Código Penal § 647j PC establece el delito de invasión ilegal de la privacidad, que puede ocurrir por
- usar un dispositivo (como binoculares) para ver a alguien dentro de una habitación privada,
- fotografiar o grabar en secreto el cuerpo de una persona debajo de la ropa para la excitación sexual, o
- grabar o fotografiar en secreto a alguien en una habitación privada para ver el cuerpo de esa persona.
Una condena es un delito menor castigado con hasta 6 meses en la cárcel y una multa de hasta $1000.00.
Ejemplos
- observar a una mujer desvestirse en su habitación mientras usa un telescopio o periscopio para ver sus partes íntimas del cuerpo.
- grabar a alguien desvistiéndose en un probador / vestidor con un teléfono móvil o una videocámara.
- un mirón tomando fotografías de upskirt de mujeres en un centro comercial.
Nuestros abogados defensores penales de California responderán las siguientes preguntas en este artículo:
- 1. ¿Es un delito la invasión de la privacidad?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Existen consecuencias de inmigración?
- 5. ¿Puedo borrar una condena?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de posesión de armas?
- 7. ¿Existen remedios civiles para la invasión de la privacidad?
- 8. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Es un delito la invasión de la privacidad?
El Código Penal 647j PC establece que se puede invadir la privacidad de una persona de tres maneras. Estas son:
- violando PC 647j1, o, usando un dispositivo para mirar a alguien a través de un agujero o abertura,
- violando PC 647j2, o, usando una cámara oculta para mirar debajo o a través de la ropa de alguien, o
- violando PC 647j3, o, usando una cámara oculta para ver el cuerpo de una persona en una habitación privada.
Ten en cuenta que en todas estas situaciones:
- solo eres culpable si miras o grabas a alguien, y
- “la víctima” estaba en un lugar donde tenía una expectativa razonable de privacidad.
Los lugares o habitaciones comunes donde una persona tiene una expectativa razonable de privacidad incluyen:
- habitaciones,
- baños,
- probadores,
- vestidores,
- vestuarios,
- habitaciones de hotel,
- y lugares similares.
Un juez o jurado determinará si existía una expectativa razonable de privacidad analizando los hechos del caso.1
1.1. PC 647j1 – mirar a través de una abertura o agujero
Bajo PC 647j1, un fiscal debe probar lo siguiente para una condena por invasión de privacidad:
- usted miró a través de un agujero o abertura,
- al hacerlo, miró a una habitación y observó a alguien,
- esa persona tenía una expectativa razonable de privacidad mientras estaba en la habitación,
- usted usó un dispositivo (como binoculares) para ayudar en sus observaciones, y
- usted tenía la intención de invadir la privacidad de la persona que observó.2
1.2. PC 647j2 – mirar debajo o a través de la ropa de alguien
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarlo bajo PC 647j2:
- usted grabó en secreto o registró a alguien,
- grabó a alguien debajo o a través de su ropa,
- lo hizo para satisfacer sus deseos sexuales y para invadir la privacidad de la persona, y
- “la víctima” estaba en un lugar donde tenía una expectativa razonable de privacidad.3
1.3. PC 647j3 – ver el cuerpo de una persona en una habitación privada
Según PC 647j3, un fiscal debe probar lo siguiente para una condena por invasión de privacidad:
- usted usó un dispositivo de grabación de video en una habitación privada,
- lo hizo para fotografiar o grabar el cuerpo o la ropa interior de otra persona,
- lo hizo sin el consentimiento de la otra persona,
- la persona estaba en una habitación donde tenía una expectativa razonable de privacidad, y
- usted actuó con la intención de invadir la privacidad de esa persona.4
2. ¿Existen defensas legales?
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos como PC 647j. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados:
2.1. Usted no tenía la intención de invadir la privacidad de una persona
Todos los delitos bajo esta ley requieren que actúes con la intención de invadir la privacidad de una persona. Esto significa que siempre es una defensa demostrar que no tenías esta intención necesaria. Quizás, por ejemplo, estabas observando a una niña en un vestuario para ver si iba a robar algo.
2.2. La víctima no tenía una expectativa razonable de privacidad
Las leyes de invasión de privacidad establecen que solo eres culpable si “una víctima” estaba en un lugar con una expectativa razonable de privacidad. Por lo tanto, puedes intentar vencer un cargo demostrando que no había una expectativa razonable de privacidad en una habitación o lugar. Quizás, por ejemplo, una persona estaba vistiendo ropa reveladora en un lugar público concurrido.
2.3. La víctima dio su consentimiento
Siempre es una defensa demostrar que la supuesta “víctima” dio su consentimiento a tus:
- observaciones,
- grabaciones, o
- fotografías.
Ten en cuenta que este consentimiento puede ser dado expresamente. También puede ser dado implícitamente. Esto último ocurre cuando una persona se viste o se desviste en un lugar público.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
La invasión criminal de la privacidad es un delito menor en California.
El delito es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.5
Esta pena aumenta si:
- es tu segunda o posterior ofensa por invasión de privacidad, o
- la víctima era menor de edad en el momento del delito.6
En cualquiera de estos casos, el delito es castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $2,000.7
4. ¿Hay consecuencias de inmigración?
Una condena bajo estas leyes no tendrá consecuencias negativas de inmigración.
Algunos crímenes que involucran depravación moral en California pueden resultar en que un no ciudadano sea:
- deportado, o
- marcado como inadmisible.
Pero la invasión de la privacidad no es este tipo de crimen.
5. ¿Puedo borrar una condena?
Usted puede obtener una anulación de una condena por PC 647j.
El Código Penal 1203.4 PC dice que una anulación lo libera de muchas de las dificultades asociadas con una condena.
Usted tiene derecho a una anulación si completa con éxito:
- la libertad condicional, o
- su tiempo en la cárcel (lo que corresponda).
6. ¿Una condena afecta los derechos de armas?
Una condena bajo esta ley no afectará sus derechos de armas.
La ley de California dice que algunos crímenes (como los delitos graves) resultarán en que pierda su derecho a:
- poseer un arma, o
- tener un arma en su posesión.
Pero la invasión de la privacidad no es uno de estos crímenes.
7. ¿Existen remedios civiles para la invasión de la privacidad?
Una víctima no puede presentar una demanda en su contra que viole el Código Penal 647j. El Estado de California solo puede presentar cargos penales bajo esta ley.
Sin embargo, California tiene leyes civiles de invasión de la privacidad. Estas leyes incluyen demandas por “falsa luz” y casos que involucran la divulgación pública de hechos privados.
Si usted viola una de estas leyes y lesiona a otra parte, entonces esa parte lesionada puede presentar una demanda.
Si un demandante tiene éxito en estas acciones, pueden recuperar daños como:
- pérdida de reputación, vergüenza y sentimientos heridos,
- daño al comercio u ocupación del demandante, o
- pérdida de ingresos comerciales resultantes de la divulgación.
8. ¿Existen delitos relacionados?
Existen tres delitos relacionados con la invasión de la privacidad. Estos son:
- mirar mientras se merodea – PC 647i,
- ley federal de “voyeurismo de video” – Código 18 de EE. UU. 1801, y
- allanamiento de morada – PC 602.
Mirar mientras se merodea – PC 647i
El Código Penal 647i PC lo convierte en un delito:
- mirar por la puerta o ventana de cualquier estructura habitada, y
- hacerlo mientras se merodea en propiedad privada.
Tenga en cuenta que el Código Penal 647j no requiere demostrar que estaba merodeando.
Ley federal de “voyeurismo de video” – Código 18 de EE. UU. 1801
El Código 18 de EE. UU. 1801 convierte en un delito federal el capturar intencionalmente y a sabiendas:
- una imagen de las “áreas privadas” de una persona,
- hacerlo sin el consentimiento de la persona, y
- hacerlo cuando la “víctima” estaba en un lugar con una expectativa razonable de privacidad.
Al igual que el PC 647j, esta ley prohíbe las imágenes tomadas sin el consentimiento de la víctima.
Allanamiento de morada – PC 602
Según el Código Penal 602 PC, comete el delito de allanamiento de morada si:
- entra o permanece en la propiedad de otra persona, y
- lo hace sin permiso o sin derecho a hacerlo.
El allanamiento de morada ocurre independientemente de si también intentó observar o grabar a una persona.
Referencias Legales:
- In re M.H. (2016) 1 Cal.App.5th 699.
- Código Penal de California 647j1 PC.
- Código Penal de California 647j2 PC.
- Código Penal de California 647j3 PC.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 647l PC.
- Código Penal de California 647 l PC