Las leyes de fuegos artificiales de California dividen los fuegos artificiales en dos categorías: fuegos artificiales peligrosos y fuegos artificiales “seguros y sensatos”.
Los fuegos artificiales peligrosos siempre son ilegales excepto para su uso por un operador con licencia. Los fuegos artificiales seguros y sensatos pueden ser vendidos por minoristas con licencia desde el 28 de junio hasta el 6 de julio de cada año, y pueden ser usados por el público pero sujetos a ciertas limitaciones.
Los fuegos artificiales “peligrosos” incluyen artículos grandes como cohetes y bengalas mayores de diez pulgadas de longitud o un cuarto de pulgada de diámetro. 1
Los fuegos artificiales “seguros y sensatos” incluyen artículos pequeños como fuentes, giradores y petardos. La Oficina del Jefe de Bomberos del Estado de California publica en su sitio web una lista de fuegos artificiales que cumplen con esta definición.
¿Qué fuegos artificiales están prohibidos en California?
Los fuegos artificiales peligrosos son siempre ilegales en California excepto cuando son usados por alguien con una licencia especial para exhibiciones. Estas licencias generalmente se emiten solo a operadores pirotécnicos que realizan exhibiciones del Cuatro de Julio y otras festividades.2
Fuegos artificiales que son legales en California
Sujeto a restricciones locales, los fuegos artificiales seguros y sensatos pueden ser vendidos, comprados y usados por el público en general. Aunque solo los minoristas con licencia pueden venderlos y solo pueden hacerlo desde el 28 de junio hasta el 6 de julio de cada año.3
¿Es legal dar fuegos artificiales a un menor en California?
Es ilegal vender o dar fuegos artificiales peligrosos a cualquier persona menor de dieciocho (18) años. También es ilegal vender o dar fuegos artificiales “seguros y sensatos” a cualquier persona menor de dieciséis (16) años.4
Alguien que haga cualquiera de estas cosas puede ser acusado del delito menor en California de proporcionar fuegos artificiales peligrosos a un menor.
Ejemplos de uso ilegal de fuegos artificiales
Ejemplos de usos que violan las leyes de fuegos artificiales ilegales de California incluyen:
- Un hombre obtiene algunos fuegos artificiales peligrosos de un amigo que tiene una licencia para exhibiciones pero tiene algunos cohetes extra que quiere regalar.
- Una dueña de tienda tiene algunos fuegos artificiales “seguros y sensatos” en su inventario después del Cuatro de Julio, por lo que los vende para usarlos en la víspera de Año Nuevo.
- Un empleado de una tienda de fiestas vende a un niño de 14 años algunos fuegos artificiales “seguros y sensatos” para usar en el Cuatro de Julio.
Penalizaciones por fuegos artificiales ilegales en California
La mayoría de las violaciones a las leyes de fuegos artificiales de California son delitos menores. Las penalizaciones pueden incluir:
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta mil dólares ($1,000).
Pero la posesión de grandes cantidades de fuegos artificiales peligrosos puede ser acusada como un delito grave en California. El castigo por una violación de fuegos artificiales grave puede incluir:
- Hasta tres (3) años en prisión estatal de California, y
- Multas de hasta cincuenta mil dólares ($50,000).5
Para ayudarle a entender mejor las leyes de fuegos artificiales de California, nuestros abogados de defensa criminal en California discuten lo siguiente, a continuación:
- 1. ¿Qué fuegos artificiales son legales en California?
- 2. ¿Cuáles son las principales leyes de fuegos artificiales de California?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas para alegar en la corte?
- 4. ¿Puede una persona ir a la cárcel por violaciones de fuegos artificiales?
- 5. Delitos relacionados
- Recursos adicionales
California tiene reglas separadas para fuegos artificiales “peligrosos” y fuegos artificiales “seguros y sensatos”.
1. ¿Qué fuegos artificiales son legales en California?
Las leyes de fuegos artificiales de California dividen los fuegos artificiales en dos categorías:
- fuegos artificiales “peligrosos”, y
- fuegos artificiales “seguros y sensatos”.
Los fuegos artificiales peligrosos generalmente pueden ser poseídos y usados únicamente por personas con una licencia especial para exhibiciones.
Los fuegos artificiales seguros y sensatos pueden ser comprados y usados por el público en general si están permitidos por los códigos locales de bomberos y sujetos a estrictas restricciones.
Muchas jurisdicciones prohíben el uso de fuegos artificiales
Muchas jurisdicciones locales —especialmente en áreas urbanas— prohíben el uso de cualquier (o casi cualquier) fuego artificial dentro de sus límites.
Por ejemplo, TODOS los fuegos artificiales excepto los pequeños “petardos” y “popper de fiesta” son ilegales en áreas no incorporadas del condado de Los Ángeles. Otros artículos solo pueden ser usados por personas con un permiso válido para exhibiciones. (Ver Código de Bomberos de Los Ángeles, Título 32, Sección 5601.3).
Se recomienda a las personas consultar con su departamento local de bomberos antes de comprar o usar fuegos artificiales, especialmente si el clima ha estado muy seco.
Esta información puede cambiar rápidamente, por lo que se aconseja verificar inmediatamente antes de usar.
Significado de “fuegos artificiales” según la ley de California
Los fuegos artificiales incluyen (pero no se limitan a) dispositivos designados por el fabricante como
- fuegos artificiales,
- torpedos,
- cohetes,
- velas romanas,
- cohetes,
- bombas daygo,
- bengalas,
- popper de fiesta,
- tapones de papel,
- perseguidores,
- fuentes,
- chispas de humo,
- bombas aéreas, y
- kits de fuegos artificiales.7
El término ‘kits de fuegos artificiales’ está definido en el Código de Salud y Seguridad de California 12512. Se refiere a:
“cualquier conjunto de materiales o sustancias explosivas que está diseñado e intencionado por el vendedor para ser ensamblado por la persona que recibe dicho material o sustancia explosiva y, cuando se ensambla, entra dentro de la definición de fuegos artificiales.”8
¿Qué son los fuegos artificiales “peligrosos” y “exentos”?
El Código de Salud y Seguridad de California 12505 HS enumera los fuegos artificiales “peligrosos”. En pocas palabras, comprar y/o usar fuegos artificiales peligrosos es siempre ilegal excepto para alguien con una “licencia especial para exhibiciones”.9
Ejemplos de fuegos artificiales “peligrosos” incluyen:
- fuegos artificiales que contienen sulfuro de arsénico o arsenitos, la mayoría de los cloratos, magnesio, la mayoría del fósforo, circonio u otros muchos químicos,
- petardos, cohetes, cohetes y bengalas mayores de diez pulgadas de longitud o un cuarto de pulgada de diámetro, y
- cualquier otro fuego artificial que el Jefe de Bomberos del Estado haya declarado “no seguro para el uso por cualquier persona no específicamente calificada o entrenada en el uso de fuegos artificiales”.10
Los llamados fuegos artificiales “peligrosos” solo pueden ser vendidos o poseídos por personas con licencias de fuegos artificiales en California.
Otro tipo de fuegos artificiales en California son los fuegos artificiales “exentos”. Estos son fuegos artificiales que el Jefe de Bomberos del Estado ha determinado que se limitan a:
- uso industrial,
- uso comercial,
- uso agrícola, o
- ceremonias religiosas.
Esta clase de fuegos artificiales requiere una licencia especial de Operador Pirotécnico para su posesión o uso.11
¿Qué son los fuegos artificiales “seguros y sensatos”?
El Código de Salud y Seguridad de California 12529 HS describe los fuegos artificiales “seguros y sensatos”. Estos son todos los fuegos artificiales que no han sido clasificados como “peligrosos” o “exentos”.12 Estos fuegos artificiales típicamente cumplen con las leyes de fuegos artificiales de California.
Pero incluso los fuegos artificiales “seguros y sensatos” solo pueden ser vendidos:
- en un “lugar fijo de negocios,”13
- por personas que tengan licencias de venta al por menor,
- desde las 12 pm (mediodía) del 28 de junio hasta las 12 pm (mediodía) del 6 de julio de cada año– excepto donde las ordenanzas locales sean más restrictivas.
Una excepción a las reglas anteriores son los “popper de fiesta” y los “petardos”. Estos artículos pequeños pueden ser vendidos durante todo el año.
Los popper de fiesta y petardos son pequeños contenedores que hacen un pequeño estallido y lanzan confeti o serpentinas. Son artículos novedosos populares para fiestas infantiles y otros eventos.14
¿Cómo sé si los fuegos artificiales son seguros y sensatos?
Todos los fuegos artificiales “seguros y sensatos” deben mostrar un sello de “Fuegos Artificiales Registrados por el Jefe de Bomberos del Estado de California”. Si no lo tienen, son fuegos artificiales ilegales en California.
Antes de usar fuegos artificiales, las personas deben llamar o visitar el sitio web de su departamento local de bomberos (como el Departamento de Bomberos de Los Ángeles o el Departamento de Bomberos de San Bernardino). Los departamentos locales de fuegos artificiales reciben consultas sobre restricciones locales.
Diferentes departamentos de bomberos de California tienen reglas diferentes sobre fuegos artificiales “seguros y sensatos”.
2. ¿Cuáles son las principales leyes de fuegos artificiales de California?
A continuación se muestra una lista de las leyes de fuegos artificiales de California.
- Código de Salud y Seguridad de California 12670 – Publicidad de que usted está en el “negocio de fuegos artificiales” sin estar licenciado para hacerlo.15
- Código de Salud y Seguridad de California 12671 – Participar en cualquier actividad con fuegos artificiales que no hayan sido clasificados y registrados por el Jefe de Bomberos del Estado.16
- Código de Salud y Seguridad de California 12672 – Vender u ofrecer vender fuegos artificiales fuera del período permitido (12 pm del 28 de junio hasta 12 pm del 6 de julio) (discutido abajo).17
- Código de Salud y Seguridad de California 12673 – Almacenar fuegos artificiales ilegalmente.18
- Código de Salud y Seguridad de California 12674 – Almacenar fuegos artificiales una vez que su licencia ha expirado, sido revocada o entregada.19
- Código de Salud y Seguridad de California 12675 – No registrar el número de licencia en ventas o envíos de fuegos artificiales.20
- Código de Salud y Seguridad de California 12676 – Dar, entregar o vender fuegos artificiales peligrosos a alguien sin permiso (discutido abajo).21
- Código de Salud y Seguridad de California 12677 – Poseer fuegos artificiales peligrosos sin permiso (discutido abajo).22
- Código de Salud y Seguridad de California 12678 – Disparar fuegos artificiales agrícolas o para vida silvestre sin permiso.23
- Código de Salud y Seguridad de California 12679 – Almacenar, vender o disparar fuegos artificiales demasiado cerca de una gasolinera u otra área donde se almacenan o despachan líquidos inflamables.24
- Código de Salud y Seguridad de California 12680 – Disparar fuegos artificiales donde es probable que dañen a otra persona o donde se pretende causar caos, miedo o pánico.25
- Código de Salud y Seguridad de California 12681 – Vender fuegos artificiales seguros y sensatos en cualquier lugar que no sea un lugar fijo y licenciado.26
- Código de Salud y Seguridad de California 12682 – Permitir un “nuisance de fuego” (es decir, cualquier cosa que cause o tienda a causar un aumento del peligro de incendio) en un lugar donde se venden, fabrican, ensamblan, empaquetan, almacenan o distribuyen fuegos artificiales.27
- Código de Salud y Seguridad de California 12683 – Vender, usar o disparar un “dispositivo de señalización de emergencia” (es decir, una “bengala”) que no haya sido registrado con el Jefe de Bomberos del Estado.28
- Código de Salud y Seguridad de California 12684 – Usar un dispositivo de señalización de emergencia (una “bengala”) de manera no intencionada.29
- Código de Salud y Seguridad de California 12685 – Realizar una exhibición pública de fuegos artificiales sin permiso.30
- Código de Salud y Seguridad de California 12686 – Usar fuegos artificiales de efectos especiales (es decir, aquellos que se fabrican, diseñan, ensamblan o usan en conexión con TV, películas o teatro) sin una licencia pirotécnica.31
- Código de Salud y Seguridad de California 12687 – Vender, dar, transferir o entregar fuegos artificiales de efectos especiales a alguien que no tenga una licencia pirotécnica.32
- Código de Salud y Seguridad de California 12688 – Publicitar la venta o transferencia de fuegos artificiales sin licencia o permiso para hacerlo.33
- Código de Salud y Seguridad de California 12689 – Vender o entregar fuegos artificiales a menores (discutido abajo).34
- Código de Salud y Seguridad de California 12690 – Operar con una licencia vencida.35
¿Qué es el delito en California de HS 12677 posesión de fuegos artificiales ilegales?
El Código de Salud y Seguridad de California 12677 HS establece como delito poseer fuegos artificiales peligrosos sin un permiso válido para hacerlo.36
HS 12677 no se aplica a la posesión de fuegos artificiales “seguros y sensatos”. A menos que esté prohibido por un código local de bomberos, poseer estos generalmente es legal.
Pero causar daño o lesión con fuegos artificiales legales podría violar otra ley, como:
¿Qué es el delito en California de HS 12676 vender o transferir fuegos artificiales ilegales (peligrosos)?
El Código de Salud y Seguridad 12676 HS hace ilegal hacer cualquiera de lo siguiente:
- Vender, transferir o dar fuegos artificiales peligrosos a alguien que no tenga un permiso válido para recibir, usar o transportarlos;37 o
- Vender, transferir o dar cualquier fuego artificial de “efectos especiales” (como ollas de fuego o cohetes estroboscópicos) a alguien que no sea un operador pirotécnico con licencia.38
Las leyes de fuegos artificiales de California también prohíben anuncios para vender o transferir cualquier tipo de fuegos artificiales por parte de alguien que no tenga una licencia o permiso válido para hacerlo.39
Y también es ilegal importar, vender o anunciar fuegos artificiales que no hayan sido aprobados por el Jefe de Bomberos del Estado de California.40
¿Qué es el delito en California de proporcionar fuegos artificiales a un menor?
El Código de Salud y Seguridad de California 12689 establece como delito:
- Que alguien venda, dé o entregue fuegos artificiales peligrosos a una persona menor de 18 años;
- Que un minorista venda o dé cualquier fuego artificial a alguien menor de 16 años; o
- Que un minorista venda o dé a una persona menor de 18 años cualquier cohete, lanzador de proyectiles propulsados por cohete, o dispositivo similar que contenga material explosivo o incendiario, ya sea que el dispositivo esté diseñado para propósitos de señalización de emergencia o a distancia. (Una excepción son los cohetes modelo).41
Además, los menores no pueden poseer ni siquiera fuegos artificiales “seguros y sensatos” sin el consentimiento escrito o la presencia física de un padre.42
Los menores con tal permiso pueden poseer fuegos artificiales legalmente en California. Pero los padres son responsables por cualquier lesión o daño que sus hijos causen.
Proporcionar fuegos artificiales peligrosos a un menor viola las leyes de fuegos artificiales de California.
¿Qué es el delito en California de HS 12672 vender fuegos artificiales “seguros y sensatos” fuera del período autorizado?
El Código de Salud y Seguridad 12672 HS establece como delito vender u ofrecer para la venta dichos fuegos artificiales en cualquier momento fuera del período autorizado para la venta de fuegos artificiales.
El período autorizado para vender fuegos artificiales “seguros y sensatos” comienza a las 12 pm (mediodía) del 28 de junio y termina a las 12 pm (mediodía) del 6 de julio de cada año.43
¿Qué es el delito de HS 12680 disparar fuegos artificiales peligrosos donde es probable que se cause daño a otra persona?
El Código de Salud y Seguridad 12680 HS establece como delito:
- Disparar o encender fuegos artificiales peligrosos cerca de otras personas donde hay probabilidad de causar daño a alguien, o
- Disparar o encender fuegos artificiales peligrosos intencionalmente con el propósito de crear caos, miedo o pánico.
Ciertas personas están exentas de las restricciones del HS 12680. Estas incluyen:
- Trabajadores de la industria del entretenimiento que usan efectos especiales, y
- Personas con una licencia válida de fuegos artificiales (que a menudo incluye personas en la industria del entretenimiento, parques de diversiones, etc.).44
3. ¿Cuáles son las mejores defensas para alegar en la corte?
La mejor defensa contra cargos por fuegos artificiales en California depende de los cargos y las circunstancias del caso. Aunque a menudo incluye demostrar que usted no fue quien vendió o poseyó los fuegos artificiales.
Como explica el abogado defensor penal de Los Ángeles John Murray45:
“A veces nuestro cliente fue víctima de identidad equivocada y otra persona fue quien realmente poseyó o vendió los fuegos artificiales prohibidos. La fiscalía tiene la carga de probar la posesión más allá de toda duda razonable. Si nuestro cliente no tenía control sobre los fuegos artificiales, no violó las leyes de fuegos artificiales de California.”
Otras defensas contra cargos por fuegos artificiales en California incluyen alegar que:
- Los fuegos artificiales fueron descubiertos mediante una búsqueda y confiscación ilegal (quizás porque la policía no tenía una orden de registro válida en California),46
- Usted tenía una licencia válida que autorizaba la actividad prohibida, o
- Si dio fuegos artificiales a un menor, tenía una creencia razonable y de buena fe de que el menor era un adulto o tenía el permiso escrito de un padre.
La identidad equivocada es una defensa común contra cargos por fuegos artificiales ilegales en California.
4. ¿Puede una persona ir a la cárcel por violaciones de fuegos artificiales?
Las consecuencias de violar las leyes de fuegos artificiales de California pueden incluir la incautación de los fuegos artificiales y cargos criminales por delito menor. Las penalizaciones por los cargos criminales pueden incluir:
- hasta un año en la cárcel del condado, y
- entre $500 y $1,000 en multas (aumentando a $1,000 o más por una segunda o subsiguiente condena).47
Posesión de una gran cantidad de fuegos artificiales peligrosos
Poseer una gran cantidad de fuegos artificiales peligrosos (por cualquier motivo) aumenta las penalizaciones criminales en California.
De 25 a 100 libras de fuegos artificiales peligrosos
La posesión de 25 a 100 libras de fuegos artificiales peligrosos en California es un delito menor. Puede ser castigado con:
- Multas de $1,000 a $5,000, y
- hasta un (1) año en la cárcel del condado.
De 101 a 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos
Poseer de 101 a 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos es un delito oscilante en California. Un “delito oscilante” es un cargo que los fiscales pueden presentar como delito menor o grave, dependiendo de
- los hechos del caso, y
- su historial criminal (si lo hay).
El castigo por delito menor por posesión ilegal de más de 100 libras de fuegos artificiales puede incluir:
- una multa de $5,000 a $10,000, y/o
- hasta un (1) año en la cárcel.
Como delito grave, poseer más de 100 libras de fuegos artificiales peligrosos puede ser castigado con:
- una multa de $5,000 a $10,000, y/o
- 16 meses o dos o tres años en la cárcel.
Más de 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos
Poseer más de 5,000 libras de fuegos artificiales prohibidos también es un delito oscilante. Como delito menor, puede ser castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de $10,000 a $50,000.
Como delito grave, la posesión de más de 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos conlleva posibles penalizaciones de:
- 16 meses o dos o tres años en la cárcel, y/o
- una multa de $10,000 a $50,000.48
Poseer fuegos artificiales peligrosos puede ser un delito grave en California si se involucran cantidades suficientes.
Delitos con fuegos artificiales que involucran a menores
Vender, dar o entregar fuegos artificiales peligrosos a un menor es un delito menor. Puede ser castigado con las mismas penalizaciones mencionadas arriba (dependiendo de la cantidad).
Pero una segunda o subsiguiente violación resultará en una multa adicional de $5,000 y hasta otro año en la cárcel.49
Y— a diferencia de muchas otras leyes— se puede acusar de una violación separada a las leyes de fuegos artificiales de California por cada día que alguien cometa, continúe o permita una violación.50
Revocación de licencia de fuegos artificiales
Las penalizaciones anteriores no se aplican a personas que tengan licencias o permisos válidos y que operen dentro del alcance de esos permisos/licencias.51
Pero alguien que opere fuera del alcance de un permiso/licencia puede ser condenado por vender fuegos artificiales ilegales. Además, el Jefe de Bomberos del Estado revocará el permiso o licencia.52
Conductores comerciales
Un conductor comercial que sea condenado por transportar al menos 10,000 libras de fuegos artificiales peligrosos perderá el derecho a operar un vehículo comercial por tres años.
Esta penalización no se aplica a conductores que actúan dentro del alcance de una licencia o permiso válido de fuegos artificiales.53
5. Delitos relacionados
Los siguientes artículos no están incluidos en la definición de fuegos artificiales según la ley de California:
- Armas de fuego, según lo definido en las leyes de armas de fuego de California,
- Código Penal 16590 PC – sustancias explosivas,
- Código Penal 18710 PC – dispositivos destructivos o explosivos, o
- Código Penal 18720 PC – posesión de materiales para fabricar un dispositivo destructivo (lo que hace delito poseer materiales que pueden usarse para fabricar un explosivo o bomba, con la intención real de fabricar dicho dispositivo).54
Delitos frecuentemente acusados junto con violaciones de fuegos artificiales en California
Si alguien causa un incendio como resultado del uso de fuegos artificiales prohibidos, los fiscales también podrían acusar:
- Código Penal 452 PC – quema imprudente, o
- Código Penal 451 PC – incendio provocado, dependiendo de las circunstancias.
Pero un abogado defensor experimentado en California puede persuadir al fiscal para que reduzca el cargo mediante un acuerdo de culpabilidad.
Posibles acuerdos de culpabilidad para estos delitos más graves incluyen:
- Código Penal 415 PC – alteración del orden público,
- Código Penal 602 PC – allanamiento, o
- Código Penal 272 PC – crear una molestia pública.55
California tiene leyes estrictas sobre fuegos artificiales.
Recursos adicionales
Para información sobre seguridad con fuegos artificiales, consulte lo siguiente:
- Seguridad con fuegos artificiales – KidsHealth.org.
- 10 consejos para la seguridad con fuegos artificiales – Departamento de Seguridad Nacional.
- Seguridad con fuegos artificiales – Asociación Nacional de Protección contra Incendios (NFPA).
- Fuegos artificiales – Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor.
- Deje los fuegos artificiales a los expertos – Consejo Nacional de Seguridad.
Referencias legales:
- Código de Salud y Seguridad de California 12505 HS — Fuegos artificiales peligrosos; Código de Salud y Seguridad de California 12529 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos. (“‘Fuegos artificiales seguros y sensatos’ significa cualquier fuego artificial que no entre dentro de la definición de ‘fuegos artificiales peligrosos’ o ‘fuegos artificiales exentos’.”) Los fuegos artificiales seguros y sensatos son los únicos fuegos artificiales legales bajo las leyes de fuegos artificiales de California.
- Código de Salud y Seguridad de California 12677 HS — Posesión de fuegos artificiales peligrosos sin permiso. (“Es ilegal que cualquier persona posea fuegos artificiales peligrosos sin tener un permiso válido.”) Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12576 HS — Licencia para exhibición pública (general). (“Una licencia para exhibición pública (general) permite la realización y conducción de exhibiciones públicas de fuegos artificiales peligrosos en varios lugares y en varios momentos.”). Véase también Ventura contra Ciudad de San José (1984, . Véase también Travis Schlepp, ) Ciudad del sur de California lanza programa de drones para monitorear fuegos artificiales ilegales, KTLA 5 (20 de junio de 2025).
- Código de Salud y Seguridad de California 12599 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta. (“Una licencia minorista autorizará la venta minorista de fuegos artificiales seguros y sensatos dentro de este estado solo durante el período de 12 del mediodía del 28 de junio hasta las 12 del mediodía del 6 de julio del mismo año calendario y dicha licencia expirará al final de dicho período. No se emitirá ninguna licencia minorista para el período de licencia definido en esta sección a menos que la solicitud para dicha licencia sea recibida por el Jefe Estatal de Bomberos a más tardar el 15 de junio anterior al período de licencia. Se requerirá una nueva licencia de venta minorista anualmente para el período especificado en esta sección.”) Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12672 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta. (“Es ilegal que cualquier persona venda u ofrezca para la venta fuegos artificiales seguros y sensatos en cualquier momento fuera del período especificado en la Sección 12599.”) Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12574 HS — Licencia de venta minorista. (“Una licencia de venta minorista permite la venta minorista de fuegos artificiales seguros y sensatos para uso privado.”). Véase también Tribu India Quechan contra McMullen (9º Cir., 1993) 984 F.2d 304. Véase también David Dickstein, ¿Comprando fuegos artificiales para el 4 de julio de 2022? Esto es lo que necesitas saber, Orange County Register (21 de junio de 2022). Véase también Simone Soublet, Regulaciones de fuegos artificiales para ciudades y condados circundantes, Sacramento/ABC-10 (23 de junio de 2022). Véase también Bianca Ventura, ¿Son legales los fuegos artificiales en tu ciudad? Te ayudamos a celebrar un 4 de julio seguro, Riverside/News-3 ( ).
- Código de Salud y Seguridad de California 12689 HS — Venta o entrega a menores; excepciones. (“(a) Es ilegal que cualquier persona venda, dé o entregue fuegos artificiales peligrosos a cualquier persona menor de 18 años. (b) Es ilegal que cualquier persona que sea minorista venda o transfiera fuegos artificiales seguros y sensatos a una persona menor de 16 años. (c) Excepto como se dispone en la subdivisión (d), es ilegal que cualquier persona que sea minorista venda o transfiera a una persona menor de 18 años cualquier cohete, lanzador de proyectiles propulsados por cohete, o dispositivo similar que contenga cualquier material explosivo o incendiario, ya sea que el dispositivo esté diseñado para propósitos de señalización de emergencia o a distancia o no. También es ilegal que un menor posea tal dispositivo a menos que tenga el permiso por escrito de, o esté acompañado por, su padre, madre o tutor mientras esté en su posesión. (d) Los productos de cohetes modelo incluyendo cohetes modelo, sistemas de lanzamiento y motores de cohetes modelo diseñados, vendidos y usados para el propósito de propulsar cohetes modelo recuperables pueden ser vendidos o transferidos conforme a regulaciones adoptadas por el Jefe Estatal de Bomberos que éste determine son razonablemente necesarias para cumplir con los requisitos de esta parte.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12700 HS — Delitos; castigo por violar las leyes de fuegos artificiales de California. (“(a) Excepto como se dispone en la Sección 12702 y la subdivisión (b), una persona que viole cualquier disposición de esta parte, o cualquier regulación emitida conforme a esta parte, es culpable de un delito menor, y tras la condena será castigada con una multa no menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de mil dólares ($1,000), o con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o con ambas, multa y prisión. (b) Una persona que viole cualquier disposición de esta parte, o cualquier regulación emitida conforme a esta parte, por poseer fuegos artificiales peligrosos estará sujeta a lo siguiente: (1) Una persona que posea un peso bruto, incluyendo embalaje, de menos de 25 libras de fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, es culpable de un delito menor, y tras la condena será castigada con una multa no menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de mil dólares ($1,000), o con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o con ambas, multa y prisión. Tras una segunda o subsiguiente condena, la persona será castigada con una multa no menor de mil dólares ($1,000) o con prisión en la cárcel del condado por no más de un año o con ambas, multa y prisión. (2) Una persona que posea un peso bruto, incluyendo embalaje, de no menos de 25 libras ni más de 100 libras de fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, es culpable de un delito público, y tras la condena será castigada con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o con una multa no menor de mil dólares ($1,000) ni mayor de cinco mil dólares ($5,000), o con ambas, multa y prisión. (3) Una persona que posea un peso bruto, incluyendo embalaje, de no menos de 100 libras ni más de 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, es culpable de un delito público, y tras la condena será castigada con prisión en la prisión estatal o en la cárcel del condado por no más de un año, o con una multa no menor de cinco mil dólares ($5,000) ni mayor de diez mil dólares ($10,000), o con ambas, multa y prisión. (4) Una persona que posea un peso bruto, incluyendo embalaje, de más de 5,000 libras de fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, es culpable de un delito público, y tras la condena será castigada con prisión en la prisión estatal o en la cárcel del condado por no más de un año, o con una multa no menor de diez mil dólares ($10,000) ni mayor de cincuenta mil dólares ($50,000), o con ambas, multa y prisión. (c) La subdivisión (b) no se aplicará a una persona que posea y opere dentro del alcance de una licencia válida como se describe en la Sección 12516 o un permiso válido como se describe en la Sección 12522.”).
- Código de Salud y Seguridad de California 12511 HS – Definición de fuegos artificiales.
- Ver igual.
- Sección 12512 HS del Código de Salud y Seguridad de California — Kit de fuegos artificiales; definido.
- Código de Salud y Seguridad de California 12576 HS — Licencia para exhibición pública (general). (“Una licencia para exhibición pública (general) permite la realización y conducción de exhibiciones públicas de fuegos artificiales peligrosos en varios lugares y en varios momentos.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12505 HS — Fuegos artificiales peligrosos.
- Código de Salud y Seguridad de California 12508 HS — Fuegos artificiales exentos.
- Código de Salud y Seguridad de California 12529 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos, nota al final 1 arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 12529 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; venta; lugar de negocio. (“Es ilegal que cualquier persona venda o transfiera fuegos artificiales seguros y sensatos a un consumidor o usuario de los mismos que no sea en un lugar fijo de negocio de un minorista para el cual se haya emitido una licencia y un permiso.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12599 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta, nota al final 3 arriba. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12672 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta, nota al final 3 arriba. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12574 HS — Licencia de venta minorista, nota al final 3 arriba. Regs. Código Cal. Tit. 19, § 986.7. Regs. Código Cal. Tit. 19, § 986.8.
- Código de Salud y Seguridad de California 12670 HS. Publicidad relacionada con fuegos artificiales o dispositivos pirotécnicos.
- Código de Salud y Seguridad de California 12671 HS. Fuegos artificiales no clasificados y no registrados.
- Código de Salud y Seguridad de California 12672 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta, nota al final 3 arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 12673 HS. Almacenamiento de fuegos artificiales.
- Código de Salud y Seguridad de California 12674 HS. Licencias revocadas o entregadas; almacenamiento o posesión de fuegos artificiales.
- Código de Salud y Seguridad de California 12675 HS. Falta de registro del número de licencia en ventas y envíos.
- Código de Salud y Seguridad de California 12676 HS. Fuegos artificiales peligrosos; venta o transferencia a persona no permitida.
- Código de Salud y Seguridad de California 12677 HS. Posesión de fuegos artificiales peligrosos sin permiso. (“Es ilegal que cualquier persona posea fuegos artificiales peligrosos sin tener un permiso válido.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12678 HS. Uso o disparo de fuegos artificiales agrícolas y de vida silvestre sin permiso.
- Código de Salud y Seguridad de California 12679 HS. Almacenamiento, venta o disparo de fuegos artificiales cerca de líquidos inflamables.
- Código de Salud y Seguridad de California 12680 HS. Disparo de fuegos artificiales donde hay probabilidad de lesión a otra persona. (“(a) Excepto como se dispone en la subdivisión (b) o (c), es ilegal que cualquier persona coloque, arroje, dispare o encienda, o dispare fuegos artificiales peligrosos en o cerca de cualquier persona o grupo de personas donde haya probabilidad de lesión a esa persona o grupo de personas o cuando la persona coloque, arroje, dispare, encienda o dispare los fuegos artificiales con la intención de crear caos, miedo o pánico. (b) La subdivisión (a) no se aplica a una persona descrita en la Sección 12517 que use efectos especiales. Para los propósitos de esta subdivisión, “efectos especiales” significa artículos que contienen cualquier composición pirotécnica fabricada y ensamblada, diseñada o disparada en conexión con producciones de televisión, teatro o cine, que pueden o no ser presentados ante audiencias en vivo, y cualquier otro artículo que contenga cualquier composición pirotécnica usada para propósitos comerciales, industriales, educativos, recreativos o de entretenimiento cuando esté autorizado por la autoridad competente. (c) La subdivisión (a) no se aplica a una persona que posea una licencia de fuegos artificiales emitida conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 12570).”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12681 HS. Fuegos artificiales seguros y sensatos; venta; lugar de negocio.
- Código de Salud y Seguridad de California 12682 HS. Molestia por fuego [ley de fuegos artificiales de California]. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12510. Molestia por fuego.
- Código de Salud y Seguridad de California 12683 HS. Dispositivo de señalización de emergencia no registrado; venta o uso [ley de fuegos artificiales de California]. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12506. Dispositivo de señalización de emergencia [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12684 HS. Uso de dispositivos de señalización de emergencia [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12685 HS. Exhibición pública; permiso requerido [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12686 HS. Fuegos artificiales de efectos especiales; uso [ley de fuegos artificiales de California]. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12532 HS. Efectos especiales [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12687 HS. Fuegos artificiales de efectos especiales; venta o transferencia [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12688 HS. Publicidad para vender o transferir fuegos artificiales [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12689 HS. Venta o entrega a menores; excepciones, nota al final 4 arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 12690 HS. Licencia o permiso expirado [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12677 HS — Posesión de fuegos artificiales peligrosos sin permiso.
- Código de Salud y Seguridad de California 12676 HS — Fuegos artificiales peligrosos; venta o transferencia a persona no permitida. (“Es ilegal que cualquier persona venda, transfiera, dé, entregue o de otro modo transmita la propiedad de cualquier fuego artificial peligroso, incluyendo kits de fuegos artificiales, a cualquier persona en este estado que no posea y presente al vendedor o donante para inspección en el momento de la transferencia, un permiso válido para recibir, usar o transportar fuegos artificiales peligrosos según lo dispuesto en esta parte.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12687 HS — Fuegos artificiales de efectos especiales (que están permitidos bajo las leyes de fuegos artificiales de California, siempre que los operadores estén licenciados).
- Código de Salud y Seguridad de California 12688 HS — Publicidad para vender o transferir fuegos artificiales [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12560 HS — Clasificación; necesidad [ley de fuegos artificiales de California].
- Código de Salud y Seguridad de California 12689 HS — Venta o entrega a menores; excepciones, nota al final 4 arriba.
- Igual.
- Código de Salud y Seguridad de California 12599 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta, nota al final 3 arriba. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12672 HS — Fuegos artificiales seguros y sensatos; tiempo de venta, nota al final 3 arriba. Véase también Código de Salud y Seguridad de California 12574 HS — Licencia de venta minorista, nota al final 3 arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 12680 HS — Disparo de fuegos artificiales donde hay probabilidad de lesión a otra persona. (“(a) Excepto como se dispone en la subdivisión (b) o (c), es ilegal que cualquier persona coloque, arroje, dispare o encienda, o dispare fuegos artificiales peligrosos en o cerca de cualquier persona o grupo de personas donde haya probabilidad de lesión a esa persona o grupo de personas o cuando la persona coloque, arroje, dispare, encienda o dispare los fuegos artificiales con la intención de crear caos, miedo o pánico. (b) La subdivisión (a) no se aplica a una persona descrita en la Sección 12517 que use efectos especiales. Para los propósitos de esta subdivisión, “efectos especiales” significa artículos que contienen cualquier composición pirotécnica fabricada y ensamblada, diseñada o disparada en conexión con producciones de televisión, teatro o cine, que pueden o no ser presentados ante audiencias en vivo, y cualquier otro artículo que contenga cualquier composición pirotécnica usada para propósitos comerciales, industriales, educativos, recreativos o de entretenimiento cuando esté autorizado por la autoridad competente. (c) La subdivisión (a) no se aplica a una persona que posea una licencia de fuegos artificiales emitida conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 12570).”)
- Johh Murray representa a clientes acusados de violar las leyes de fuegos artificiales de California en el Palacio de Justicia de Ventura, el tribunal de Van Nuys, el tribunal de Pasadena, el tribunal de Burbank, el tribunal de Glendale, el tribunal de Lancaster, el tribunal de San Fernando y el Edificio de Tribunales Penales.
- Antes de que la policía pueda legalmente arrestarte por violar las leyes de fuegos artificiales de California, deben tener causa probable para detenerte (es decir, una creencia razonable de que estás o estuviste involucrado en actividad criminal), una orden de registro válida de California que les autorice a registrar tu persona/propiedad (cuyo alcance debe ser estrictamente respetado), o tu consentimiento para realizar un registro de tu persona/propiedad. Si los policías no cumplen con este criterio, tu abogado defensor penal en California argumentará que el arma fue descubierta y confiscada durante un registro y decomiso ilegal en violación de tus derechos constitucionales de la Cuarta Enmienda.
- Código de Salud y Seguridad de California 12721 HS — Incautación [de fuegos artificiales ilegales]. (“El Jefe Estatal de Bomberos, sus ayudantes asalariados, o cualquier jefe de un departamento de bomberos, o sus representantes autorizados, cualquier agencia de protección contra incendios, o cualquier otra agencia pública autorizada por estatuto para hacer cumplir las regulaciones del Jefe Estatal de Bomberos, puede incautar cualquier fuego artificial descrito en esta parte. El Jefe Estatal de Bomberos, cualquier jefe de un departamento de bomberos, cualquier agencia de protección contra incendios, o cualquier otra agencia pública autorizada para hacer cumplir las regulaciones del Jefe Estatal de Bomberos puede cobrar a cualquier persona, empresa o corporación, cuyos fuegos artificiales sean incautados conforme a esta sección, una cantidad suficiente para cubrir el costo de transporte, almacenamiento y manejo de los fuegos artificiales incautados. Cuando el Jefe Estatal de Bomberos, otro oficial o agencia encargada de hacer cumplir descrita en esta sección, o un tribunal determine que los fuegos artificiales de una persona, empresa o corporación fueron incautados ilegal o erróneamente, o si los procedimientos legales no resultan en una condena por violación de cualquier disposición de esta parte, cualquier fondo recaudado conforme a esta sección será reembolsado, o si fue cobrado pero no pagado, cancelado.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12700 HS — Delitos; castigo por violar las leyes de fuegos artificiales de California, nota al final 5 arriba. Orka Manna, Cal Fire está reprimiendo fuegos artificiales ilegales comprados y vendidos en línea, KCRA (26 de junio de 2022).
- Código de Salud y Seguridad de California 12702 HS — Venta o entrega de fuegos artificiales peligrosos a personas menores de 18 años; fuegos artificiales peligrosos con peso neto total de 7,500 granos o más; sanciones. (“No obstante las disposiciones de la Sección 12700: (a) Una persona que viole esta parte vendiendo, dando o entregando fuegos artificiales peligrosos a cualquier persona menor de 18 años es culpable de un delito menor y tras una primera condena será castigada como se prescribe en la subdivisión (b) de la Sección 12700. (b) Tras una segunda o subsiguiente condena por el delito, la persona será castigada con una multa adicional de cinco mil dólares ($5,000), o con prisión en una cárcel del condado por hasta un año o con ambas, multa y prisión. No se le concederá libertad condicional y la ejecución de la sentencia impuesta no será suspendida por el tribunal.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12701 HS — Delito separado por cada día de violación [de las leyes de fuegos artificiales de California]. (“Una persona es culpable de un delito separado por cada día durante el cual cometa, continúe o permita una violación de esta parte, o cualquier orden o regulación emitida conforme a esta parte [refiriéndose a las leyes de fuegos artificiales de California].”)
- Véase Código de Salud y Seguridad de California 12700 HS — Delitos; castigo por violar las leyes de fuegos artificiales de California, subdivisión “c”, nota al final 5, arriba.
- Código de Salud y Seguridad de California 12590 HS — Revocación o denegación [de licencia de fuegos artificiales de California]; causas, subdivisión (b). (“El Jefe Estatal de Bomberos puede negar o revocar cualquier licencia emitida conforme a esta parte si el Jefe Estatal de Bomberos encuentra que ha ocurrido alguna de las siguientes condiciones: (a) El titular de la licencia no ha pagado la cuota anual de renovación de licencia prevista en este capítulo. (b) El titular de la licencia o solicitante ha violado cualquier disposición de esta parte o cualquier regulación adoptada por el Jefe Estatal de Bomberos conforme a esta parte. (c) El titular de la licencia o solicitante ha creado o causado una molestia por fuego. (d) El titular de la licencia no ha mantenido registros completos, exactos y completos o no ha presentado los informes requeridos. (e) Existe algún hecho o condición que, si hubiera existido en el momento de la solicitud original de la licencia, razonablemente habría justificado que el Jefe Estatal de Bomberos se negara originalmente a emitir la licencia. (f) El permiso emitido bajo la Sección 12640 ha sido rescindido o revocado por la autoridad emisora. (g) Cualquier titular de licencia o solicitante se ha negado a poner a disposición del Jefe Estatal de Bomberos registros completos, exactos y completos.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12703 HS — Suspensión temporal de licencia de vehículo comercial para transporte de ciertos fuegos artificiales peligrosos. (“(a) El Jefe Estatal de Bomberos, en conjunto con el Departamento de Vehículos Motorizados, desarrollará regulaciones y procedimientos para suspender temporalmente la licencia de vehículo comercial de una persona que opere un vehículo comercial mientras transporta fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, con un peso bruto, incluyendo embalaje, de 10,000 libras o más. (b) Un conductor de vehículo comercial no deberá operar un vehículo comercial por tres años si es condenado por transportar fuegos artificiales peligrosos sin alterar, según se define en la Sección 12505, con un peso bruto, incluyendo embalaje, de 10,000 libras o más, como se describe en la Sección 15301 del Código de Vehículos. (c) Esta sección no se aplicará a una persona que posea y opere dentro del alcance de una licencia válida como se describe en la Sección 12516 o un permiso válido como se describe en la Sección 12522.”)
- Código de Salud y Seguridad de California 12540 HS — Aplicación de disposiciones [de las leyes de fuegos artificiales de California]
- Código Penal 602 PC – La ley de allanamiento de California prohíbe entrar a la propiedad de otra persona sin permiso. Código Penal 415 PC – La ley de “alteración del orden público” de California prohíbe, entre otras cosas, pelear con otra persona en público. Ambos delitos pueden ser acusados como infracciones o delitos menores y no conllevan multas obligatorias ni períodos de encarcelamiento. Código Penal 272 PC tipifica como delito crear o mantener una molestia que afecta a un gran número de personas y solo conlleva sanciones por delito menor. Estos son todos delitos relacionados con los delitos de fuegos artificiales ilegales en California.