Bajo la ley de California, una prueba de polígrafo no es admisible en un tribunal a menos que todas las partes acuerden admitirla como evidencia. La policía y los empleadores no pueden obligar a un
- sospechoso,
- testigo o
- empleado a tomar un polígrafo.
La mayoría de los abogados aconsejarían que nunca deberías someterse a un polígrafo de la policía o del empleador sin la guía de tu propio abogado.
Una prueba de polígrafo es cuando un examinador de polígrafo te hace preguntas para determinar si estás diciendo la verdad. La prueba también se conoce como una prueba del detector de mentiras. La prueba se realiza a acusados y/o testigos en casos penales y a veces a empleados como condición de empleo.
Un polígrafo es un dispositivo eléctrico que mide tus cambios biológicos cuando respondes preguntas. Estos cambios pueden indicar cuándo eres más propenso a decir la verdad o a mentir.
Los estudios han demostrado que las pruebas del detector de mentiras no son confiables todo el tiempo. Debido a esto, los resultados de las pruebas no son admisibles como evidencia en un juicio con jurado. Esto es a menos que el fiscal y el abogado defensor acuerden admitir los resultados.
Ten en cuenta que los empleadores generalmente están prohibidos de utilizar estas pruebas en empleados. Esto proviene tanto de:
- la ley de California, como
- la ley federal.
Si se te sospecha de un delito, no deberías tomar estas pruebas a menos que primero hables con un abogado de defensa criminal.
Sin embargo, ten en cuenta que puedes hacer una prueba de polígrafo privada para demostrar que eres inocente.
Una prueba de polígrafo privada es cuando contratas a un poligrafista y voluntariamente te sometes a una prueba del detector de mentiras para demostrar que estás diciendo la verdad sobre un asunto. Esto se hace con frecuencia en casos penales para exonerarte.
Las pruebas se utilizan en casos que involucran delitos menores o delitos graves.
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es admisible una prueba de polígrafo en California?
- 2. ¿Puede un empleador pedirme o exigirme que me someta a una prueba de polígrafo?
- 3. ¿Debería tomar una prueba del detector de mentiras si la policía me lo pide?
- 4. ¿Puedo fallar una prueba del detector de mentiras incluso si estoy diciendo la verdad?
- 5. ¿Puedo hacer una prueba de polígrafo privada para demostrar que soy inocente?
Los estudios han demostrado que las pruebas del detector de mentiras no son confiables todo el tiempo.
1. ¿Es admisible una prueba de polígrafo en California?
La ley de California establece que los resultados de una prueba de polígrafo solo pueden ser admitidos como evidencia en una situación limitada.
Esta situación es cuando tanto la fiscalía como la defensa están de acuerdo en la admisión de los resultados. “Admitido como evidencia” significa que los resultados pueden ser presentados a un jurado o juez.
Ejemplo: Jerome está acusado de robo de automóviles, según el Código Penal 487d1 PC. Tiene una sólida coartada y dice que es inocente del delito desde el momento en que es arrestado. Acepta someterse a una prueba del detector de mentiras para demostrar su inocencia. Los resultados de la prueba muestran que está diciendo la verdad al decir que no cometió el delito. Aquí, estos resultados solo pueden ser admitidos como evidencia, frente a un jurado, si tanto el abogado de Jerome como el fiscal están de acuerdo.
También debe haber un acuerdo antes de que se puedan admitir como evidencia:
- la opinión de un examinador de polígrafo,
- el hecho de que ofreciste someterte a una prueba de polígrafo,
- el hecho de que te negaste o fallaste una prueba, y
- el hecho de que te sometiste a una prueba de polígrafo.1
2. ¿Puede un empleador pedirme o exigirme que me someta a una prueba de polígrafo?
En California, la ley establece que un empleador privado no puede someter a un empleado o candidato a un empleo a una prueba del detector de mentiras.2
Esto es cierto independientemente de si la prueba se administra como condición de:
- empleo, o
- continuación del empleo.
Sin embargo, ten en cuenta que un empleador puede pedirte que te sometas a una prueba del detector de mentiras. Esto siempre y cuando:
- se te informe primero de tus derechos, y
- esto se haga antes de la prueba del polígrafo.3
Si se hace, y estás de acuerdo, el empleador puede realizar una prueba.
También ten en cuenta que la ley federal prohíbe a los empleadores someterte a pruebas del detector de mentiras.4
No es aconsejable someterse a una prueba del detector de mentiras sin hablar primero con un abogado de defensa criminal.
3. ¿Debo tomar una prueba del detector de mentiras si la policía me lo pide?
Usted no debe tomar una prueba del detector de mentiras sin consultar con un abogado de defensa criminal. Esto se debe a que estas pruebas no son 100% confiables. Aunque los resultados de la prueba no son admisibles en la corte, puede que no sea de su interés someterse a una prueba.
Usted puede “pasar” un polígrafo si la prueba indica que está diciendo la verdad al negar que cometió el delito. Aun así, esto no le da el derecho de presentar los resultados de la prueba como evidencia exculpatoria en la corte. La Corte Suprema ha dictaminado que usted no tiene:
- un derecho constitucional,
- a presentar resultados del detector de mentiras como evidencia.5
La corte tomó esta decisión a pesar de que la Constitución de los Estados Unidos establece que usted tiene el derecho de presentar una defensa.6
Además, si usted toma una prueba y falla, esto hace más probable que la policía y los fiscales lo vean como culpable en los hechos, y por lo tanto lo acusen del delito.
4. ¿Puedo fallar una prueba del detector de mentiras incluso si estoy diciendo la verdad?
Usted puede fallar una prueba del detector de mentiras incluso si está diciendo la verdad.
Una prueba del detector de mentiras no mide si usted está mintiendo. En cambio, mide las señales que sugieren que usted está mintiendo.
Durante la prueba, un examinador le hace una serie de preguntas.
Una máquina registra los cambios fisiológicos en usted mientras responde. Estos incluyen cambios en:
- la frecuencia respiratoria,
- el pulso,
- la presión arterial y
- la transpiración.
La idea detrás de estas pruebas es que:
- si usted dice la verdad, no mostrará cambios en estas condiciones, pero
- si miente, mostrará cambios.
Sin embargo, tenga en cuenta que estas pruebas pueden causarle mucho estrés. Esto es especialmente cierto si se le hacen preguntas detalladas sobre:
- un delito en particular, o
- un evento en el trabajo.
Este estrés por sí solo puede llevar a fluctuaciones en sus condiciones fisiológicas. Las fluctuaciones significan que puede mostrar signos de mentir incluso si está diciendo la verdad.7
5. ¿Puedo hacer una prueba privada del detector de mentiras para demostrar mi inocencia?
Usted puede hacer una prueba privada del detector de mentiras para demostrar su inocencia.
Una prueba del detector de mentiras privada es cuando un examinador privado de polígrafos realiza una prueba. La prueba se le da a los acusados y/o testigos en casos criminales.
Las pruebas se consideran “privadas” porque no está obligado a informar al fiscal o a las autoridades que se ha realizado la prueba.
El examinador le pregunta si cometió el delito. Si responde que no y la prueba indica veracidad, estos resultados se pueden entregar al fiscal con la esperanza de que se desestime el caso. Si el polígrafo indica que está siendo deshonesto, entonces la prueba y los resultados se mantienen en secreto.
Las pruebas se utilizan en casos que involucran delitos menores o mayores.
Puede ser estratégico para usted tomar una prueba privada del detector de mentiras en tres situaciones. Estas son cuando se utiliza para:
- intentar desestimar un cargo durante el proceso preliminar,
- persuadir a un fiscal para que acepte usar una segunda prueba en el juicio, y
- convencerlo de que acepte un acuerdo de culpabilidad, o declare no contest.8
Los examinadores de polígrafos capacitados administran pruebas del detector de mentiras por una tarifa. El costo típico oscila entre $200 y $2,000.
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Referencias legales:
- Código de Evidencia de California 351.1 EC. Véase, por ejemplo, In re. Jordan R. (
- Código Laboral de California 432.2 LC.
- Véase lo mismo.
- Véase la Ley de Protección del Empleado contra el Polígrafo de 1988 (EPPA).
- Estados Unidos v. Scheffer (1998), 523 US 303.
- Véase la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
- La verdad sobre los detectores de mentiras (también conocidos como pruebas de polígrafo), Asociación Americana de Psicología.
- Véase, por ejemplo, In re Kenneth H. (