El Código Penal § 647 (i) PC hace que sea un delito de falta para mirar dentro de una casa o edificio habitado mientras merodea, acecha o se pasea en la propiedad privada de otra persona. Una condena se castiga con hasta 6 meses de prisión y una multa de hasta $1000.00.
El delito se conoce comúnmente como
- mirar mientras merodea o
- mirar ilegalmente.
647 (i) PC establece que ” … [T]oda persona que cometa alguna de las siguientes acciones es culpable de conducta desordenada, una falta … (i) Quien, mientras merodea, acecha o se pasea en la propiedad privada de otra persona, en cualquier momento, mira por la puerta o ventana de cualquier edificio o estructura habitada, sin un negocio visible o legal con el propietario o ocupante “.
El delito se considera una forma de conducta desordenada en California y también se llama a veces “acechar“.
Ejemplos
- Tom se escabulle al patio trasero de su vecino. Mientras está en el patio, mira a través de la ventana del dormitorio y ve cómo sus vecinos hacen el amor.
- Carol sospecha que su compañera de trabajo Betty está durmiendo con el marido de Carol. Cuando Betty llama enferma un día, Carol camina alrededor de la casa de Betty y mira por cada ventana para ver si su marido está allí.
Penas por mirar mientras merodea
Este delito es una falta. Mirar ilegalmente se castiga con:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $1,000. 1 2 3
Como alternativa, el juez podría sentenciar al infractor a probación sumaria (informal).
Si se condena a la libertad condicional, el acusado servirá poco o ningún tiempo en la cárcel. Pero puede haber condiciones para la libertad condicional, como:
- Pago de restitución a la víctima,4 y
- Informes periódicos de “progreso” al juez.
Si el acusado viola las condiciones de la libertad condicional, el juez puede revocar la libertad condicional y condenar al acusado a la cárcel.5
Sin obligación de registrarse como delincuente sexual
La condena por “espiar” según el Código Penal 647 (i) NO requiere registro de delincuente sexual en California. El nombre del acusado no aparecerá en el sitio web de “Megan’s Law” de California.
Defensas legales contra los cargos de “Tom el Espía” en California
Las defensas legales contra los cargos de Tom el Espía en California incluyen demostrar que:
- El acusado no estaba en una propiedad privada;
- El acusado tenía un propósito legal para estar en la propiedad;
- El acusado no estaba merodeando; y/o
- El edificio en el que el acusado miraba no estaba habitado.
Para ayudarlo a entender mejor la ley, nuestros abogados de defensa penal de California discuten lo siguiente, a continuación:
- 1. ¿Cómo define la ley de California “espiar mientras se merodea”?
- 2. ¿Cuáles son las penas por el Código Penal 647 (i) PC?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas para este cargo?
- 4. ¿Hay delitos relacionados?

El Código Penal 647 (i) PC establece que es un delito mirar a través de un edificio habitado mientras se merodea en una propiedad privada.
1. ¿Cómo define la ley de California “mirar mientras se merodea”?
Alguien viola el Código Penal 647 (i), la ley “Tom peeping” de California, cuando:
- Demora, se queda, merodea o se pasea en la propiedad privada de otra persona;
- Sin un propósito legal para estar allí; y
- Mientras allí mira por la puerta o ventana de un edificio o estructura habitada en la propiedad.6
Un edificio o estructura es habitado si alguien lo usa como vivienda. No importa si alguien está dentro en el momento de la supuesta mirada.7
Tenga en cuenta que el Código Penal 647 (i) no es un delito que requiera “intención específica”. Esto significa que no importa por qué (o cuándo) el acusado decidió mirar por la ventana o puerta de alguien. El acusado puede ser condenado por PC 647 (i) incluso si no ingresó a la propiedad con la intención de merodear o mirar.
Ejemplo: Walter es un instalador de cable que está instalando cable en el condominio de Jennifer. Jennifer es muy atractiva. Así que después de que Walter termine el trabajo, se queda en el patio y mira por la ventana de su dormitorio.
Walter no entró originalmente a la propiedad con la intención de holgazanear o mirar por la ventana. Pero una vez que terminó el trabajo, ya no tenía un propósito legal para estar allí. Por lo tanto, al mirar por la ventana de una vivienda habitada, cometió el delito de mirar mientras holgazaneaba.
2. ¿Cuáles son las penas por el Código Penal 647 (i) PC?
2.1. Multa por delito menor y / o tiempo de prisión
La mirada ilegal bajo esta sección es un delito menor. 9 Se castiga con:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y / o
- Una multa de hasta $ 1,000. 10
2.2. Libertad condicional informal (resumen)
Un acusado de mirar ilegalmente en California de “bajo riesgo” puede ser sentenciado a libertad condicional por delito menor en lugar de tiempo de prisión. 11 La libertad condicional por delito menor también se conoce como “libertad condicional informal” o “libertad condicional resumida”.
Si se condena a la libertad condicional, el acusado probablemente cumplirá poco o ningún tiempo de prisión.
Pero el juez puede imponer varias condiciones a la libertad condicional. Si el acusado no las sigue, el juez puede revocar la libertad condicional y enviar al acusado a la cárcel. 12
Las condiciones de la libertad condicional pueden incluir (pero no se limitan a):
- Pagar una indemnización a la víctima, 13
- Mantenerse alejado de la víctima, y
- Comparecer en el tribunal para informes de progreso periódicos.
¿Quién califica para la libertad condicional por delito menor?
No todos los acusados califican para la libertad condicional por delito menor. La elegibilidad depende de:
- Las circunstancias del delito, y
- El historial criminal del acusado, si lo hay. 14
Las personas que generalmente no tienen derecho a la libertad condicional incluyen (sin limitación):
- Cualquier persona con dos o más condenas anteriores por delitos graves;
- Cualquier persona con una condena anterior por delito grave durante la cual el acusado estaba armado; o
- Cualquier persona con una condena anterior por un delito grave como violación, secuestro o asesinato. 15
2.3. No hay registro de delincuentes sexuales de California
Una condena por “Tom, el mirón” no requiere que el acusado se registre como delincuente sexual de California. Por lo tanto, alguien que es condenado por el Código Penal 647 (i) no tendrá su nombre publicado en el sitio web de la “Ley de Megan” de California.
Esto también se aplica si el acusado se declaró culpable o “sin contienda” (nolo contendere) a los cargos.
3. ¿Cuáles son las mejores defensas para esta acusación?
Para probar que un acusado es culpable de mirar bajo el PC 647 (i), el fiscal debe probar cada “elemento del delito”. Si incluso un elemento no se puede probar, el acusado debe ser declarado “no culpable”.
Por lo tanto, las defensas legales para los cargos de mirar mientras se divaga a menudo incluyen mostrar que:
-
El acusado no miró a una puerta o ventana.
Ejemplo: Billy se quedó detrás de algunos arbustos fuera de la ventana de otra persona para esconderse de un matón del vecindario. La única mirada que hizo fue mirar desde los arbustos para ver si el matón se había ido.
-
El acusado no estaba en una propiedad privada.
Ejemplo: Molly miró a través de la ventana del primer piso de un apartamento desde la acera pública fuera del edificio.
-
El acusado no se divagaba.
Ejemplo: Carly cruzó el césped de alguien como un atajo en su camino al trabajo. Mientras pasaba por una ventana, ella miró dentro por curiosidad. Luego continuó su camino.
Como Carly no se detuvo, no se divagaba. Y porque no se divagaba, no era culpable de mirar mientras se divaga.
-
El acusado tenía un propósito legal para estar en la propiedad.
Ejemplo: Julius es un reparador de teléfonos. Mientras estaba dentro de un edificio de apartamentos trabajando en una línea, miró dentro de una ventana abierta.
Julio tenía un propósito legal para estar en la propiedad. Por lo tanto, no estaba mirando mientras estaba holgazaneando.
-
El edificio en el que el acusado miró no estaba habitado.
Ejemplo: Carl es un sin techo. Miró por la ventana de un edificio comercial abandonado para ver si era adecuado para “acampar”. Debido a que el edificio no estaba habitado, Carl no es culpable según el PC 647 (i).
4. ¿Hay delitos relacionados?
4.1. Código Penal de California 647 (j) PC – invasión de la privacidad
El código penal 647 (j) es la ley criminal de “invasión de la privacidad” de California. Esta sección hace que sea un delito:
- Mirar a través de un agujero en un baño, vestidor u área similar con la intención de invadir la privacidad de alguien;16, o
- Usar una cámara para mirar el cuerpo de alguien debajo o a través de la ropa (una violación llamada “upskirt”).17
La invasión de la privacidad según el Código Penal 647 (j) es un delito menor.18 La posible pena puede incluir:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta $1,000.19
Penas aumentadas por delitos posteriores o víctimas menores de edad
Sin embargo, la pena aumenta si:
- Es el segundo o posterior delito del acusado bajo el PC 647 (j),20 o
- La víctima era menor de edad en el momento del delito.21
En cualquiera de los casos, la pena por invasión de la privacidad puede incluir:
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $2,000.22
4.2. Ley federal de video voyeurismo – 18 USC 1801
La ley federal de “video voyeurismo”, 18 USC 1801, prohíbe la invasión de la privacidad en un territorio de propiedad federal. Según el 18 USC 1801, es un delito saber e intencionalmente:
- Capturar una imagen de la(s) “área(s) privada(s)” de un individuo,
- Sin el consentimiento de la persona, y
- En circunstancias en las que esa persona tenga una expectativa razonable de privacidad.23
Ejemplo: Mientras esperaba un vuelo en El Aeropuerto Internacional de Los Ángeles (LAX), Burt tomó una foto “de arriba” de una joven con su teléfono. Él es culpable de “videovigilancia” bajo el 18 USC 1801.
Los territorios federalmente propiedad incluyen (pero no se limitan a):
- Aeropuertos operados por el gobierno,
- Parques nacionales,
- Oficinas de correos,
- Tribunales federales, y
- Edificios de la Administración de Veteranos.
La violación del 18 USC 1801 es castigable con:
- Una multa de hasta $100,000, y/o
- Hasta un año en prisión federal.24
Para obtener ayuda adicional…

Si se le ha acusado de “mirón” bajo el Código Penal 647(i), le invitamos a que nos contacte para una consulta gratuita.
Tenemos oficinas locales en Los Ángeles, el Valle de San Fernando, Pasadena, Long Beach, el Condado de Orange, Ventura, San Bernardino, Rancho Cucamonga, Riverside, San Diego, Sacramento, Oakland, San Francisco, San José y en toda California.
También tenemos oficinas en Las Vegas y Reno que pueden ayudar si se le acusó de “mirar, espiar o espiar dentro de una vivienda” en Nevada (NRS 200.603).
Referencias legales:
- Código Penal de California 647 (i)
- Igual.
- Código Penal 19 PC: “Excepto en los casos en que una pena diferente sea prescrita por cualquier ley de este estado, toda ofensa declarada como delito menor será castigada con prisión en la cárcel del condado no excediendo de seis meses, o con una multa no excediendo de mil dólares ($1,000), o con ambas.”
- Código Penal 1203 (b) (2) (D),
- Código Penal 1203.3 PC.
- Instrucciones de Jurado de Delitos de California (CALCRIM) 2916. Merodear: Espiar.
- Igual. Ver también Código Penal 459, ley de robo de California.
- In re Joshua M. (2001) 91 Cal.App.4th 743.
- Ver nota al pie 1.
- Código Penal de California 19, nota al pie 3.
- Código Penal 1203 PC.
- Código Penal 1203.3, nota al pie 5.
- Código Penal 1203 (b) (2) (D).
- Código Penal 1203 (b) (1)
- Código Penal 1203 (e).
- Código Penal 647 (j) (1).
- Código Penal 647 (j) (2).
- Ver nota al pie 1.
- Ver el mismo. Ver también Código Penal 19, nota al pie 3.
- Código Penal 647 (l) (1).
- Código Penal 647 (l) (2).
- Código Penal 647 (l) (1) y (2).
- 18 Código de los Estados Unidos 1801 (a).
- Igual.