Código Penal 288.7 PC es una estatuto criminal de California que se aplica cuando un adulto participa en relaciones sexuales o penetración, sodomía o copulación oral con un niño menor de 10 años. Una condena es un delito castigable con prisión perpetua.
La redacción del estatuto dice:
287. (a) Cualquier persona mayor de 18 años que participe en relaciones sexuales o sodomía con un niño de 10 años o menos es culpable de un delito y será castigado con prisión en la cárcel estatal por un término de 25 años a cadena perpetua.
(b) Cualquier persona mayor de 18 años que participe en copulación oral o penetración sexual, según lo definido en el Artículo 289, con un niño de 10 años o menos es culpable de un delito y será castigado con prisión en la cárcel estatal por un término de 15 años a cadena perpetua.
Este artículo representa solo una de varias leyes de abuso infantil en California.
Ejemplos
- un adulto teniendo relaciones sexuales con un niño de 8 años.
- un hombre de 35 años penetrando sexualmente a un niño de 7 años.
- un maestro de 24 años participando en sodomía con un estudiante de 9 años.
Defensas
Un acusado puede desafiar un cargo bajo este estatuto con una defensa legal. Las defensas comunes incluyen que el acusado demuestre que:
- la “víctima” tenía 10 años o más,
- en la medida en que hubo contacto con un niño, no fue de naturaleza “sexual” y/o
- el acusador hizo una acusación falsa.
Penas
Una violación de esta ley se acusa como un delito (en lugar de un delito menor o una infracción).
El delito es castigable con hasta prisión perpetua.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa realizar actos sexuales con un niño menor de 10 años?
- 2. ¿Cómo construyen la policía un caso para el Código Penal 288.7 PC?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas para esta acusación?
- 4. ¿Cuáles son las penas?
- 5. ¿Hay consecuencias migratorias?
- 6. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
- 7. ¿Un condenado tiene que registrarse como delincuente sexual de California?
- 8. ¿Hay delitos relacionados?
El Código Penal 288.7 PC hace que sea un delito para un adulto participar en ciertos actos sexuales con un niño menor de 10 años.
1. ¿Qué significa realizar actos sexuales con un niño menor de 10 años?
Un fiscal debe demostrar lo siguiente para condenar a un acusado bajo esta ley:
- el acusado realizó alguna de las siguientes actividades con un niño:
- a. relaciones sexuales,
- b. sodomía,
- c. copulación oral, o
- d. penetración sexual
- cuando el acusado lo hizo, el niño tenía 10 años o menos, y
- en el momento de la acción, el acusado tenía al menos 18 años.1
Para los propósitos de esta sección del código, las siguientes definiciones son útiles:
- “relaciones sexuales” significa cualquier penetración de la vagina o los genitales por el pene – la eyaculación no es necesaria,2
- “sodomía” es cualquier penetración del ano de una persona por el pene de otra persona,3
- “copulación oral” es cualquier contacto entre la boca de una persona y el órgano sexual o el ano de otra persona,4 y
- “penetración sexual” significa cualquier penetración de la abertura genital o anal de alguien a través de un objeto extraño.5
En términos de la edad de la víctima, la frase “10 años o menos” excluye a las víctimas que han pasado su décimo cumpleaños.6
Tenga en cuenta que este delito es un delito de responsabilidad estricta. La responsabilidad estricta significa que un fiscal no tiene que demostrar que un acusado actuó con algún tipo de intención criminal o maliciosa cuando realizó un acto con un niño. Un fiscal solo tiene que mostrar que el acusado cometió uno de los actos sexuales enumerados anteriormente.
También tenga en cuenta que una persona puede ser condenada por este delito incluso si la parte es un miembro de la familia del sospechoso.
Además, una persona también puede ser acusada bajo esta ley si él/ella participó en relaciones sexuales consensuales con un niño. Bajo la ley de California, ningún menor de 18 años puede consentir legalmente a actividad sexual.
2. ¿Cómo construyen los policías un caso para el Código Penal 288.7 PC?
Existen tres técnicas comunes que la policía usa para tratar de conectar a las personas con violaciones de esta sección del código. Cualquiera de estas técnicas puede llevar a que una persona confiese haber tenido relaciones sexuales con un niño menor de 10 años. Esto es cierto incluso si la parte no realmente cometió un delito.
2.1. Interrogatorios fuera de custodia
Esto ocurre cuando la policía interroga a un sospechoso que no ha sido arrestado por un delito. En un interrogatorio fuera de custodia, la policía generalmente llama a una persona e informa que se ha hecho una acusación de un acto sexual. La policía luego invita a la parte a que vaya a la estación de policía para que puedan escuchar todos los lados de la historia.
En esta situación, la policía no tiene que leer ala persona sus derechos Miranda. Esto se debe a que la persona no está técnicamente “bajo custodia”. La policía luego interroga al sospechoso y trata de obtener una confesión.
2.2. Prueba de detector de mentiras
Bajo esta técnica, la aplicación de la ley convence a una persona para someterse a una prueba de detector de mentiras (también conocida como “prueba de polígrafo”).
Tenga en cuenta que, si bien ciertas declaraciones hechas en estas pruebas pueden ser admitidas en un tribunal, los resultados de la prueba son inadmisibles a menos que la acusación y el acusado acuerden que deban ser admitidos.
La policía típicamente divide una prueba de detector de mentiras en varias fases. Los oficiales y los investigadores usan varias tácticas en cada fase para tratar de engañar a una persona para que confiese un delito.
2.3. Llamada de pretexto
Con una llamada de pretexto, la aplicación de la ley tiene al “niño víctima” o a su padre llamar directamente al sospechoso mientras la policía escucha. El llamador acusa al sospechoso de haber cometido el delito y luego pregunta ala persona por qué lo cometió. La policía, entonces, espera que el sospechoso haga una declaración incriminatoria o espera que la persona se disculpe por el delito. Un fiscal puede usar cualquier declaración dañina que haga un sospechoso durante la llamada en cualquier caso penal posterior que se presente.
Una fuerte defensa legal es vital para luchar contra esta acusación.
3. ¿Cuáles son las mejores defensas para esta acusación?
Los abogados defensores se basan en varias estrategias legales para contestar las acusaciones bajo esta sección del código. Estas incluyen mostrar que:
- la supuesta “víctima” tenía 10 años o más.
- en la medida en que hubo contacto con un niño, no fue de naturaleza sexual.
- el acusador hizo una acusación falsa.
3.1. Víctima no menor de 10 años
Esta estatuta solo se aplica a los niños que tienen menos de 10 años. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado mostrar que, si bien tuvo contacto sexual con un menor, esa persona tenía 10 años o más.
3.2. Sin contacto sexual
El Código Penal 288.7 se aplica a actos sexuales con niños. No hace que sea un delito tocar o contactar a un niño de forma inocente. Esto significa que es una defensa válida para un acusado decir que, si bien contactó o tocó a un menor, el contacto no fue de naturaleza sexual. Por ejemplo, tal vez un acusado se topó con un niño mientras jugaba un juego.
3.3. Acusado falsamente
A veces a un niño se le toca de manera inapropiada, pero está confundido sobre la identidad del perpetrador. Esto es especialmente común cuando:
- el acusado era desconocido para el niño,
- el contacto tuvo lugar en un lugar oscuro o desconocido,
- el perpetrador era de una raza diferente a la del acusado,
- el niño era muy joven, o
- alguien entrenó al niño para culpar al acusado.
No importa el motivo exacto detrás de la confusión del niño, un acusado siempre puede afirmar la defensa de que fue injustamente acusado.
Una violación de esta ley puede resultar en una larga sentencia de prisión.
4. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de esta estatuta es un delito. El delito es castigable con una sentencia de prisión en un estado de California.
El término de la sentencia depende del tipo de acto sexual cometido por el acusado.
Si el acusado participó en relaciones sexuales o sodomía (una violación del Código Penal 288.7a), entonces el término es de 25 años a prisión perpetua en prisión estatal.7
Si el acusado participó en copulación oral o penetración sexual (una violación del Código Penal 288.7b), el término es de 15 años a prisión perpetua.
Tenga en cuenta que cuando un acusado es condenado bajo esta estatuta y recibe una pena de un número determinado de años en prisión con la posibilidad de prisión perpetua, el acusado tiene que cumplir el número mínimo de años impuesto. La parte, entonces, puede ser liberada de la custodia, pero solo por una determinación positiva en una Audiencia de Libertad Condicional de California (también conocida como una “audiencia de prisión perpetua”).
Tenga también en cuenta que una vez que una persona es acusada de una violación de este código, el juez emitirá un orden de protección criminal contra el acusado. La orden prohibirá al acusado tener contacto con la “víctima”.
5. ¿Hay consecuencias inmigratorias?
Una condena bajo esta estatuta tendrá consecuencias negativas para la inmigración.
Esto se debe a que una violación de PC 288.7 es un “delito que involucra turpitud moral (CIMT)”.
Un resultado de CIMT conlleva a un no ciudadano a ser:
- deportado, o
- marcado como inadmisible.
6. ¿Puede una persona obtener una condena borrada?
Una persona no puede obtener una expulsión si es condenada por este delito.
Como regla general, las expulsiones no están disponibles para condenas que resultan en condenas de prisión.
7. ¿Tiene una persona condenada que registrarse como delincuente sexual de California?
Una persona culpable de este delito sí tiene que registrarse como delincuente sexual según el Código Penal 290 PC.
Una parte condenada tiene que registrarse como delincuente sexual de nivel tres por toda la vida.
En general, la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales requiere que los delincuentes:
- realicen un registro original con una agencia de la ley local, y
- actualicen anualmente la información con la misma agencia.
8. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con el sexo con un niño menor de 10 años. Estos son:
- actos lascivos con un niño – PC 288,
- copulación oral con un menor – PC 288a, y
- abuso sexual continuo de un niño – PC 288.5.
8.1. Actos lascivos con un niño – PC 288
El Código Penal 288 PC establece que es un delito que una persona cometa un acto lascivo con un niño menor de 16 años.
Un “acto lascivo” incluye:
- tocar a un niño con fines sexuales, o
- hacer que un niño se toque a sí mismo o a alguien más con fines sexuales.
8.2. Copulación oral con un menor – PC 288a
El Código Penal 288a PC establece que es un delito que una persona realice una copulación oral con un menor de 18 años.
“Copulación oral” tiene la misma definición que se usa en el Código Penal 288.7.
8.3. Abuso sexual continuo de un niño – PC 288.5
Código Penal 288.5 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona participar en el abuso sexual continuo de un niño menor de 14 años de edad.
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Para obtener información sobre delitos similares en Nevada, consulte nuestro artículo sobre: “Leyes de Nevada para abuso sexual infantil / abuso infantil“.
Referencias legales:
- Código Penal de California 288.7 PC. Véase también CALCRIM 1127 y CALCRIM 1128.
- CALCRIM 1127. Véase también People v. Karsai (1982) 131 Cal.App.3d 224.
- CALCRIM 1127. Véase también People v. Singh (1923) 62 Cal.App. 450.
- CALCRIM 1128. Véase también People v. Grim (1992) 9 Cal.App.4th 1240.
- CALCRIM 1128. Véase también People v. Quintana (2001) 89 Cal.App.4th 1362.
- People v. Cornett (2010) 190 Cal.App.4th 845.
- Código Penal de California 288.7a PC.