Código Penal 523 PC aborda la extorsión mediante el envío de una carta que amenaza:
- dañar a la persona,
- acusar a la persona de un delito, o
- revelar un secreto dañino sobre la persona.
La ofensa es un delito con una sentencia máxima de hasta 4 años de prisión o cárcel, y una multa de hasta $10,000.00.
El lenguaje completo del código establece que:
523. (a) Toda persona que, con la intención de extorsionar bienes o cualquier otra consideración de otra persona, envíe o entregue a cualquier persona cualquier carta u otra escritura, suscrita o no, expresando o implicando, o adaptada para implicar, cualquier amenaza tal como se especifica en la Sección 519, será castigada de la misma manera que si dichos bienes o consideración fueran realmente obtenidos mediante tal amenaza.
(b) (1) Toda persona que, con la intención de extorsionar bienes o cualquier otra consideración de otra persona, introduzca ransomware en cualquier computadora, sistema informático o red informática, será castigada de acuerdo con la Sección 520 de la misma manera que si dichos bienes o consideración fueran realmente obtenidos mediante el ransomware.
(2) La persecución de acuerdo con esta subdivisión no prohíbe ni limita la persecución de acuerdo con cualquier otra ley.
(c) (1) “Ransomware” significa un contaminante informático, tal como se define en la Sección 502, o un bloqueo colocado o introducido sin autorización en una computadora, sistema informático o red informática que restringe el acceso de una persona autorizada a la computadora, sistema informático, red informática o cualquier dato contenido en ellos, en circunstancias en las que la persona responsable de la colocación o introducción del ransomware exige el pago de dinero u otra consideración para eliminar el contaminante informático, restaurar el acceso a la computadora, sistema informático, red informática o datos, o de otro modo remediando el impacto del contaminante informático o bloqueo.
(2) Una persona es responsable de colocar o introducir ransomware en una computadora, sistema informático o red informática si la persona coloca o introduce directamente el ransomware o dirige o induce a otra persona a hacerlo, con la intención de exigir el pago o cualquier otra consideración para eliminar el ransomware, restaurar el acceso o de otro modo remediando el impacto del ransomware.
Tenga en cuenta que la extorsión, según el Código Penal 518, es el acto de obtener algo de valor a través de la fuerza o amenazas. El delito de extorsión intentada se persigue de acuerdo con el Código Penal 524 PC.
Ejemplos
- Melissa tiene una aventura breve con un hombre casado y luego le envía una carta amenazando con decirle a su esposa si no le paga $10,000.
- Monique le envía a su exnovio una carta amenazante que dice que lo acusará de violación si no le envía dinero.
- José entregó una carta a su vecino que decía que José lo lastimaría físicamente si no ponía una cerca en su propiedad.
Defensas
Hay varias defensas legales que un acusado puede presentar. Estas incluyen demostrar que:
- el acusado no hizo ninguna amenaza,
- no había carta, y/o
- el acusado fue arrestado después de una confesión forzada.
Penas
Una violación de esta sección se carga como un delito (en lugar de una infracción o una misdemeanor de California). El delito es castigable con:
- prisión en un juzgado de condado por hasta cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
Tenga en cuenta que en lugar de la cárcel, un juez puede otorgar al acusado una probación de delito (o formal).
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa extorsionar a alguien con una carta amenazante?
- 2. ¿Hay defensas legales para los cargos de Código Penal 523 PC?
- 3. Penas, castigo y sentencia
- 4. Leyes relacionadas
1. ¿Qué significa extorsionar a alguien con una carta amenazante?
Código Penal 523 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona cometer extorsión mediante una carta amenazante.
En particular, el delito ocurre cuando todas las siguientes son ciertas:
- el acusado envió o entregó una carta amenazante u otra escritura a otra persona;
- en la carta, el acusado amenazó con hacer cualquiera de lo siguiente:
a. lesionar ilegalmente a la otra persona, a un tercero o a su propiedad,
b. acusar a la otra persona, o a un pariente o miembro de la familia de esa persona, de un delito, O
c. exponer un secreto sobre la otra persona o un pariente o miembro de la familia de esa persona; Y
- al enviar o entregar la carta, el acusado tenía la intención de usar esta amenaza para obtener dinero, propiedad o un acto oficial de la otra persona.1
Tenga en cuenta que para que se produzca un delito bajo el PC 523, no importa si el acusado realmente obtuvo dinero o propiedad de la presunta “víctima”. Lo único que importa es que el acusado envió una “amenazante” carta.
Tenga también en cuenta que la determinación de si una carta es “amenazante” se basa en todos los hechos de un caso. Una carta todavía puede ser amenazante incluso si no hay amenaza aparente de la cara de la carta.2
2. ¿Hay defensas legales para los cargos del Código Penal 523 PC?
Una persona puede intentar desafiar una acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa puede ayudar a reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes incluyen:
- ninguna amenaza
- ninguna carta, y/o
- confesión forzada.
2.1. Ninguna amenaza
Recuerde que un acusado solo puede ser condenado por un cargo de PC 523 si “amenazó” a otra persona, ya sea con una lesión, una acusación o una exposición de algún tipo. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que no hizo ninguna amenaza.
2.2 Ninguna carta
También recuerde que una persona solo puede ser culpable de extorsión por amenaza de carta si la parte realmente envió o entregó una carta. Por lo tanto, es una defensa legal válida para el acusado demostrar que, aunque puede haber amenazado a otra persona, no lo hizo a través de una carta.
2.3. Confesión forzada
La ley de California establece que la policía no puede usar medidas abrumadoras para obtener una confesión.
Si una parte puede demostrar que la policía lo obligó a confesar, entonces:
- el juez puede excluir la confesión de la evidencia; o,
- el caso podría ser desestimado por completo si la parte fue presionada para confesar un delito que no cometió.
3. Penas, castigo y sentencia
Una violación del Código Penal 523 se carga como un delito grave. El delito es castigable con:
- prisión en una cárcel del condado de dos, tres o cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.3
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgar al acusado con probación de delito (o formal).
4. Delitos relacionados
Hay tres leyes relacionadas con el extorsión por carta amenazante. Estos son:
- extorsión de firma – PC 522,
- extorsión por orden judicial falsa – PC 526, y
- soborno.
4.1. Extorsión de firma – PC 522
Una violación de Código Penal 522 se carga como un delito grave. El delito es castigable con:
- prisión en una cárcel del condado de dos, tres o cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.4
4.2. Extorsión por orden judicial falsa – PC 526
El Código Penal 526 es la estatuta de California que hace que sea un delito para una persona cometer extorsión mediante una orden judicial falsa.
Una violación de PC 526 se carga como un delito menor. El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.5
4.3. Soborno
El soborno es un delito en California. La ofensa se define como un esfuerzo para influir corruptamente, mediante dinero o regalo, a un funcionario público en el curso de su trabajo.
California tiene varias leyes de soborno, incluyendo:
- soborno involucrando a oficiales ejecutivos y ministeriales y empleados públicos – PC 67 y 68,
- soborno involucrando a oficiales legislativos de California – PC 85 y 86, y
- soborno involucrando a supervisores y corporaciones públicas – PC 165.
Excepto en ciertas situaciones, el soborno es un delito grave. Si se condena, un acusado puede ser sentenciado a prisión estatal de California por entre dos y cuatro años.
Para obtener más ayuda…
Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de un delito, según el Código Penal 523, lo invitamos a que nos contacte para una consulta gratuita.
Referencias legales:
- Código Penal de California 523 PC. Véase también CALCRIM 1831 – Extorsión por carta amenazante.
- People v. Fox (1958), 157 Cal. App. 2d 426.
- Código Penal de California 520 PC.
- Código Penal de California 520 PC.
- Código Penal de California 19 PC.