(Vehicle Code 23152(f) VC)
Si ha sido lesionado por un conductor ebrio o intoxicado, tiene el derecho de demandar por daños y perjuicios. El perpetrador no necesita ser condenado por un DUI antes de que se pueda presentar una demanda civil.
Los posibles demandantes incluyen pasajeros en el vehículo del conductor DUI, ocupantes de otros vehículos y peatones.
Simplemente necesita probar que el conductor fue negligente según la ley de California. Un conductor es negligente cuando:
- No utiliza el cuidado razonable para evitar daños a otros, o
- Es negligente “per se” al violar una ley, como:
- Código de Vehículos 23152(a), conducir bajo la influencia,
- Código de Vehículos 23612(a), negarse a tomar una prueba química de DUI, o
- Conducir con una concentración de alcohol en sangre (“BAC”) superior al “límite legal” de California establecido en la tabla a continuación:
Tipo de conductor (Código de Vehículos de CA §) | Límite legal de BAC de CA |
Adulto – vehículo no comercial
(Código de Vehículos 23152(b) VC); |
.08% |
Conductor menor de 21 años – DUI “per se”
(Código de Vehículos 23140 VC) |
.05% |
Conductor menor de 21 años – “tolerancia cero”
(Código de Vehículos 23136 VC) |
.01%1 |
Vehículo comercial
(Código de Vehículos 23152(d) VC) |
.04% |
Conductores de Uber, Lyft o taxis
(Código de Vehículos 23152(f) VC) |
.04% |
(Código de Vehículos 23152 (e) VC)
Daños que puede recuperar al ser golpeado por un conductor intoxicado pueden incluir:
- Gastos médicos,
- Gastos de reparación del automóvil,
- Salarios perdidos,
- Capacidad de ingresos perdidos,
- Dolor y sufrimiento, y
- Daños punitivos.
Las familias de las personas que son lesionadas o muertas por conductores ebrios también pueden recuperar daños en una demanda por:
Para ayudarlo a comprender mejor las demandas contra conductores de DUI, nuestros abogados de lesiones personales de California discuten a continuación:
- 1. ¿Cuándo puedo demandar a un conductor ebrio en California?
- 2. ¿Cuándo es un conductor negligente según la ley de California?
- 3. ¿Cuáles son las leyes de DUI aplicables en California?
- 3.1. Conducir bajo la influencia – Código de Vehículos 23152(a), (f) y (g)
- 3.2. DUI “per se” para conductores adultos – Código de Vehículos 23152(b)
- 3.3. BAC excesivo para CDL – Código de Vehículos 23152(d)
- 3.4. DUI por conductores de transporte compartido, taxis o limusinas – Sección 23152 (e) del Código de Vehículos
- 3.5. DUI para menores de edad – Código de Vehículos 23136
- 3.6. Ley de “tolerancia cero” para conductores menores de edad – Código de Vehículos 23136
- 3.7. Conducir bajo la influencia de una droga – Código de Vehículos 23152(c)
- 3.8. Negativa a realizar una prueba química – Código de Vehículos 23612(a)
- 3.9. Reglamentos federales de seguridad para transportistas de motor
- 4. ¿Debe el accidente ser causado por el consumo de alcohol o drogas?
- 5. ¿Es necesario que el acusado sea condenado?
- 6. ¿Qué daños son recuperables en una demanda contra un conductor DUI?
- 7. ¿Pueden las familias de las personas lesionadas demandar a un conductor DUI?
- 8. ¿Qué sucede si yo también soy responsable de un accidente con un conductor DUI?
- 9. ¿Cubre el seguro a los conductores DUI?
- 10. ¿Qué debo hacer si soy golpeado por un conductor ebrio?
1. ¿Cuándo puedo demandar a un conductor ebrio en California?
California le permite demandar por daños cuando es lesionado por un conductor ebrio o drogado.
Un conductor es considerado intoxicado cuando el alcohol y/o las drogas afectan su capacidad para operar un vehículo de manera segura.
Usted como la parte lesionada (el demandante) deberá demostrar que:
- El acusado fue negligente, y
- Como resultado de la negligencia, usted sufrió daños.2
Tenga en cuenta que las demandas por DUI son muy comunes en California debido a que hay tantos arrestos por DUI. Solo en 2019, hubo
- 27,333 lesiones en accidentes relacionados con el alcohol;
- 1,187 muertes en accidentes relacionados con el alcohol;
- 2,998 lesiones en accidentes relacionados con drogas; y
- 798 muertes en accidentes relacionados con drogas.3
2. ¿Cuándo es un conductor negligente según la ley de California?
Los conductores tienen un “deber de cuidado” hacia otros conductores y peatones. La falta de usar un cuidado razonable para prevenir daños a otros al conducir se considera “negligencia.”4
Un conductor también puede ser considerado “negligente per se” según la ley de California. “Per se” es una frase en latín que significa “por sí mismo”.
La negligencia “per se” ocurre cuando un acusado viola una ley o estatuto destinado a proteger a otros conductores y peatones. En otras palabras, la violación de un estatuto es, en sí misma, prueba de negligencia.
2.1. La ley de “negligencia per se” de California
Bajo la ley de negligencia “per se” de California, se presume que un acusado es negligente si:
- Violan una ley, estatuto u ordenanza, y
- Como resultado de dicha violación causan una lesión.5
Una vez que se presenta evidencia de negligencia per se, la carga de la prueba se traslada al acusado para demostrar que:
- No violaron el estatuto, o
- La violación del estatuto no causó su lesión.6
Ejemplo: Fred es un conductor de camión de larga distancia que accidentalmente mata a un peatón. La familia de la víctima presenta una demanda por muerte injusta en California basada en negligencia per se porque se encontró marihuana en su orina.7
Sin embargo, el jurado determina que la habilidad de conducción de Fred no estaba afectada, y que la marihuana no fue un factor sustancial en el accidente. Como resultado, Fred no es responsable por daños8
3. ¿Cuáles son las leyes de DUI aplicables en California?
California tiene varias leyes relacionadas con la conducción y el consumo de alcohol o drogas. Algunas de las más comunes son:
3.1. Conducir bajo la influencia – Código de Vehículos 23152(a), (f) y (g)
La ley básica de DUI de California se establece en el Código de Vehículos 23152 VC. Según el VC 23152(a), es un delito operar un vehículo motorizado mientras se está “bajo la influencia” del alcohol y/o drogas.
Un conductor está “bajo la influencia” si sus habilidades físicas o mentales están afectadas al punto de que ya no pueden conducir tan bien como una persona sobria y cautelosa.9
3.2. DUI “per se” para conductores adultos – Código de Vehículos 23152(b)
El Código de Vehículos 23152(b) hace que sea un delito para cualquier persona mayor de 21 años conducir con una concentración de alcohol en la sangre (“BAC”) de 0.08% o más.
El BAC se mide mediante una prueba química de DUI – generalmente una prueba de aliento de DUI o una prueba de sangre de DUI – tomada en el momento de un arresto.10
Si se sospecha el uso de drogas, el conductor generalmente deberá someterse a una prueba de sangre.11
3.3. Exceso de BAC CDL – Código de Vehículos 23152(d)
El Código de Vehículos 23152(d) hace que sea un delito conducir un vehículo comercial con un BAC de .04% o más.
Este delito a veces se conoce como “Exceso de BAC CDL”.
Los conductores comerciales que conducen entre estados también están sujetos a leyes federales de seguridad de transportistas, como se discute en subsección 3.9, a continuación.
3.4. DUI de conductores de viajes compartidos, taxis o limusinas – Código de Vehículos Sección 23152 (e)
Es ilegal que cualquier persona conduzca con un BAC de 0.04% o más cuando un pasajero de alquiler está en el vehículo.
“Pasajero de alquiler” significa cualquier persona que esté pagando por los servicios del conductor. Esto incluye conductores de servicios de viajes compartidos como Uber o Lyft así como conductores de taxis y limusinas.12
3.5. DUI de menores – Código de Vehículos 23136
El Código de Vehículos 23140 hace que sea un delito para un conductor menor de 21 años conducir con un BAC de .05% o más.
Un conductor menor de edad con un BAC de .05% o más se considera demasiado borracho para conducir, incluso si no está realmente impedido.
3.6. Ley de “tolerancia cero” para conductores menores de edad – Código de Vehículos 23136
California también tiene una ley de “tolerancia cero” para conductores menores de edad. Según el Código de Vehículos 23136, es una infracción para un conductor menor de edad tener un BAC de .01% o más mientras está al volante.
Aunque esto técnicamente no es un DUI, es una violación de la ley. Por lo tanto, si un conductor menor de edad da positivo por cualquier cantidad de alcohol, se considerará negligente per se si es demandado en una demanda civil.
Sin embargo, todavía deberá demostrar que el accidente fue causado por la discapacidad del acusado. Puede ser difícil hacerlo si la única ley violada fue la VC 23136.
3.7. Conducir bajo la influencia de drogas – Código de Vehículos 23152(c)
El Código de Vehículos de California 23152(c) hace ilegal que una persona que esté adicta al uso de cualquier droga conduzca un vehículo. Esto incluye medicamentos recetados y de venta libre.13
Hay una excepción para las personas que participan en un programa de tratamiento de narcóticos aprobado por la corte para la dependencia de opioides.
En tal caso, el uso de una sustancia como Metadona, LAAM o Buprenorfina no constituye una violación del Código de Vehículos 23152(c).14 (Sin embargo, un conductor bajo la influencia de estas sustancias aún puede ser negligente por otras razones).
3.8. Negativa a realizar una prueba química – Código de Vehículos 23612(a)
El Código de Vehículos de California 23612 VC establece la ley de “consentimiento implícito” de California. Indica que al conducir en California, los conductores dan su consentimiento a una prueba química si son arrestados legalmente por sospecha de DUI.
Negarse a realizar una prueba química es una violación del VC 23612. Por lo tanto, un conductor que se niega a realizar una prueba de aliento o sangre puede ser considerado “negligente” per se.
El jurado puede concluir que una negativa a realizar una prueba significa que el acusado estaba ebrio.15
3.9. Regulaciones federales de seguridad para transportistas
La ley federal prohíbe a los conductores interestatales de vehículos comerciales conducir bajo la influencia.16
Entre otras prohibiciones, a un conductor comercial se le prohíbe conducir:
- Con un BAC de .04% o más, o
- Excepto en circunstancias limitadas, mientras realiza funciones sensibles a la seguridad con una sustancia controlada en su sistema.17
3.10. Responsabilidad de anfitriones sociales y bares
En California, la ley proporciona inmunidad a los anfitriones sociales y establecimientos de responsabilidad legal por cualquier daño causado por servir alcohol a un individuo. Sin embargo, si un menor visiblemente ebrio es servido por un individuo o negocio y posteriormente causa un accidente que resulta en lesiones, la parte responsable de servir el alcohol puede ser considerada responsable por los daños incurridos.18
4. ¿Debe el accidente ser causado por el consumo de alcohol o drogas?
Independientemente de qué estatuto de DUI haya violado el acusado, aún debe demostrar que la violación causó su lesión.
Como abogado de lesiones personales en Los Ángeles, Neil Shouse19 explica:
“Si el consumo de alcohol o drogas del acusado causó sus lesiones, es una cuestión de hecho que el jurado debe decidir. Mi trabajo como abogado de lesiones de California es conectar los puntos para que el acusado pueda ser responsabilizado.”20
5. ¿Es necesario que el acusado sea declarado culpable?
No es necesario que el acusado sea declarado culpable del delito de DUI como requisito previo para demandar por daños en California. Esto se debe a que las leyes penales y de responsabilidad civil de California tienen diferentes propósitos y cargas de prueba diferentes.
Las leyes penales de DUI existen para castigar a los conductores ebrios y disuadir a otros de conducir bajo la influencia. La culpabilidad debe ser establecida “más allá de una duda razonable” y todos los 12 miembros del jurado deben estar de acuerdo.
Sin embargo, la responsabilidad civil existe para compensar a las víctimas de actos ilícitos. La responsabilidad solo debe ser establecida por “preponderancia de la evidencia”.
“Preponderancia de la evidencia” en una demanda por DUI significa que es “más probable que no” que el acusado haya conducido bajo la influencia y le haya causado lesiones. Además, solo se necesitan nueve de los 12 miembros del jurado para estar de acuerdo.
5.1. ¿Es una condena por DUI prueba de negligencia?
Una condena por DUI es suficiente para probar que el acusado fue negligente per se. Esto se debe a que la violación de un estatuto constituye negligencia per se bajo la ley de California.
Por lo tanto, incluso si el acusado evita la cárcel al declararse culpable de una “negligencia seca” de California u otra violación del código de vehículos, seguirá siendo negligencia per se.
(Tenga en cuenta que no funciona al revés. Ser encontrado responsable en una demanda civil por DUI no establece la culpabilidad bajo las leyes penales de DUI de California).
Aunque el acusado tiene el derecho de presentar pruebas que demuestren que su discapacidad no causó sus daños. Tales pruebas pueden incluir (pero no se limitan a) lo siguiente:
- El accidente no fue causado por la discapacidad del acusado, o
- Sus lesiones no resultaron del accidente.
6. ¿Qué daños se pueden recuperar en una demanda contra un conductor ebrio?
Los daños compensatorios que se pueden recuperar en un acuerdo con un conductor ebrio incluyen (pero no se limitan a):
- Gastos médicos,
- Consejería psicológica,
- Cuidado a largo o corto plazo,
- Rehabilitación física u ocupacional,
- Pérdida de salarios,
- Pérdida de capacidad de ganancias,
- Gastos de reparación del automóvil,
- Dolor y sufrimiento,
- Pérdida del disfrute de la vida y/o
- Cicatrices, desfiguración y/o pérdida de un miembro o el uso de un miembro u otra parte del cuerpo.
En cada caso, deberá demostrar que:
- Sufrió tales daños, y
- Los daños resultaron de la negligencia del otro conductor.21
6.1. ¿Se pueden recuperar daños punitivos contra un conductor ebrio?
La ley de California permite la recuperación de daños punitivos cuando se resulta herido por un conductor ebrio.22
Para recuperar daños punitivos en California, debe demostrar por pruebas claras y convincentes que el acusado fue culpable de:
- Opresión,
- Fraude, o
- Malicia.23
La malicia es lo que generalmente se aplica en un caso de conducir ebrio. En este contexto, “malicia” no significa intención malvada o mala.
Más bien, Código Civil de California 3294(c)(a) establece:
“Malicia” significa conducta que el acusado tiene la intención de causar daño al demandante o conducta despreciable que el acusado lleva a cabo con un desprecio consciente y deliberado de los derechos o la seguridad de los demás.
6.1.1. ¿Cuándo constituye la conducción en estado de ebriedad malicia?
Para justificar una indemnización por daños punitivos bajo la prueba de “malicia“, debe establecer que:
- El acusado era consciente de las probables consecuencias peligrosas de su conducta, y
- Deliberadamente y con conocimiento no evitó esas consecuencias.24
El Tribunal Supremo de California ha determinado que esta prueba se cumple cuando:
- Alguien consume voluntariamente bebidas alcohólicas y/o drogas hasta el punto de intoxicación, y
- Esa persona sabe que debe operar un vehículo motorizado después.25
7. ¿Pueden las familias de las personas lesionadas demandar a un conductor en estado de ebriedad?
Las familias de las personas que son atropelladas por conductores en estado de ebriedad pueden ser capaces de recuperar daños en una demanda. Posibles bases para la recuperación incluyen:
- Pérdida de consorcio,
- Muerte por negligencia, o
- Una acción de “supervivencia” de California.
Todas estas causas de acción surgen de la pérdida de compañía y apoyo financiero de un ser querido.
En muchos casos, se pueden recuperar daños punitivos cuando un miembro de la familia es atropellado por un conductor en estado de ebriedad.
8. ¿Qué pasa si yo también tuve la culpa en un accidente con un conductor en estado de ebriedad?
Solo porque otro conductor estaba en estado de ebriedad, no necesariamente significa que él o ella eran 100% responsables de un accidente.
California sigue un estándar de “culpa comparativa” de negligencia. También conocido como “negligencia comparativa” o “culpa compartida”, permite a un jurado repartir la culpa por un accidente entre dos o más partes.26
A diferencia de algunos estados (como Nevada), California no requiere que el acusado sea responsable en un 50% o más por una lesión. Puedes demandar incluso si el acusado solo tuvo una pequeña culpa.
Ejemplo: Beth y Art se demandan mutuamente después de un accidente de auto. Un jurado decide que el nivel ligeramente alto de alcohol en la sangre de Beth no fue la razón por la que pasó por el alto. Encuentran que el hecho de que Art estuviera enviando mensajes de texto mientras conducía fue la principal razón del accidente. Le atribuyen la culpa en un 30% a Beth y en un 70% a Art.
9. ¿El seguro cubre a los conductores bajo la influencia del alcohol?
La mayoría de las pólizas de seguro de auto en California pagarán daños compensatorios cuando un asegurado lesiona a alguien mientras conduce bajo la influencia del alcohol. Esto significa que los daños compensatorios (como facturas médicas) pueden ser recuperados bajo:
- El seguro de responsabilidad civil de terceros del conductor bajo la influencia del alcohol (hasta los límites de la póliza), o
- Tu propia póliza de motorista sin seguro / con seguro insuficiente
Sin embargo, es posible que tengas que demandar al acusado directamente si:
- No hay seguro que cubra el accidente, o
- Los límites de la póliza agregados de todas las pólizas aplicables no cubren tus daños.
9.1. ¿El seguro cubre daños punitivos?
La política pública de California prohíbe el pago de premios por daños punitivos por parte de una aseguradora.27
Por lo tanto, si se otorgan daños punitivos, tendrás que intentar recuperarlos directamente del acusado. Esto puede resultar imposible si el acusado no tiene activos o si tiene muy poco para cubrir el premio completo.
Aunque las compañías de seguros seguirán pagando por daños compensatorios como facturas médicas y reparaciones de automóviles.
Un abogado experimentado en accidentes automovilísticos en California puede analizar tu caso y los activos del acusado y ayudarte a determinar si vale la pena presentar una demanda.
También puedes recuperar hasta $12,500 en daños en un tribunal de reclamos menores de California.
10. ¿Qué debo hacer si soy golpeado por un conductor ebrio?
Si eres golpeado por un conductor intoxicado en California, debes llamar a la policía, si es posible. Un informe policial y una prueba química (si se realizó una) son la mejor manera de demostrar que alguien estaba operando un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol o las drogas.
Independientemente de si el conductor estaba borracho, hay 15 pasos que todos deben seguir después de un accidente de auto en California. Estos incluyen obtener información del otro conductor, incluyendo:
- Nombre,
- Número de licencia de conducir,
- Número de placa,
- Número de identificación del vehículo (VIN),
- Nombre y número de teléfono de la compañía de seguros, y
- Número de póliza de seguro.
También son extremadamente útiles fotos o videos de los vehículos y el lugar del accidente. Si hay un envase abierto en el vehículo del otro conductor, trate de fotografiarlo también.
También recoja la información de contacto de los testigos presenciales para que su abogado pueda pedirles declaraciones de testigos. Tal vez uno de ellos vio al otro conductor zigzagueando o tratando de evitar la culpa cambiando de asiento con un pasajero después del accidente.
También es una buena idea anotar todo lo que pueda recordar sobre el accidente tan pronto como sea posible después del mismo. También consulte a un abogado sobre cómo preservar cualquier evidencia física.
Esta información será necesaria para hacer una reclamación de seguro o presentar una demanda.
Referencias legales:
- Tenga en cuenta que California tiene dos leyes que se aplican a conductores menores de edad que beben y conducen. La violación de cualquiera de ellas puede constituir “negligencia per se”. Pero el demandante aún tendrá que demostrar que la bebida del demandado causó el accidente. Esto es más fácil de hacer si el demandado estaba conduciendo bajo la influencia con un BAC del 0,05% o más alto que simplemente violando la política de “tolerancia cero” de California para beber y conducir menores de edad.
- Código de Vehículos de California 23152 VC; Código de Vehículos 23153; Código de Vehículos 312. Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 400. Negligencia – Elementos Fácticos Esenciales.
- 2021: Informe Anual del Sistema de Información de Gestión de DUI de California, DMV de California (2022).
- Igual. Vea también Código Civil 1714(a); CACI 700. Estándar Básico de Cuidado; Bewley v. Riggs (1968) 262 Cal.App.2d 188.
- Código de Evidencia 669. Vea también CACI 418; Spriesterbach v. Holland (2013) 215 Cal.App.4th 255.
- Toste v. Calportland Construction (2016) 245 Cal.App.4th 362.
- 49 C.F.R. § 382.213; Código de Vehículos 23152(f).
- Datos basados en Toste, nota al pie 6.
- Código de Vehículos 23152 y 23153; CACI 709.
- Ver Código de Vehículos 23154.
- Código de Vehículos 23612(a)(2)(C).
- Código de Vehículos 23152(e). Ver también Código de Servicios Públicos 5431.
- Ver Código de Vehículos 312, nota al pie 2.
- Código de Vehículos 23152(c); Ver también, Código de Salud y Seguridad 11875.
- Ver Código de Vehículos 23612(a)(4).
- 49 CFR Parte 382, Subparte B – Prohibiciones.
- 49 CFR 382.201 – Concentración de alcohol. 49 CFR 382.213 – Uso de sustancias controladas.
- Código Civil de California 1714.
- Un ex fiscal de distrito, el abogado de lesiones personales de California Neil Shouse, graduado de Harvard, fundó y dirige el Shouse Law Group. Ha sido nombrado uno de los 100 mejores abogados civiles del país por la Asociación Nacional de Abogados Litigantes.
- Ver Pittman v. Boiven (1967) 249 Cal.App.2d 207; Hyatt v. Sierra Boat Co. (1978) 79 Cal.App.3d 325.
- CACI 400, nota al pie 3.
- Taylor v. Superior Court (1979) 24 Cal.3d 890.
- Código Civil 3294(a).
- G. D. Searle (1975) 49 Cal.App.3d 22.
- Taylor, nota al pie 22.
- CACI 405. Culpa comparativa del demandante.
- Peterson v. Superior Court (1982) 31 Cal.3d 147.