14601.2 hace que conducir con una licencia suspendida sea un delito “solo” si has sido condenado previamente por DUI o DUI que cause lesiones. Por lo tanto, podrías demostrar tu inocencia demostrando que nunca fuiste condenado por VC 23152 o VC 23153.
Incluso sin una condena previa, aún podrías ser declarado culpable de conducir con una licencia suspendida según VC 14601(a).
3. Sanciones
Una violación del Código de Vehículos 14601.2(a) se acusa como un misdemeanor.
Una primera condena por el delito es castigada con:
- encarcelamiento en una cárcel del condado por 10 días a seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.3
Si comete el delito una segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigado con:
- encarcelamiento en una cárcel del condado por 30 días a un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.4
En lugar de encarcelamiento, un juez puede imponer libertad condicional por delito menor, o libertad condicional “resumida” o “informal”.
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con conducir con una licencia suspendida después de una condena por DUI. Estos son:
- DUI – VC 23152;
- conducir con una licencia suspendida – VC 14601(a); y,
- conducir con una licencia suspendida o revocada causando lesiones corporales – VC 14601.4.
DUI – VC 23152
Código de Vehículos 23152(a) VC es la ley de California que hace que sea un delito operar un vehículo motorizado “bajo la influencia” del alcohol.
Según el VC 23152(a), “bajo la influencia” significa que sus habilidades físicas o mentales están afectadas en la medida en que ya no puede conducir tan bien como una persona sobria y cautelosa.5
VC 23152(a) DUI es el estándar “subjetivo” para DUI. En contraste, Código de Vehículos 23152(b) establece la definición “per se” de DUI, que en la mayoría de los casos es conducir con un contenido de alcohol en la sangre (BAC) de 0.08% o más.
Los cargos por DUI de primera, segunda y tercera ofensa se procesan como delitos menores en California. Las penas por estos delitos pueden incluir:
- libertad condicional por delito menor,
- multas,
- escuela de DUI,
- suspensión de la licencia de conducir, y/o
- instalación de un dispositivo de interbloqueo de encendido en su automóvil.
Conducir con una licencia suspendida – VC 14601(a)
Código de Vehículos 14601(a) VC es la ley básica que hace que sea un delito conducir con una licencia suspendida.
Se presume que usted “sabe” que su licencia fue suspendida o revocada si el DMV le envió una notificación de suspensión o revocación.6
Conducir con una licencia suspendida es considerado un delito menor en California.
Una primera condena por este delito puede ser castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.7
Si una persona comete el delito por segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.8
Conducir con una licencia suspendida o revocada causando lesiones corporales – VC 14601.4
Código de Vehículos de California 14601.4 VC es el estatuto de California que considera un delito:
- conducir con una licencia suspendida o revocada; y,
- causar lesiones corporales a otra persona mientras se conduce.9
Una primera condena por este delito puede ser castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.10
Si comete el delito por segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.11
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 14601.2(a) VC(a).
- Código de Vehículos de California 14601(c) VC. Véase también People v. Matas (1988) 200 Cal.App.3d Supp. 7; People v. Gutierrez (1998) 65 Cal.App.4th Supp. 1; People v. Roder (1983) 33 Cal.3d 491; In re Murdock (1968) 68 Cal.2d 313.
- Código de Vehículos de California 14601.2(d)(1) VC.
- Código de Vehículos de California 14601.2(d)(2) VC.
- Código de Vehículos de California 23152(a) VC.
- Código de Vehículos de California 14601 VC.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Código de Vehículos de California 14601.4 VC.
- Código de Vehículos de California 14601.4(b) VC. Véase también Código de Vehículos de California 14601.2 VC.
- Véase lo mismo.