Código Penal de California § 69 PC prohíbe resistir a un funcionario ejecutivo mediante el uso de la fuerza o intimidación para tratar de impedir que los funcionarios ejecutivos lleven a cabo sus deberes laborales. Una condena puede ser castigada con libertad condicional, multas y hasta tres años de cárcel.
Resistir a un funcionario ejecutivo está estrechamente relacionado con resistir al arresto (Código Penal 148 PC). Sin embargo, 69 PC es un delito más grave porque involucra el uso de amenazas de violencia. La sección también se aplica a un conjunto más amplio de deberes ejecutivos que simplemente hacer un arresto.
El tema de resistir a la policía ha ganado mucha atención después del asesinato de George Floyd y las posteriores protestas por la injusticia racial y el abuso policial.
El texto completo de la sección del código establece que:
69. (a) Toda persona que intente, mediante cualquier amenaza o violencia, impedir o evitar que un funcionario ejecutivo cumpla con cualquier deber impuesto por la ley, o que a sabiendas resista, mediante el uso de la fuerza o violencia, al funcionario en el desempeño de su deber, será castigado con una multa que no exceda los diez mil dólares ($10,000), o con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170, o en una cárcel del condado que no exceda un año, o con ambas sanciones.
(b) El hecho de que una persona tome una fotografía o grabe un audio o video de un funcionario ejecutivo, mientras el funcionario se encuentra en un lugar público o la persona que toma la fotografía o graba se encuentra en un lugar donde tiene derecho a estar, no constituye, por sí solo, una violación de la subdivisión (a).
Ejemplos
- Mark intenta empujar a un oficial de policía, quien está tratando de arrestar a su amigo por robo menor.
- Monique bloquea la puerta de la oficina de un miembro del concejo municipal para que el funcionario no tenga acceso.
- Paco “corta la energía” en una sala del tribunal del condado para que un fiscal no pueda probar un caso penal contra su hermano.
Defensas
Existen varias defensas legales que se pueden utilizar para impugnar un cargo presentado bajo esta ley. Estas incluyen demostrar que:
- la conducta del oficial fue ilegal,
- usted actuó en defensa propia, y/o
- la “víctima” no era un funcionario ejecutivo.
Sanciones
Una violación de esta sección del código es un delito mixto, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
Si se acusa como un delito menor, el delito es castigable por:
- hasta un año en la cárcel del condado, o
- libertad condicional por delito menor (o resumen).
Si se acusa como un delito grave, el delito es castigable por:
- hasta tres años en la cárcel del condado, o
- libertad condicional por delito grave (o formal).
Resistir a un oficial ejecutivo no es generalmente un strike bajo la ley de tres strikes de California. Aunque puede ser tratado como un strike si el oficial sufre lesiones corporales graves o si se usa un arma de fuego o arma mortal.1
Consecuencias Adicionales
Tenga en cuenta que si es condenado por este delito, esta condena puede llevar a:
- consecuencias de inmigración, y
- pérdida de sus derechos de armas.
También, tenga en cuenta que puede tener una condena borrada una vez que complete con éxito:
- libertad condicional, o
- cualquier tiempo en la cárcel.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es “resistir a un funcionario ejecutivo”?
- 2. Defensas
- 3. Penas
- 4. Consecuencias de inmigración
- 5. Borrado de antecedentes
- 6. Derechos de armas
- 7. Remedios civiles por arresto falso
- 8. Delitos relacionados
1. ¿Qué es “resistir a un funcionario ejecutivo”?
El Código Penal 69 PC es la ley de California que hace que sea un delito intentar:
- prevenir que un funcionario ejecutivo realice sus deberes, o
- resistir a un funcionario ejecutivo en el desempeño de sus deberes.
Para condenarlo por resistir a un funcionario ejecutivo bajo un delito de prevención, los fiscales de California deben demostrar más allá de una duda razonable dos elementos de las instrucciones del jurado:
- usted voluntaria y ilegalmente usó violencia, o una amenaza de violencia, para intentar prevenir que un funcionario realice un deber legal, y
- cuando actuó, lo hizo intencionalmente.2
Mientras tanto, para condenarlo por resistir a un funcionario ejecutivo bajo un delito de resistencia, los fiscales de California deben demostrar más allá de una duda razonable tres elementos de las instrucciones del jurado:
- usted ilegalmente usó fuerza o violencia para resistir a un funcionario ejecutivo,
- cuando actuó, el funcionario estaba realizando un deber legal, y
- cuando actuó, sabía que el funcionario estaba realizando un deber.3
¿Quién es considerado un funcionario ejecutivo?
Un funcionario ejecutivo es un funcionario gubernamental que puede usar su propia discreción en el desempeño de sus deberes.4 Ejemplos incluyen:
- oficiales de policía y alguaciles,
- jueces,
- abogados gubernamentales y abogados de defensa, y
- otros funcionarios electos.
Tenga en cuenta que a menudo surgen preguntas bajo esta sección del código sobre el significado de:
Voluntariamente
A los efectos de esta sección del código, comete un acto voluntariamente cuando lo hace de manera voluntaria o a propósito.5
Amenaza de Violencia
Según este estatuto, una amenaza puede ser oral o escrita y puede ser implícita por un patrón de conducta o una combinación de declaraciones y conducta.6
Tenga en cuenta que no es necesario que comunique la amenaza directamente a la víctima prevista, pero puede hacerlo a través de otra persona.7
También tenga en cuenta que no es necesario, para una condena culpable, que tenga la capacidad real de llevar a cabo la amenaza.8
Violencia
“Force” y “violencia”, según esta sección del código, significan cualquier aplicación ilegal de fuerza física contra otra persona.
No es necesario que la aplicación cause daño o dolor: el toque más leve es suficiente si se hace de manera grosera, enojada o ofensiva.9
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de obstruir a la autoridad, incluyendo resistir a un funcionario ejecutivo. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con jueces, jurados y fiscales para reducir o desestimar estos cargos.
La Conducta del Oficial Fue Ilegal
Un oficial debe estar realizando algún deber legal para que usted sea declarado culpable bajo el 69 PC.10 Esto significa que una defensa sólida es demostrar que, aunque puede haber interferido con un oficial, ese oficial estaba actuando ilegalmente.
Por ejemplo, un oficial de paz no está realizando sus deberes legalmente si está:
- arrestándolo o deteniéndolo ilegalmente, o
- usando fuerza irrazonable o excesiva en sus deberes.11
Tenga en cuenta que si creemos que ha sido víctima de mala conducta policial, presentaríamos una moción Pitchess. Esta es una solicitud de información contenida en el expediente del oficial de aplicación de la ley.
Si resulta que otras personas han acusado al oficial de mala conducta, esto podría usarse para impugnar su credibilidad. Esto podría llevar a que el cargo se reduzca o se desestime durante el proceso previo al juicio.
Usted Actuó en Defensa Propia
Si resistió a un funcionario ejecutivo que estaba usando fuerza excesiva contra usted, tiene derecho a ejercer su derecho a defenderse de acuerdo con las leyes de defensa propia de California. Estas leyes protegerán su conducta siempre que la fuerza que utilizó fuera razonable en las circunstancias.12
Las pruebas típicas en las que confiamos en estos casos incluyen testimonios de testigos presenciales, videos de vigilancia y registros médicos.
No Había un Funcionario Ejecutivo
Recuerde que el 69 PC solo se aplica a los funcionarios ejecutivos. Tal vez la presunta víctima en este caso creía que era un funcionario ejecutivo cuando en realidad el 69 PC no se aplica a ellos.
En estos casos, examinaríamos el título y las responsabilidades laborales del presunto víctima para ver si hay un argumento plausible de que no califican como un oficial ejecutivo.
3. Sanciones
Una violación del Código Penal 69 PC es un delito mixto, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
Si se le acusa como un delito menor, el delito es castigado con:
- libertad condicional por delito menor (o resumen),
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa máxima de $10,000.13
Si se le acusa como un delito grave, el delito es castigado con:
- libertad condicional por delito grave (o formal),
- hasta tres años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $10,000.14
4. Consecuencias de Inmigración
Una condena por resistir a un oficial ejecutivo puede resultar en consecuencias de inmigración negativas.
La ley de inmigración de Estados Unidos establece que algunas condenas penales de California pueden llevar a que un no ciudadano sea deportado. Algunas condenas también pueden hacer que un inmigrante sea “inadmisible”.
Una categoría de crímenes “deportables” o “inadmisibles” incluye los delitos graves agravados.15
Esto significa que:
- si es condenado por resistir a un oficial como delito grave, y
- los hechos demuestran que el delito grave es un delito grave “agravado”,
entonces la condena puede tener efectos perjudiciales en la inmigración.
5. Cancelaciones
Puede intentar obtener la cancelación de la condena.
Una “cancelación” lo libera de prácticamente “todas las sanciones y discapacidades” derivadas de la condena.16
Como regla básica, PC 1203.4 autoriza una eliminación de antecedentes penales para un delito menor o grave siempre y cuando:
- haya completado con éxito la libertad condicional, y
- no esté actualmente acusado de un delito penal, en libertad condicional por uno, o cumpliendo una sentencia por un delito.17
Esto significa que una vez que haya completado con éxito la libertad condicional o cumplido una condena en la cárcel, puede comenzar a intentar eliminar el delito de sus antecedentes.
6. Derechos de armas
Una condena por violar el código 69 PC puede afectar sus derechos de armas.
Según la ley de California, a los delincuentes condenados se les prohíbe adquirir o poseer un arma en California.
Esto significa que:
- si un fiscal acusa una violación de esta sección del código como un delito grave, y
- es condenado,
entonces esa condena significaría que tendría que renunciar a cualquier derecho de propiedad y posesión de armas.
7. Remedios civiles por arresto falso
Hay casos en los que puede resultar herido porque un oficial ejecutivo está actuando ilegalmente. En estas situaciones, puede presentar una demanda civil por:
- arresto falso, o
- una violación del Código de los Estados Unidos Sección 1983.
Arresto falso
Un arresto falso es un tipo de arresto ilegal en el que se le detiene sin su consentimiento y sin autoridad legal. En caso de que ocurra un arresto falso, puede presentar una demanda civil contra la policía y tratar de obtener una compensación por cualquier pérdida sufrida.
Para tener éxito en una demanda civil de este tipo, debe demostrar lo siguiente:
- la policía lo arrestó sin una orden,
- usted resultó herido, y
- la conducta del oficial fue un factor importante en causar ese daño.18
Es posible que pueda obtener tanto:
- daños compensatorios, como
- daños punitivos.
Demandas de la Sección 1983
La Sección 1983 del Código de los Estados Unidos es una ley que permite a las personas cuyos derechos constitucionales han sido violados por funcionarios gubernamentales la oportunidad de demandar a esos funcionarios en la corte.
Los derechos constitucionales protegidos por la Sección 1983 incluyen:
- el derecho constitucional de la Cuarto Enmienda contra búsquedas y confiscaciones irrazonables, y
- el derecho constitucional de la Octava Enmienda contra castigos crueles e inusuales.
Esto significa que si un oficial ejecutivo viola alguno de estos derechos de una parte, esa parte puede intentar presentar una demanda civil para recuperar cualquier daño que el oficial haya causado.
Un demandante que presente esta demanda puede ser capaz de recuperar tanto:
- daños compensatorios, y
- daños punitivos.
8. Delitos relacionados
Hay tres leyes relacionadas con la resistencia a un funcionario ejecutivo. Estas son:
- agresión a un oficial de paz – PC 243,
- evadir a un oficial de policía – VC 2800.1, y
- amenazas criminales – PC 422.
Agresión a un oficial de paz – PC 243
Código Penal 243 PC hace que sea un delito:
- dañar o tocar ilegalmente a un oficial de policía de manera ofensiva, y
- hacerlo mientras el oficial está desempeñando sus funciones.
Tenga en cuenta que este delito se aplica solo a los oficiales de policía, mientras que el 69 PC se aplica al tema más amplio de los funcionarios ejecutivos.
Evadir a un oficial de policía – VC 2800.1
Código de Vehículos 2800.1 VC hace que sea un delito intentar huir voluntariamente de un oficial de policía que lo persigue en un automóvil o en una bicicleta.
Tenga en cuenta que el Código Penal 69 es mucho más amplio en escala ya que VC 2800.1 solo se aplica al patrón de hechos limitado de intentar huir de un policía que está en un automóvil o en una bicicleta.
Amenazas criminales – PC 422
Código Penal 422 PC es la ley de California que prohíbe las “amenazas criminales”.
Una “amenaza criminal” se hace cuando:
- amenazas con matar o dañar físicamente a otra persona, y
- esa persona se encuentra en un estado de miedo razonablemente sostenido por su seguridad o la seguridad de su familia inmediata.19
Tenga en cuenta que la víctima aquí no tiene que limitarse a un funcionario ejecutivo o un oficial de policía.
Lectura adicional
Para obtener más información, lea nuestros artículos relacionados:
- Mala conducta policial – cómo presentar una demanda – Presentar cargos civiles contra la aplicación de la ley.
- ¿Es ilegal mentir a la policía? – Si dar información falsa es un delito.
- ¿Qué significa “resistir, retrasar u obstaculizar a un oficial”? – Lo que califica como resistencia a un oficial.
- ¿Tengo que identificarme ante la policía en California? – Sus obligaciones legales ante la policía.
Referencias legales:
- Ver Código Penal 1192.7 y 667.5(c).
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024) CALCRIM No. 2651. Intentar Prevenir a un Funcionario Ejecutivo de Cumplir con su Deber. (Código Penal, § 69)
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado usó voluntaria y ilegalmente (violencia/ [o] una amenaza de violencia) para intentar (prevenir/ [o] disuadir) a un funcionario ejecutivo de cumplir con su deber legal;
2. Cuando el acusado actuó, tenía la intención de (prevenir/ [o] disuadir) al funcionario ejecutivo de cumplir con su deber legal;
[3. Un oyente razonable en una situación similar con conocimiento similar interpretaría la amenaza, a la luz del contexto y las circunstancias circundantes, como una expresión seria de la intención de cometer un acto de fuerza o violencia ilegal;]
Y
(3/4). Cuando el acusado actuó, sabía que la persona era un funcionario ejecutivo.En cuanto al segundo elemento, ver también People v. Gutierrez (2002) 28 Cal. 4th 1083. - Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024) CALCRIM No. 2652. Resistir a un Funcionario Ejecutivo en el Cumplimiento de su Deber. (Código Penal, § 69)
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado [ilegalmente] usó fuerza [o violencia] para resistir a un funcionario ejecutivo;
2. Cuando el acusado actuó, el funcionario estaba cumpliendo con su deber legal;
3. Cuando el acusado actuó, el acusado sabía que la persona a la que resistía era un funcionario ejecutivo;
Y
4. Cuando el acusado actuó, sabía que el funcionario ejecutivo estaba cumpliendo con su deber. - Ver lo mismo.
- CALCRIM No. 2651.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- People v. Hines (1997) 15 Cal.4th 997.
- Instrucciones del Jurado de California, Penal CALJIC 16.141 — Fuerza y violencia, definidas.
- In re Manuel G (1997) 16 Cal.4th 805.
- CALCRIM No. 2651.
- Instrucción Judicial del Consejo de California para Jurados Penales 3470 – Derecho a la Autodefensa o Defensa de Otro (No Homicidio).
- Código Penal de California 69 PC.
- Ver lo mismo. Ver también Código Penal de California 1170h PC.
- Ver INA 237 (a) (2) (A).
- Código Penal de California 1203.4 PC.
- Ver lo mismo.
- CACI No. 1401. Arresto Falso sin Orden de un Oficial de Paz.
- Código Penal de California 422 PC.