
California es un estado de “consentimiento de dos partes“, lo que significa que es ilegal grabar una conversación sin el consentimiento de todas las partes. Sin el consentimiento de todos, usted está escuchando ilegalmente bajo el Código Penal de California 632 PC.

Aquí hay cinco cosas clave que debe saber:
- La escucha ilegal es un delito oscilante, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.1
- Los delitos menores conllevan hasta 1 año de cárcel y/o $2,500; los delitos graves conllevan hasta 3 años de cárcel y/o $2,500.
- Puede grabar legalmente una comunicación realizada en una reunión pública.
- La policía y algunos ciudadanos privados pueden grabar conversaciones para reunir pruebas de un delito.
- La escucha ilegal es un cargo separado de la intercepción telefónica.
¿Qué es la escucha ilegal bajo el Código Penal 632?
El Código Penal 632 es el estatuto de California que convierte la escucha ilegal en un delito. Para que un acto sea un delito bajo este estatuto, deben cumplirse las siguientes condiciones:
- la escucha ilegal debe ser intencional y no accidental,
- la escucha ilegal debe realizarse sin el consentimiento de la persona que habla,
- la conversación debe ser confidencial,
- la escucha ilegal debe implicar el uso de un dispositivo electrónico amplificador o grabador, ya sea para escuchar la conversación en primer lugar o para grabarla.
La ley penal de California dice que una conversación es confidencial cuando se lleva a cabo en circunstancias que indican razonablemente que al menos una de las partes de la conversación pretende que nadie más la escuche. Si una conversación es confidencial o no, es una cuestión que se decide según los hechos de cada caso.2
Ejemplos de actos que se considerarían escucha ilegal son:
- Sally quiere obtener información comprometedora sobre su jefe, por lo que coloca un dispositivo de grabación en su oficina para escuchar sus conversaciones privadas.
- José está en la universidad y se cuela en una reunión entre dos de sus profesores y los graba hablando con su teléfono.
- Martel se cuela en el apartamento de su exnovia y pone un dispositivo de grabación en su dormitorio para escuchar sus conversaciones privadas.
California es un estado de consentimiento de todas las partes.
¿Se aplica el Código Penal 632 a las conversaciones públicas?
El PC 632 no se aplica a las conversaciones públicas en las que los hechos muestran que, dadas las circunstancias, no era razonable que una parte de la conversación pretendiera que nadie la escuchara.
Según el Código Penal 632c, el estatuto tampoco se aplica a:
“cualquier procedimiento legislativo, judicial, ejecutivo o administrativo abierto al público, o en cualquier otra circunstancia en la que las partes de la comunicación puedan esperar razonablemente que la comunicación pueda ser escuchada o grabada.”3
¿Se aplica el PC 632 a la policía?
El Código Penal 632 no se aplica a la escucha ilegal por parte del personal policial: la policía puede legalmente “escuchar” conversaciones privadas sin el consentimiento de las partes. Además, cualquier evidencia que la policía obtenga de esta manera es admisible en la corte.
Usted, como ciudadano privado, puede eludir la ley contra la escucha ilegal si graba una conversación para reunir pruebas sobre ciertos tipos de delitos. Esta excepción se aplica si:
- usted es una de las partes de la conversación que está grabando, y
- está grabando la conversación para reunir pruebas que razonablemente cree están relacionadas con que la otra parte cometa:
Grabar una conversación privada sin el consentimiento de todos es un delito.
¿Cuáles son las penas por escucha ilegal?
Una violación del Código Penal 632 es un delito oscilante, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave a discreción del fiscal.
Si el fiscal decide acusar el delito como un delito menor, las penas máximas son:
- prisión en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa de hasta $2,500.
Si se acusa como delito grave, la escucha ilegal es castigada con:
- hasta dieciséis meses, dos años o tres años en la cárcel del condado o prisión estatal, y/o
- una multa de hasta $2,500.
Si usted fue condenado previamente por:
- escucha ilegal, o
- ciertos otros delitos asociados con la invasión de la privacidad (incluyendo la interceptación telefónica, interceptar una llamada de celular y interceptar una llamada en un teléfono inalámbrico),
la multa máxima aumenta a $10,000.5
¿Es la escucha ilegal lo mismo que la interceptación telefónica?
No. El delito de interceptación telefónica ilegal en California (PC 631) está estrechamente relacionado con la escucha ilegal, pero son dos delitos diferentes.
La interceptación telefónica es el acto de interceptar y escuchar conversaciones telefónicas usando una máquina para “interceptar” la línea telefónica por la que se realizan. La escucha ilegal, por otro lado, es el acto de escuchar conversaciones (incluidas aquellas que no se realizan por teléfono) con la ayuda de un dispositivo electrónico que NO es una interceptación de una línea telefónica.6
La interceptación telefónica es diferente de la escucha ilegal.
Referencias legales
- Código Penal de California 632 PC.
- Ver nota 1. Véase, por ejemplo, People v. Nazary (Cal. App. 4th Dist. 2010), 191 Cal. App. 4th 727. Véase también Rojas v. HSBC Card Services Inc. (Cal. App. 2023) 93 Cal. App. 5th 860.
- Ver nota 1.
- Ver nota 1.
- Ver nota 1.
- PC 631.
- PC 69. PC 148. Véase también People v. Kruse (.
¿Existe una “ley de derecho a grabar” en California?
Sí. En 2015, el entonces gobernador de California Jerry Brown firmó el Proyecto de Ley del Senado 411 que aclaró que puede grabar legalmente a oficiales de policía en público o en cualquier otro lugar donde tenga derecho a estar. Esto incluye:
Esta Ley de Derecho a Grabar también establece que grabar a un oficial de paz no constituye una sospecha razonable para que la policía lo detenga. Tampoco constituye causa probable para que la policía lo arresté. Por ejemplo, simplemente grabar a un oficial de policía (PC 148g) no califica como resistencia al arresto u obstrucción a un oficial (PC 148).7
Delitos relacionados
California tiene una “ley de derecho a grabar.”
Lecturas adicionales